3. La corrupción política nacional
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La corrupción política nacional
En España no sólo funcionan mal los que mandan, sino también los que obedecen.
FERNANDO FERNÁN GÓMEZ
Democracia
DEMOCRACIA
La democracia en España ha sido el resultado de un empeño colectivo por parte de la sociedad. La Transición, con todas sus carencias y errores, consiguió la reinstauración de la democracia representativa. Sin embargo, por omisión, desconocimiento o simple incompetencia se diseñó un sistema en el que los partidos políticos han sido incapaces de cuadrar ingresos y gastos con unas fuentes de financiación bien definidas. Esta carencia ha llevado a la situación actual, en la que la suma de las deudas con los bancos de los partidos políticos es superior a los 200 millones de euros[1].
Este déficit, perfectamente conocido desde el inicio de la democracia en España, en lugar de haber sido debatido y corregido (diseñando una política más barata, elecciones más sencillas, o bien incrementando las fuentes de financiación), se ha tapado, metido debajo de la alfombra y convertido en el tabú de la corrupción política en España. Desde los casos de financiación ilegal (Filesa, Naseiro, Bárcenas, Palau, etc.) hasta la más ínfima recalificación municipal que ha generado una comisión al partido local, todas ellas son las piezas con las que se ha creado el pesado y pegajoso entramado de la corrupción en España.
La falta de interés por parte de los partidos en resolver el problema, fundamentalmente el PP y el PSOE, es un hecho difícil de explicar y mucho más difícil de comprender. Los comportamientos del PP, incapaz de aceptar la evidencia de su financiación ilegal y los del PSOE o de CiU, son tan escandalosos que han motivado el divorcio entre los políticos y los ciudadanos, dibujando una distancia casi insalvable con la ciudadanía y produciendo, además, la deslegitimación de las actuaciones desde el poder.
Según el último informe anticorrupción de la Comisión Europea[2], publicado en febrero de 2014, a pesar de que España cuenta con un marco jurídico adecuado para la persecución de las prácticas corruptas, existen numerosas deficiencias en el control de las mismas. En particular, considera que la corrupción política es un gran desafío, con numerosas carencias en los controles y equilibrios de poder, sobre todo en cuanto al gasto y los mecanismos de control públicos a nivel regional y local. La Comisión insta a España[3] a que se desarrollen estrategias para la persecución de la corrupción a todos los niveles y que se implanten reformas y nuevas reglas que regulen la financiación de los partidos, así como códigos de conducta para todos los funcionarios públicos, herramientas de rendición de cuentas adecuadas y medidas para erradicar las irregularidades en los procedimientos de contratación pública a todos los niveles.
Junto con un análisis de la situación en cada Estado miembro de la Unión Europea, la Comisión Europea también presenta dos amplias encuestas de opinión[4]. Más de tres cuartas partes de los europeos (y el 95 por ciento de los ciudadanos españoles) están de acuerdo en que la corrupción está muy extendida en su país de origen. Aproximadamente uno de cada cuatro europeos considera que se ve afectado por la corrupción en su vida cotidiana. En España, esta cifra alcanza el 63 por ciento, el porcentaje más alto en la UE. El 4 por ciento de los europeos y el 2 por ciento de los españoles afirman que se les ha pedido o que esperan pagar un soborno en el último año. Es decir, si el censo electoral está en 36 546 270 personas, al menos 730 925,4 han sido objeto de extorsión o esperan serlo.
Estos datos no sorprenden. Durante el año 2013, el Consejo General del Poder Judicial cifró en 1661 las causas abiertas en España relacionadas con la corrupción. El número de personas imputadas ascendió a quinientas[5]; una cantidad que indica, por una parte, que la Administración de Justicia trabaja en la erradicación de esta lacra, pero que, visto el número de personas que finalmente cumplen condena (menos de treinta), parece que todo queda en papel mojado. Ello sin contar con la sensación de impotencia que provoca pensar que los casos que llegan a la Justicia son tan sólo la punta de un iceberg de dimensiones mucho mayores.
La propuesta de resolución del Parlamento Europeo sobre la delincuencia organizada, la corrupción y el blanqueo de dinero[6] alerta sobre la peligrosa vinculación entre la delincuencia organizada y la corrupción. En muchos casos, para la delincuencia organizada la corrupción de los funcionarios públicos es intrínseca al funcionamiento de su propia acción ilegal en la medida en que permite, entre otras cosas, el acceso a información confidencial, la obtención de documentos falsos y adjudicaciones mediante licitaciones públicas, blanquear sus ingresos y eludir la acción de las autoridades judiciales y policiales.
Según la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), el producto de las actividades ilícitas a escala planetaria asciende a alrededor del 3,6 por ciento del PIB mundial, mientras que el flujo de dinero blanqueado hoy en día en el mundo equivale aproximadamente al 2,7 por ciento del PIB mundial. Según el Banco Mundial, la corrupción representa el 5 por ciento del PIB mundial (2,6 billones de dólares), de manera que cada año se paga más de 1 billón de dólares en sobornos. La corrupción supone un 10 por ciento del coste total de los negocios a escala mundial y el 25 por ciento del coste de los contratos públicos en los países en desarrollo[7].
El Parlamento estima que al menos hay veinte millones de casos de corrupción de poca envergadura en los sectores públicos de la UE y equipara los efectos devastadores que tiene la corrupción para la economía con los de la delincuencia organizada y el blanqueo de dinero. En el caso de Europa, la Comisión estima el coste de la corrupción en la UE en unos 120 000 millones de euros al año, es decir, el 1 por ciento del PIB de la Eurozona, cifra que se corresponde con los recursos sustraídos al desarrollo económico y social, a las finanzas públicas y al bienestar de los ciudadanos[8].
La corrupción desalienta la actividad económica legítima y constituye una seria amenaza para la democracia, el Estado de derecho y la igualdad de los ciudadanos ante el Estado, así como un coste excesivo para las empresas, a las que les impide competir lealmente. Además, la corrupción puede comprometer el desarrollo económico de un país por una mala distribución de los recursos, especialmente en detrimento de los servicios públicos en general y de los servicios sociales y del Estado del bienestar en particular. La corrupción socava la confianza de los ciudadanos en las instituciones democráticas y mina la capacidad de los gobiernos para preservar el Estado de derecho, al conferir privilegios injustos y provocar desigualdades sociales. Por último, aumenta la desconfianza de los ciudadanos hacia los políticos y es percibida como un problema de primer orden nacional por un 74 por ciento de los ciudadanos europeos[9].
Como es imposible ni abordar siquiera una décima parte de los casos, dedicaré las siguientes páginas al análisis de los casos de corrupción nacional más importantes desde la Transición. Todos ellos abarcan los delitos de prevaricación, revelación de secretos, cohecho, tráfico de influencias, malversaciones, negociaciones prohibidas a funcionarios, blanqueo de capitales, apropiación indebida, fraude, estafa y falsedad documental. Empezaré por el caso Filesa, el escándalo de financiación ilegal del PSOE, continuaré con el obsceno caso de los GAL/fondos reservados, el mediático Roldán, el llamado caso Naseiro y la financiación del Partido Popular, y, por último, el caso Gürtel/Bárcenas.
Democracia y corrupción
DEMOCRACIA Y CORRUPCIÓN
Desde octubre de 1982 hasta junio de 1993, Felipe González, al frente del Partido Socialista Obrero Español junto con Alfonso Guerra, tándem político entonces inseparable, había logrado tres victorias electorales socialistas con mayoría absoluta, casi once años durante los cuales la España de la Transición había evolucionado, se había modernizado, era diferente, tenía nuevos sueños y estaba en la senda de la modernidad en muchos sectores. Se habían roto fronteras y ahora contemplábamos el exterior como algo más cercano. La reconversión industrial de los años ochenta, las medidas en busca del bienestar social universal, el ingreso de España en la entonces denominada Comunidad Económica Europea y el referéndum sobre la OTAN, y la entrada en la misma, contra la que tantos peleamos y perdimos, fueron los hitos que marcaron aquella época, acompañados de los graves problemas de seguridad derivados del terrorismo, principalmente de ETA y la respuesta ilegal contra la misma desde algunos aparatos del Estado a través de los GAL, ejemplo de corrupción como pocos, que será objeto de análisis más adelante.
En el plano internacional, fue el momento en que Argentina y Reino Unido se reunían en Madrid para restablecer las relaciones diplomáticas, ocho años después de la guerra de las Malvinas. En América del Sur, Alberto Fujimori era elegido nuevo presidente de Perú (después, en 2009, sería condenado por corrupción en el caso CTS y por atentar gravemente contra los derechos humanos en los casos Barrios Altos y La Cantuta), derrotando al escritor Mario Vargas Llosa. En Nicaragua, la neoliberal Violeta de Barrios Chamorro ganaba las elecciones presidenciales. En Colombia, los paramilitares de las Autodefensas Unidas de Colombia asesinaban al exguerrillero Carlos Pizarro León Gómez, candidato a la presidencia por la Alianza Democrática M19. El 9 de noviembre de 1989, días después de las elecciones generales en España, caía el muro de Berlín.
Se respiraban aires de libertad, pero también de preocupación porque algunas cosas continuaban siendo orilladas. La corrupción, en los ámbitos de la investigación penal, estaba ausente, salvo en algunos casos en los que los jueces tomamos la iniciativa, y, desde luego en los de la política, mucho más. Así se ponía en riesgo la libertad al atender al pragmatismo por encima de la ética y a los resultados por encima de la responsabilidad y el cumplimiento de los límites.
Una de las realidades constatadas por la pareja gobernante fue que la democracia era cara. Y es cierto. Mantener un sistema de partidos políticos, con toda su infraestructura material y humana, propaganda, mítines, viajes y, sobre todo, el juego de las elecciones, es costoso.
Con el paso de los años, los políticos se han ido concienciando de que el elemento determinante de la victoria electoral en una democracia es su capacidad de comunicación y conexión con el electorado. Las estrategias de publicidad se han ido volviendo cada vez más incisivas, agresivas y sofisticadas, y también más caras. En efecto, el contacto masivo, y por ende más oneroso, con los votantes acontece en las campañas electorales; de ahí que esté expresamente regulado por la ley, especialmente distribuyendo los espacios y fiscalizando las cuentas de los partidos, al menos las que son transparentes. Estas campañas suponen un importante esfuerzo económico al que los partidos se ven obligados a hacer frente, y para ello suelen endeudarse en exceso, solicitando apoyos, préstamos o la entrega de cantidades no siempre transparentes. La financiación a través de mecanismos opacos, a cambio de favores futuros, es frecuente, aunque también se puede hacer por alineamiento ideológico. En todo caso, y como la necesidad de financiación es constante, los referidos partidos necesitan mantener esas relaciones de aporte económico, y ello los hace vulnerables ante esos favores, que más tarde pueden convertirse en vehículo de corrupción.
La financiación de los partidos es delicada en todas partes. En Estados Unidos, el coste de las elecciones presidenciales de 2012 que dieron la victoria a Barack Obama frente a Mitt Romney superó todos los récords. El país donde los lobbies ocupan un papel relevante en la política nacional (ni siquiera Obama pudo con ellos, ya que el Congreso bloqueó la legislación que propuso) celebró unas elecciones en las que la suma de los costes de las campañas de los dos candidatos superó los 2000 millones de dólares[10]. Fueron las más costosas de la historia, y representan una tónica exponencial que, aun en tiempos de crisis, parece extenderse por muchos países democráticos.
La financiación de los partidos
LA FINANCIACIÓN DE LOS PARTIDOS
En la España de los ochenta, tanto el PSOE como las demás formaciones políticas eran conscientes de que, si aspiraban a alcanzar el poder, debían mover los fondos necesarios para conseguirlo y entrar en los hogares, las oficinas, los astilleros, los bancos, las universidades; allí donde estuvieran los votantes. En el momento inicial, durante la Transición y los primeros años de democracia, las escuálidas estructuras políticas, que no estaban acostumbradas a competir por escaños después de casi cuarenta años de dictadura, se enfrentaban a un contexto de guerra dialéctica y de comunicación con unos costes elevados. En este escenario, las necesidades de los partidos crecían, por lo que se veían obligados a desembolsar ingentes cantidades de dinero, topándose por el camino con numerosas tentaciones de beneficio injusto que podrían colmar sus obligaciones económicas. Se dio forma así al juego perverso y tramposo de la financiación irregular de los partidos políticos en España, que tantos quebraderos de cabeza está dando en nuestra realidad democrática, ensuciándola y corrompiéndola desde entonces. Estas formaciones olvidaron que «la credibilidad de una formación política radica no solamente en sus ideas sino también en la transparencia de sus finanzas, que a la vez conlleva o supone la honradez de sus dirigentes»[11].
Por financiación irregular de partidos políticos se puede entender la obtención de recursos económicos o de otro tipo, en efectivo o en especie, por parte de las propias formaciones políticas, al margen del marco legal o utilizando el mismo indebidamente, ya sea con intención onerosa o no lucrativa. Las formas naturales de financiación de una agrupación de carácter político son las subvenciones públicas, las cuotas de sus afiliados y las donaciones privadas, éstas siempre y cuando cumplan una serie de requisitos. La regulación vigente en la materia está plasmada en la Ley Orgánica 8/2007 de 4 de julio sobre financiación de partidos políticos, que derogó la anterior Ley Orgánica 3/1987 de 2 de julio, y en la ley de 2012, que se cita a continuación[12].
Parece evidente que cualquier donación o aportación opaca y sin explicación debe estar prohibida, y, en este sentido, la ley vigente pone especial énfasis en la prohibición de que aquéllas sean anónimas, finalistas o revocables. Es decir, ningún donante privado, sea un individuo o una empresa, podrá hacer entrega de una cantidad determinada sin desvelar su identidad, tampoco podrá hacerlo a cambio de posteriores prebendas por parte del partido político al cual las destina y, finalmente, se declaran ilegales las donaciones revocables, esto es, aquellas condicionadas a que un suceso tenga lugar, y que en caso contrario permitieran la devolución de la suma entregada; no obstante, como se ha puesto de manifiesto en el caso Gürtel, incluso bajo la vigencia de la ley de 2007 se han producido aportaciones en B al Partido Popular.
Éstas no son las únicas restricciones. Una misma persona no podrá hacer entrega de más de 100 000 euros al año salvo que se trate de un bien inmueble, y siempre que se trate de bienes de este tipo o de una cantidad en efectivo superior a los 50 000 euros es obligado notificarlo al Tribunal de Cuentas. Las limitaciones contenidas en la ley se extienden a los casos específicos de donaciones por parte de personas o entidades extranjeras (por ejemplo, no se podrá recibir financiación de gobiernos de otros países).
Esta normativa ha sido modificada por la Ley Orgánica 5/2012 de 22 de octubre sobre financiación de los partidos políticos, que establece una clara diferencia entre los mecanismos de financiación de los partidos políticos y los de las fundaciones y asociaciones vinculadas a éstos. Asimismo, amplía el número de sujetos que no pueden financiar a los partidos por recibir aportaciones directas o indirectas de las Administraciones Públicas (donaciones de empresas privadas que presten servicios o realicen obras para las Administraciones Públicas, o de empresas pertenecientes al mismo grupo o participadas mayoritariamente por aquéllas y a sus fundaciones). Con todo ello, tal como expresa el preámbulo de la ley, se trata de evitar que fundaciones privadas, asociaciones o entidades que reciban subvenciones de las Administraciones Públicas, o cuyo presupuesto esté integrado por aportaciones públicas, sirvan de instrumento de financiación de los partidos, impidiéndoles a éstos aceptar cualquier donación procedente de las primeras. No obstante, se permite que, en atención a un interés común y coincidente, partidos políticos, fundaciones y asociaciones, puedan llevar a cabo actuaciones de manera conjunta, encuadrables en el objeto y finalidad que persiguen. Por su parte, ninguna entidad de crédito podrá condonar a un partido político más de 100 000 euros al año de deuda, computados tanto el principal como los intereses pactados, aunque pueden llegar a acuerdos de condiciones de deuda, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, en virtud del principio de autonomía de la voluntad de las partes.
En materia de fundaciones y asociaciones vinculadas a los partidos políticos con representación parlamentaria, se establece un conjunto de previsiones específicas y se establece que no tendrán consideración de donaciones las entregas monetarias o patrimoniales destinadas a financiar actividades y proyectos de interés común. Por último, se desarrollan una serie de medidas de transparencia, que se concretan en la obligación de publicar de forma activa la información contable, la notificación al tribunal de las donaciones superiores a 50 000 euros y las de bienes inmuebles, y los acuerdos con entidades bancarias sobre condiciones de deuda; en relación con las fundaciones vinculadas, se les exige la notificación al mismo tribunal[13].
Es necesario resaltar el acuerdo del 8 de octubre de 2013 del Tribunal de Cuentas por el que se aprueba el Plan de Contabilidad Adaptado a las Formaciones Políticas. El plan entró en vigor el 1 de enero de 2014 y será de aplicación para los ejercicios que se inicien a partir de dicha fecha.
Este acuerdo, de obligado cumplimiento por los partidos políticos, federaciones o asociaciones a los que se refieren las leyes de 2007 y 2012, pretende la adopción de un plan uniforme de información económico-financiera de los partidos políticos que tiene por objeto no sólo propiciar a los responsables de su organización y a sus afiliados el conocimiento de su actividad y de la situación patrimonial en cada momento y la toma de las decisiones pertinentes, sino también hacer posible el acceso de los ciudadanos a esta información, en cuanto usuarios principales de la misma, en consonancia con el carácter público de sus funciones y la importancia cuantitativa y cualitativa de los recursos públicos destinados a su financiación. Por otra parte, el seguimiento de unos principios y criterios comunes en el registro contable de sus operaciones facilita significativamente la interpretación de los correspondientes estados contables y permite la comparación inmediata de la situación entre diferentes partidos políticos y conocer la aplicación dada a los recursos públicos. La actividad de los partidos políticos está sometida a los principios de regularidad, publicidad y transparencia, cuyo cumplimiento se verá impulsado por la aplicación de unos mismos criterios en el registro de su actividad económico-financiera, objetivo al que responde el presente Plan de Contabilidad, junto con otras medidas que pudieran adoptarse en aras de una mayor publicidad de sus estados contables[14].
Es decir, en la actualidad se cuenta con un marco jurídico distinto del que regía en el momento en el que se destapó el escándalo del caso Filesa.
Así expuesto, parece que en España no debería haber problemas en este campo, al existir una regulación concreta que prohíbe cualquier financiación irregular de los partidos políticos. Sin embargo, frente a esta afirmación tentativa, surgen varios interrogantes: ¿es esta normativa suficiente? La respuesta es claramente negativa, ya que la referida ley impone simples sanciones administrativas, sin dar paso a la vía penal, como parece que ahora se quiere establecer. Es decir, que el hecho de que un partido político se salga de los límites impuestos por ley para recibir donaciones privadas que podrían llegar a encerrar intereses ocultos, remotos o ilegales, no es un delito. Se queda en una simple infracción administrativa que tendría que estar reconocida por el Tribunal de Cuentas, cuyas sanciones son meramente económicas.
Para encuadrar la financiación irregular más allá del ámbito administrativo y elevarla a un ilícito penal, habría que demostrar que, además de dicha financiación, existe un delito de cohecho o de soborno. Así pues, si una empresa hace entrega de una suma que excede los límites en forma o fondo, según lo dispuesto en la ley, no daría lugar a mayor sanción que la administrativa a no ser que seamos capaces de demostrar que el partido ha conseguido para su donante un beneficio injusto como, por ejemplo, una licitación, una subvención o un beneficio de cualquier otra naturaleza.
Otro elemento distorsionador en cualquier investigación sobre financiación irregular de partidos políticos es el referido a la prescripción de las supuestas infracciones; transcurridos cuatro años desde la comisión de la financiación irregular, si no se ha interpuesto ninguna acción o no se ha abierto una investigación, quedará prescrito el acto que dio origen a la irregularidad.
Éste es un escenario que hemos de digerir y comprender antes de acercarnos a los mayores casos de corrupción política de nuestra historia reciente y poder entender sus resultados y repercusión. Son muchas las voces que solicitan la criminalización de la financiación ilegal en nuestro ordenamiento. Tanto los ciudadanos como numerosos expertos reclaman que este tipo de actos deben ser delitos en sí mismos, perseguirse al margen de que aparezca la sombra del soborno o la apropiación indebida sobre los partidos políticos, por extensión, sobre las instituciones que éstos administran.
Esta necesidad se vuelve mucho más urgente y necesaria si, tal como publicó el diario El País, se confirma la realidad del dictamen del fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, Olayo González Soler (conocido el 5 de enero de 2015), una vez analizado el informe elaborado por el Tribunal de Cuentas referido al ejercicio del año 2012 sobre las cuentas auditadas y presentadas por los partidos políticos. En el mismo, se habla de opacidad de la financiación de las formaciones políticas: condonación ilegal de deudas, cuentas sesgadas en las que no se computan los gastos e ingresos reales, extraños préstamos a fundaciones e incluso donaciones ilícitas, referidas a las cuentas auditadas y presentadas por los partidos en el ejercicio de 2012. El fiscal, según menciona la información publicada, apunta a las cúpulas de las formaciones como responsables de esas infracciones[15]. No obstante, los representantes de los partidos afectados han reaccionado negando esas imputaciones, por lo que habrá que esperar la confirmación o desestimación de la denuncia del fiscal.
La corrupción puede adoptar muchas formas, tantas como la mente humana sea capaz de imaginar, y con ellas conseguir la finalidad de aprovechamiento económico o de otra naturaleza perseguidos. Pueden ser cohechos, concesiones ilícitas de licencias, adjudicaciones ilegales, contratos, exenciones fiscales, recalificaciones indebidas o cualquier otro tipo de ventaja económica, mediática, judicial o estratégica de la persona o entidad colaboradora, que ni siquiera tiene por qué ser delictiva. En España se han puesto en práctica todas las posibles, las simples y las complejas, las directas o con testaferro, las clásicas y las más sofisticadas de ingeniería financiera, con el fin de ganar la voluntad del partido político respectivo, en función de las expectativas de triunfo y del beneficio potencial.
En este sentido, es llamativo que, junto a un político, normalmente siempre aparezcan empresarios, banqueros o financieros que disponen de fondos suficientes para servir de colchón al responsable público o al partido aprovechado. Todo ha valido en nuestro país para financiar a los partidos políticos y, de paso, para aprovecharse unos cuantos. Sistemáticamente y de forma periódica, los escándalos se suceden y siempre con el mismo o parecido contenido: captaciones de fondos de origen privado bajo apariencia de contratos o informes inexistentes, facturas falsas, que se corresponderán con el porcentaje de contrato público al que concurre el benefactor, entregas en efectivo, entregas en especie, etc. Con ello se ha develado un entramado societario, formado por empresas instrumentales, constituidas a veces por el mismo partido, o propiedad de alguno de los responsables o familiares interpuestos, sirviendo de puente, normalmente de plata, por los beneficios que dejaba. Testaferros al fin y al cabo que, como aquellos que trabajan para organizaciones ilícitas, manejaban sus cuentas en el extranjero, al amparo de unas normativas fiscales más benévolas que las españolas. Es decir, buscando aquí también la impunidad.
Por este procedimiento, quien paga en primera instancia es la empresa extorsionada o convenida, que lo hace al partido que respalda al funcionario que adjudica el contrato, pero finalmente a costa del erario público, porque la empresa, de forma inmediata, se desgravará el importe satisfecho de la cuota que le correspondería pagar por el impuesto de sociedades, también intentará compensar el valor añadido final soportado en su declaración de IVA y, por último, procurará repercutir ese coste en el producto.
El ejemplo que puede valer es el que se refiere a fondos distraídos en la construcción de grandes proyectos ferroviarios nacionales e internacionales. Es de desear que la nueva normativa, junto con otras medidas que se aprueben, sirva para controlar e instaurar de forma definitiva una transparencia que no debe tener limitación alguna tratándose de las estructuras a través de las cuales se gobierna el país, a nivel nacional, autonómico y local. Pero, nuevamente, habrá que insistir en que la ley puede ser creada para aplicarse o simplemente para apaciguar las malas conciencias; de ahí que sean esenciales organismos de control y participación ciudadana a los que se rindan cuentas.
El caso Filesa
EL CASO FILESA
Quiere asaltar la banca,
robar nubes, estrellas, cometas de oro,
comprar lo más difícil:
el cielo[16].
RAFAEL ALBERTI
Filesa es el nombre del sonado caso de financiación ilegal del PSOE que se fraguó entre los años 1988 y 1990 y que se destapó en 1991. La trama se resume en la creación de empresas pantalla destinadas a conseguir fondos para costear las actividades electorales del PSOE a través de la prestación fraudulenta de servicios a grandes empresas y bancos cuyo hipotético beneficio aún hoy no se ha podido demostrar.
En mayo de 1991, Carlos van Schouwen, hasta entonces contable de Filesa, destapó la trama que tumbó la presunción de inocencia, moralidad y transparencia de un PSOE que, a pesar de todo, algunos quisieron defender. Se develó un complejo sistema empresarial desarrollado para financiar al partido. Fue el pistoletazo de salida de un proceso judicial que se inició en 1991 y que se prolongó seis años[17]. Su desenlace conllevó la condena de ocho personas entre políticos y empresarios: Josep Maria Sala i Griso, senador del PSOE; Carlos Navarro Gómez, diputado del PSOE y secretario de finanzas del PSC-PSOE; Luis Oliveró Capellades, administrador único de Filesa; Alberto Flores Valencia, accionista mayoritario de Malesa, apoderado y delegado de Filesa en Madrid; Aída Álvarez Álvarez, excoordinadora de finanzas del PSOE; Miguel Guillermo Molledo Martín, cofundador (junto con la anterior) de las empresas Distribuidora Exprés 2020 y Tecnología Informática 1010; Juan Antonio Molina Vivas, presidente de Enasa, y Eugenio Marín García Mansilla, director general de Cepsa[18]. Los delitos y las penas variaban, pero entre ellas cabe destacar las condenas por los delitos de falsedad de documento mercantil, asociación ilícita y delito fiscal. Originalmente también se les acusaba de apropiación indebida, pero el fallo no llegó a considerar ese delito.
La trama consistía en la creación y utilización de tres empresas, Malesa, Filesa y Time-Export. Filesa y Malesa fueron creadas en febrero de 1988 con Oliveró Capellades como administrador único. El origen de Time-Export se remonta a 1978 y su actividad estaba orientada a la prospección de mercados. Time-Export fue adquirida por Josep Maria Sala i Griso y Carlos Navarro Gómez, y más tarde vendida a Filesa, en 1988. En diciembre de ese mismo año Malesa se hizo con la propiedad de Filesa.
De este modo, la estructura básica se consolidó en 1988, creando un esquema que podemos presentar de la siguiente manera: Alberto Flores Valencia ostentaba el 60 por ciento de Malesa, mientras que Luis Oliveró Capellades contaba con el 40 por ciento restante. Malesa era propietaria única de Filesa, que a su vez lo era de Time-Export. Se dibuja una línea vertical en la que cada empresa era propiedad de la anterior.
Según se reconoce en la sentencia del Tribunal Supremo del 28 de octubre de 1997, tanto Malesa como el resto de las empresas del montaje corrupto fueron creadas o adquiridas con el objetivo único de acumular fondos que permitieran al PSOE financiar los gastos originados por las campañas electorales. La forma de conseguir esos fondos era simulando contratos de servicios con bancos y otras grandes empresas españolas, mediante los cuales las empresas pantalla se ofrecían como expertas en la redacción de informes. Esos informes nunca se emitieron, y cuando se hacía no eran más que fotocopias de documentos públicos, recortes de prensa o apariencias de informes que nada tenían que ver con la naturaleza propia del documento que trataban de simular. Las 29 facturas extendidas por esos falsos informes sumaban muchos millones de pesetas. En su mayoría fueron expedidas por Filesa y Time-Export. Entre las empresas contratantes cabe mencionar al Banco Central Hispanoamericano, Elsan, Hipermercados Pryca, Enasa, Abengoa, Focsa, Cepsa, BBV o ABB Energía. Sin embargo, fue imposible demostrar que éstas u otras empresas se hubieran beneficiado injustamente obteniendo concesiones de la Administración (en aquel momento en manos del PSOE), lo cual habría sentado las bases de un delito de cohecho[19].
El total del capital acumulado por la trama superó los 1000 millones de pesetas. Con este dinero Filesa pagó las deudas electorales a los proveedores del PSOE, que aceptaron recibir el pago de lo debido a cambio de emitir facturas falsas. Filesa pagó también a sus proveedores simulados, que a su vez sufragaban los gastos imputables al PSOE. Es el caso de las empresas Distribuidora Exprés 2020 y Tecnología Informática 1010, fundadas por Miguel Guillermo Martín y Aída Álvarez para colaborar en la financiación ilegal del PSOE. Como resultado de todas éstas se generaron importantes deudas con la Hacienda Pública, dando lugar a la comisión de un delito fiscal[20].
En noviembre de 1991, el magistrado del Tribunal Supremo Marino Barbero fue designado para investigar el caso Filesa. Nunca es fácil instruir una causa de tanta repercusión mediática y de alta envergadura política, y debido a las múltiples críticas y presiones a las que hubo de hacer frente, en 1995 el juez Barbero terminó por renunciar a su condición de magistrado después de una década de servicios. Un juez al que no le tembló el pulso para proceder al registro de la sede federal del PSOE y del Banco de España, y que llegó a imputar a un total de 39 personas y a solicitar el suplicatorio que permitiera procesar a Alfonso Guerra, se vio derrotado por la presión ejercida sobre él, sin el mínimo apoyo por parte de quien le tenía que defender, el Consejo General del Poder Judicial. Recuerdo haber coincidido con el juez Barbero después de su renuncia en Bogotá, en unas jornadas sobre blanqueo de capitales celebradas en 1996, y me confesó con lágrimas en los ojos que la presión y los ataques habían sido de tal calibre, incluso entre sus propios jueces compañeros de sala, que se le hizo imposible continuar por dignidad. No me pareció que guardara rencor, pero sí un profundo dolor por la dejación del CGPJ al no defenderlo frente a unas declaraciones descabelladas del entonces presidente de Extremadura, Juan Carlos Rodríguez Ibarra, y por la denegación por la Sala General del Tribunal Supremo del suplicatorio para imputar a Alfonso Guerra, por ocho votos a cuatro.
Durante la fase oral del proceso judicial, se llamó a prestar declaración a Felipe González y Alfonso Guerra. El desenlace del juicio resultó en las ocho condenas antes mencionadas, entre las que cabe destacar las de Josep Maria Sala, Carlos Navarro, Luis Oliveró y Alberto Flores. En el caso del primero, Sala fue encontrado culpable de los delitos de asociación ilícita y falsedad en documento mercantil. Su pena se sustanció en tres años de privación de libertad y una multa de 350 000 pesetas. Pasó veinticinco días en la prisión barcelonesa de Can Brians antes de ser puesto en libertad provisional, a la espera de que se tramitara su recurso de amparo contra la sentencia del Supremo. Al final, la condena por falsedad en documento mercantil fue anulada, y el total de la pena quedó en dos años de cárcel[21].
En el caso de Carlos Navarro, Luis Oliveró y Alberto Flores, el Alto Tribunal les impuso sendas condenas de once años de prisión que nunca se cumplieron de manera íntegra, ya que en 2000 se beneficiaron de un indulto parcial concedido por el Gobierno del Partido Popular, presidido por José María Aznar (en el marco de un indulto masivo, el mayor desde la Transición), que redujo a la mitad sus condenas. El resto de los condenados tuvieron que cumplir penas menores y pagar multas[22].
Para muchos, este final pudo resultar desesperanzador. Sobre el caso Filesa corrieron ríos de tinta, pero lo más relevante es que los tres poderes del Estado fracasaron en su labor. El Legislativo, por no haber desarrollado una regulación más exhaustiva y estricta en la que encajaran los actos socialmente reprochables, como la financiación ilegal de partidos políticos (que sigue sin estar criminalizada). El Poder Judicial, por no haber conseguido descubrir las intenciones que escondían las grandes empresas y los bancos a la hora de lanzarse a pagar sumas disparatadas sin ninguna contraprestación sólida o al menos demostrada. Y el Poder Ejecutivo, en dos aspectos: por un lado, la actuación del Gobierno de José María Aznar cuando se decantó por un indulto masivo que beneficiaba a algunos de los grandes responsables del caso, y, por otro, el PSOE al negarse, en el momento en que el escándalo se hizo público, a establecer una verdadera comisión de investigación.
La comisión de investigación y estudio sobre Filesa y sobre partidos políticos, aprobada en el debate del estado de la nación de abril de 1994, fue conseguida in extremis y por la presión que yo mismo ejercí desde mi escaño de diputado, aunque en la formulación final hubo trampa. Al concluir el discurso el presidente del Gobierno sin mencionar la creación de una comisión de investigación del caso Filesa, resultó evidente que no cumpliría una de las condiciones que le había expuesto en mi carta de dimisión presentada en mano el día anterior, el 18 de abril de 1994, en La Moncloa, ante la falta de compromiso en la lucha contra la corrupción. Le dije que en el debate tenía la oportunidad de anunciar esa comisión. Al no hacerlo, explicité mi discrepancia permaneciendo inmóvil al final del discurso sin aplaudir. La imagen fue reproducida por todas las televisiones.
En la contestación a Aznar, González se comprometió a crear la comisión, con lo que la cosa parecía que acababa bien. Sin embargo, al día siguiente el grupo parlamentario socialista decidió lo contrario. Cuando mi compañero Ventura Pérez Mariño, que sabía de mi dimisión, me lo dijo, los hechos se sucedieron vertiginosamente. Le dije que debíamos romper la disciplina de grupo y votar con la oposición. Hablé con el diputado del PP Javier Arenas, indicándole mis intenciones, y éste se lo dijo a Aznar, que se mostró de acuerdo. Ventura habló con Juan Alberto Belloch y me dijo que éste quería hablar conmigo. Accedí de mala gana, pero ante la insinuación del ministro de que me marchara sin hacer ruido, le advertí de por qué estaba allí y del coste que había asumido, y de que la lucha contra la corrupción era para mí irrenunciable. Sólo la creación de la comisión podía dar salida a la situación.
En el último momento, y después de que el presidente González diera el visto bueno a la comisión, Belloch nos pidió que redactáramos una propuesta. Lo hicimos en una servilleta de la cafetería proponiendo dos comisiones, una de investigación de Filesa y otra de estudio sobre financiación de los partidos políticos; el ministro Belloch se la entregó a Miquel Roca para que la presentara en nombre de CiU, pero alteró la propuesta de enmienda y le indicó a Roca que uniera las dos comisiones en una, la Comisión de Investigación y Estudio de Filesa y de Financiación de los Partidos Políticos, ante el enfado explícito de Alfonso Guerra, que le gritaba a Roca por presentar la propuesta. Finalmente, al votar la propuesta de Roca, no se rompió la disciplina, pero Rodrigo Rato aprovechó para plantear cuestiones de forma y la comisión creada quedó absolutamente difuminada hasta en el nombre que luego se le dio («Comisión no permanente para el estudio de la financiación de los partidos políticos y las transformaciones precisas para su adecuación a la necesaria transparencia que demanda la opinión pública puesta en cuestión por los casos como Filesa, Naseiro», según consta en el diario de sesiones de las Cortes).
Obviamente, la precipitada comisión no pretendía investigar la corrupción, y sus conclusiones estaban amortizadas antes de adoptarlas, constituyendo una verdadera bufonada para la ciudadanía. Esta actitud de firmeza por mi parte, junto con la carta de dimisión y mi renuncia el 5 de mayo siguiente, marcaron claramente lo que, desde mi punto de vista, debía ser el compromiso con los ciudadanos, el cumplimiento de las promesas electorales y la lucha contra la corrupción desde las instituciones. Certeramente, aquellas palabras de Felipe tras el debate con Aznar («Baltasar, las promesas electorales se hacen para no cumplirlas») fueron premonitorias de lo que aconteció.
A pesar de todo, el caso Filesa nos dejó un legado positivo, la figura del juez Marino Barbero, frágil pero valiente, con errores, como cualquiera, pero con una entereza y valentía sólo quebrada por el olvido de los que tenían que protegerlo. En ese momento, simbolizó el esfuerzo por luchar contra la corrupción. Las presiones que padeció se reproducirían en otro caso que también ocurrió por esas fechas (1994-1995), la investigación de uno de los delitos imputados a los GAL (el secuestro de Segundo Marey), que concluyó en el Tribunal Supremo con la imputación, entre otros, del exministro del Interior José Barrionuevo y del exsecretario de Estado para la Seguridad, Rafael Vera. Ahí también se reprodujeron las malas artes y se trataron de instaurar y justificar las vías de hecho frente al terrorismo, financiando, además, actividades ilegales con fondos públicos (fondos reservados).
El caso Gal y los fondos reservados
EL CASO GAL Y LOS FONDOS RESERVADOS
No permitiré injusticias ni juego sucio, pero si se pilla a alguien practicando la corrupción sin que yo reciba una comisión, lo pondremos contra la pared… ¡Y daremos la orden de disparar[23]!
GROUCHO MARX
La década de los ochenta fue una de las más sangrientas de la organización terrorista ETA. El año más sangriento fue 1980, con 93 asesinatos, en el intervalo entre 1981 y 1983 hubo más de 120 muertos, y entre los años 1984 y 1987, 158 personas fallecieron en atentados terroristas perpetrados por ETA, mientras que 27 etarras murieron en tiroteos o preparando atentados, o bien se suicidaron. Las víctimas fueron principalmente de la Guardia Civil y la Policía Nacional, cuerpos de seguridad que asistían impotentes a un entierro casi cada semana, organismos en los que ya se había instalado la rutina macabra de presenciar la muerte o la invalidez de sus miembros. Todo ello contra un enemigo invisible y con un apoyo popular inexplicable[24].
Pero también en esos años, de octubre de 1983 a julio de 1987, los denominados Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL) practicaron la «guerra sucia» contra ETA, asesinando a casi una treintena de personas, provocando múltiples heridos y realizando una serie de atentados en el sur de Francia, por los que primero se condenó a varias personas en el país vecino y finalmente, en España, en varios sumarios, a algunos mercenarios y especialmente a responsables policiales y de la Guardia Civil, así como a políticos y altos funcionarios de la Administración del Estado en los años de gobierno del Partido Socialista.
El origen de los GAL sigue siendo un tema por resolver, al menos judicialmente, al no haber recibido sanción firme las investigaciones y resoluciones de inferior rango en este punto, en las que sí se apuntaban el modo de constitución y actuación y el carácter terrorista de esa organización (casos Batzoki y Consolation, Segundo Marey y Oñaederra).
Algunos analistas consideran el Batallón Vasco Español como un predecesor del GAL. El BVE fue un grupo ultraderechista que actuó en el País Vasco desde 1975 hasta 1981, con fuertes relaciones con la policía, aunque desapareció tras la salida de UCD del Gobierno[25]. La puesta en funcionamiento de los GAL aparece claramente vinculada a algunos aparatos policiales y políticos del Partido Socialista (casos Batzoki y Consolation y Segundo Marey) y de la Guardia Civil (caso Lasa y Zabala), apuntando algunas fuentes también a los servicios de inteligencia (caso Oñaederra), si bien, aparte de las resoluciones que yo mismo dicté sometiendo a la consideración de la Sala Segunda del Tribunal Supremo la posible vinculación de responsables políticos al máximo nivel (exposiciones razonadas de julio de 1995 y noviembre de 1999, respecto del presidente del Gobierno, y la primera también contra el vicepresidente y otros responsables políticos), y que no fueron respaldadas salvo en el caso del exministro José Barrionuevo, no ha habido ninguna sentencia judicial que así lo haya establecido.
Los GAL fueron responsables de 27 asesinatos, aunque quizá lo más chocante fue la sensación de improvisación y defectuosa información en varios de sus objetivos, que ocasionó situaciones grotescas, tales como la detención por la policía francesa de policías españoles que intentaban secuestrar en Francia a José Mari Larretxea Goñi[26]; el secuestro de Segundo Marey, al que confundieron con el miembro de ETA Mikel Lujúa[27], o el atentado en 1987 contra Juan Carlos García Goena, que murió al estallar una bomba lapa en los bajos de su vehículo. Este último no tenía ninguna relación con ETA[28].
En todo caso, los GAL entraban en la categoría de «guerra sucia», como el Batallón Vasco Español en la Transición. En esos años abundaron los ejemplos: las actuaciones de los servicios de inteligencia israelíes contra terroristas palestinos (Septiembre Negro, por el atentado contra la delegación israelí en los Juegos de Munich en 1972); los alemanes contra la brigada Baader-Meinhof en 1977; los franceses en el caso RainbowWarrior en Nueva Zelanda en 1985; los británicos contra el IRA en Gibraltar y, por supuesto, la atroz represión que en esos años llevaba a cabo el Estado en Latinoamérica. En la mayoría de estos casos, la norma fue la impunidad simultánea (ausencia de investigación) o posterior a la condena (amnistías o indultos). Obviamente, estas operaciones fueron sufragadas con cantidades de fondos públicos más o menos cuantiosas, según la importancia de la operación.
En España, sólo a partir de 1988 se comenzaron a investigar judicialmente las conexiones de esta actividad delictiva con funcionarios del Estado. Así, en un auto del mes de abril de ese año, ordené que se investigara el origen de la financiación, al existir indicios de que podrían haberse sufragado gastos de esos operativos con fondos públicos, y en particular con los denominados fondos o gastos «reservados».
Mientras tanto, desde algunos periódicos se alentaban respuestas militares contra ETA, por ejemplo en artículos como el de Antonio Sánchez Gijón publicado en ABC en 1979[29]. En Diario 16 se publicaban párrafos como éste: «A las bestias se las encierra tras los barrotes más gruesos que existan en la aldea. Para ello primero se les caza mediante todo tipo de tretas. Y si en la aventura muere alguna, mala suerte (o buena suerte). […] La muerte de ETA es nuestra vida. La serpiente que en forma de muchacha disparó contra [el teniente coronel] Romeo no debe tener oportunidad de repetir fortuna»[30].
Los fondos reservados, también llamados «gastos reservados», son una partida presupuestaria opaca, no sometida a control público, cuyo objeto es sufragar los gastos que se estimen necesarios para la defensa y seguridad del Estado[31]. Así es al menos como los define la Ley 11/1995, de 11 de mayo, reguladora de la utilización y control de los créditos destinados a gastos reservados.
Estos fondos suponen el gran antónimo de la transparencia presupuestaria. Acaban siendo un amplio cajón de sastre aprobado anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y cuya única justificación es la imperiosa necesidad de guardar la defensa y seguridad de España a través de medios que no sean fiscalizados. La oscuridad de estos fondos dio lugar naturalmente a su mal uso. Una utilización corrupta que llegó a costear actividades tan mezquinas que consiguieron hacer sombra al aprovechamiento injusto y personal que hicieron de él los administradores directos del fondo. Me refiero a los casos de los GAL, al propio de los fondos reservados y al de Luis Roldán.
Como sucede casi siempre, la redacción y aprobación de la Ley 11/1995 se impulsó a golpe de escándalo. Su objetivo era elevar el nivel de control exigido, dentro de la naturaleza secreta de los gastos reservados. Según la norma, los gastos reservados han de quedar sometidos a un control administrativo interno que respete su peculiaridad, a la vez que asegure su correcto uso[32]. Esta peculiaridad se plasma en la prohibición de darles publicidad y en el sometimiento a un sistema especial de justificación y control, sistema que consiste en una comisión parlamentaria compuesta por diputados con acceso a secretos oficiales[33]. Dichos fondos se consignan y son administrados por los titulares de los ministerios de Exteriores, Justicia, Defensa e Interior[34]. Por último, los gastos realizados con partidas provenientes de fondos reservados no tienen obligación de presentar justificación documental alguna[35].
En el caso de los GAL, la corrupción económica en sentido estricto se vio banalizada por los crímenes cometidos por esta organización. Un elenco de actividades criminales indignas de un Estado democrático y de derecho que escandalizaron a los demócratas españoles y a los propios militantes del PSOE. Fue una absoluta y lamentable chapuza, además de delictiva; los hechos probados en las sentencias mostraron de forma descarnada una radiografía lamentable de mercenarios portugueses, espías buscando sobresueldos, información defectuosa de los objetivos, pagos de silencios, aprovechamiento particular y finalidades inconfesables, mientras que las verdaderas necesidades parecían estar olvidadas.
Recuerdo en este punto la primera vez que me desplacé a Bayona (Francia) para tomar declaración a los mercenarios de los GAL junto con el juez Armand Riberolles, y cómo a la vuelta un miembro de la Guardia Civil me llevó a ver alguno de los puestos de vigilancia que tenían en lugares inhóspitos, cerca de la frontera entre Guipúzcoa y Francia, en medio del monte donde supuestamente ETA disponía de «buzones» para la comunicación entre sus miembros. Ver a aquellos guardias agazapados y ocultos entre la maleza veinticuatro horas al día tras comprobar el despilfarro de los gastos reservados, hacía que fuera muy difícil mantener la serenidad.
Diario 16 inició la publicación de artículos basados en las numerosas pistas que los GAL dejaron tras de sí. Los artículos generaron una irritación notable en el Gobierno socialista de la época y alimentaron las críticas del Partido Popular. Pero sólo cuando el juez de instrucción de Bayona, Christopher Seys, dejó materialmente sobre la mesa del juez decano de la Audiencia Nacional, que en ese momento era Carlos Bueren, la documentación del sumario francés sobre los atentados contra los bares Batzoki y Consolation, se inició la investigación a regañadientes y, desde luego, sin ningún interés en que culminara. Así, el juez Francisco Castro Meije archivó la causa, pero la sala revocó esa decisión, correspondiéndome a mí un mes después de haber tomado posesión en el Juzgado Central de Instrucción n.º 5 de la Audiencia Nacional.
La actividad de los GAL se inició el 6 de octubre de 1983 con el secuestro, tortura y asesinato de José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala. Según la sentencia del juicio, desde el 16 de octubre de 1983 estuvieron detenidos en el palacio de La Cumbre, en San Sebastián, donde fueron interrogados. Una vez concluidos los interrogatorios, sus secuestradores decidieron asesinarlos de un disparo en la cabeza y hacerlos desaparecer abandonando sus cuerpos en un paraje aislado. «Después arrojaron los cuerpos, sin ropa, aún amordazados y con unas vendas, a una fosa que habían preparado, de unos 180 cm de largo, por 80 de ancho y 90 de profundidad, y los cubrieron con tierra y con más de 50 kilos de cal viva»[36]. La Audiencia Nacional condenó al general Enrique Rodríguez Galindo[37], al exgobernador civil de Guipúzcoa, Julen Elgorriaga, al teniente coronel Ángel Vaquero y a los exguardias civiles Enrique Dorado y Felipe Bayo a penas que oscilaban entre 67 y 71 años de cárcel, al considerarlos coautores de un «plan compartido». Sin embargo, no se apreció que hubiera pertenencia a banda armada. El tribunal absolvió al exsecretario de Estado para la Seguridad, Rafael Vera, y al abogado vinculado a Interior, Jorge Argote, del delito de encubrimiento del que habían sido acusados[38].
En julio de 2001, a petición de las familias de las víctimas, el Tribunal Supremo incrementó las condenas de Rodríguez Galindo y de otros cuatro funcionarios públicos, por estimar que los autores se prevalieron de sus cargos públicos para las dos detenciones ilegales. El Tribunal Constitucional desestimó más adelante los recursos de amparo presentados por las partes y dio por cerrado el caso[39]. Tras la desestimación del tribunal, en 2003 los exguardias civiles presentaron tres demandas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que en noviembre de 2010 rechazó que España hubiera violado los convenios de derechos humanos en este caso[40].
Tras los asesinatos de Lasa y Zabala, en diciembre de 1983 el GAL secuestró en Hendaya al ciudadano francés Segundo Marey, que, tras diez días de cautiverio, fue liberado. En este caso, la Sala Segunda del Tribunal Supremo encontró a José Barrionuevo, Rafael Vera y Julián Sancristóbal, entre otros, responsables del secuestro de Marey, además de hallarlos culpables de un delito de malversación de caudales públicos[41]. El entonces ministro del Interior, José Barrionuevo, en colusión con los otros mandos políticos y policiales de su ministerio, conoció el hecho y autorizó la financiación con fondos públicos. Los condenados debieron indemnizar al empresario vasco-francés con 30 millones de pesetas[42]. La sentencia fue confirmada por el Tribunal Constitucional en el año 2001[43].
En el proceso por el caso GAL (atentados en los bares Batzoki y Consolation), en 1991 la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó a José Amedo y Michel Domínguez por cada uno de los seis asesinatos frustrados en los que en 1986 participaron como autores por inducción. Los hechos expuestos en la sentencia[44] prueban que ambos expolicías se dirigieron a Portugal para reclutar a varios sicarios a los que ordenaron disparar a bocajarro en el bar Batzoki de Bayona, donde hirieron a cinco personas, incluidos dos niños, y disparar contra un supuesto miembro de ETA en el bar Consolation, de San Juan de Luz, que también resultó herido. Siete años más tarde, en 1998, Domínguez, junto con Amedo y los demás funcionarios, fue nuevamente juzgado por el Tribunal Supremo por la detención ilegal de Segundo Marey. Tras salir de la cárcel de forma definitiva en el año 2000, Michel Domínguez fue detenido en abril de 2013 en Barcelona por un delito de narcotráfico[45].
Durante la instrucción y los juicios de estos casos se desarrolló una campaña en los medios de comunicación que provocó un gran desgaste en el Gobierno socialista, estrategia apoyada por un PP en la oposición mediante un acoso asfixiante a Felipe González. Esto generó una enorme controversia entre los círculos más cercanos a los cuerpos de seguridad del Estado. En 1995, el teniente general José Antonio Sáenz de Santa María hizo unas declaraciones al diario El País: «Le responderé con una máxima: “En la lucha contraterrorista, hay cosas que no se deben hacer. Si se hacen, no se deben decir. Si se dicen, hay que negarlas”. Creo que he contestado. Me parece obscena, claramente [la actitud de la derecha ante el caso GAL]. Porque es un aprovechamiento oportunista de una situación de Estado que tendría que ser motivo de pacto constitucional. Se puede actuar con la legalidad contra el terrorismo, pero en el filo de la legalidad. Unas veces, un poco por el borde de dentro y otras veces, un poco por el borde de fuera»[46].
El PP ganó las elecciones generales en 1996, y José María Aznar tomó posesión el 5 de mayo de ese mismo año. Tan pronto como lo hizo, se produjo un giro copernicano en sus principios y se negó a ceder documentación del Cesid a los tribunales que estaban instruyendo los casos de los GAL[47].
El caso de los fondos reservados también se extendió a la investigación de las cantidades que fueron entregadas a las esposas de Amedo y Domínguez para evitar que éstos hablaran, aunque finalmente lo hicieron en el caso Segundo Marey. Su colaboración propició que entrara en juego la cooperación judicial, mecanismo esencial en este tema, como lo sería después en otros muchos casos de corrupción, gracias a la actuación de jueces como Paul Perraudin o el fiscal Bernard Bertossa, ambos de Ginebra (Suiza).
La cooperación internacional avanzó mucho esos años. El 8 y 9 de septiembre de 1994, treinta y tres jueces y fiscales de Francia, Suiza e Italia y yo por parte de España mantuvimos el primer contacto en Ginebra para hablar sobre la cooperación judicial en materia de delitos económicos y de corrupción. En esa ocasión, asumimos la necesidad de combatir de forma conjunta el blanqueo de capitales, la delincuencia económica y la corrupción, superando las desconfianzas mutuas y especialmente las prevenciones que había respecto a España, dada la información que, por entonces, tenían ya los jueces ginebrinos respecto a Luis Roldán, las esposas de José Amedo y Michel Domínguez, así como de otros múltiples casos que apenas me indicaron los colegas responsables. A partir de ahí, inicié una excelente relación con la mayoría de ellos, que sirvió en los años siguientes para avanzar en las investigaciones abiertas y facilitar las investigaciones de otros compañeros.
Dos años después, en octubre de 1996, nos reunimos nuevamente en Ginebra siete jueces y fiscales: Bernard Bertossa (Suiza), Edmondo Bruti Liberati y Gerardo Colombo (Italia), Benoît Dejemeppe (Bélgica), Renaud van Ruymbeke (Francia) y Carlos Jiménez Villarejo y yo mismo por España, bajo el paraguas de la obra del periodista francés Denis Robert, La justicia o el caos, para lanzar «L’appel de Genève», una exigencia a los gobiernos y parlamentos nacionales europeos para que adoptaran las medidas precisas para conseguir una Europa más justa y más segura, donde el fraude y el crimen no beneficiaran a nadie tras una larga impunidad, y donde la corrupción fuera realmente erradicada[48]. Por nuestra parte permitió que, a falta de instrumentos eficaces, usáramos los existentes proactivamente para superar esas carencias y poder combatir la corrupción y la delincuencia económica, con una recién creada Fiscalía Anticorrupción. A su mando estaba el fiscal Carlos Jiménez Villarejo, a quien nunca acabará España de agradecer los grandes esfuerzos que hizo en este arduo combate, con un equipo joven y entusiasta que tenía más voluntad que medios, desde el momento en que se comprendió el potencial que podía desarrollar, a pesar de que no asumía la competencia de todos los casos de corrupción. Fueron años en que se investigaron casos relacionados con las presuntas actividades delictivas de Silvio Berlusconi, el Banco Bilbao Vizcaya, grandes fraudes a las Comunidades Europeas, grandes fraudes nacionales, casos de corrupción urbanística y otros, algunos de los cuales aparecerán en este libro. El denominador común siempre fue la actuación artesanal, la escasez de medios y de equipos, la falta de especialización, las dificultades puestas desde el Ejecutivo y la ausencia de una regulación penal avanzada en este ámbito, que, en algunos casos, impidió que consiguiéramos optimizar algunas de las investigaciones.
Pero el caso de los fondos reservados fue aún más allá, a causa de las denuncias interpuestas por el Partido Popular y las revelaciones de Luis Roldán, director general de la Guardia Civil, una vez detenido, al prestar declaración ante mí en el caso de los papeles de Laos. Este caso se refería a la grotesca farsa organizada por el Ministerio de Justicia e Interior, con la colaboración de Francisco Paesa (espía en nómina del ministerio) y con cargo a los fondos reservados, para detener a Roldán, que siempre estuvo en París y jamás visitó Laos. Una anécdota más que añadir al esperpento nacional si no fuera por la gravedad de los acontecimientos que rodearon al caso Roldán.
El caso fondos reservados se resolvió el 22 de enero de 2002 con la sentencia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid, ratificada por el Tribunal Supremo en noviembre de 2004, que absolvió a los exministros del Interior Barrionuevo y Corcuera, pero condenó a siete años de prisión a Rafael Vera, por «sustraer para sí» 141 millones de pesetas que invirtió en la compra, reforma y mejora de bienes inmuebles —«valiéndose de su suegro como mero testaferro»—, y por la entrega a otros exaltos cargos de más de 600 millones. El exdirector general de la Policía, José María Rodríguez Colorado, que en su día se negó a proporcionarme datos sobre los fondos reservados en el caso GAL, siendo apercibido de desobediencia grave a la autoridad judicial —lo que desencadenó un enfrentamiento grave entre ese ministerio y yo mismo como juez instructor—, fue condenado a seis años de cárcel por apropiarse de 89 millones de pesetas. El exdirector de la Seguridad Julián Sancristóbal, quien admitió haberse lucrado con 66 millones, fue condenado a cuatro años de cárcel al considerar el tribunal acreditado que se enriqueció con al menos 130 millones. El exjefe del Mando Único de la Lucha Contraterrorista, Francisco Álvarez, y el exgobernador civil de Vizcaya, Juan Ignacio López, fueron condenados a once y diez meses de prisión por haber ingresado en cuentas bancarias 15 y 7 millones de pesetas respectivamente.
En los hechos probados de la sentencia, se expresa que había tres cuentas del Banco de España con dotación presupuestaria para la asignación de gastos reservados en Interior y que, sobre todo de la dependiente de la Secretaría de Estado, «se sustraía dinero para el enriquecimiento personal de altos cargos del Ministerio». Esta conducta se veía facilitada porque «no existía control real externo por parte de órganos fiscalizadores o interventores». De igual forma se utilizaba dinero para pagar gratificaciones o retribuciones, al margen de la nómina, «a una pluralidad de funcionarios» destinados en la Dirección de la Seguridad del Estado, aunque esta circunstancia no era objeto de acusación.
El tribunal alaba la actuación de las juezas instructoras que investigaron este asunto desde 1994 y sostiene que la Administración ha actuado dentro de la legalidad «al no declarar incluido en materia clasificada aquello que, por su naturaleza, no debe serlo» y permitir la investigación judicial. Y añade: «Más bien al contrario, lo que perjudica a la seguridad del Estado y compromete los intereses nacionales es la corrupción de las autoridades y funcionarios públicos, sobre todo si cifran su impunidad en un pretendido secreto»[49].
Es importante esta afirmación porque, en febrero de 1995, Rafael Vera formuló una querella criminal contra mí por investigar los fondos reservados. El Tribunal Supremo no la admitió a trámite, explicando precisamente esto, que lo delictivo era no investigarlo y aprovecharse o desviar estos fondos. «Terminado el juicio —añade— no podrá decirse seriamente que, a resultas del mismo, se ha comprometido la seguridad del Estado ni aun que se ha revelado secreto alguno. […] Nada tiene que ver la investigación patrimonial de los acusados con los servicios de Información».
Finalmente, Rafael Vera y su secretario, Juan de Justo, también fueron condenados como autor y cooperador necesario en el caso de los maletines, en el que quedó probado el transporte e ingreso en cuentas suizas en favor de las esposas de Amedo y Domínguez, para comprar su silencio, tal como investigué en 1995. La sentencia la dictó la Sección Veintiséis de la Audiencia Provincial de Madrid el 16 de noviembre de 2007, y fue ratificada por el Tribunal Supremo en sentencia del 4 de marzo de 2009. Previamente, en 1998, y a petición mía, el juez Perraudin había remitido los fondos incautados para su devolución al erario público. Al menos en esta ocasión el dinero se recuperó para los ciudadanos españoles[50].
Entre tanto escándalo, uno de los momentos más bajos del Gobierno socialista se produjo cuando Luis Roldán, director general de la Guardia Civil, huyó el 29 de abril de 1994. El ministro del Interior, Antonio Asunción, dimitió al día siguiente; el ministro de Agricultura, Vicente Albero, hizo lo propio el 4 de mayo, tras reconocer que había ocultado al fisco 20 millones de pesetas invertidas en el despacho del exsíndico de la Bolsa Manuel de la Concha entre 1987 y 1989. Previamente, la policía detuvo a éste y a Mariano Rubio, exgobernador del Banco de España, en el caso Ibercorp por delitos de falsedad continuada y fraude fiscal. La situación era realmente comprometida, y se agravó con mi dimisión como secretario de Estado y la renuncia a mi escaño, el 5 de mayo de 1994. Cuatro días más tarde expliqué en rueda de prensa la pasividad del Gobierno en la lucha contra la corrupción y reclamé todo el apoyo del Ejecutivo a la Administración de Justicia para combatir la corrupción, añadiendo que «la corrupción se combate con una actitud firme y decidida, y espero por el bien de la sociedad que se lleve adelante». No fue así, al menos desde el ámbito político y del partido que en ese momento estaba en el poder. Los escándalos se sucedieron, sin solución de continuidad, y las presiones a los jueces continuaron[51].
El caso Roldán
EL CASO ROLDÁN
Avanzan de dos en fondo / a la ciudad de la fiesta. / Un rumor de siemprevivas / invade las cartucheras. / Avanzan de dos en fondo. / Doble nocturno de tela. / El cielo, se les antoja, / una vitrina de espuelas[52].
FEDERICO GARCÍA LORCA
Luis Roldán es un gran enigma. Alguien que engañó a todos durante años, a su partido, a la oposición y a la ciudadanía. Tan repentina fue su ascensión como estrambótica y sonada fue su caída, huida y rocambolesca repatriación. Uno se queda con la sensación, después de haberlo conocido, que sólo el más puro pragmatismo y la amoralidad podían justificar su actitud, o quizá pensar que todo le estaba permitido a quien ostentaba el mando de varias decenas de miles de hombres y mujeres de uniforme. Como civil al mando de un instituto militar, no es el mejor ejemplo que podemos aportar a la historia de la renovación en España. Es difícil acumular tantas trampas y trapisondas en una sola persona.
Lo de menos es cómo se le descubrió, si fueron traiciones de socios mal atendidos, la soberbia y la impunidad que otorga el mando, la convicción de que, al hacer lo mismo que todos e incluso menos que otros, nada sucedería y todo quedaría impune; ajustes de cuentas pendientes por decisiones no bien recibidas. Él apuntaba por ahí, señalando como causa probable su actitud favorable a la investigación en el caso Ucifa, decisión que nunca le perdonaron ciertos componentes de la Guardia Civil, como tampoco a otros que participamos en esa investigación. Lo importante es lo que hizo y que, con ello, contribuyó de forma decisiva a escenificar el esperpento nacional de la política, la decadencia final de una época en la que se habían perdido todas las posibilidades de hacer de la democracia española un ejemplo de transparencia. Luis Roldan, por tanto, fue sólo el ejemplo más zafio de esa deriva, no el peor. Su torpeza al afrontar las responsabilidades ofreció una coartada ideal a quienes, sin voluntad de combatir las causas de la corrupción, aprovecharon la cabeza de turco ofrecida en bandeja de plata para escenificar la «firme decisión» de combatir la corrupción. Con el transcurso del tiempo, las condenas recaídas en otros casos y las acciones de encubrimiento y entorpecimiento, resulta evidente que Roldán fue la excusa de un sistema político que en ese momento estaba podrido.
Pero ¿quién era Luis Roldán? Analicemos su carrera en detalle. Nacido en Zaragoza en 1943, se afilió al Partido Socialista en 1976 y, aunque carecía de título universitario, falseó su biografía para aparecer como titulado superior. Su carrera política comenzó cuando, en 1979, consiguió un acta de concejal en el Ayuntamiento de Zaragoza[53]. Desde el ayuntamiento saltó a la Asamblea Provisional de Aragón y, en ambos puestos, su personalidad decidida y su don de gentes atrajeron la atención de los altos responsables del partido, que vieron en él la persona adecuada para desempeñar el cargo de delegado del Gobierno en Navarra, un puesto poco deseable debido al riesgo que, en aquellos años, suponía ostentar la representación del Estado en un territorio fuertemente azotado por el terrorismo.
En Navarra desarrolló su actividad sin complejos, asistiendo a los funerales de los miembros de la Guardia Civil caídos en actos terroristas y mostrando una desafiante confianza frente a los asesinos. En un atentado fue la primera autoridad en llegar al lugar de los hechos, cuando los cadáveres todavía estaban en el suelo[54]. En definitiva, su atrevimiento y bravura le valieron la admiración de la Guardia Civil, tan necesitada de apoyo en aquellas horas difíciles, y en octubre de 1986 el Gobierno socialista decidió nombrarle director de la Guardia Civil, el primer director civil de la historia de la benemérita.
Al llegar, Roldán se encontró con un cuerpo desmotivado y sin recursos, y pronto consiguió un impresionante incremento de los presupuestos. Inició una campaña de reconstrucción y modernización de las casas cuartel de la Guardia Civil, que en muchos casos se encontraban en un estado deplorable[55]. Fue precisamente durante los trabajos de renovación de esos inmuebles cuando encontró la forma de incrementar a una velocidad pasmosa su patrimonio personal, mediante la adjudicación de las obras para la construcción de las nuevas casas cuartel. Desarrolló un esquema defraudador (adjudicación directa de obras y comisiones de intermediación) que le reportó enormes beneficios, y que complementó con el uso indebido de fondos reservados[56] e incluso con el cobro por la vigilancia de la autopista Pamplona-San Sebastián sin prestar de hecho dicha vigilancia[57], según informaciones periodísticas.
En 1993, el periódico Diario 16 inició una investigación a partir de las sospechas que levantaba el desmesurado incremento del patrimonio de Luis Roldán. El periodista José María Irujo abría el 23 de noviembre el periódico con el titular «El patrimonio de Roldán se incrementó en 400 millones desde que es jefe de la Guardia Civil»[58]. Irujo había descubierto la punta de un iceberg gigantesco, y le había resultado muy fácil, pues lo único que tuvo que hacer fue buscar en los registros de la propiedad de Zaragoza y Pamplona e identificar una parte relevante del patrimonio presuntamente oculto de Luis Roldán. Diario 16 continuó publicando artículos relativos al patrimonio de Roldán, y tan claras resultaron las pruebas que, quince días después de la aparición del primer artículo, fue destituido[59].
Sin embargo, el caso no terminó con la destitución, sino que fue a partir de ésta cuando realmente se inició. Las noticias y los hallazgos sobre sus años en la Guardia Civil se sucedieron de forma trepidante, primero desde Diario 16 y posteriormente desde toda la prensa española. La cobertura mediática fue muy intensa, y Luis Roldán desapareció del país. El día 29 de abril de 1994, la policía no consiguió encontrarlo[60]; se hallaba en paradero desconocido.
Fue en esta fase cuando el caso Roldán pasó de ser algo más que un caso a convertirse en un verdadero escándalo. Una terrible sensación de desgobierno y corrupción se apoderó del país, con la derecha acosando al Gobierno de forma implacable. El ministro del Interior, Antonio Asunción, tuvo que dimitir en medio de todo aquel fragor[61].
Pero la tensión no terminó con esta dimisión. El Gobierno de González estaba acorralado[62]. Durante todo el año 1994 el acoso fue feroz, y cada hallazgo de la prensa relacionado con el caso Roldán resultaba más sorprendente y sonrojante que el anterior: distracción de fondos de la Caja de Huérfanos de la Guardia Civil, tráfico ilegal de armas con Angola[63]…
Y para añadir al disparate un final completamente estrambótico, la historia de la huida de Luis Roldán terminó con su oscura extradición. «Soy el capitán Khan, su hombre está en Laos». Con estas palabras, el capitán Khan se presentó en Tailandia ante el jefe de la Brigada de Policía Judicial de Madrid, que se encontraba de viaje alrededor del mundo en una búsqueda incansable del prófugo Roldán[64].
Más tarde se demostraría que el capitán Khan no existía[65], y aquella rocambolesca entrega a las autoridades españoles, llena de extraños detalles, llegó a poner en duda la misma presencia de Roldán en Asia. Pero ya no importaba. Roldán fue juzgado en España y pagó por sus corruptelas, aunque para entonces el Gobierno socialista de Felipe González estaba ya en situación de jaque mate. En 1996 cedió la presidencia del Gobierno a José María Aznar, tras catorce años continuados de gobierno socialista.
En la fuga y detención de Luis Roldán intervinieron personajes que acabarían siendo conocidos por la sociedad española, especialmente en la huida, como Julián Sancristóbal, que entraría en prisión, por su participación en el secuestro de Segundo Marey, y Francisco Paesa (espía de profesión, que participó en operaciones encubiertas por encargo de Interior, como las cien pistolas Sig Sauer que después se utilizaron en múltiples atentados; en la intimidación a una de las testigos del caso García Goena, Blanca Belasategui, o en la venta a ETA de misiles con controlador electrónico, entre otros), que se hizo cargo de Roldán en París para después entregárselo al gobierno español, con el ministro Belloch al frente, a cambio de una cantidad de dinero procedente de los fondos reservados; una operación propia de una película de serie B en la que incluso se obligó a los policías a ponerse gabardinas e inventarse una entrega que ya estaba pactada en París. El 27 de febrero de 1995, fue entregado en Madrid a la autoridad judicial competente, la jueza de instrucción Ana Ferrer, que decretó su prisión.
En 1998, Luis Roldán fue finalmente condenado por la Audiencia de Madrid a 28 años de cárcel por malversación, estafa, cohecho y delito fiscal[66]. El 21 de diciembre de 1999, el Tribunal Supremo confirmó la sentencia, elevando además la pena a 31 años de cárcel al añadir el delito de falsedad documental en documento mercantil a la lista de los que ya habían resultado probados por la Audiencia de Madrid[67].
Así, la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, en sus hechos probados, estableció de forma contundente que «el procesado Luis Roldán Ibáñez, tras su nombramiento como Director General de la Guardia Civil, el 4 de noviembre de 1986, y hasta el 7 de diciembre de 1993, en que cesó en su mandato, desarrolló una incesante actividad delictiva amparado en su cargo, con la finalidad de enriquecerse ilícitamente»[68].
Luis Roldán, junto con su testaferro Jorge Esparza, utilizó básicamente tres métodos principales para tal enriquecimiento. En primer lugar, el clásico cobro de comisiones por obras y otras inversiones directas de la Guardia Civil. En segundo lugar, el saqueo de los fondos reservados y de la Caja de Huérfanos de la Guardia Civil. Por último, otras operaciones más originales, como el supuesto tráfico de armas con Angola o el cobro de grandes sumas de dinero a empresas a las que engañaba ofreciéndoles la prestación de unos servicios de seguridad que finalmente no se llegaban a realizar, como se descubrió en la autopista Pamplona-San Sebastián. Mediante la creación de una sociedad pantalla, Europe Capital[69], a través de la cual cobijaba sus ganancias ilícitas en España y Suiza[70], Roldán ocultó a la Hacienda Pública, entre los ejercicios de 1988 y 1992, todo el patrimonio ilegalmente adquirido, sumando así un delito fiscal a los anteriores.
Roldán aprovechó la falta de control sobre los mecanismos de contratación pública de las obras que había que realizar en las casas cuartel de la Guardia Civil. Él decidía personalmente, antes de que se tramitara ningún expediente sobre estas adjudicaciones, y exigía el pago de una comisión a cambio de la concesión de la obra (delito de cohecho). Luego, con la colaboración de Esparza, ingresaba las cantidades obtenidas en el Banco Bilbao Vizcaya. Para la ocultación del dinero se valió de la ayuda de Juan Jorge Prieto Pardina, empleado del BBV. Según la sentencia, una vez recibidas las cantidades por parte de Jorge Esparza, éstas eran intercambiadas «por cheques bancarios al portador que, a su vez, eran objeto de un continuo fraccionamiento en su importe, mezclándose en cada operación con otros, tras lo cual eran ingresados en las distintas cuentas de Luis Roldán Ibáñez, o en adquisiciones inmobiliarias o en consumo privado, con objeto así de mantener la opacidad de los orígenes y de la titularidad de las operaciones». Juan Jorge Prieto Pardina llegó incluso a utilizar datos de personas inexistentes o completamente ajenas a estas operaciones para hacerlas figurar en el dorso de los cheques o en las solicitudes de los mismos. La Audiencia Provincial de Madrid encontró probado que Juan Jorge Prieto Pardina cometió un delito de falsedad documental, pero absolvió a Luis Roldán del mismo. Sin embargo, como ya se ha mencionado, en su sentencia de 1999 el Tribunal Supremo decidió añadirlo a la lista de delitos cometidos por el exdirector de la Guardia Civil[71].
Con respecto al desvío de los fondos reservados para su provecho personal o para la Secretaría del Interior, la sentencia dio por probado que los hechos constituyeron un delito de malversación de caudales públicos. Tras la llegada de Roldán a la Dirección General, el presupuesto para gastos reservados asignado a la Guardia Civil (58 382 000 pesetas anuales) se trasladó en metálico a una caja fuerte situada en la secretaría del despacho del director por orden expresa de éste, anulando así cualquier posibilidad de control sobre el destino que se daba al dinero procedente del erario público. Además, en esa misma etapa, el presupuesto se incrementó a través de partidas procedentes de la Secretaría de Estado para la Seguridad mediante cheques librados contra una cuenta de fondos reservados del Banco de España, la número 25-012128-6. Aprovechando esta ausencia de controles, Roldán lo tuvo fácil para valerse de su autoridad, ordenando a miembros de la Secretaría de la Dirección General y a su escolta personal (que desconocían el origen del dinero) el ingreso de las cantidades en sus cuentas personales para proceder a su ocultación de la forma ya mencionada. Por si esto fuera poco, Luis Roldán cobró sobresueldos procedentes de la Secretaría del Estado de forma esporádica hasta 1990, fecha en que se convirtieron en fijos. Las cantidades provenían de una cuenta en el Banco de España destinada a gastos reservados, por la que pasaron 10 millones de pesetas que Roldán hizo suyos[72].
Respecto a la celebración de contratos que finalmente no se cumplían (calificados como delito de estafa), la sentencia estableció como hechos probados que Roldán mantuvo diversas reuniones con el presidente del consejo de administración de la empresa Construcciones Laín, S. A., Enrique Aldama Miñón, y con el consejero delegado de la empresa Sociedad General de Obras y Construcciones, S. A. (Obrascon), José Luis García Villalba González. En ellas Roldán, aprovechando el temor de los constructores (que habían recibido amenazas de ETA), acordó que se llevaría a cabo la contratación de personas que se ocuparían de un «supuesto servicio de contra vigilancia», además de las medidas de seguridad que ya proporcionaban los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado. El servicio prestado se pagaría mediante cheques bancarios a un mensajero, en el momento y lugar que les indicara un comunicante anónimo. La vigilancia nunca se llevó a cabo y las empresas desembolsaron enormes cantidades de dinero, aunque en la sentencia sólo pudieron concretarse dos pagos de 31 687 500 y 53 808 400 pesetas[73].
¿Qué fue de todo el patrimonio acumulado durante esos años? La sentencia no dudó de que Roldán lo había transferido a Suiza durante su mandato. Cuando las autoridades le solicitaron su devolución, Luis Roldán realizó supuestamente las gestiones indicadas por las autoridades, pero la devolución de los fondos nunca llegó a producirse, pues Roldán consiguió transferir los saldos de las cuentas en Suiza, «mediante las operaciones y sociedades fiduciarias ya relacionadas, a una entidad bancaria de Singapur, sin que se pudiera localizar desde entonces, dado que la Comisión Rogatoria enviada a tal país, de 15 de octubre de 1994, fue contestada negativamente en virtud de las leyes existentes en dicha nación sobre secreto bancario»[74]. Estas operaciones fueron supuestamente realizadas con la ayuda de Francisco Paesa, el controvertido exagente de los servicios secretos españoles que le entregó[75].
En las dos ocasiones en que declaró ante mí, Luis Roldán, además de relatar cómo fue toda la peripecia de su huida y captura en el caso de los papeles de Laos, afirmó que no tenía el dinero que se le suponía y que lo había entregado a través de Paesa al Ministerio del Interior. También describió el sistema de reparto de los fondos reservados y quién tenía responsabilidades y participación en el mismo. Pero, como ocurre a veces en los casos de criminalidad organizada, el hecho de no declarar lo que sabía desde el primer momento con datos y documentos, porque intentaba negociar, llevó a que su testimonio perdiera toda credibilidad y a que las pruebas aportadas no fueran suficientes ni tenidas en cuenta en la causa de los fondos reservados.
Tras haber cumplido quince de los 31 años de cárcel a los que se le condenó, Luis Roldán salió en libertad y, a pesar de no haber devuelto todo el dinero (tan sólo se lograron recuperar 1,6 millones de euros de los 14 millones que se supone que amasó), vive modestamente en un piso de Zaragoza, cobrando unos 400 euros de pensión por los años cotizados y recibiendo una ayuda extra mensual de 600 euros como exalto cargo del Ministerio del Interior[76].
El caso Naseiro
EL CASO NASEIRO
Poderoso caballero
es don Dinero.
Nace en las Indias honrado,
donde el mundo le acompaña;
viene a morir en España,
y es en Génova enterrado[77].
FRANCISCO DE QUEVEDO Y VILLEGAS
Desde el inicio de la democracia, la sombra de la financiación ilegal se ha cernido sobre todos los partidos políticos, tanto a nivel nacional como autonómico y local. En algunas ocasiones ha sido posible demostrarla mediante sentencia firme, como en el caso Filesa, pero la mayoría de las veces sólo disponemos de la convicción de la ilicitud, ante el volumen de gastos sin justificar e indicios similares. Falta una declaración de culpabilidad penal porque, una vez abierto el proceso, se comete un incumplimiento de las normas procesales, a veces inexistentes en el momento de aplicar la ley; o por una interpretación posterior que introduce unos requisitos con carácter retroactivo. Así se acaba logrando la impunidad para los corruptos. Pero así son el Estado de derecho y las garantías que deben respetarse para garantizar la seguridad jurídica, aunque a veces cueste asumirlas. Así ocurrió con la trama por la que se inició el caso Naseiro.
El nombre del caso proviene del encargado de finanzas del Partido Popular en aquella época, Rosendo Naseiro. Oriundo de Galicia, de origen humilde y conocido por su faceta de experto en arte, se convirtió en 1987 en el tesorero de Alianza Popular, germen del actual PP.
Corría el año 1988 cuando la Brigada de Estupefacientes de la Jefatura Superior de Policía de Valencia obtuvo permiso, mediante un auto emitido por uno de los juzgados de dicha ciudad, para realizar unas escuchas telefónicas en el marco de un presunto delito de tráfico de drogas. En ese contexto, los investigadores se toparon con conversaciones entre dirigentes de AP que revelaban indicios de un posible delito de cohecho y financiación irregular procedente del entorno inmobiliario. El caso estalló en abril de 1990, poco después de la llegada de José María Aznar a la presidencia del partido. Posteriormente, en 1991, las interceptaciones telefónicas fueron declaradas nulas por el Tribunal Supremo, que archivó el caso.
Fue Luis Manglano, juez instructor de Valencia, quien ordenó el pinchazo para investigar el caso de narcotráfico que presuntamente afectaba a Rafael Palop, hermano del concejal Salvador Palop. Con un motivo original muy diferente, se fue tirando de un hilo que llevó a seguir las comunicaciones privadas entre diferentes dirigentes del mayor partido de la oposición. La cuerda conducía inevitablemente a la sospecha de cohecho y de financiación ilegal de la agrupación, pues en las conversaciones intervenidas se mencionaban negocios inmobiliarios de naturaleza fraudulenta cuyos beneficios se empleaban para engordar las arcas del partido. La investigación se prolongó hasta abril de 1990, con un total de 5240 llamadas acumuladas por la policía.
El 10 de abril de 1990, el juez Manglano detuvo al tesorero del PP Rosendo Naseiro (hombre de confianza de Manuel Fraga), al concejal del Ayuntamiento de Valencia Salvador Palop, al director de la empresa ETRA, José Balaguer, al delegado de Dragados y Construcciones, Luis Janini, al director de Huarte, Carlos Bonet, y al arquitecto municipal de Cullera, Luis Latorre. Manglano también dictó orden de detención del diputado Ángel Sanchís Perales, que se presentó tras volver de Argentina.
El 16 de abril de 1990, el juez Manglano se inhibió del caso en favor del Supremo al considerar que un aforado, el diputado Ángel Sanchís, era una de las personas que debían ser procesadas. Ante los resultados de la instrucción, el fiscal del Tribunal Supremo acusó a los tres políticos de la comisión de un delito de cohecho en grado de conspiración, pidiendo una pena de privación de libertad de nueve meses y una multa de 31 500 000 pesetas para cada uno.
Los abogados de la defensa emplearon una estrategia que no discutía tanto el fondo como la forma de la cuestión. Es decir, no se ponía el énfasis en el contenido de las conversaciones, sino en la manera en que se había obtenido la información. Los letrados consideraban que las cintas no podían ser aceptadas como pruebas válidas al vulnerar derechos fundamentales, como la intimidad de los acusados.
En un auto del 18 de junio de 1992, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo estimó las alegaciones de la defensa. El Alto Tribunal reconoció en las cintas un atentado contra el artículo 18.3 de la Constitución española, por el que «se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial»[78].
El auto, que fue una importante innovación jurisprudencial en su momento, resolvía el conflicto entre intereses legítimos (la lucha contra la impunidad, la seguridad, etc.) y los derechos fundamentales (intimidad, dignidad, respeto a las comunicaciones), de forma que sentaba nuevas bases en la relación entre el juez instructor y la policía judicial.
El Tribunal Supremo consideró que las cintas eran nulas por vulnerar ciertos derechos elementales al estar acordadas originariamente para la investigación de un delito diferente (narcotráfico). Se concluyó así que la resolución que permitió el «pinchazo» telefónico se basaba en sospechas derivadas de otras interceptaciones, que se había obviado la necesidad de emitir un nuevo auto motivado en el que se explicitaran los indicios que, tras un análisis de proporcionalidad entre el medio y el derecho vulnerado, condujeran al inicio de unas escuchas orientadas a un nuevo fin: la persecución de un delito de cohecho y no de narcotráfico. Se consideraba, además, que faltó un control periódico y razonable de las grabaciones. Se lamentaba asimismo que se hubieran entregado copias en lugar de las cintas originales. No obstante, la irregularidad más importante se derivó de la disociación entre la autorización y la investigación; esto es, en palabras del propio auto: «La Policía debió, de manera inmediata, ponerlo en conocimiento del Juez de Instrucción autorizante a los efectos consiguientes, entre ellos el de examinar su propia competencia y la exigencia de proporcionalidad, pues en otro caso la autorización, de hecho, se transforma en una especie de prospección del comportamiento genérico de una o varias personas a través de las conversaciones telefónicas, lo que no es aceptable». Añade la resolución del Supremo que «no son correctas las autorizaciones genéricas, ni tampoco, sin la nueva y expresa autorización del Juez, es correcto mantener la intervención/observación cuando se descubre que el nuevo y presunto delito que se dibuja por la telefonía es independiente del que fue objeto de la inicial autorización. Tales situaciones, si no son controlables y controladas de manera directa por el Juez, provocan o pueden provocar el completo desconocimiento del principio de proporcionalidad, que no se sabrá nunca si existe o no». Y acaba sentenciando: «Da lo mismo la naturaleza de las respectivas infracciones, lo decisivo es que el Juez las valore individualizadamente»[79].
El auto tumbó la base probatoria que inculpaba a los acusados por cohecho y, en consecuencia, el caso se archivó. La cuestión entonces suscitada era, y sigue siendo, la ausencia de unas normas claras en materia de interceptación de las comunicaciones. En esa ocasión, el Tribunal Supremo, como también veinte años después en otro caso de financiación ilegal y de corrupción que afecta al Partido Popular, creó el derecho y declaró que la actuación del juez (en este caso era yo) era contraria a la Constitución al quebrantar derechos fundamentales (secreto de las comunicaciones). La diferencia es que en el caso Naseiro sólo se anuló el proceso, mientras que en el caso Gürtel se condenó al juez que las había ordenado (con garantías de protección del derecho de defensa), creando el delito en la propia sentencia.
Aquel auto también llamó la atención porque la Sala Segunda del Tribunal Supremo sabía que en todos los juzgados de España se seguía el mismo sistema, y en ninguno de ellos se tomó la decisión que la sala adoptó aquí, y mucho menos en los casos de terrorismo, en los que en el 90 por ciento de los casos las escuchas eran absolutamente prospectivas. La pregunta que surge es: ¿por qué en este caso y con las personas y hechos de los que se trataba? Ustedes deben dar la respuesta. Lo cierto es que, en la gran mayoría de los supuestos, las actuaciones judiciales siguieron siendo las mismas a la hora de intervenir teléfonos. Sólo algunos, y ahí están las causas respectivas, aplicábamos los requisitos creados por el TS en los casos que tramitábamos.
Pero lo más grave fue que, tratándose de algo tan trascendental como la financiación irregular de un partido político, nadie hiciera nada por evitar lo que en ese momento era a todas luces algo sistémico. La mecánica de administración, financiación, percepción de fondos y falta de justificación, según los propios papeles de Bárcenas, conocidos por la prensa, siguió adelante sin variar demasiado hasta el estallido del caso Gürtel en 2009; al igual que sucedería con el caso Filesa y el de Juan Guerra, aparecido simultáneamente con el de Naseiro. El silencio fue generalizado; ni los legisladores, ni el Poder Ejecutivo ni el Poder Judicial actuaron.
Lo que hoy sabemos es que Rosendo Naseiro posee un capital de 3,5 millones de euros y que Bárcenas no deja de tenerle presente en sus declaraciones[80].
El caso Gürtel
EL CASO GÜRTEL
Pero la mujer abrió la tapa del vaso y esparció su contenido, los males y las fatigas y las enfermedades dolorosas de los hombres[81].
HESÍODO
El municipio de Majadahonda está a dieciséis kilómetros de Madrid, en el eje de la A6. Es un pueblo que ha crecido de forma acelerada, de 5000 habitantes en 1970 a 50 000 en el año 2000 y a más de 70 000 en la actualidad[82]. Un crecimiento de este nivel es un reto para cualquier ayuntamiento, que debe ofrecer los servicios de educación, vivienda, agua, basuras, etc. De todos es sabido que estas etapas de crecimiento acelerado generan burbujas, y en este país las burbujas, cuando son inmobiliarias, van ligadas a la corrupción.
José Luis Peñas fue edil de Urbanismo del Ayuntamiento de Majadahonda entre 2003 y 2005, en plena burbuja inmobiliaria. En aquella época, la ciudad experimentaba crecimientos anuales cercanos al 5 por ciento. Fue durante este período cuando Peñas conoció a Francisco Correa, empresario «conseguidor», muy cercano a la cúpula del PP, con intereses y negocios en el ayuntamiento. En fin, una historia muy familiar para todos. Un edil de Urbanismo, un empresario cercano a un partido político, una ciudad en crecimiento y operaciones inmobiliarias en marcha; la receta perfecta para la corrupción.
Pero en el año 2005 tuvo lugar una operación «demasiado chillona», la venta de unos terrenos de propiedad municipal valorados en 150 millones de euros que se pretendía vender por 70 millones, muy por debajo de su valor real. La operación se paró y Peñas y Francisco Moreno, el concejal de Hacienda, fueron expulsados del PP[83].
Francisco Correa, el supuesto líder de la trama Gürtel y a quien encontramos detrás de todas estas operaciones, intentó entonces una operación política para que José Luis Peñas liderara una candidatura independiente para hacerse con la alcaldía, que no salió bien. Ante lo descarnado y abierto de todo lo que veía y oía en el ayuntamiento, José Luis Peñas, aprovechando su cercanía personal con Correa, grabó dieciocho horas de conversaciones en las que se hablaba de una red de corrupción que iba mucho más allá del Ayuntamiento de Majadahonda[84]. El 6 de noviembre de 2007 Peñas presentó una denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción.
Se había abierto la caja de Pandora, y dio comienzo el caso Gürtel. Empezó el trabajo la Unidad de Delitos Económicos y Financieros de la policía (UDEF) y luego la Fiscalía Anticorrupción asumió la investigación de lo que se deducía de las cintas, en las que asomaban indicios de actividades delictivas no sólo en Majadahonda, sino también en Galicia, Valencia y en la propia sede del Partido Popular. En agosto de 2008, la Fiscalía Anticorrupción presentó una denuncia ante la Audiencia Nacional, correspondiendo el asunto al Juzgado Central de Instrucción n.º 5, que yo titulaba en ese momento. Se incoaron las Diligencias Previas 275/2008 y se inició una investigación por presuntos delitos de blanqueo, asociación ilícita, fraude fiscal y cohecho, en la que se intervinieron los teléfonos de diversas personas aparentemente partícipes de la organización delictiva.
La operación, ante el riesgo informado por la policía de que el principal responsable, Francisco Correa, se marchara al extranjero, específicamente a Panamá, se precipitó y, a petición del Ministerio Fiscal, el 6 de febrero de 2009 ordené diversas detenciones, registros, bloqueos de cuentas y todas las diligencias necesarias para cesar la actividad presuntamente criminal que se estaba desarrollando. A partir de ese momento, comenzó una actividad frenética: análisis de la documentación intervenida, declaración de los detenidos, intervención de las cuentas bancarias, libramientos de comisiones rogatorias y todas las diligencias. Las declaraciones de los testigos duraron dos meses, hasta que envié el procedimiento en dos partes, uno a Valencia ante la posible participación del presidente de la Generalitat, y por tanto aforado, y otro a Madrid ante la presencia de aforados de la Comunidad de Madrid y la posible imputación de Luis Bárcenas, senador en ese mismo momento y por ende competencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
La aparición de un lápiz de memoria en el que la organización llevaba la contabilidad B puso de manifiesto la envergadura de la trama. Cada vez con más frecuencia aparecían vinculaciones, y todos los indicios apuntaban al Partido Popular en el centro de una red criminal que había estado actuando al amparo del poder desplegado por ese partido en Madrid, Valencia, Castilla y León, Galicia y a escala nacional dado el rango de Luis Bárcenas, en ese momento tesorero del partido.
El 11 de febrero de ese mismo año, Mariano Rajoy compareció ante la prensa rodeado del núcleo duro del PP y desenterró la ya clásica teoría de la conspiración contra su partido, negándose a reconocer ninguno de los hechos. En vez de eso, el presidente del Partido Popular y jefe de la oposición y todos los cuadros del partido decidieron atacar y presionar al juez que llevaba la investigación (en este caso yo), tanto personal como profesionalmente, por todas las vías posibles, sirviéndose de medios de comunicación próximos al PP. Se publicaron fotos trucadas, descontextualizadas, así como informaciones falsas de supuestas actividades irregulares; se investigaron todas y cada una de mis actividades de los últimos veinte años; se me tildó de juez socialista (cuando ese mismo partido y todos y cada uno de sus dirigentes habían celebrado mis actuaciones en el ámbito del terrorismo); se distorsionó hasta el paroxismo mi asistencia a una cacería en Andalucía después de la operación en la que había coincidido con el ministro de Justicia y cincuenta personas más, y se expusieron todo tipo de acusaciones descabelladas, manifiestamente falsas. Es decir, se desplegó el manual de estilo contra el juez instructor con la intención de acabar con él. No hubo cuartel; hasta se nombró a Federico Trillo como coordinador de las acciones «anti-Garzón», quien además lo dijo públicamente, con total cinismo. Este desafío no mereció el mínimo comentario en mi defensa, situación que ya me era habitual porque en varias ocasiones (como en el caso del ácido bórico y el de los GAL) nadie lo había hecho. ¿Por qué lo iban a hacer aquí? Lo triste es que con los ataques a la causa se podía producir un daño irreparable con el argumento loco de que todo era una conspiración. Como se ha puesto de manifiesto posteriormente, las imputaciones no sólo estaban justificadas sino que el caso iba más allá, hasta la presunta demostración del aprovechamiento del partido afectado[85].
En los días sucesivos del mes de febrero fueron imputados varios alcaldes, empresarios y abogados. La trama se iba ampliando conforme se iba analizando la documentación. La investigación era frenética, las veinticuatro horas del día eran hábiles dentro y fuera del juzgado para desarrollar las actividades procesales que la instrucción exigía. Fueron días intensos, pero se cumplió en tiempo récord con los fines de la investigación y se dejó una causa armonizada, con todos los despachos cursados, nacionales e internacionales. En este punto, debo poner de manifiesto la entrega de los funcionarios tanto del juzgado como de la policía y de la Fiscalía Anticorrupción. El trabajo fue llevado a cabo de forma colectiva y perfectamente sincronizada, ejecutando con inmediatez todas y cada una de las acciones emprendidas. Los tipos delictivos se han ido confirmando y las imputaciones se han sostenido, siendo ratificadas por el tribunal. Por experiencia sé que, cuando te enfrentas a una organización criminal o a personas que tienen protección corporativa u oficial, tienes que actuar de forma inmediata y proactiva con el fin de evitar que los imputados y sus respectivas estructuras se prevengan y obstaculicen la acción procesal. Esto fue lo que aconteció una vez que el caso pasó a la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por los aforados autonómicos. Afortunadamente, las diligencias acordadas fueron ratificadas, o bien en el TSJM o posteriormente, cuando el caso volvió al Juzgado Central n.º 5.
Cuando trascendió la posible implicación del senador Luis Bárcenas, éste me denunció por revelación de secretos, ya que para evitar un daño irreparable, y ante una filtración que afirmaba la imputación del diputado Esteban González Pons y del mismo Luis Bárcenas, tesorero del PP, alcé el secreto parcial de la causa para expedir una nota informativa en la que se expresaba que no había indicio alguno contra González Pons y que, por ende, no estaba ni iba a ser imputado. Como el señor Bárcenas no salía mencionado en esa nota, éste considero que sí había indicios contra él y que yo había revelado ese secreto. Como es obvio, la denuncia carecía de base y así fue reconocido. No sería la última en este caso.
En los primeros días de marzo de 2009, me inhibí en favor del TSJV por el caso de los trajes regalados al presidente Francisco Camps, junto con el secretario general del Partido Popular de Valencia y diputado autonómico. Recuerdo cómo mientras el empleado de la sastrería declaraba ante mí, su celular, que tenía encendido con mi autorización, recibía las llamadas insistentes de Camps. El nerviosismo era evidente. Un mes más tarde, consultado el fiscal y con su informe favorable, remití al TSJM la parte restante, donde aparecían imputados, entre otros, Alberto López Viejo, exconsejero de Deportes de la Comunidad de Madrid; Guillermo Galeote, exparlamentario europeo del PP; Arturo González Panero, exalcalde de Boadilla, del PP; Jesús Sepúlveda, alcalde de Pozuelo, del PP, y marido de la ministra de Sanidad, Ana Mato (que acabaría dimitiendo en noviembre de 2014, al ser declarada por el juez como partícipe lucrativo de los beneficios delictivos obtenidos o disfrutados por su marido o con su autorización), y Ginés López, alcalde de Arganda del Rey, también del PP.
La madeja se complicaba y, con el reparto del caso en distintos tribunales, comenzaron a salir los distintos hilos de la trama: la rama valenciana, la madrileña, la del tesorero del PP (Luis Bárcenas) y una carga de profundidad, la querella presentada el 10 de noviembre de 2010 contra mí por prevaricación, al haber ordenado la interceptación de las comunicaciones en el interior de la prisión que pudieran mantener los principales responsables, Francisco Correa, Pablo Crespo Sabaris y Antoine Sánchez, con terceras personas, incluidos los abogados, algunos de ellos imputados, previniendo en este caso el derecho de defensa de los imputados y por ende de los propios letrados, pero procurando con ello evitar la continuidad delictiva, como se comprobó tiempo después con el hallazgo de cuentas en Suiza. Pero de este tema hablaré más adelante.
La trama valenciana
LA TRAMA VALENCIANA
Tomando prestadas las palabras de José María Izquierdo: «En Valencia la escasez de medios sí es patente. Con 53 imputados por Gürtel, pero otros tantos por distintos casos de corrupción (Blasco, Brugal, Alperi), los cuatro jueces sólo cuentan con dos secretarios judiciales y siete funcionarios. Sirva como dato risible que sólo hay una fotocopiadora, que además sirve de escáner, lo que hace que las colas para recoger la documentación se hagan interminables. Hace un mes que se ha conseguido un juez de apoyo. Y hay, parece mentira, dos jueces anticorrupción que han trabajado, y trabajan, con un afán y un rigor encomiables. Allí, las seis causas van a tener que esperar meses incluso para tener fecha de juicio. El caso Fitur ya está cerrado para la vista, pero como se está celebrando otro juicio por corrupción, el caso Blasco, no podrá fijarse fecha hasta que éste termine». Parece conveniente, como indica el periodista, hacer un recordatorio «en estos tiempos de desprecio y desafección hacia todo lo público y, de manera muy especial, hacia la justicia», pues tenemos mucho que agradecer al grupo de funcionarios que día a día trabaja a destajo, haciendo frente a la escasez de medios y a enormes complejidades burocráticas y de los mismos casos a los que se enfrentan[86]. Aunque, como afirma, «es cierto que la justicia no siempre va lenta». Conmigo «fue incluso a velocidad de Usain Bolt. Porque por ahora, el resumen judicial del caso Gürtel es descorazonador. Sólo hay un condenado de primera división: Baltasar Garzón, mientras también hay un absuelto de primera división: Francisco Camps. La realidad, a veces, parece una broma de mal gusto»[87].
Según los informes policiales entregados al Tribunal Superior de Justicia de Valencia, la financiación ilegal del PP valenciano vinculada a la trama Gürtel no empezó en la etapa del expresidente Francisco Camps sino en la de su predecesor y exministro de Trabajo Eduardo Zaplana[88], y giraba en torno a Álvaro Pérez, llamado el Bigotes, socio clave de Francisco Correa en Valencia y dueño de la empresa Orange Market. Pérez, emparentado con Andrés Pajares y casado con una exmama chicho, se había convertido en amigo personal de Francisco Camps, presidente de la Generalitat valenciana, y en una pieza clave del PP valenciano[89]. A partir de la información incautada, se abrió el mencionado proceso contra Camps por un presunto delito de cohecho impropio por la aceptación como regalo de una serie de trajes. Este proceso, que sufrió cambios de tribunal debido al aforamiento de las personas implicadas (Francisco Camps y Ricardo Costa), pasó de la Audiencia Nacional al Tribunal Superior de Justicia de Valencia. Tras numerosas vicisitudes, el caso terminó en la absolución de Francisco Camps. Pero es importante que quede para la posteridad la conversación intervenida entre Álvaro Pérez y Francisco Camps:
ÁLVARO PÉREZ: Presidente.
CAMPS: Feliz Navidad, amiguito del alma.
A. P.: Oye…, que te sigo queriendo mucho.
C.: Y yo también…, tenía que haberte llamado, te quería haber llamado, para contarte todo, cómo fue, para decirte que tienes un amigo maravilloso, Romero, y que el otro es un tipo excepcional, ¿eh?
A. P.: Vale, me alegro, pero me han ido informando puntualmente de todo.
C.: Ya, ya lo sé, pero sobre todo para decirte que te quiero un huevo.
A. P.: Bueno, que… contarás durante muchos años con mi lealtad, ¿vale?
C.: Perdona, ¿durante muchos años? No, hijo de puta, durante toda tu vida. Ja, ja…
A. P.: Por eso, tío, es que espero que sean muchos.
C.: Ya, pero bueno, no tienes que decir «durante muchos», porque eso tiene un límite, una caducidad, durante toda tu vida…
A. P.: No, llevas razón, siempre me tienes que… ¿ves? Es la ventaja de estar todos los días delante de un micro.
C.: Exacto.
A. P.: Tu caudal de palabras, tu facilidad de palabras… Te quiero mucho a ti y a tu familia. ¿Vale[90]?
Estas conversaciones no tendrían mayor relevancia si no fuera porque uno de los interlocutores era presidente de la Comunidad Valenciana y estaba recibiendo regalos en especie (trajes a medida, ropa), y porque el partido que él dirigía se estaba financiando presuntamente de modo ilegal a través de la trama Gürtel, como consta en la actualidad en el auto del juez Ruz. Curiosamente, al único que no tiene imputado es a dicho presidente. Existían indicios de cohecho y, sorprendentemente, no se plasmaron en una sentencia condenatoria. El Tribunal Supremo, en una sala penal presidida por el magistrado Manuel Marchena, resolvió en 2013 que no es delictivo que un cargo público se lucre en el ejercicio de sus funciones con regalos de empresas y personas que están consiguiendo contratos con la administración que él dirige[91]. Resultan llamativas, como casi todo lo que está rodeando a este caso, las diferencias existentes según los órganos judiciales en los que corresponde decidir el proceso correspondiente. De todos modos, lo que queda claro es la indecencia con que algunos políticos se conducen en el ejercicio de la función pública, prescindiendo de las normas más elementales de la ética. Desde luego, es evidente que la justicia y quien la ejerce tienen diferentes varas de medir. A veces se inventan delitos y se investigan hechos inexistentes, y otras se emiten sentencias absolutorias con nombres y apellidos. En todo caso, creo que la conducta de Francisco Camps, que dimitió de su cargo el 20 de julio de 2011, fue absolutamente reprochable y que ejemplifica un tipo de hacer política que debe ser erradicado de la vida pública española[92]. El amiguismo, el tráfico de influencias y el desprecio hacia el ciudadano deben ser eliminados de raíz, y éste debe ser consciente de que la manipulación que muchas veces sufre se debe a algo tan sencillo como su conformidad con hechos como éste. Probablemente, la «celeridad» de la justicia salvó a Camps; de haberse celebrado hoy el juicio, habría salido condenado y el Tribunal Supremo no habría encontrado los argumentos que en su día empleó para justificar una absolución más que discutible. Curiosamente, la mayoría del Tribunal Supremo fue más amplia (cuatro a uno) que la del jurado (cinco a cuatro[93]). ¡Cosas de la vida!
Pero Camps tiene más frentes abiertos. En el momento en que escribo estas líneas, la Fiscalía Anticorrupción considera que debe ser el Tribunal Superior de Justicia valenciano el que conozca la querella presentada contra él, aforado como diputado autonómico, por la gestión de la Fórmula 1 en Valencia al existir «sólidos indicios delictivos»[94].
En octubre de 2014 conocimos, a través de la UDEF, un nuevo informe elevado al Tribunal Superior de Justicia de Valencia, por el que se probaba que en el año 2002 Francisco Correa se llevó un millón de euros de comisión por servir contratos públicos a empresas privadas en la Comunidad Valenciana[95]. De esta jugosa cantidad supuestamente «donó» 420 700 euros al Partido Popular de Valencia en diciembre de 2002. Según la policía, el PP regional pagó en B numerosos actos, desde 2002 hasta 2008, y durante los años de gobierno de Francisco Camps esto se combinó con la adjudicación de contratos de la Generalitat a las empresas de la trama Gürtel. De este modo, las constructoras que recibían las millonarias adjudicaciones se convirtieron en financiadoras del partido, y Orange Market se convirtió, en palabras del informe, en el «intermediario necesario». El PP habría empleado la actividad empresarial de la trama «como medio para encubrir pagos» y sus cuentas «como canal para que circularan los fondos que capta la formación para sus actividades». La relación laboral entre Orange Market y el PP fue muy fructífera entre 2005 y 2008, período durante el cual, según los informes policiales, la trama corrupta organizó un total de 208 actos para el PP de Valencia. Por ejemplo, en septiembre de 2002 se organizó el montaje del congreso regional, que costó 240 582 euros, y el PP abonó una factura de 90 151 euros a Special Events, otra de las empresas de Francisco Correa. Los 150 430 euros restantes se pagaron directamente en efectivo, según certifica el informe de la UDEF[96].
Así pues, entre 2002 y 2006 la trama prestó servicios al PP con una fórmula de financiación dual. «Por un lado, una parte del coste del evento se factura y se cobra con fondos existentes en el sistema financiero y, por otro, el resto del coste de los actos se perciben con fondos ajenos al sistema económico, entregados por la propia formación, que engrosan directamente la caja b de la empresa Orange Market»[97]. De hecho, la empresa llevaba una contabilidad rigurosa, con un registro de la facturación real de los servicios prestados al PP de Valencia, «en la que se extienden los correspondientes documentos mercantiles, se contabilizan las facturas y se hace la correspondiente repercusión del IVA, que la organización denomina “Alicante” y que se refiere a la caja A». Pero según el informe, Orange Market también se encargó de registrar otro tipo de financiación «ajena a los circuitos financieros legales», en los que el importe adeudado y cobrado no es soportado por una factura, «ni contabilizado ni repercutido el IVA y que la organización identificaba como “Barcelona”, en directa alusión a los pagos denominados B»[98].
En el informe no sólo se explica que Orange Market se ocupó de abonar facturas al PP, sino que se procede a detallar una lista de personas a las que también facturaron, entre las que destaca el sobrino de Juan Cotino (el recientemente dimitido presidente de las Cortes Valencianas). Y hay otros ejemplos: el Grupo Sedesa abonó a Orange Market facturas hasta un importe de 150 684 euros, Enrique Ortiz e Hijos abonó unos 348 116 euros. Facsa expidió facturas por 231 665 euros, Lubasa pagó en 2008 una única factura de 58 000 euros y la sociedad Piaf S. L. fue la destinataria de un albarán de 4400 euros. Los aires de los casos Filesa y Naseiro se vuelven a respirar en la tierra levantina.
Con respecto a las investigaciones que el Tribunal Superior de Justicia de Valencia lleva a cabo sobre la visita del Papa a Valencia en 2006, Pedro García, exdirector general de Ràdio Televisió Valenciana, parece estar en un aprieto. Los testimonios coinciden en que fue García quien aceptó que RTVV se encargara de contratar cincuenta pantallas gigantes para retransmitir los actos del papa Benedicto XVI. Decisión que resulta paradójica, pues lo normal es que hubiera sido la propia RTVV la que retransmitiera las jornadas en lugar de financiar dicha difusión mediante pantallas gigantes. Según la Fiscalía Anticorrupción, en este procedimiento de adjudicación, que no de concurso público, en el que García tomó la decisión final, la trama recibió 7,4 millones de euros. La policía ha determinado que el alquiler de las pantallas y el resto de los gastos ascendieron a la mitad de lo facturado, mientras que el resto se destinó al pago de comisiones, incluidos 500 000 euros supuestamente para García[99].
Cuando escribo estas líneas aún no ha comenzado el juicio, que ya debería haber empezado y que se centra en las adjudicaciones que las empresas de la red consiguieron con motivo del diseño e instalación del pabellón valenciano en la feria turística Fitur, y por el que deben sentarse en el banquillo de los acusados los supuestos cabecillas de la red, acompañados de una exconsejera de la Generalitat valenciana, Angélica Such, y la expresidenta de las Cortes Valencianas, Milagrosa Martínez. Como ambas dimitieron, al dejar de estar aforadas se concedió la competencia a la Audiencia Provincial (sucederá lo mismo con los casos que afectan a los demás exaforados[100]). La Fiscalía Anticorrupción consideró que la dimisión de estas diputadas encerraba un «fraude de ley» para demorar el juicio y recurrió la resolución del Tribunal Superior valenciano. El Tribunal Supremo ha decidido que el asunto se resuelva por la Sala Penal, y tiene en sus manos no sólo resolver el caso concreto, sino también establecer un criterio general para este tipo de situaciones. Todos conocemos las triquiñuelas procesales para dilatar las causas que buscan quienes no quieren ser juzgados en un tribunal determinado, pero parece que, si ya no existe el aforamiento y se sigue el criterio de otros casos resueltos por el Tribunal Supremo en supuestos de terrorismo y en el propio caso Gürtel con Luis Bárcenas, la causa debería verse por la Audiencia Provincial de Valencia, sin que ello hubiera implicado necesariamente un retraso extraordinario que ahora sí existe por la dilación en resolver la cuestión de competencia. Debe tenerse en cuenta que se están decidiendo conductas ocurridas hace más de siete años, y cuando se vea el juicio y se confirme la resolución en el Tribunal Supremo, podemos estar hablando de diez años en el mejor de los casos. Lo mismo va a acontecer con las demás ramas del árbol Gürtel, que ya frisan los diez años. Estas dilaciones son las que resultan inadmisibles. Una justicia tardía no es justicia.
La trama vasca
LA TRAMA VASCA
El País Vasco siempre ha alardeado de que «en Euskadi no hay corrupción», pero la trama Gürtel se asemeja al mito griego de la Hidra y, según se va investigando, surgen nuevas tramas que se integran en una especie de red interminable de prebendas, pagos ocultos y contabilidades ficticias o amañadas, que sugieren un escándalo de proporciones ya casi inabarcables. De haberse concentrado todo el caso en un solo procedimiento, daría pánico la profundidad de la podredumbre alcanzada.
Según el auto del juez Ruz, existen irregularidades en la financiación de las obras de la sede del PP en Bilbao[101]. La instrucción establece que se pagaron 480 000 euros (el 40 por ciento del coste de las obras) con dinero procedente del PP de Madrid. Ruz afirma que las obras fueron abonadas mediante una fórmula «muy similar en cuanto a estructura y funcionamiento a la establecida en los conocidos como papeles de Bárcenas»: transferencias, abonos directos desde Madrid y entregas en efectivo al gerente del PP en Euskadi[102].
Según el informe de la UDEF, Emilio Álvarez López, un empresario de la construcción, financió la compra de la sede del PP en Bilbao, y su empresa (Grupo Bruesa, Construcciones Bruesa) se beneficiaba a cambio, en lo que viene siendo el modus operandi de la trama, de adjudicaciones de obra pública de administraciones controladas por el PP. Luis Bárcenas llegó a crear una cuenta llamada «Sede Vizcaya» para realizar los pagos de una obra que costó un millón de euros[103].
La trama madrileña y Luis Bárcenas
LA TRAMA MADRILEÑA Y LUIS BÁRCENAS
La trama Gürtel nació en las ciudades del noroeste de Madrid, fundamentalmente Majadahonda, Pozuelo de Alarcón y Boadilla del Monte, con ramificaciones en la Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid. No obstante, a partir de la documentación incautada en los inicios del caso[104], aparecía una conexión inesperada, la de un tal L. B. Éste sería posteriormente identificado como Luis Bárcenas, tesorero del PP y senador del mismo partido.
A partir de la conexión con el tesorero del PP, aparecieron numerosos indicios de financiación ilegal y blanqueo de dinero alrededor de la sede nacional del PP que se están investigando judicialmente. El modus operandi consistía supuestamente en la adjudicación de contratos públicos a cambio de comisiones que se cobraban en la sede del PP, o bien en la realización de servicios públicos (o al propio partido) con importes sobrevalorados, sobrecoste que originaba comisiones que acababan en manos de diversos eslabones corruptos en las distintas administraciones.
Uno de esos casos fue el de las comisiones percibidas por Jesús Sepúlveda[105], marido de Ana Mato en el momento de recibirlas (posteriormente exmarido), por su colaboración necesaria en la trama como alcalde del PP en Pozuelo de Alarcón y dirigente del partido. Hacienda ha demostrado que la familia Sepúlveda Mato recibió más de 546 457 euros en dinero, viajes, regalos y fiestas (aunque las cantidades no superaron ningún año el importe mínimo para imputar un delito fiscal), con el añadido de los coches de lujo en el garaje familiar. Hacienda desmintió, además, la versión aportada por la entonces ministra de Sanidad de que los viajes y los regalos los financió sólo el núcleo familiar. Según se demostró, fueron las sociedades de Francisco Correa las que abonaron estos gastos[106].
A pesar de las evidencias, Ana Mato, al igual que le sucede a la infanta Cristina, parece tener problemas de memoria en lo que al inusual caudal de su expareja se refiere y ha proclamado públicamente su inocencia. Al pedir la confianza de los ciudadanos, afirmó con contundencia: «Siempre he pagado todos los gastos familiares de los que me he hecho cargo»[107]. Pero tras una serie de gestiones dudosas durante su desempeño como ministra de Sanidad, fue precisamente la falta de coherencia entre sus declaraciones y la realidad reflejada en el auto del juez Ruz (que señala a la exministra como «partícipe a título lucrativo») lo que le hizo finalmente dimitir. Sin embargo, en el comunicado de su dimisión parece que las razones de la misma se deban a una injusticia y que ella sea una mártir de la calificada cruzada de Ruz contra el PP: «Tras la publicación del auto del magistrado juez Pablo Ruz de 26 de noviembre de 2014, quiero manifestar que a pesar de que el auto en ningún caso me imputa ningún delito ni me atribuye responsabilidad penal alguna, señala que no he tenido conocimiento de ningún delito que se haya podido cometer y se limita a comunicarme la resolución a efectos meramente civiles como consecuencia de mi situación familiar en el momento en el que supuestamente se produjeron los hechos, he decidido presentar mi dimisión como ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad»[108].
El auto del juez Ruz sobre la parte troncal de la trama Gürtel, que se ocupa de los delitos de 1999 a 2005 cometidos por los componentes de la misma en operaciones que se circunscriben a las comunidades de Castilla y León y Madrid (ayuntamientos de Madrid, Pozuelo y Majadahonda), así como a la localidad malagueña de Estepona, se dictó el 26 de noviembre de 2014. Según esta resolución, el juez entiende que hay indicios suficientes para sentar en el banquillo a 43 personas, además de considerar a Ana Mato, como ya he mencionado, y a Gema Matamoros[109] partícipes a título lucrativo por el beneficio que supuestamente obtuvieron por los hechos delictivos atribuidos a los imputados Jesús Sepúlveda y Guillermo Ortega. En la misma condición de «partícipe a título lucrativo» se mantiene y se reitera al Partido Popular, que en un principio pretendió ser acusación en el caso, pero también insiste en que, con la supuesta caja B reflejada en los célebres «papeles de Luis Bárcenas», se pagaron sobresueldos y gastos del propio partido. Asimismo, constata la «relación simbiótica» que mantenía con la trama de Francisco Correa, según la denominó el ya mencionado informe de la UDEF, y que al parecer le supuso importantes ganancias[110].
Con respecto a Ángel Acebes y su supuesta implicación en el entramado de los hechos con la financiación de Libertad Digital[111], el juez estima que no hay indicios sobre el eventual conocimiento por parte del imputado de que las operaciones de suscripción de acciones de Libertad Digital fuesen llevadas a cabo, entre otros, por Luis Bárcenas a través de su mujer, empleando los fondos opacos que el gerente y tesorero administraba. Todo esto sin perjuicio de que el juez considera indiciariamente acreditadas por los estatutos del Partido Popular la posición del secretario general, de superioridad jerárquica, y su autoridad sobre la actuación del gerente, del que podría racionalmente inferirse «un deber especial de control o de vigilancia en relación a las actividades propias atribuidas al gerente»[112].
Los hechos relatados por el juez se tipifican provisionalmente en once delitos: prevaricación, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraude a la Administración Pública, falsedad documental, delitos contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales, estafa procesal en grado de tentativa, apropiación indebida y asociación ilícita en el ámbito de la contratación[113].
En las 205 páginas del auto, Ruz describe toda la operativa desarrollada en torno a Francisco Correa y Pablo Crespo, que durante años lideraron un entramado societario con la participación, entre otros, de tres extesoreros del Partido Popular (Luis Bárcenas, Álvaro Lapuerta y Ángel Sanchís), los exalcaldes Guillermo Ortega y Jesús Sepúlveda, el exsenador Jesús Merino, el exconcejal de Estepona Ricardo Galeote, el exconsejero de la CAM Alberto López Viejo, así como funcionarios y empresarios, etc. El auto los describe como «un grupo jerarquizado y con una estrategia coordinada»[114]. Se podría decir que nos encontramos ante una red criminal de corte mafioso.
El auto relata cómo Francisco Correa, que comenzó su actividad a los catorce años como botones turístico, terminó siendo el máximo responsable de la organización, con Pablo Crespo actuando bajo sus órdenes y ejecutando las directrices marcadas por Correa[115].
En el estudio de los hechos, el juez constata la vinculación que había entre las finanzas de la red desmantelada y las cuentas de Génova 13, y divide la relación entre la trama y el partido en tres fases. En primer lugar, podemos hablar de la génesis de la trama en la década de los noventa, años en que la organización de Correa prestó diversos servicios al PP a nivel nacional, principalmente a través de la agencia de viajes Pasadena. Se trata de los años, como destaca el propio juez, en que «dicha formación política ocupaba el gobierno de la nación», es decir, los años del Gobierno de José María Aznar. Éstos son también los años en que Correa establece los lazos más estrechos con los cargos y dirigentes del PP. Así, Correa comenzó a actuar a través de sociedades en las que colocaba a personas de su máxima confianza, que ejercían de administradores y le gestionaban el patrimonio para ocultar la titularidad real de sus bienes. Fue el momento de la aproximación, la consolidación y el comienzo de la depredación sistemática de lo público con la aquiescencia, el apoyo y la cooperación de sujetos insertos en las estructuras del Partido Popular. A raíz de la fortificación de la relación con el partido, Correa llegó a participar en la preparación de la campaña electoral del PP en las elecciones gallegas de 1999, gestando una estrecha relación con Pablo Crespo, entonces secretario de organización del PP en Galicia. La red se fue especializando en la organización de eventos y campañas electorales del Partido Popular «principalmente a través de la empresa Special Events», al tiempo que aprovechaba sus contactos con personas con responsabilidades orgánicas en el PP para conseguir adjudicaciones públicas. Así, queda constatado en los hechos que el entorno de Correa se encargaba de entregar dádivas en contraprestación a los funcionarios y las autoridades que intervenían para favorecerle en la obtención de negocios para sus empresas[116]. Es decir, Correa fue siguiendo el manual clásico de corrupción a través de las dádivas, el halago, la sumisión y el encadenamiento de favores de todo tipo y nivel, hasta tener «enganchados» a quienes participaban con él y su organización como parte del mismo entramado. El concierto de voluntades fue total, y la omnipresencia de Correa le llevó hasta la boda de la hija del presidente del Gobierno, José María Aznar[117].
Realmente hay que reconocerle al señor Correa que desempeñó de modo excelente su papel de presunto corruptor, con la ayuda inestimable de los corrompidos. Todos, incluidos los no afectados, lo sabían o lo intuían, pero la impunidad que se respiraba era absoluta. Era lo que se hacía, todos lo hacían, con el mayor descaro, a la vista de todos. Sí, todos fueron culpables, no necesariamente en el ámbito penal —eso ya se verá—, pero sí en el ético. Al fin y al cabo, estamos hablando de políticos que deben llevar la marca de la honestidad en la frente y ser especialmente diligentes. Su obligación es cuidar de los intereses públicos y no de los propios.
El auto judicial detalla como, a partir de las relaciones entabladas con distintos responsables políticos del PP, el grupo de Francisco Correa diversificó el negocio y extendió sus tentáculos a la Comunidad de Castilla y León y la Comunidad de Madrid. Recoge las irregulares adjudicaciones de contratos en los ayuntamientos de Majadahonda (con Guillermo Ortega) y Pozuelo de Alarcón (con Jesús Sepúlveda), a cambio de dádivas percibidas en efectivo o la prestación de servicios (viajes organizados por la agencia Pasadena). Es precisamente por esta relación con los ayuntamientos de Majadahonda y Pozuelo que Ruz considera al PP «beneficiario a título lucrativo», ya que consiguió «ahorrarse» 236 864,32 euros de gastos electorales en ambas localidades. Fue la trama Gürtel la que se ocupó de desembolsarlos[118]. Estas acusaciones fueron recurridas por el PP, pero los indicios del juez Ruz fueron confirmados por la Audiencia Nacional[119], desestimando los recursos de apelación interpuestos y afirmando que «existen indicios de que el Partido Popular se benefició de las cuantías que los imputados [en referencia a Sepúlveda y Ortega] dedicaron a realizar actividades propias de dicha formación política, la cual tuvo que tener conocimiento de aquellos dispendios, pues repercutió en su propio peculio».
En relación con la Comunidad de Madrid, Ruz considera acreditado indiciariamente que distintas entidades y consejerías llevaron a cabo una contratación pública durante los años investigados «que se apartó de los principios de publicidad, concurrencia, objetividad y transparencia, llevándose a cabo la tramitación de los diferentes expedientes de contratación con infracción de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas». De lo investigado concluye que al menos 348 actos de la CAM fueron adjudicados directa o indirectamente a empresas del grupo Correa. La ocultación de los fondos que se obtenían de forma ilícita de la trama delictiva se realizaba mediante un procedimiento ideado por Luis de Miguel[120], cuya relación con Correa está en el origen de la trama. Esto sirvió más tarde para que los cargos públicos o los responsables del PP relacionados con Correa intervinieran en operaciones inmobiliarias. «Correa puso a disposición de determinados cargos públicos su propio entramado societario con el fin de ocultar la titularidad y origen de sus fondos»[121].
La pregunta que surge inmediatamente es dónde estaba la presidenta de la Comunidad de Madrid cuando varios altos responsables de su partido a nivel regional y algunos de sus principales colaboradores (López Viejo) estaban atragantados de corrupción. La responsabilidad política de esta dirigente, que en 2014 aún aspiraba a ser el «motor de regeneración» del PP en Madrid, brilla por su ausencia. El cinismo de Esperanza Aguirre sólo es equiparable al desconocimiento de lo que debe ser el buen gobernante que vela por los intereses de sus ciudadanos en vez de enfrentarse a la policía con la prepotencia propia de quien no acepta que todos somos iguales ante la ley. Algo debería decir la señora Aguirre sobre la corrupción que durante años ha invadido la Comunidad de Madrid, y, desde luego, retirarse prudentemente de la esfera pública de la política.
El auto dedica un apartado a las contrataciones irregulares en la Comunidad de Castilla y León, en las que destaca indiscutiblemente el papel de Luis Bárcenas y de Jesús Merino, que supuestamente recibieron regalos y comisiones a cambio de su actuación como intermediarios con las empresas de Correa. Sin perjuicio de lo que aún se está investigando en el momento de escribir estas líneas, en la llamada «pieza de papeles» se señala que Bárcenas llevó junto con Álvaro Lapuerta una contabilidad paralela o «caja B» del partido político entre los años 1990 y 2008 —cuyo dinero no aparece contabilizado en «los libros contables ni declarados a la Hacienda Pública»—, «nutrida de donativos o aportaciones ajenos a la contabilidad oficial y que de acuerdo a lo indiciariamente acreditado fue destinada: al pago de gastos generados en campañas electorales, al pago de complementos de sueldos a determinadas personas vinculadas al partido y al pago de distintos servicios y gastos en beneficio del Partido político»[122]. Se insiste precisamente en una multitud de indicios que demuestran la existencia de dicha caja en la contabilidad del PP, y se resaltan las numerosas «declaraciones de diversos testigos e imputados que reconocen la percepción de entregas de cantidades en metálico y en sobres sin mediar retención tributaria por parte del partido ni aparecer documentadas en la contabilidad remitida al Tribunal de Cuentas».
El juez hace referencia también a los informes de la Agencia Tributaria y de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) y a los informes periciales de documentos copia, «entre otros», que «correlacionan indiciariamente determinados apuntes reflejados en la contabilidad paralela con operaciones reales ejecutadas como gastos o aportaciones económicas» del PP. A ellos se unen los numerosos análisis efectuados por la UDEF sobre las «entradas y salidas de fondos económicos vinculadas a la contabilidad paralela». Esta contabilidad sí tuvo un reflejo en los apuntes contables de Bárcenas. Paralelamente a la estructura societaria en España, los imputados tejieron otra en el exterior para ocultar y transformar el patrimonio que iban amasando con sus actividades ilícitas, ocultando a la Hacienda Pública su verdadero patrimonio y el origen del mismo. Se constata asimismo que Bárcenas desvió parte de estos fondos en beneficio propio. Aun así, la investigación sobre la contabilidad B del PP pertenece a una pieza separada del sumario, «papeles de Bárcenas», mencionada anteriormente, sobre la que no versaba este auto[123].
Quedan aún otras piezas que están a punto de concretarse en varios autos judiciales que abrirán el camino a los juicios para determinar la responsabilidad de quienes, desde ya, han protagonizado el mayor escándalo de corrupción política de la democracia. Mientras tanto, por increíble que parezca, altos responsables del PP, como la delegada del Gobierno en la Comunidad de Madrid, atacan ahora a la Justicia por su lentitud, y otros, como el señor Carlos Floriano, afirman que, a pesar del auto del juez y de la acusación del fiscal, el PP es ajeno a toda la trama[124]. Es posible, pero por ahora, y según todos los indicios judiciales, sí está afectado como partícipe lucrativo. Por lo demás, parece que se olvida que todas estas personas eran responsables —algunas de primer nivel— de ese partido, por lo que la responsabilidad penal es la de entonces, pero la política no concluye con la baja del partido, sino con la rendición de cuentas ante los ciudadanos.
La persecución de los jueces por Partido Popular
LA PERSECUCIÓN DE LOS JUECES POR EL PARTIDO POPULAR
La estrategia del Partido Popular ante los indicios de corrupción y los numerosos imputados del partido, tanto en Madrid como en Valencia o en Galicia, ha sido siempre la de una defensa legal numantina. En el libro El caso Bárcenas, de Ernesto Ekaizer, se expone con claridad una estrategia de defensa que consiste en personar al partido como «perjudicado» en las distintas causas para poder así estar al corriente de todas las actuaciones judiciales alrededor del caso y buscar la recusación del juez o el traspaso de la causa a tribunales más manejables, con todo lo que ello tristemente implica.
En mi caso, primero el Partido Popular intentó recusarme poniendo en tela de juicio mi imparcialidad y alegando una «enemistad manifiesta contra el partido»[125]. No llegó a hacerlo, sino que se querelló por prevaricación contra mí, aunque la querella fue desestimada[126]. Continué llevando el caso, hasta que acordé la inhibición en favor de los Tribunales Superiores de Justicia de Valencia y Madrid, por la presencia de aforados (personas para las que están previstos, en razón de su cargo, tribunales específicos para investigarlas y juzgarlas).
Mi participación en el caso Gürtel parecía haber llegado a su fin, pero el asedio continuó y me encontré con tres causas coordinadas contra mí en el Tribunal Supremo. La primera vino por mi intento de investigar crímenes franquistas contra la humanidad que dejaron más de 150 000 víctimas en las cunetas y fosas comunes y cuyos restos no han sido recuperados, por lo que siguen desaparecidos. La segunda derivaba de la realización de unos cursos en la Universidad de Nueva York de los que nunca percibí, administré ni gestioné un solo dólar, y que ya había sido archivada por el TS, volviéndose a iniciar a pesar de que no existía delito y de que incluso el que se «investigó» arbitrariamente estaba prescrito, como reconoció cínicamente el magistrado Manuel Marchena, hoy presidente de la Sala Segunda, inmediatamente después de ser uno de los que me condenaron. Marchena simultaneó como juez de juicio en Gürtel y como instructor en aquel caso, dictando un auto por el que ordenaba seguir, en medio de la deliberación como parte del tribunal, para luego, días después, archivar; es decir, estuvo más de dos años con la causa abierta, haciendo una investigación prospectiva en la que podría haber adoptado la decisión dos años antes. La tercera derivada era la interceptación de las comunicaciones de los máximos responsables de la trama Gürtel encarcelados con las personas con que se relacionaran, entre las que había abogados imputados, otros ajenos a su defensa y los defensores, para lo que dicté una cláusula de salvaguarda del derecho de defensa. Nunca antes se había dado un caso similar, con tres querellas simultáneas para cuya admisión el Tribunal Supremo cambió su doctrina y la ley, y de la existencia de indicios, que es lo que exige la ley, se pasó a que no era inverosímil que pudiera haber algo. Parecía que las causas estaban planeadas desde el principio para acabar conmigo y así se lo planteé a mi familia y mis amigos, para que se fueran preparando (yo también) para lo que sería la última escenificación de un ajuste corporativo en el que influyeron muchas cosas. Tantas como ausencia de delitos. Al final, se comprobó cuál era la estrategia: jugar con los tiempos, retrasando la causa del franquismo para avanzar con la de Gürtel y dejar en la recámara, por si acaso, la tercera. Por una vez el TS actuó con una «celeridad» encomiable y una sincronización certera, aunque perfectamente previsible: condena en la de las interceptaciones, llegando hasta el insulto en la resolución; absolución, pero con argumentación de condena (incluso un voto particular del magistrado Maza Martín, que pedía la condena), en la causa del franquismo, y archivo por prescripción (dos años después de que esto se supiera) de los cursos en Nueva York. ¿Dónde estaba la prevaricación? Desde luego, en mis actuaciones no[127]. A la hora de dilucidar si se anulaban o no del sumario del caso Gürtel las escuchas ordenadas por mí se produjo un espectáculo dantesco. Francisco José Vieira, presidente del TSJM, y Emilio Fernández Castro propiciaron la anulación de las escuchas. Suárez Robledano, magistrado conservador, mantuvo el pundonor del poder judicial presentando un voto particular en el que justifica la grabación de las conversaciones y recuerda que «hay abogados que cooperan o se involucran en la ejecución a la continuidad de actividades delictivas». Sin embargo, finalmente se decidió anular por dos votos contra uno todas las grabaciones, excepto una. La opinión pública mundial quedó estupefacta ante estos hechos[128].
El caso Bárcenas, tras su traspaso al Tribunal Superior de Madrid, llegó a manos del juez Antonio Pedreira, a quien en círculos del PP se considera un juez influenciable[129], algo que intentaron llevar a cabo de mil formas. De hecho, la parte del caso que afectaba a Bárcenas fue archivada provisionalmente[130], momento en que el PP manifestó su satisfacción. Una satisfacción que duraría bien poco, dado que la Fiscalía Anticorrupción recurrió el archivo ante el TSJM por los indicios de evasión fiscal, cohecho y blanqueo de capitales. El TSJM, sin resolver el recurso, afortunadamente, devolvió el caso a la Audiencia Nacional y al Juzgado Central n.º 5 en el que me había sucedido Pablo Ruz. Hubo una discusión sobre la competencia entre éste y el juez Gómez Bermúdez, que tramitaba una denuncia sobre el mismo caso, pero la sala resolvió en favor del juez Ruz, que era el preferido por el PP[131]. Su instrucción, que dada la dificultad del caso no avanzaba con excesiva celeridad, no molestó inicialmente al Partido Popular. Incluso parecía que Bárcenas y los extesoreros anteriores estaban amortizados; de la defensa a ultranza del primero se pasó al «no sé quién es» y «no tiene relación con nosotros».
La estrategia cambió radicalmente una vez que las decisiones del juez fueron las que debían ser: ratificación de las intervenciones telefónicas acordadas por mí; rechazo del PP como acusación y su señalamiento como partícipe a título lucrativo, y entrada y registro en la sede central del partido sita en la calle Génova de Madrid. La cual, por cierto, se adoptó muy tarde, demasiado tarde. A mí no me dio tiempo al existir aforados y tener que inhibirme; al juez del Supremo ni se le ocurrió; al juez Pedreira, tampoco, y el juez Ruz lo hizo al desatender el PP un requerimiento judicial, pero cuando ya casi toda la documentación sobre la contabilidad había desaparecido. De hecho, y por la ineficacia del sistema de enjuiciamiento con aforados cuando el delito se está cometiendo en el mismo momento, el no adoptar medidas cautelares puede perjudicar definitivamente el éxito de la causa. En algunos casos, el aforado se escapa ante los ojos de la policía, sin que ésta pueda hacer nada (fue el caso del presunto miembro de ETA Josu Urrutikoetxea, más conocido como Josu Ternera[132]); otras es el Tribunal Constitucional el que no deja enviar siquiera la documentación a otro país para que se enjuicie allí al presunto responsable de un delito, como en el caso de Silvio Berlusconi, en una interpretación mucho más que discutible en el caso Telecinco, que, a pesar de los esfuerzos de la fiscal, acabó en absolución para los demás acusados[133]; en otros, como el de Bárcenas, era un secreto a voces que disponía de papeles que después aparecieron en la prensa y, por ende, que podían existir elementos probatorios y pruebas, y sin embargo nadie solicitó ni acordó el registro de la sede del PP hasta que fue demasiado tarde. No obstante algo quedó, y con eso se está avanzando en la pieza correspondiente hacia lo que es deseable que suceda, el enjuiciamiento de los responsables máximos.
Perdida la posibilidad de una estrategia de acoso y derribo, Federico Trillo, como director de las actividades y abogado elegido para ese cometido[134], ha pasado a una mayor sofisticación. Respetando aparentemente a la autoridad judicial, se la remueve del lugar en el que está para que cualquier otro, en una especie de fuga hacia delante, llegue y continúe la actividad judicial; o bien se sitúa a determinados cargos judiciales en los puestos clave para que, cuando hayan de resolverse las causas, se tenga la certeza de que todo está controlado. Esta estrategia de dotación judicial es la más sofisticada y la que mejores resultados produce cuando fracasa la anterior; también se pueden simultanear.
En efecto, en primer lugar se extiende la opinión, debidamente preparada, de que el juez está sometido a un fuerte aislamiento en la Audiencia Nacional, algo que por supuesto es falso, citando fuentes inexistentes o bien armadas; a continuación, con el fin de contribuir a la acción de la justicia y «demostrar» que se está combatiendo la corrupción, el Gobierno, en plena crisis de la Operación Púnica, anuncia una serie de ampliaciones de plantillas judiciales, con la creación de «112 plazas de magistrados, 167 de jueces de adscripción territorial y dos plazas para magistrados en la Audiencia Nacional»[135]. Esto significa toda una reorganización de las plazas judiciales en un macroconcurso en el que, entre otros, saldrá la plaza del Juzgado Central de Instrucción n.º 5, que ocupa el juez sustituto Ruz, pero cuyo titular, Miguel Carmona, se jubiló el 31 de diciembre de 2014, lo que obliga a aquél a salir antes de marzo, fecha para la que se hará efectivo el movimiento. Aparentemente se le da espacio para terminar, pero bien sabido es que cualquier planteamiento de recursos o práctica de diligencias puede dilatar la conclusión de los aspectos más importantes de Gürtel, especialmente el de la financiación. Y, en todo caso, dependerá del titular que se incorpore para que aquél siga o no. Es decir, se le ha dejado en una situación que le ha llevado a anunciar que en marzo de 2015 terminaría la instrucción y se marcharía. Ocurra lo que ocurra, da la sensación de que aquí se juega con trampa, y en esta ocasión con el visto bueno del CGPJ[136].
La Comisión Permanente del CGPJ, integrada por el presidente del TS, Carlos Lesmes, dos magistrados conservadores, dos progresistas nombrados a propuesta del PSOE y una magistrada elegida por la minoría catalana, Mercè Pigem, debía decidir sobre el futuro del juez Ruz[137]. Un posible empate obligaría a Lesmes (conservador) a pronunciarse y quedaría expuesta su opinión. El 26 de noviembre, horas antes de que Rajoy acudiera al Congreso a hablar de transparencia, el juez cerró la instrucción de la primera parte de la causa de Gürtel analizada.
Curiosamente, sin que se pueda demostrar que tuviera relación con lo que estaba sucediendo en el Consejo y el posible empate, se hizo público que la vocal Mercè Pigem habría entrado desde Andorra una suma no superior a 10 000 euros. Aunque estaba dentro de la legalidad, el presidente le pidió su dimisión y ella misma renunció[138]. Su sustituto fue Antonio María Álvarez-Buylla Ballesteros, decano del Colegio de Procuradores de Madrid y propuesto por el PP para entrar en el CGPJ. Álvarez-Buylla estuvo imputado por falsedad en documento público, pero veinticuatro horas antes de la polémica que envolvió a Mercè Pigem, el Juzgado de Instrucción n.º 30 de Madrid archivó la causa[139]. No obstante, el precandidato renunció y entró el siguiente de la lista. Tras presentarse dieciocho candidatos para ganar la plaza del Juzgado de Instrucción n.º 5 de la Audiencia Nacional, el juez José de la Mata parece ser el candidato que se perfila como el sustituto de Pablo Ruz en la Audiencia Nacional, con 27 años de antigüedad en la carrera y los ocho últimos destinado en la especialidad de penal.
Por último, parece interesante, aunque no sorprendente, la actuación del PP, que en los últimos días del mes de diciembre y en este inicio de año electoral (después de tres años de haber hecho bastante poco) se ha puesto la capa de la anticorrupción y la transparencia (véase la Ley 19/2013[140]). Sin embargo, una vez más, cuando afecta o puede afectar a sus intereses, aprovecha su mayoría parlamentaria y fulmina cualquier propuesta de la oposición. En este caso fue la presentada para que prosperara una resolución por la que se «garantice la continuidad en el ejercicio jurisdiccional de aquellos jueces que en la actualidad instruyen procesos de gran complejidad y trascendencia pública como los vinculados a tramas de corrupción política»[141].
El futuro judicial del caso Gürtel
EL FUTURO JUDICIAL DEL CASO GÜRTEL
Como ha demostrado el desarrollo de la investigación, el caso ha pasado de la minucia que nos intentaba hacer creer el PP a un complejo entramado que va a producir uno de los casos más voluminosos de los que haya tenido conocimiento la Audiencia Nacional, con un montante económico todavía imposible de calcular. El caso está pendiente de vista oral[142].
Según el escrito provisional de acusación de la Fiscalía Anticorrupción, que detalla la financiación ilegal del PP durante quince años, se piden en total 42,5 años de cárcel para Bárcenas y 24 años y un mes para su esposa, Rosalía Iglesias. El presunto líder de la trama Gürtel, Francisco Correa, podría ser condenado a 125 años y un mes.
La Fiscalía también ha solicitado que el PP y la exministra de Sanidad Ana Mato respondan como partícipes a título lucrativo de los delitos investigados. Mato, en concreto, se habría beneficiado de 28 467 euros en regalos realizados por la red y el 50 por ciento de sus fiestas familiares, mientras que la Gürtel habría sufragado al PP con 328 440 euros, 216 576 en Majadahonda y 111 864 en Pozuelo. Otro extesorero de la formación conservadora, Álvaro Lapuerta, se enfrentará a la petición de tres años de cárcel por un delito de apropiación indebida, mientras que su predecesor en Alianza Popular, Ángel Sanchís, tendrá que afrontar otra de ocho años de cárcel por delitos contra la Hacienda Pública, falsedad y blanqueo de capitales.
Por su parte, el exconsejero de Deportes y exviceconsejero de Presidencia de la Comunidad de Madrid, Alberto López Viejo, se enfrenta a 46 años de cárcel por asociación ilícita, fraude fiscal, malversación, falsedad, cohecho, tráfico de influencias y blanqueo de capitales. Además, tendría que devolver al Gobierno regional un total de 430 228,64 euros: 341 430,82 por el sobrecoste de las facturas cargadas a la red entre 2004 y 2008, 1825 por la duplicidad de las facturas de la instalación del Belén de la Real Casa de Correos, sede de la Presidencia autonómica, en 2005, y 6976 por la doble facturación en la adquisición de tres atriles.
La Fiscalía pide para Jesús Sepúlveda, exalcalde de Pozuelo y exmarido de Mato, quince años y cuatro meses, y para el exalcalde de Majadahonda Guillermo Ortega, alias el Rata, cincuenta años y diez meses.
El escrito de acusación también apunta a la responsabilidad civil de un total de 25 personas físicas y jurídicas, entre las que, además de Ana Mato y el PP, se encuentran las empresas de la trama y adjudicatarias, como Sufi, filial de Sacyr[143].
Es importante recalcar el papel de Esperanza Aguirre, la permanente incógnita en todas las tramas y a quien cita la Fiscalía, pues dirigía el Gobierno que más contratos adjudicó a la trama corrupta.
Cualquiera que sea la sentencia se recurrirá, por lo que aún quedan varios años de tortuoso camino judicial hasta que la sentencia sea firme y pueda cumplirse. La importancia de este caso no sólo estriba en el descubrimiento de una trama de corrupción, sino en que a través de las conversaciones y los documentos intervenidos se ha podido trazar una radiografía del comportamiento de diversas organizaciones públicas, radiografía que no deja en muy buen lugar a los políticos implicados y que muestra con enorme claridad las oscuras relaciones entre la especulación urbanística, los contratos de servicios municipales y autonómicos, la financiación de partidos y el enriquecimiento de políticos corruptos.
El caso Bárcenas
EL CASO BÁRCENAS 2010
La vida es un poco como el alpinismo, nunca hay que mirar hacia abajo[144].
ALEXA JOHNSTON
Luis Bárcenas es un gran aficionado al alpinismo, con gran experiencia sobre el terreno, algo muy útil para ubicar su perfil[145]. En este ámbito ha tenido importantes éxitos en ascensiones a los Alpes, si bien también algún que otro fracaso, como en su expedición más ambiciosa, el ascenso al Everest. En 1987 Luis Bárcenas, junto con Luis Fraga (sobrino del fundador de Alianza Popular y exsenador del PP por Cuenca), que también aparece en las cuentas de Suiza y que al parecer tenía a aquél autorizado para su representación en este tema, organizó una expedición en la que demostró su habilidad para conseguir donativos, ya que logró aportaciones de Alianza Popular, Pryca y diversas cajas de ahorros para financiar la ascensión[146]. Además, solicitó al rey don Juan Carlos la presidencia de honor de la expedición. El viaje distó mucho de ser modélico y las rencillas entre los expedicionarios quedaron de manifiesto. La intención del tándem Bárcenas-Fraga era lograr plantar la bandera nacional en la cumbre y que todo el equipo trabajara para ellos, algo que explicó Bixen Itxaso, hoy diputado en el Parlamento vasco por el PSE: «Toda la estrategia estuvo encaminada al triunfo personal de Fraga y Bárcenas, […] se trató de desgastar a otros escaladores para que ellos fueran quienes estuvieran en mejores condiciones de hacer cumbre»[147]. El descenso de la montaña sin llegar a la cima, debido al empeoramiento de las condiciones, fue bastante agónica. Luis Bárcenas tuvo que ser ayudado a bajar, agotado y casi sin vista[148].
A pesar de todo, Bárcenas mostró su arrojo cuando, al llegar a España, intentó que la Federación Española de Montañismo reconociera a su expedición la apertura de una nueva ruta en la montaña más alta del mundo. El Comité de Expediciones de la Federación Española de Montañismo rechazó las pretensiones de Bárcenas de forma contundente, con frases como «la memoria de la aventura no se ajusta a la realidad»[149]. Un adelanto de su futuro en política.
¿Quién es Luis Bárcenas? ¿El escalador tramposo? ¿El tesorero que guarda los grandes secretos de su partido? ¿Un aprovechado que ha desviado fondos ilegales del PP a sus cuentas personales? ¿Un intelectual con profundos conocimientos artísticos? ¿Un oportunista? El Evangelio de Mateo dice de los falsos profetas que «por sus frutos los conoceréis»[150]. En este sentido, se puede afirmar que Luis Bárcenas parece ser una compleja mezcla de todas estas facetas. Una persona repudiada por su propio partido (ahora, porque antes de hablar era querido y protegido) a la que le imputan haber acumulado más de 40 millones de euros, pero que, al mismo tiempo, recibió mensajes de aliento por parte del presidente del Gobierno cuando supo de su ingreso en prisión el 26 de junio de 2013[151].
Bárcenas ha pasado más de un año y medio en la cárcel de Soto del Real. El destino le alcanzó y la misma falta de ética y dudosa moral que demostró durante su escalada al Everest parece que haya presidido una vida de claroscuros, ambiciones y acciones fuera de la ley.
El 6 de febrero de 2009 firmé como juez el auto 275/08-V, que autorizaba a la policía a entrar y registrar el domicilio de Easy Concept Comunicación S. L.[152] Allí se encontró una documentación que vinculaba presuntamente al tesorero del PP con la red de corrupción dirigida por Francisco Correa, conocida policialmente como Gürtel (en alemán, «correa»). Inesperadamente, entre otros valiosos documentos, aparecieron uno que contenía la presunta contabilidad B del Partido Popular y una serie de apuntes contables que parecían indicar la existencia de transferencias de fondos o dádivas de Correa hacia Bárcenas, una relación que éste negó repetidamente en sus diversas declaraciones[153].
Al mismo tiempo se descubrió que en las anotaciones de las libretas de Correa aparecía un misterioso «L. C»., que resultaron ser las siglas de «Luis el Cabrón»[154], al que policialmente se identificó como Luis Bárcenas. A partir de la información incautada, y como después se ha demostrado por los informes policiales y las resoluciones judiciales, Bárcenas habría recibido donativos de empresas que obtenían adjudicaciones de contratos públicos, dinero que destinaba a sobresueldos de miembros o simpatizantes del PP, la organización de eventos y todo tipo de gastos, fundamentalmente electorales. Un segundo aspecto del caso Bárcenas es la presunta desviación de fondos derivados de estos donativos a sus cuentas personales. El origen de los fondos está siendo investigado en estos momentos[155].
Luis Bárcenas es sólo uno de los implicados en la trama. Otro es el exeurodiputado Gerardo Galeote, que ya tuvo algún problema con una cuenta que, según información periodística de la época, estaba abierta en Luxemburgo y en la que, al parecer, se ingresaba mensualmente dinero procedente de las arcas de la Unión Europea para el pago de asistentes parlamentarios, pero que se destinaba en parte a la financiación del partido[156]. En una de las conversaciones telefónicas que mantiene con Francisco Correa, se oye a éste decir: «Yo le he llevado a Luis a su casa y a Génova 1000 millones de pesetas por adjudicaciones en la época de Álvarez-Cascos y sé cómo lo ha sacado y el paraíso fiscal donde lo tiene»[157].
Y es que el hecho de que un tesorero del PP esté imputado no es una novedad en el partido. Hasta el momento han sido tres los tesoreros imputados en dos casos de corrupción, Rosendo Naseiro, en el caso que lleva su nombre, y Álvaro Lapuerta y Ángel Sanchís en el mismo caso Bárcenas[158]. La estrategia defensiva del Partido Popular ha sido sonrojante y contradictoria, y ha estado llena de declaraciones que, posteriormente, han resultado ser falsas.
A finales de marzo de 2009, debido a que estaban implicados los diputados autonómicos Alberto López Viejo, Benjamín Martín Vasco y Alfonso Bosch, contra los que, según el tribunal, existían indicios de la comisión de delitos de cohecho y tráfico de influencias[159], me inhibí del caso. A pesar de las graves implicaciones[160], el PP reaccionó negándolo todo y colocó a Federico Trillo como responsable de la estrategia de defensa del partido, intentando librar a Bárcenas de la incómoda situación en la que se hallaba[161]. Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se declaró competente y el juez Pedreira recibió la responsabilidad de la instrucción del caso.
El juez Pedreira, basándose prácticamente en los indicios que yo había resumido en el auto en el que a finales de marzo de 2009 remití la causa al TSJM, la elevó al Tribunal Supremo el 15 de junio de ese año, que inició el caso contra Bárcenas por delito fiscal y cohecho[162]. El Partido Popular se presentó como acusación particular, treta destinada obviamente a conocer de primera mano las actuaciones judiciales. Más adelante, el 13 de julio de ese mismo año, en una entrevista al diario ABC que debe leerse cuidadosamente, Bárcenas negó todas las acusaciones al tiempo que dejaba entender que su persona recibía un claro apoyo del PP[163].
Continuando con la línea de la negación, a finales de julio, y ante la inminente petición del suplicatorio para imputar formalmente a Bárcenas, el PP desarrolló su «teoría de la conspiración»[164], con la que pretendía hacer creer a los ciudadanos que todo era fruto de un montaje de la policía. Ante la presión del avance de la investigación, Luis Bárcenas tuvo que dimitir temporalmente como tesorero del PP[165]. Sin embargo, por un pacto secreto que se conoció posteriormente, Bárcenas siguió recibiendo su nómina del partido[166]. Todo parecía indicar que el PP estaba jugando la carta de la prescripción o la disolución del caso por defecto de forma o de pruebas, en un dejà vu del caso Naseiro.
En diciembre de 2009 se presentó una querella contra mí para separarme del caso Gürtel en el caso de que éste volviera, como en efecto sucedió, al Juzgado Central de Instrucción n.º 5. Estaba claro que la estrategia era conseguir la nulidad de las actuaciones del caso Gürtel y, por proximidad, las del caso Bárcenas. Sin embargo, el juez Pedreira defendió las interceptaciones de las comunicaciones entre los responsables máximos en prisión y sus interlocutores, que él mismo había prorrogado en su día, y también lo hizo uno de los magistrados del tribunal. En todo caso, Bárcenas fue finalmente obligado a presentar su dimisión definitiva como tesorero del PP el 8 de abril de 2010[167].
La estrategia de nulidad de las actuaciones pareció funcionar cuando el juez Pedreira dictó auto de sobreseimiento de la causa de Luis Bárcenas el 1 de septiembre de 2010, y el PP realizó manifestaciones de alivio y reivindicación[168]. Federico Trillo llegó incluso a realizar unas grotescas declaraciones: «Ha sido un montaje político, y su principal director ha sido el exministro del Interior y candidato socialista, Alfredo Pérez Rubalcaba»[169].
No obstante, en febrero de 2012 llegó la documentación requerida a Suiza mediante una comisión rogatoria, que acreditaba que el caso se había cerrado en falso[170]. Acto seguido, el 14 de marzo de 2012 la exculpación de Bárcenas quedó anulada. El juez instructor del caso Gürtel, que al haber vuelto a la Audiencia Nacional era Pablo Ruz, afirmaba en noviembre de 2013: «El conjunto de elementos bajo análisis […] permite confirmar, a nivel indiciario, […] la presunta existencia por parte del Partido Popular de una cierta corriente financiera de cobros y pagos continua en el tiempo al margen de la contabilidad remitida al Tribunal de Cuentas». En otras palabras, que el PP, uno de los principales partidos de España, manejaba una contabilidad B. Es curioso que, vistas las afirmaciones realizadas por el juez instructor, el extesorero no viera causa de preocupación y se fuera a realizar un viaje de esquí a Armenia[171]. La actividad judicial no se detuvo, y el juez imputó a Luis Bárcenas por un presunto delito fiscal en junio de 2014 y decretó para él prisión provisional incondicional[172].
Sin embargo, cuando el caso Bárcenas entró en fase de instrucción, en un intento por confundir a los medios de comunicación, desde el PP se siguió negando tajantemente cualquier avance en el mismo. A pesar de que el partido financiaba la defensa de su extesorero, por alguna razón desconocida Luis Bárcenas lanzó una bomba de alcance insospechado: alguien de su entorno entregó a la prensa el diario de entrada y salida de la caja B del PP y El País lo publicó el 31 de enero[173]. Por supuesto, el PP y todos sus medios afines salieron en tropel atacando al mensajero y alegando que los papeles eran simples fotocopias, posiblemente falsificadas[174]. Que en ellos se indicaran graves delitos y que de ellos se dedujeran algo más que indicios de la financiación ilegal del PP, no pareció preocupar a nadie. Eran falsos y punto[175]. Unos meses después aparecieron los informes originales, lo que echó por tierra toda la anterior estrategia de negación[176].
El colmo del esperpento llegó el 24 de febrero de 2013, cuando en una rueda de prensa se preguntó a la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, por la relación laboral de Bárcenas con el partido: «Vamos a ver, eh, la indemnización que se pactó fue una indemnización en diferido, y como fue una indemnización en difi… en diferido en forma, efectivamente, de simulación de… simulación de lo que hubiera sido en diferido, en partes de una lo que antes era una retribución, tenía que tener la retención a la Seguridad Social que si no hubiera sido… ahora se habla mucho de pagos que no tienen retenciones en la Seguridad Social. ¿Verdad? Pues aquí se quiso hacer, como hay que hacerlo»[177].
Todo ello para ocultar que Bárcenas estaba en nómina en el PP hasta ese momento, algo que corroboró la sentencia de la titular del Juzgado de lo Social n.º 16 de Madrid. La jueza dejaba claro que el extesorero, en ese momento en prisión, continuaba siendo trabajador del PP en situación de excedencia, por lo que no podía «considerarse extinguida la relación laboral» de éste con el PP[178], desmintiendo así las inconsistentes afirmaciones de la señora Cospedal y estableciendo que Bárcenas no tenía derecho a la indemnización de 905 000 euros que pedía.
Como he dicho, a raíz de las investigaciones que se llevaron a cabo, a finales de junio de 2013 el juez Pablo Ruz dictó el auto en el que decretó la prisión incondicional del extesorero —sin fianza— por presuntos delitos contra la Administración Pública, de blanqueo de capitales, estafa procesal en grado de tentativa y falsedad documental en documento mercantil[179].
El auto argumentaba esta decisión basándose en los nuevos hechos que habían salido a la luz durante la instrucción. En primer lugar, se materializó la imputación de Luis Bárcenas y de su esposa por falsedad en documento mercantil y estafa procesal en grado de tentativa por una cuota superior a 120 000 euros, correspondiente al año 2006. Ambos intentaron justificar la cantidad, primero mediante un contrato de mediación de servicios del año 2004 y más tarde con una compraventa de obras pictóricas supuestamente realizada en 2006. Los documentos aportados como prueba demostraron sin embargo ser falsos, pues aparecían numerosas incongruencias: fechas, firmas falsas y un sospechoso viaje del imputado a Buenos Aires, ciudad en la que permaneció apenas catorce horas y en la que, según explicó, se había reunido con un grupo empresarial del que supuestamente no recordaba el nombre ni ningún otro detalle de los asistentes a la reunión[180].
Y es aquí cuando se descubre la historia de las inversiones en Argentina, interesante y sofisticado esquema para invertir fondos en el extranjero. Ángel Sanchís, tesorero del Partido Popular entre 1982 y 1987 e involucrado en el caso Naseiro, compró en 1978 una finca en Apolinaro Saravia a la que llamó La Moraleja, reflejando así el nombre de la lujosa urbanización en la que se encuentra su residencia madrileña[181].
Apolinaro Saravia es una pequeña aldea de la provincia de Salta, en Argentina, fronteriza con Bolivia y Chile, muy alejada de los centros de poder. En dicha finca plantó limoneros. Las dimensiones de la inversión son descomunales: unas 27 000 hectáreas, valoradas en más de 250 millones de euros, y es un proveedor importante de Coca-Cola en Latinoamérica. Pero ¿es Bárcenas accionista de La Moraleja de Salta? En la comisión rogatoria al Dresdner Bank, aparecen documentos de Bárcenas en los que declara ser accionista de la explotación de cítricos, pero cuando estos documentos aparecieron en el proceso, el hijo de Sanchís, Ángel Sanchís Herrero, afirmó en un comunicado que Luis Bárcenas no es accionista de la empresa[182].
¿Por qué Bárcenas entrega al Dresdner Bank documentos diciendo que es copropietario? Sin duda para generarse una imagen de persona solvente ante los ejecutivos de dicho banco, intentando así conseguir más atención para sus jugosas cuentas corrientes. O quizá como consecuencia de los delirios de grandeza de los que esta persona está bien dotada. Sin embargo, es cierto que existe una relación entre La Moraleja y Luis Bárcenas, puesto que en manos del juez Ruz se encuentra un documento firmado por Guillermo Ricardo Vilaseca, notario de la provincia de Salta, en el que se describe la relación que se establece en 2011 entre la explotación agrícola y ConoSurLand S. L., empresa de Luis Bárcenas y su mujer, para actuar como asesor de la explotación[183].
La policía anticorrupción sospecha que esta relación da pistas sobre un posible esquema de blanqueo de dinero por parte de Luis Bárcenas en el extranjero. Sin embargo, lo que parece más sorprendente de la historia es que en 2012, un año y pico después de haberse iniciado la relación con ConoSurLand, las ventas de cítricos se multiplican por tres. Desconocemos a día de hoy si la finca La Moraleja ha sido una pieza más dentro de los múltiples esquemas delictivos de Bárcenas, pero lo que nos debe hacer reflexionar es su capacidad analítica y para transformar las empresas con las que colabora. La justicia argentina está investigando este caso bajo la dirección del fiscal Carlos Gonella.
En segundo lugar, el auto se remitía a la documentación entregada en ejecución de la comisión rogatoria a Suiza sobre las cuentas y posiciones económicas del imputado o de las estructuras por él utilizadas: la Fundación Sinequanon y Tesedul S. A., y las entidades bancarias Dresdner Bank (actual LGT) y Lombard Odier Darer Hentsch & Cie. De acuerdo con el contenido de esta documentación, el juez consideró que existían suficientes indicios para considerar el delito de blanqueo de capitales y delitos contra la Hacienda Pública: defraudación del IRPF, del impuesto sobre el patrimonio (2002-2003 y 2007) y del IRPF de la esposa de Bárcenas en 2006[184].
En la documentación remitida por el Dresdner Bank, el juez observó una primera fase de alimentación de las cuentas con dinero en metálico, ingresado en mano por el propio Bárcenas. Según el auto, este dinero provenía en parte de los fondos derivados de las comisiones generadas por su participación en las adjudicaciones de contratos públicos realizados a empresas afines, cuya reconstrucción ha sido objeto de diversos informes. Entre 2000 y 2005, Bárcenas realizó al menos 29 ingresos en efectivo, ascendiendo el monto de la cuenta a 3 897 920,93 euros[185].
A continuación, el auto destaca una segunda fase de encubrimiento, en la que Bárcenas trató de desvincular el origen de los fondos y dificultar la identificación de su titularidad, realizando inversiones en valores mobiliarios en España (acciones, bonos, fondos de inversión y, en menor medida, inversiones en el mercado de divisas), que generaron en su favor un retorno de 4 243 360,67 euros brutos[186].
Finalmente, se observaba una tercera fase de encubrimiento de los fondos ya blanqueados, introduciéndolos en el sector de la economía real del que provenían o en otro diferente, como fondos aparentemente legítimos. Se produjeron salidas de dinero vía transferencias hacia cuentas bancarias de las entidades Brixco y Lidmel en Estados Unidos, con traspaso a cuentas abiertas a nombre de la entidad Tesedul en diferentes entidades financieras, utilizando estructuras societarias complejas, actuando a través de sociedades pantalla y apareciendo desvinculadas del beneficiario real. Se constata un aumento desproporcionado del patrimonio del imputado, carente de justificación, a través de negocios jurídicos o actividades comerciales lícitas u operaciones de carácter inmobiliario[187].
En cuanto a la información que proporcionaban las cuentas bancarias en el Lombard Odier (una de ellas compartida con su esposa), se deducen dos nuevas fases. En la primera, que va desde 1999 hasta 2009, aparece un comportamiento homogéneo, con ingresos en efectivo, transferencias bancarias, abonos mediante bonificaciones y compensaciones, además de inversiones en valores mobiliarios.
El inicio de la segunda fase coincidía con el comienzo del proceso de investigación judicial, en febrero de 2009. De la comisión rogatoria se desprendía así la adquisición de una entidad (Tesedul S. A.) en Uruguay y otra (Granda Global S. A.) en Panamá, así como la creación de una nueva cuenta cuyo titular era la nueva entidad y la transferencia de todos los activos (y los de su mujer) a las cuentas mencionadas. Se realizaron también transferencias de fondos de cuentas del HSBC de Nueva York, cuyos titulares eran el Grupo Sur de Valores y La Moraleja S. A., a Granda Global S. A. Bárcenas intentó justificar estos movimientos calificándolos como inversiones de capital para el desarrollo agrícola en Argentina y forestal en Brasil, en contradicción con las declaraciones del gestor de las empresas, que hablaba de un servicio de asesoramiento de inversiones. Además, se hicieron transferencias al Discount Bank, sin justificación ni detalles, y otras al HSBC, quedando pendiente de confirmación el destinatario (justificadas como labores de servicios de asesoramiento). Se realizaron asimismo disposiciones de efectivo (300 000 euros sólo en 2012), que Bárcenas justificó para gastos corrientes; transferencias a BBI Beyond Boundaries Helsinki INT en Liechtenstein, por un viaje que no se realizó a causa de la retirada del pasaporte al imputado, y, por último, transferencias a Bankia a través de Tesedul, destinadas al pago de la declaración de impuestos[188]. El auto dictó que las declaraciones de Bárcenas con respecto a los nuevos descubrimientos resultaron parciales, inconsistentes y manifiestamente insuficientes, en contradicción constante con las explicaciones de los bancos[189].
En conclusión, al considerar todo lo anterior y que la mayor parte de su patrimonio estaba en el extranjero, con vistas a asegurar la presencia del acusado a resultas de la causa, así como para garantizar la conservación de las fuentes de prueba evitando su alteración o perturbación por parte del imputado, se dictó prisión incondicional para Bárcenas, que fue recurrida hasta cinco veces[190].
El último de los autos, de diciembre de 2014, es muy significativo, pues en él Ruz expone que, ante el resultado de las diligencias y comisiones rogatorias que se están realizando con respecto al caso Gürtel, no cabe sino una «necesaria y congruente confirmación» de la medida de prisión[191]. Se refiere el juez al auto del 26 de noviembre de 2014 en el marco de la pieza separada «ÉPOCA 1999-2005», en que se recoge que los hechos atribuidos al imputado Luis Bárcenas pueden ser constitutivos de cohecho, blanqueo de capitales, apropiación indebida, delitos contra la Hacienda Pública y estafa procesal en grado de tentativa. En este auto se describen de forma detallada los hechos que confirman la indiciaria participación delictiva de Bárcenas en diversos proyectos de contratación pública y proyectos con cargos de representación pública[192]. Además, permanece vigente la resolución en la que se acordaba la fijación de una fianza civil por importe de 43 250 000 euros, para responder de eventuales multas, comisos y responsabilidades civiles que hubiere lugar a acordar[193].
Luis Bárcenas ha cambiado de letrado (Francisco Maroto), que realzó que su cliente «ha mostrado a la sociedad y a los medios de comunicación, a su salida de prisión, lo que es el concepto de dignidad». Una virtud difícil de destacar en uno de los presuntos responsables del mayor caso de corrupción de la actualidad.
Por su parte, el Partido Popular rechazó, en lo que se ha convertido en la defensa del partido, que Mariano Rajoy compareciera ante el Congreso por el caso Bárcenas al considerar que no hay base para ello, y advirtió al PSOE de que, al pedirla, «apadrina» a un «delincuente» y un «mentiroso»[194]. El diario El Mundo publicó entonces las capturas que muestran una serie de SMS entre Rajoy, Bárcenas y su mujer, Rosalía Iglesias, en los que se ve que el presidente del Gobierno apoyó al extesorero hasta meses después de la publicación de los llamados «papeles de Bárcenas»[195].
Las investigaciones del juez prosiguieron y se encontraron correlaciones entre determinadas anotaciones incluidas en los manuscritos contables confeccionados por Bárcenas y determinadas operaciones investigadas en las actuaciones del caso Gürtel. También entre los ingresos declarados en la cuenta de donativos, según la documentación contable aportada por el Partido Popular al Tribunal de Cuentas, y determinados movimientos de capital (pagos) atribuidos a la organización de Francisco Correa Sánchez, imputado en las actuaciones principales, así como entre determinadas anotaciones incluidas en los manuscritos contables confeccionados por el señor Bárcenas, la contabilidad aportada al Tribunal de Cuentas por el Partido Popular y la documentación aportada por la propia formación, en concreto con la cuenta que recoge los ingresos de donativos anónimos, y con la cuenta que recoge los ingresos de donativos nominales[196].
En la misma línea de ataque, la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, presentó en noviembre de 2013 una demanda contra Bárcenas en la que pedía 500 000 euros por vulnerar «el honor de sus votantes» con la publicación de los papeles. Considera Cospedal que no sólo ha dañado la imagen de los cargos acusados de recibir sobresueldos, sino también de los «afiliados, militantes, votantes y empleados». De este modo, aseguraban un atrincheramiento claro detrás de la defensa de la falsedad de los papeles. Esta demanda fue rechazada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Toledo por no existir suficientes pruebas[197]; sentencia que recurrió alegando que la filtración de los papeles de Bárcenas a El País no pudo realizarse sin su consentimiento.
El 7 de mayo de 2014, el Ministerio del Interior relevó al comisario encargado de investigar el caso Gürtel y el caso Bárcenas, José Luis Gudiña, por José Manuel García Catalán, un comisario que cuenta con la confianza de la cúpula policial renovada recientemente por el Gobierno del Partido Popular[198].
Sin embargo, toda la información y la lógica del juez Ruz en este caso parecen haberse ido al garete tras el último de los recursos, el cuarto, que la defensa de Bárcenas interpuso ante la Sala Cuarta de la Audiencia Nacional, que ha sido parcialmente admitido, contradiciendo los anteriores autos. Bárcenas ha salido de la cárcel tras pagar una fianza de 200 000 euros y debe comparecer en el juzgado n.º 5 de la Audiencia Nacional los lunes, miércoles y viernes. Se le ha retirado el pasaporte y no puede abandonar el país[199]. El auto argumenta su decisión en la disminución del riesgo de fuga del imputado con base a su arraigo personal, social, familiar y laboral en el país. Todos los bienes y las cuentas de Bárcenas han sido embargados, al menos los conocidos en la investigación, por lo que ha debido acudir a la ayuda de familiares o amigos.
Esta decisión, sumada a la falta de una respuesta contundente por parte del Gobierno (al que le parece absolutamente indiferente que su extesorero salga de prisión), produce la amarga sensación de que nada va a terminar como debiera. El PP sigue echando balones fuera, personalizando la culpa en los presuntos «casos aislados» y desmarcándose de todo indicio sostenido en las investigaciones que demuestran la implicación del partido en una de las mayores tramas de corrupción que se han destapado hasta el momento. El mismo día nos enteramos, para más inri, del archivo de la causa contra Esperanza Aguirre por el incidente de tráfico que protagonizó con unos agentes de movilidad. Me pregunto cuán airoso hubiera salido cualquier otro ciudadano de la misma situación.
El caso Bárcenas es tan complejo como grave. El PP ha visto cómo todos sus tesoreros han terminado imputados en distintos casos de corrupción, mostrando el fango en el que está enlodada la política española. Con unas finanzas totalmente desbocadas (más de 60 millones de euros en créditos, de acuerdo con el informe del Tribunal de Cuentas), casi todos los partidos han visto a sus tesoreros implicados en irregularidades, como Daniel Osácar (tesorero de CDC imputado en mayo, y cuya causa fue archivada en agosto), los mencionados Sanchís, Lapuerta, Naseiro y Bárcenas en el PP, Aída Álvarez (del PSOE, condenada y más tarde absuelta, aunque el TS reconoció que dirigió el fraude en el caso Seat), Vicenç Gavaldà (UDC, condenado en el caso Pallerols), Fernando Areal (Partido Popular de Baleares, por blanqueo de capitales en el caso Palma Arena) o Álvaro Llompart (Unió Mallorquina, implicado en el caso Voltor[200]).
A la vista de este desolador panorama, cualquier ciudadano se preguntará cuál es la labor del Tribunal de Cuentas. ¿Cuáles de estos escándalos han sido identificados y levantados por este ente fiscalizador? La respuesta es terrible: ninguno. Claro que lo que hoy sabemos sobre el Tribunal de Cuentas es que tiene más de cien personas con vínculos familiares trabajando allí, un nepotismo institucionalizado y una dirección adormecida y controlada por políticos, por lo que no es sorprendente que en España el problema de la financiación de los partidos sea un tema pendiente desde hace más de veinte años[201]. A la vista de las cuentas fiscalizadas correspondientes a 2012, así como del informe del fiscal, veremos qué acontece.
Los papeles de Bárcenas
LOS PAPELES DE BÁRCENAS
Tras estas otras bullían por el golfo del foso, porque no muestra ninguna el hurto, y cada llama un pecador esconde[202].
DANTE ALIGHIERI
El asunto de «los papeles de Bárcenas» se inició judicialmente hablando a partir de unas diligencias de investigación de la Brigada de Blanqueo del Cuerpo Nacional de Policía. Así, se presentó un informe el 6 de marzo de 2013 en el Juzgado Central de Instrucción n.º 5 de la Audiencia Nacional, que abrió una pieza separada en el marco del caso Gürtel[203].
En esta pieza separada se investiga la presunta contabilidad B del Partido Popular entre los años 2002 y 2009, cuya responsabilidad estaría a cargo de los que fueron tesoreros de dicha formación política, Luis Bárcenas Gutiérrez y Álvaro Lapuerta Quintero. La notitia criminis que en un inicio provocó la elaboración del informe en cuestión había sido la aparición los días 31 de enero y 3 de febrero de 2013 en el diario El País de una serie de apuntes manuscritos de carácter contable, presuntamente elaborados por Luis Bárcenas en los que aparecían anotaciones de pagos e ingresos realizados que no figuraban en la contabilidad oficial de aquella formación. Una de las partes personadas en la causa de la Operación Gürtel, en concreto el Partido Socialista Obrero Español de Valencia (PSPV-PSOE), fue la que aportó esa documentación ante el juez y, apoyándose en que en la citada causa existían indicios de que Luis Bárcenas había cobrado cantidades superiores a 1 300 000 euros de la organización liderada por Francisco Correa, en que se habían detectado diversas cuentas en Suiza de su titularidad o de sociedades interpuestas, y en que no le eran conocidos otros medios de vida o actividad profesional más allá de su labor en el partido, solicitó una serie de diligencias, entre las que se encontraban la propia declaración ante el juez de Luis Bárcenas y de su antecesor en el cargo, Álvaro Lapuerta, así como la elaboración de un informe por parte de los técnicos de la Agencia Tributaria.
Previamente, la aparición de muchas noticias en la prensa sobre presuntos sobresueldos a cargos del Partido Popular, así como las declaraciones en el diario El País del exdiputado de dicha formación Jorge Trías Sagnier, quien señaló que los referidos pagos existían, habían motivado la apertura de unas diligencias de investigación por parte de la Fiscalía Anticorrupción, en las cuales ya estaban acordadas las declaraciones de los dos extesoreros y del señor Trías. Pocos días después de que se señalara la declaración en cuestión, el diario El País publicó los famosos apuntes contables y la Fiscalía acordó el 4 de febrero requerir a dicho medio de comunicación para que aportara los originales de los mismos. En esa misma fecha fueron citados los declarantes, y al día siguiente el director del periódico, Javier Moreno Barber, entregó los catorce folios fotocopiados a la Fiscalía, que los incorporó a las diligencias de investigación. En dichas fotocopias, según constaba en la publicación, aparecen con letra perfectamente legible los nombres de altos cargos del PP, como Ángel Acebes, Javier Arenas, Rodrigo Rato o el mismo Mariano Rajoy, y los de importantes empresarios españoles ligados a grandes empresas constructoras, como Luis del Rivero (Sacyr), Juan Miguel Villar Mir (OHL) o Alfonso García Pozuelo (Constructora Hispánica). El 6 de febrero declararon Luis Bárcenas, a quien se le practicó un cuerpo de escritura, y Jorge Trías; al día siguiente se tomó declaración a Álvaro Lapuerta, al que se le practicó también un cuerpo de escritura, para realizar una prueba pericial caligráfica. En su declaración, Jorge Trías vino a decir que unos años antes el propio Bárcenas le había enseñado esos «papeles» manuscritos y le había dicho que se trataba de una contabilidad paralela donde se dejaba constancia de determinados sobresueldos que se pagaban a miembros del partido, que el testigo calificó como «complementos» o «gratificaciones». Trías le había dicho a Bárcenas que era un escándalo pero que no veía nada delictivo. Los dos extesoreros, sin embargo, negaron la cuestión y afirmaron que no tenían nada que ver con esos documentos y que, por supuesto, todas las donaciones que se recibían estaban dentro de la legalidad.
La propia Fiscalía solicitó el 12 de febrero, entre otras diligencias, que el Partido Popular facilitara información sobre la cuenta de «Donativos», así como la identificación de las cuentas de ingreso de las donaciones recibidas. El 20 de febrero, los peritos a los que se había encomendado el estudio grafológico concluyeron que con el material recibido no era posible dictaminar la autoría de las anotaciones manuscritas y de las firmas.
El juzgado, por su parte, acordó el 15 de marzo acumular a la pieza separada las diligencias de la Fiscalía y la práctica de diversas diligencias, entre ellas la declaración de los dos extesoreros, información al Tribunal de Cuentas, al Partido Popular y a la Agencia Tributaria, y el nombramiento en auxilio judicial, por un lado, de dos técnicos de la Agencia Tributaria para concretar la trascendencia tributaria para el propio Partido Popular y para las personas supuestamente receptoras de dinero aparecido en la contabilidad B, así como su trascendencia jurídico-penal, por otro, dos expertos de la Intervención General del Estado para determinar si se podría establecer vinculación de las cantidades dinerarias supuestamente percibidas por el Partido Popular con adjudicaciones y contratos públicos de los que hubieran salido beneficiadas las empresas relacionadas con las personas que aparecían en los «papeles». Asimismo, se practicó un nuevo cuerpo de escritura de Bárcenas y Lapuerta para la realización de otro informe pericial grafológico.
Previamente, el 28 de febrero de 2013, se había presentado una querella criminal por parte de Izquierda Unida y otras asociaciones contra determinadas personas, básicamente empresarios importantes, que, al aparecer en los apuntes contables, podrían haber efectuado pagos al Partido Popular para obtener la concesión de obras públicas. Esta querella criminal le correspondió por reparto inicial al Juzgado Central n.º 3, que incoó las Diligencias Previas 25/2013. La existencia de esta causa y de la pieza del Juzgado Central n.º 5 provocó un conflicto de competencia entre ambos juzgados, al versar ambos procedimientos sobre los mismos hechos. Finalmente, el 27 de marzo el Pleno de la Sala de lo Penal le concedió dicha competencia al Juzgado Central n.º 5, de manera que ambas causas se englobaron en una[204].
En fechas posteriores declararon diversas personas presuntamente perceptoras de las cantidades señaladas. Algunas de ellas reconocieron los cobros, como Pío García Escudero, Jaume Matas, Jaime Ignacio del Burgo, Santiago Abascal y Calixto Ayesa. También se procedió a tomar declaración como imputados a los empresarios señalados en los papeles, quienes en su mayoría negaron los pagos, salvo José María Mayor Oreja (FCC) y Antonio Vilela (Construcciones Rubau). Previamente se habían personado otras acusaciones populares en la causa, como la Asociación de Abogados Demócratas de Europa (ADADE), el PSOE de Valencia y el de Madrid, el sindicato Manos Limpias y el denominado Observatorio para el Cumplimiento de la Declaración de Derechos Humanos (DUH-DESC). El propio Partido Popular había pretendido la personación en la causa como acusación popular, pero el juez desestimó dicha pretensión al considerar que dicha posición procesal resultaba incompatible con el objeto procesal de la causa, al poder ser declarado responsable civil subsidiario, resolución ratificada más tarde por la Sección Cuarta.
Debe destacarse por su importancia la declaración que el propio Luis Bárcenas efectuó el 15 de julio de 2013, días después de que el magistrado juez hubiese decretado su ingreso en prisión por la causa de la Operación Gürtel. En ella, además de reconocer abiertamente la autoría de los apuntes y aclarar numerosos datos sobre los mismos, aportó otra serie de documentos que evidenciarían la existencia de esta contabilidad paralela en el Partido Popular con justificantes de pago y documentación similar. Dichos nuevos documentos fueron igualmente objeto de peritaje, que finalmente ha venido a establecer tanto su autoría en la elaboración de los «papeles» iniciales como en la de los aportados en esa declaración. Bárcenas confirmó entonces, en presencia judicial, que mucha información sobre la contabilidad paralela también se encontraba en los ordenadores que él utilizaba en la sede de la calle Génova. Explicó que comenzó a llevarse dicha contabilidad paralela cuando Rosendo Naseiro era el tesorero del partido y el propio Bárcenas, el gerente.
El imputado aclaró en su declaración que Lapuerta y él mismo eran los que «mantenían» esa contabilidad B y que, lógicamente, los pagos eran en dinero no declarado, extremo que era evidente para todos los que percibían los sobresueldos. También puso de manifiesto que, cuando se temió que se podía registrar la sede del partido con motivo de la causa de la Operación Gürtel en febrero de 2009, le entregó los documentos con la contabilidad B al entonces gerente del partido, Cristóbal Páez, posteriormente imputado por el juez, y que éste los había conservado en su poder durante unos cuatro meses. Bárcenas llegó a decir que la última entrega de dinero la realizó en marzo de 2010, fecha en la que entregó 25 000 euros a Mariano Rajoy y otros 25 000 euros a María Dolores de Cospedal. En su declaración dejó claro que, con el dinero procedente de las entregas reflejadas en la contabilidad paralela, se hicieron remodelaciones de sedes del partido, como la de Vizcaya, la de La Rioja o la de la propia sede central del PP, así como que sirvieron para financiar algunas campañas electorales, como la de Cantabria e incluso la de la oposición guineana con entregas al propio Severo Moto. También confirmó que algunas entregas estaban directamente relacionadas con el pago de un cohecho por la adjudicación irregular de algunos contratos públicos —como la recogida de residuos en la ciudad de Toledo— por el que, según Bárcenas, el gerente regional del partido en Castilla-La Mancha, José Ángel Cañas Cañada, también imputado, habría recibido 200 000 euros de manos del propio Bárcenas, vinculando en esta entrega a la propia María Dolores de Cospedal, ya que según Bárcenas fue ella misma quien buscó reunirse con el presidente de Sacyr para que éste donara dinero para la campaña[205].
Bárcenas afirmó en su declaración judicial que había dos formas de recibir el dinero: una de manos del presidente o del secretario general, quien lo entregaba al tesorero y éste se lo entregaba a él, quien a su vez lo guardaba en una caja fuerte en su despacho, o bien, directamente a través de personas «recomendadas» por algún cargo electo del partido que eran recibidas por Lapuerta y en presencia de Bárcenas. En este caso, después de la entrega del dinero, Lapuerta informaba al presidente de la entrega. Aclaró que, normalmente, no se le daba un recibí al donante, pero en algunas ocasiones, en que se ingresaba el dinero en el banco, se le daba al donante una fotocopia del justificante del ingreso. Asimismo le aclaró al juez que cuando la entrega sobrepasaba el límite fijado por la Ley de Financiación de Partidos Políticos, lo que hacían era fraccionar el donativo. Bárcenas también explicó que todos los empresarios que aparecen en los apuntes habían estado en la sede de Génova, donde habían entregado las cantidades reflejadas, y llegó incluso a decir que algunos habían comido con él y que el número de donativos y las cantidades entregadas aumentaban en período electoral. En cuanto a la forma en que se «imponía» al responsable de una administración pública concreta la adjudicación de una determinada obra o contrato público a una empresa determinada, afirmó que Álvaro Lapuerta llamaba a quien fuese y le sugería que «había que quedar bien con esa persona porque es una persona que nos ayuda». En cuanto a los receptores de los sobresueldos, afirmó que se había establecido que siempre los recibieran el presidente, el secretario general y los secretarios.
A la vista de los extremos puestos de manifiesto por Bárcenas, el magistrado juez señaló, entre otras, las declaraciones de Javier Arenas, Francisco Álvarez-Cascos y María Dolores de Cospedal, quienes declararon el 13 y 14 de agosto respectivamente. Los tres altos cargos negaron lo declarado por Bárcenas en relación con haber recibido las entregas de dinero y también negaron haber recibido donaciones de persona alguna en la sede del partido. Días más tarde, el 16 de agosto, el juez requirió al Partido Popular la entrega de los dos ordenadores usados por Bárcenas. El Partido Popular remitió los ordenadores junto con un escrito en que comunicaba al juez que los datos existentes en los discos duros de los mismos habían sido destruidos en abril, siguiendo el protocolo habitual cuando una persona termina su relación laboral con el partido. Asimismo comunicó a requerimiento del juez que el libro de visitas igualmente había sido destruido, motivo por el que el jefe de seguridad del PP también fue citado a declarar como testigo, aunque no dio demasiados datos sobre los motivos de dicha destrucción y denotó una falta de memoria inquietante. En relación con el tema de la destrucción de los discos duros, el magistrado juez se inhibió a los juzgados de Madrid y, en octubre, la magistrada del Juzgado de Instrucción n.º 32 archivó la causa al entender que el Partido Popular no estaba encubriendo ningún delito, puesto que Bárcenas aún no había sido acusado de ninguno. El análisis de los peritos informáticos constató no obstante que el borrado de los discos duros se había practicado en el mes de julio, poco después de que Bárcenas entrase en prisión[206].
Otra irregularidad en la colaboración del Partido Popular con la investigación, al comprobarse que no había remitido la totalidad de la documentación referente a la remodelación de la sede de la calle Génova de Madrid, requerida en julio, dio lugar a que el juez ordenara en diciembre el registro de dicha sede para intervenir toda la documentación pertinente[207].
Ese mes de diciembre, después de un escrito presentado al efecto por Izquierda Unida, entre otros, se dictó auto ampliando la querella a otra serie de empresarios que presuntamente también habrían efectuado pagos y estarían reflejados igualmente en los apuntes contables. Entre los querellados se encontraban los exsecretarios generales del PP Francisco Álvarez-Cascos y Ángel Acebes, y trece empresarios, entre ellos Ignacio López del Hierro, casado con María Dolores de Cospedal[208]. En la actualidad hay un total de veinticinco empresarios imputados.
Ya en 2014, en concreto en octubre, ha sido también imputado el exministro Ángel Acebes, secretario general del PP entre 2004 y 2008, por su supuesta relación con la compra de acciones de Libertad Digital. En su declaración manifestó que no tenía nada que ver con temas económicos y derivó toda la responsabilidad hacia Lapuerta, si bien el juez mantuvo su imputación de apropiación indebida por omisión.
Recientemente, la Fiscalía Anticorrupción ha presentado al juez varios informes elaborados por la Unidad de Apoyo de la Agencia Tributaria y la Intervención General del Estado sobre la correlación entre ciertos apuntes contables de los «papeles» y la contabilidad oficial del partido. En el transcurso de la investigación todavía no se han podido constatar correlaciones entre los presuntos donativos y la adjudicación de obras o contratos públicos, pero sí que existen indicios consistentes sobre la relación de los apuntes con los pagos a la empresa Unifica por la remodelación de la sede central de la calle Génova y con la compra de las sedes del partido en La Rioja y en Bilbao, así como sobre la utilización del dinero de la caja B para pagar algunas campañas. Todo ello podría dotar de verosimilitud tanto a los apuntes contables de los «papeles» como a la versión manifestada por Luis Bárcenas. El alcance final que la causa pueda tener es todavía una incógnita.