
511 Como es frecuente, Ennodio comienza la composición con un largo período, aquí de dos miembros. El primero de ellos es tan largo y complejo en su estructura, que una traducción inteligible aconseja separarlos.
512 Proverbios 20, 13.
513 MGH considera que esta frase queda incompleta y así es, por más que en la traducción hayamos hecho todo lo posible para que el razonamiento de Ennodio sea comprensible. G. HARTEL, cuyo texto es idéntico al de MGH, acaba el período con un punto. Algo análogo ocurre al final de los nn. 6 y 7. Las premisas son: está claro que a la persona honrada no le afectan las acusaciones ni las críticas, le basta tener una conciencia limpia (1-2). Pero dado que hoy hay quienes opinan que los mandamientos de la ley de Dios no son suficientes, por anticuados... (3). La conclusión sería: se deben redactar leyes nuevas, como el presente precepto. Todo está expresado, como es habitual en Ennodio de un modo muy recargado, de manera que el mayor esfuerzo de la traducción consiste en aligerar la frase. Por ejemplo, el paso que reproducimos como «por medio de los profetas», dice al pie de la letra, «habiéndose servido del oficio de profeta».
514 Cf. Hebreos XII 11.
515 Como se ve, alude a las acusaciones de los cismáticos contra la vida privada del papa Símaco. Véase M 2, 16.
516 En esta obra, de 501, Ennodio aplica al ámbito eclesiástico su convicción de que debe contemplarse la antigüedad como una escuela en la que se aprende el recto comportamiento. Véase también más arriba, en n. 3. Expresa repetidas veces esta idea en M 1, 18, 79.
517 Una variante de la formulación de Proverbios XX 13, que se encuentra en n. 3.
518 AMBROSIO, De officiis I 20, 87.
519 Se repite el término religiosus, como en n. 9, en un sentido cristiano, pero no técnico. Por más que en este momento se hubiera extendido ya en Occidente el fenómeno monástico, hay que llegar a Gregorio Magno (590-604) para encontrar esta palabra designando a alguien que lleva una vida desprendida del mundo, en solitario o en un monasterio. En documentos oficiales anteriores —por ejemplo, Actas de concilios— el Arausicano, de 529 —o antiguos estatutos de la Iglesia— las que circulan bajo el título del IV concilio de Cartago, de 436 —se encuentran expresiones como religiosae feminae, o incluso non solum religiosis, sed etiam laicis, pero la contraposición no es laico/religioso, sino laico/eclesiástico. Los órdenes son pues el sacerdocio y el diaconado. Sobre este tema, véase E. SÁNCHEZ SALOR, Jerarquías eclesiásticas y monacales en época visigótica. Estadio léxico. Salamanca, 1976, pág. 239 ss.
520 El llamado Breviarium Hipponense, que contiene cánones de diferentes concilios celebrados en Cartago, sobre todo el de 397, recoge en su título 16 una lista poco menos que exhaustiva: «Que no cohabiten en absoluto mujeres con todo tipo de clérigos, salvo madres, abuelas, tías maternas o paternas, hermanas e hijas de hermanos o hermanas...». Todas las demás, aunque hayan convivido con ellas antes, por ser esposas de sus hijos —en el caso de que estuvieran casados antes de recibir las sagradas órdenes— o porque con posterioridad esos hijos contraen nupcias, deben vivir en otro sitio. Cf. C. MUNIER, Conciliae Africae (345-525), en Corpus Christianorum CXLIX, 38.