El siguiente es un contrato modelo de películas para adultos al que se ha quitado toda la información personal. Se presenta aquí en su forma final, después de todas las negociaciones. Sin embargo, al igual que la mayoría de los contratos, tiende claramente a favorecer a la compañía productora. Si te tomas el trabajo de leerlo con detenimiento, descubrirás muchos modos en los que es posible joder a una intérprete femenina (en ambos sentidos del verbo). Al firmar un contrato, la mayoría de las chicas no añade sus propias exigencias. Pero todo buen abogado les dirá: los contratos no son sólo para el beneficio y protección de una parte, sino de las dos partes.

EL PRESENTE DOCUMENTO EXPRESA EL ACUERDO ENTRE:

[Compañía productora]

A partir de aquí mencionada como «la Compañía».

y

[la estrella porno]

A partir de aquí mencionada como «la Intérprete».

  1. Término: La duración de este contrato será de doce (12) meses a partir del 1 de enero de 2004 y expirando en la medianoche del 31 de diciembre de 2004. Existen cuatro (4) opciones de un (1) año que la Compañía podrá solicitar con una anticipación de sesenta (60) días, previo aviso escrito de que pretende acogerse a dicha opción.
  2. Producción: La Intérprete deberá aparecer, actuar, interpretar y tomar parte en los ensayos, actos, papeles y escenas de sexo duro mutuamente acordadas por ambas partes durante el plazo de duración del presente contrato, así como participar de las actividades de promoción publicitaria de la Intérprete. Las escenas podrán seguir cualquiera de las combinaciones siguiente (a discreción de la Compañía): chica-chica; chica-chica-chica; chico-chica y múltiples. La participación en escenas que incluyan sexo anal, interracial o penetración doble quedará a entera elección de la Intérprete. La Compañía podrá utilizar a la Intérprete en otras producciones durante el curso del año e incluirá a la Intérprete en un mínimo de seis (6) portadas de cajas anuales.
  3. Exclusividad: La Intérprete se compromete a limitar su participación en vídeos y películas de sexo duro a las producciones de la presente Compañía durante la vigencia de este contrato, a menos que se acuerde por escrito lo contrario. La Compañía tendrá el derecho exclusivo a fotografiar y/o reproducir cualquiera y todas las imágenes, poses y escenas de la Intérprete que posea y entregarlas a los medios de comunicación. La Intérprete garantiza a la Compañía en exclusivo y en forma ilimitada y perpetua todos los derechos del tipo que sean en lo que se refiere a dichas fotografías, copias, grabaciones y todos los otros productos que resulten de los servicios que se compromete a ofrecer mediante el presente contrato. La participación de la Intérprete en cualquier otro trabajo externo, incluidas las fotos fijas, películas y apariciones en vídeos, bailes (como protagonista o no), «despedidas de soltero» y cualquier otro servicio de la industria del entretenimiento, deberá ser aprobada previamente y por escrito por la Compañía, aunque no han de negársele de forma irracional y sin motivo que lo justifique.
  4. Publicidad y promoción: La Compañía promoverá y publicitará en forma activa los filmes y vídeos de la Intérprete, así como promoverá su participación en cualquier otra área que facilite el acceso de la Intérprete al público. La Intérprete deberá presentarse en todos los eventos publicitarios que la involucren, incluyendo firma de autógrafos y fiestas que sean necesarias para que la Intérprete se difunda a sí misma y beneficie la venta de sus vídeos, DVD y filmes producidos por la Compañía. La Intérprete deberá cooperar con la Compañía en relación con cualquier acuerdo de licencia que solicite la Compañía para administrar, manufacturar y/o distribuir nuevos productos o cualquier otro tipo de producto que utilice el nombre, la imagen o rasgos de la Intérprete. La Compañía contribuirá a promover a la Intérprete a través de Internet y la Intérprete podrá poseer su propia página en la red enlazada a la página de la Compañía. La página de la Intérprete y todos los beneficios económicos que se obtengan por su intermedio son de la propiedad exclusiva de la Intérprete.
  5. Compensación: La Intérprete recibirá unos honorarios de tres mil (3 000) dólares a pagar el primer día de cada mes. Si por algún motivo la Intérprete no llegase a filmar como mínimo cuatro escenas en un mes dado, los honorarios de dicho mes podrán ser reducidos en forma proporcional al número de escenas que no haya podido interpretar. La reducción será de a) ochocientos (800) dólares o b) el costo de reemplazar a la Intérprete por otra persona para dichas escenas. La intérprete recibirá el cinco por ciento del beneficio total en vídeos o DVD donde ella aparezca en la portada, una vez que la Compañía haya recuperado su inversión. La inversión es definida como toda suma de dinero gastada en la producción y posproducción de cada vídeo, sumada al coste de la publicidad, distribución y todos los gastos adicionales propios de la producción. A pesar de lo antedicho, los sobrantes se repartirán entre todos los intérpretes de la Compañía cuyo nombre aparezca en la portada de una producción. Así, por ejemplo, si la Intérprete y un actor secundario de la Compañía aparecen en la caja/portada de una producción, la Intérprete recibirá el 2,5 por ciento del beneficio neto de la producción. Las compensaciones adicionales basadas en el Inventario «A» se adjuntan a continuación de este escrito y quedan incorporadas como referencia.
  6. Apariencia física: La Intérprete se manifiesta de acuerdo en que, durante el término íntegro del presente contrato, cuidará de forma diligente de su salud, peso y apariencia. La Compañía podría declarar nulo el presente contrato si la Intérprete dejase de cuidar su apariencia, lo que será juzgado por la Compañía a su mera discreción.
  7. Ley y moral: La Intérprete se compromete a cumplir todas las cláusulas de las leyes, reglas y normativas y se abstendrá del uso abusivo de drogas o alcohol, así como de la práctica de la prostitución (incluida la prostitución legal). La Intérprete se manifiesta plenamente consciente del hecho de que el éxito y el buen nombre de la Compañía dependen fundamentalmente de la aprobación de la audiencia y su interés en la Intérprete en su carácter de tal. La Intérprete se compromete, por lo tanto, a comportarse en todo momento con el debido respeto a las convenciones sociales y a las normas de la moral y la decencia pública, pues esto también ha de aplicarse a las protagonistas de productos de entretenimiento para adultos. La Intérprete no ha de cometer ni verse involucrada en ningún acto o situación que pueda resultar perjudicial para los intereses de la Compañía. Tampoco deberá ejecutar acciones que la pongan en ridículo, le proporcionen mala fama, desprecio o resulten escandalosas, ni que conmocionen, insulten u ofendan en ningún modo a la comunidad; ni que repercutan desfavorablemente en la Compañía, tanto si esa información es dada a publicidad como si no. La Intérprete accede a que la Compañía, según su propio criterio, cancele el contrato si la Compañía considera que la Intérprete se ha visto involucrada en hechos que van en detrimento de la Compañía.
  8. La Compañía tendrá derecho a cancelar este contrato en cualquier momento si alguna cláusula del mismo no es respetada.

Ante los testigos mencionados, las partes aquí presentes han aceptado el presente acuerdo:

[Compañía productora]

[Estrella porno]

ESCALA «A»

Compensación adicional:

Relación con sexo anal entre dos personas del mismo sexo (excluyendo penetración doble y Air Tight —tres hombres con tres penetraciones simultáneas—): $125,00 por escena.

Relación con sexo anal entre personas de distinto sexo (excluyendo penetración doble y Air Tight): $250,00 por escena.

Relación con doble penetración (excluyendo Air Tight): $400,00 por escena.

Air Tight: $650,00 por escena.

Múltiples coprotagonistas masculinos: $250,00 por cada hombre que se sume superando el número de tres.

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