Exigible… pero ¿eficaz?

15 de enero de 2007

¿El solo hecho de proclamar el derecho exigible a la vivienda[16] constituye un medio eficaz para mejorar las condiciones habitacionales de los más desfavorecidos? Muchos observadores son, a priori, escépticos. No basta con proclamar un derecho para que se realice. El derecho al empleo, enunciado por la Constitución de 1946, no contribuyó en nada a bajar el desempleo. Para ayudar realmente a los más desfavorecidos, no es cuestión de contentarse con afirmar principios, es necesario movilizar los recursos que permitan financiar políticas adecuadas, como por ejemplo las construcciones públicas o los subsidios para la vivienda. Proclamar la existencia abstracta de derechos iguales para todos —algo que se hace sin mucho esfuerzo— es a veces una manera de dispensarse de pagar las tasas y transferencias fiscales que permitirían al menos atenuar la desigualdad real de las condiciones de vida.

En el caso del acceso a la vivienda, el problema es más complicado de lo que parece, en la medida en que las políticas clásicas han mostrado sus límites. Hasta los años setenta, el Estado tomaba directamente a su cargo grandes programas de construcción de viviendas sociales, con ciertos aciertos pero también con fracasos bochornosos, como lo atestiguan varios módulos habitacionales y monoblocks hoy destruidos.

Desde las décadas de 1970 y 1980, la prioridad ha pasado de la ayuda al sector inmobiliario a la ayuda a las personas, bajo la forma del aumento progresivo de subsidios para la vivienda destinados al conjunto de los hogares modestos, que buscan solventar la demanda de estos tanto en el mercado privado como en el ámbito de las viviendas sociales. Los subsidios para la vivienda se volvieron así la transferencia social más importante del sistema francés: en 2006, totalizaron cerca de 15 000 millones de euros, es decir, casi dos veces más que el seguro mínimo de desempleo y la prima por el empleo[17] juntos. Lamentablemente, el balance es ambiguo. Como lo demuestran los trabajos de Gabrielle Fack, las diferentes reformas del sistema permiten estimar que alrededor del 80% de los subsidios para la vivienda repercutieron en el aumento del precio de los alquileres, sin una mejora sensible de la calidad. Este resultado decepcionante parece explicarse por la poca elasticidad de la oferta de viviendas: la reacción de la construcción privada a estas nuevas motivaciones fue ínfima.

Ante tales fracasos, se exploran vías alternativas. ¿Qué puede aportar el derecho exigible a la vivienda? El espíritu de las asociaciones y comisiones que trabajaron sobre este tema es dar la posibilidad a quienes tienen problemas habitacionales de realizar una demanda en la esfera administrativa más pertinente, en este caso las administraciones locales. A cambio, a estas se les confiarían atribuciones más importantes en materia de políticas de vivienda, sobre todo en lo que concierne a la ayuda a la construcción (ayuda al sector inmobiliario para las viviendas sociales y mejoras de las viviendas privadas), así como a la asignación de las viviendas y a los requisitos que deberían cumplir los interesados.

Desde esta perspectiva, la puesta en marcha del derecho exigible a la vivienda podría clarificar las responsabilidades de los diferentes actores públicos y concentrar los medios en el nivel adecuado. Lo cual podría relanzar la construcción, que es la clave de todo, como lo muestra la experiencia de los subsidios para la vivienda. En efecto, si la intervención pública es perfectamente legítima para la producción de un bien tan particular y complejo como la vivienda, ¿no sería necesario organizarla de manera más eficaz, aunque más no sea por razones urbanísticas?

Cabe esperar además que la instauración de un derecho exigible a la vivienda conduzca a una fuerte movilización de procedimientos de recursos en el nivel local. La idea de que una judicialización de las políticas económicas y sociales pueda funcionar es relativamente ajena a la tradición francesa, pero ya ha sido probada en el extranjero.

En la India, el derecho a una comida nutritivamente equilibrada en las escuelas se ha vuelto realidad tras un fallo de la Corte Suprema en 2001 y varios recursos presentados por asociaciones ante los estados y las colectividades de la India. Este ejemplo recuerda que una movilización de este tipo solo puede producir un resultado positivo si la naturaleza del derecho exigible se define de manera muy simple. En el caso del derecho exigible a la vivienda, será necesario definir las condiciones (de superficie, alquiler, ubicación de la vivienda) que permitan determinar si una familia cuenta con una vivienda aceptable o no. Es imposible tomar un solo criterio, como por ejemplo el alquiler en el caso del escudo fiscal («no se permite un alquiler superior al 25% del ingreso») que propuso el Partido Socialista. Que las condiciones de aplicación de los recursos sean claramente delimitadas y comprendidas por todos es el mayor desafío a afrontar para demostrar la viabilidad del derecho exigible a la vivienda.