11. La corrupción de otros colaboradores de la Administración de Justicia
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La corrupción de otros colaboradores de la Administración de Justicia
Cuanto más corrupta una sociedad, más numerosas las leyes.
EDWARD PAUL ABBEY
La relación de casos de corrupción por profesiones sería interminable. De una forma u otra, cada persona tiene en su mano corromperse o facilitar la corrupción de otros, utilizando los mecanismos que le proporciona su propia posición o trabajo. En este sentido, una profesión como la de abogado, sometido a unas normas deontológicas preestablecidas, con una serie de normas legales que le imponen una especial diligencia, debería estar exenta de estas tentaciones. Sin embargo, no siempre es así, y muchos profesionales del derecho cruzan la frontera y se ponen al servicio del crimen o de las redes criminales, e incluso las forman a modo de empresas criminales dotándolas de protección jurídica. La dinámica es muy diversa e irá en función de lo que necesite cada una de esas organizaciones. Por ejemplo, en el caso Gürtel se ha visto que en un momento determinado son algunos abogados y el asesor financiero los que construyen presuntamente el entramado, asesoran, aconsejan o ejecutan las operaciones. En ese momento, el abogado que lo hace sabe que está en el ámbito de la ilicitud.
En nuestro país, un ejemplo paradigmático ha venido de la mano de los letrados que han constituido lo que en el argot de la organización terrorista ETA se denomina «el frente de makos» («presos»), enmarcados en organismos alegales como Gestoras Pro Amnistía, declarada ilícita. Su responsable máximo era el abogado Chema Matanzas, que fue condenado, junto con otros, por pertenencia a banda armada.
Otro caso es el de los letrados que asesoran en las operaciones de blanqueo de dinero procedente de actividades delictivas, principalmente del narcotráfico (fue clásico en el narcotráfico gallego el caso del abogado Pablo Vioque, detenido por mí en 1997, y luego condenado) y aquellos otros que desarrollan su trabajo en el marco de los paraísos fiscales, cuya misión es disimular o esconder las operaciones de tránsito o depósito de dinero procedente del crimen organizado, el tráfico de armas, la financiación del terrorismo o cualquier otra actividad delictiva, como puede ser la evasión fiscal. La operativa, en estos casos, se pretende proteger con el argumento de que lo que realmente se hace es cumplir con el deber de abogado asesorando operaciones estrictamente financieras, sin participar de la trama delictiva. Obviamente, este argumento, aunque comprensible y aceptado durante mucho tiempo por los tribunales, ya no es asumible. Las mayores operaciones delictivas que afectan al ámbito económico financiero han sido diseñadas milimétricamente por expertos en derecho, o bien han sido disimuladas aprovechando las discrepancias o discordancias de las normas jurídicas vigentes en un país u otro. La creación de un sistema específico para situar fondos y depósitos deslocalizados en paraísos fiscales desde España fue el subsistema de las grandes fortunas españolas y de grandes empresas al ingresar en esos territorios sedes, sucursales, cuentas personales, etc., asesorados por la entidad bancaria matriz en España. Esta dinámica comisiva se ha puesto de manifiesto en el caso de BBV Privanza Bank, que se investigó a partir de la entrada y registro que practiqué en el BBVA el 26 de mayo de 2000, después de encontrar los apuntes a mano de una serie de personas, cuentas y un manual de operaciones financieras, al que ya me he referido en otra parte de esta obra. Como consecuencia de esas anotaciones y de la información que finalmente se obtuvo, se han seguido importantes causas penales por defraudación fiscal que han concluido con sentencias de conformidad o reconociendo la deuda y satisfaciéndola a la Hacienda española y, en algún caso, con la tramitación actual por delito fiscal.
En todos estos casos, han participado expertos contables, economistas, fiscalistas y abogados que han elaborado toda la ingeniería para proteger de eventuales descubrimientos y de las futuras indagaciones de la Fiscalía Anticorrupción y la Justicia de esos entramados construidos para llevar a cabo la elusión de las obligaciones fiscales de esos ciudadanos o empresas en España. Basta con observar varios de los casos en los que enormes fortunas como las de los antiguos directivos de BBV, alguna de los máximos responsables del Banco Santander; grandes empresarios; el propio extesorero del Partido Popular; varios miembros de la familia Pujol Ferrusola, con la «herencia» de Jordi Pujol, a la cabeza, u otros políticos, empresarios o financieros de los últimos treinta años en España, para afirmar que se han realizado bajo el asesoramiento de expertos legales.
Para prevenir estas conductas ilícitas, la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales de 2010 y su Reglamento de 2014, así como las normas del Consejo General de la Abogacía, establecen normas de obligado cumplimiento muy exigentes para los abogados que intervengan en este tipo de asuntos.
La definición en la Constitución (artículo 24 de la CE) y en los convenios internacionales (el Convenio Europeo de Derechos Humanos o la Declaración de Derechos Humanos de 1948, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos de 1966, la Convención Interamericana de Derechos Humanos, la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos, entre otros) del derecho de defensa es un logro de la humanidad y no debe ni puede restringirse. Salvo en muy contadas ocasiones, la libre elección de abogado defensor no puede estar limitada temporalmente, y cuando lo sea, debe garantizarse la asistencia letrada, por ejemplo en los casos de incomunicación o por terrorismo, y siempre con control judicial; incluso en estos casos esa limitación debe desaparecer, salvo en los supuestos en los que se traspasen los límites de la legalidad, porque en esos supuestos el abogado pasa a ser un miembro más de la organización.
Todos somos iguales ante la ley, pero las obligaciones que competen a unos colectivos o a otros, en función de la naturaleza de los asuntos que asuman, serán más o menos severas. Ya se ha examinado la corrupción judicial y hemos visto cómo los jueces pueden caer en las redes de la corrupción, y lo mismo ocurre con otros profesionales como los abogados y los notarios, que en muchas ocasiones, por su conocimiento de la ley, saben cómo actuar al margen de ella y que también muchas veces son reclamados para dar cobertura legal a prácticas que no lo son. Desde esta perspectiva, una reflexión se nos antoja inevitable: ¿es más reprochable que estos profesionales lleven a cabo prácticas corruptas? Debe tenerse en cuenta que estos profesionales, además de burlar la ley, vulneran la ética profesional.
Abogados
ABOGADOS
En este apartado abordaré aquellos casos en los que estos profesionales han obtenido beneficios del poder público. Sin duda el caso más escandaloso tuvo lugar en el Ayuntamiento de Marbella, a la sombra de la mayor trama de corrupción pública ocurrida en España. No en vano se considera a un abogado, José Luis Sierra, el ideólogo jurídico de toda la trama de corrupción.
Este abogado trabajaba para Jesús Gil desde la década de 1980. Ambos llegaron al Ayuntamiento de Marbella en 1991, tras lograr la mayoría absoluta en las elecciones municipales, y Sierra fue el hombre de confianza de Jesús Gil hasta 1999, año en que saltaría a la luz pública el primer caso de corrupción en el que ambos se verían implicados, el conocido como «caso de las camisetas». Jesús Gil resultó condenado a 24 años de inhabilitación y el letrado José Luis Sierra salió absuelto[1]. Sin embargo, en 2009 Sierra fue condenado por desviar 22 millones de euros de fondos públicos del Ayuntamiento de Marbella entre los años 1991 y 1995[2], en connivencia, entre otros, con Juan Antonio Roca (caso Saqueo I). José Luis Sierra perdió la confianza de Jesús Gil en el año 1999, lo que provocó su salida del ayuntamiento y la llegada del letrado José María del Nido en su lugar.
El caso de las minutas de Marbella
EL CASO DE LAS MINUTAS DE MARBELLA
Un letrado bien frondoso de mejillas, de aquellos que con barba negra y bigotes de buces traen la boca con sotana y manteo, estaba en una pieza atestada de cuerpos tan sin alma como el suyo. Revolvía menos los autores que las partes, tan preciado de rica librería, siendo idiota, que se puede decir que en los libros no sabe lo que se tiene. Había adquirido fama por lo sonoro de la voz, lo eficaz de los gestos, la inmensa corriente de las palabras en que anegaba a los otros abogados. No cabían en su estudio los litigantes de pie, cada uno en su proceso como en su palo, en aquel Peralvillo de las bolsas. Él salpicaba de leyes a todos[3].
FRANCISCO DE QUEVEDO
Tras la celebración del juicio, quedó probado que José María del Nido se enriqueció a costa del erario municipal marbellí en más de 2 700 000 euros mediante la presentación de minutas ficticias, con el beneplácito y el acuerdo de Julián Muñoz, quien alcanzó la alcaldía de Marbella tras la inhabilitación de Jesús Gil.
Ambos llevaron a cabo conductas de expolio de las arcas municipales, de tal forma que se pagaron sumas exorbitantes por actuaciones profesionales improcedentes o innecesarias de José María del Nido. Así, por ejemplo, por un contrato del 3 de julio de 2001 el abogado logró una retribución mensual de 48 000 euros. También se pasaban minutas a costa del erario público por trabajos no realizados. Incluso a la esposa de José María del Nido se le encomendó un asunto profesional por el que facturó al Ayuntamiento de Marbella la cantidad de 130 000 euros. Todo esto por trabajos que podían haber sido realizados por funcionarios cualificados con los que ya contaba el Ayuntamiento de Marbella.
Hasta tal punto José María del Nido ostentó una posición de poder en el ayuntamiento que llegó a utilizar en beneficio propio las dependencias municipales, daba órdenes a funcionarios y técnicos municipales e incluso visaba minutas de otros contratados o intermediaba en el reparto de materias entre los concejales. Tal actuación pone de manifiesto un desprecio por lo público en beneficio de su interés privado.
Si nos preguntamos por qué se llegó a esta situación, la respuesta es clara: se inutilizaron todos los posibles sistemas de control y fiscalización. En el Ayuntamiento de Marbella existía un absoluto descontrol del gasto municipal, así que no funcionaron los mecanismos de control del uso de fondos públicos. Pero ¿cómo se llegó a esto? Durante el gobierno de Jesús Gil, y por idea del abogado José Luis Sierra, se constituyó un entramado de sociedades municipales que dio lugar a una situación de opacidad y falta de transparencia absolutas. Con este sistema de sociedades municipalizadas, se buscaba huir de los mecanismos de control establecidos por el derecho, lo que derivó en un absoluto descontrol sobre el destino del dinero del ayuntamiento[4].
Así, por ejemplo, el interventor municipal planteó realizar un control de la actividad de dos de estas sociedades y, además de no permitírselo, se le abrió un expediente por deslealtad, suspendiéndole de empleo y sueldo mediante decreto dictado por Julián Muñoz. En definitiva, se inutilizaron los mecanismos de fiscalización y control y, como en todos los casos de corrupción se confunden los intereses generales con los propios, se utilizaron las instituciones públicas no en interés de todos, sino en interés de unos pocos.
Resulta obligatorio recordar aquí que, tras su condena, José María del Nido promovió una petición de indulto que resultó respaldada por la mayoría del mundo del fútbol[5]. Firmaron a favor del indulto veintinueve de los cuarenta presidentes de la primera y la segunda divisiones, el presidente de la Federación Española de Fútbol y el presidente de la Liga de Fútbol Profesional. ¿Cómo es posible que se respalde una petición de indulto de alguien que se ha enriquecido a costa del dinero público y que representa lo contrario al fair play?
En la actualidad, José María del Nido está pendiente de un nuevo juicio también derivado de su actuación en el Ayuntamiento de Marbella, el caso Fergocon[6]. La fiscalía solicita once años de prisión por una supuesta obtención ilegítima de dinero público. En este caso también están acusados dos hermanos de José María del Nido, que estaban al frente de la sociedad Fergocon. El fiscal estima que esta sociedad fue constituida para canalizar el traspaso de bienes de propiedad municipal en favor de la familia Del Nido y de Julián Muñoz, por medio de la adjudicación de obras realizadas sin conocimiento ni autorización del pleno o de la comisión.
Si resulta condenado por este caso de corrupción, ¿asistiremos a una nueva petición de indulto?
El caso Funeraria
EL CASO FUNERARIA
Don falso abogado predicador, que de ambas las partes llevastes salario, véngasevos miente cómo sin temor volvistes la foja por otro contrario[7].
ANÓNIMO
Si en el caso anterior examinábamos la manera de hacerse con dinero público, en éste, el caso Funeraria, no se lleva a cabo materialmente ninguna sustracción de caudales públicos, pero sí que se beneficia a un particular mediante la adjudicación de una empresa pública. El caso Funeraria constituyó el mayor escándalo de corrupción ocurrido durante el mandato de José María Álvarez del Manzano al frente del Ayuntamiento de Madrid (1989-2003).
Los hechos fueron los siguientes. El que entonces era primer teniente de alcalde del ayuntamiento, Luis María Huete, tenía un asesor de su confianza, el abogado José Ignacio Rodrigo Fernández, que le asesoraba, entre otras cuestiones, sobre asuntos públicos. El caso se inició en 1992, cuando Luis María Huete decidió iniciar los trámites para privatizar parcialmente la Empresa de Servicios Funerarios de Madrid. El ayuntamiento había adquirido la sociedad siete años antes. El señor Simón Viñals, concejal de Sanidad en aquel entonces, pidió a las juntas de distrito el cierre del resto de las funerarias privadas para así obtener el monopolio en el sector. A pesar de la falta de competencia en el sector, la empresa sufría enormes pérdidas y, por si fuera poco, tenía una deuda de 2274 millones de pesetas con el ayuntamiento. Antonio Moreno, exconcejal de Personal y Régimen Interior, se encargó de la organización del concurso para volver a privatizar la empresa, y Luis María Huete llevó a cabo la privatización y adjudicación de esta empresa municipal en exclusivo beneficio de José Ignacio Rodrigo Fernández, que, por el módico precio de 100 pesetas (unos 0,60 euros), logró hacerse con el 49 por ciento de la empresa municipal. El precio que tendría que haber pagado, en atención al valor que tenía la empresa municipal, era de 1236 millones de pesetas. Tan sólo unas semanas después de la privatización parcial, Huete propuso la condonación de la deuda que mantenía con el ayuntamiento, pues supuestamente la empresa estaba en quiebra. Tan sólo un par de años después, la empresa gozaba de unos beneficios de 6 millones.
El proceso judicial se dilató durante quince años, pero finalmente se les condenó como autores de un delito de prevaricación («tan grave desaguisado, descaradamente favorecía a una entidad privada sin motivo o justificación»[8]). Luis María Huete (PP) lo «pudo haber evitado y no lo evitó». Por eso, lo condenó a dos años y un día de inhabilitación para ocupar cargo público. Pero la condena llegó algo tarde, pues Huete tiene setenta y nueve años y lleva cinco apartado de la política. La sentencia absolvió al resto de los nueve imputados, entre ellos a Simón Viñals y Antonio Moreno.
Joan Piqué i Vidal
JOAN PIQUÉ I VIDAL
Cuando pasan lista en el Senado, los senadores no saben si contestar «presente» o «inocente».
THEODORE ROOSEVELT
No son nuevas las noticias de corruptelas que rodean a los abogados y consejeros de los Pujol. Es decir, «se sabía», era vox populi, que con el govern de Pujol existía una total impunidad que ha llenado los bolsillos de la familia y de unos cuantos más. Los abogados de Jordi Pujol fueron los que idearon los entresijos que han hecho rico a su hijo, es decir, los que dieron vida a la empresa de su hijo que investiga el juez Ruz. La principal empresa de Jordi Pujol Ferrusola, Iniciatives Marketing i Inversions S. A., fue creada por testaferros, entre quienes encontramos a Joan Piqué i Vidal, uno de los defensores del caso Banca Catalana.
Las actuaciones de Joan Piqué no se limitaron al asesoramiento de la familia Pujol, sino que podemos encontrarle al lado del financiero o estafador Javier de la Rosa, cerca del juez extorsionador Luis Pascual Estevill, en la defensa de Prenafeta, Planasdemunt y Casino, en casos como el de Millet y un largo etcétera.
Piqué i Vidal fue encarcelado en septiembre de 2006 para cumplir una condena de siete años por el caso Estevill (analizado en el anterior capítulo) de sobornos a empresarios, a los que el abogado y el juez Luis Pascual Estevill exigieron dinero a cambio de no encarcelarlos o de acordar su libertad.
Joan Piqué i Vidal acabó con sus huesos en la cárcel tras una carrera trufada de estafas, chanchullos, una estrecha relación con corruptos y una absoluta falta de escrúpulos. Pero ¿cómo se logra evadir la justicia cuando las acciones ilegales son tantas, tan variadas y tan públicas? Quizá responder a esta cuestión ayudaría a entender la idiosincrasia del funcionamiento de las élites en España. Quizá ayudaría a entender mejor la política catalana de los últimos cuarenta años. El filósofo Reyes Mate dice a este respecto: «De Estevill lo que desasosiega no es que prevaricara tanto, sino que nadie de los que debieran hacerlo dijera basta cuando era un clamor la existencia de un juez corrupto»[9].
Joan Piqué llevaba a cabo sus actividades delictivas, como la participación en la trama de extorsión de Pascual Estevill, mientras daba lecciones de ética en su puesto de profesor de derecho procesal en la Universidad de Barcelona o frecuentaba a la élite catalana de la política y los negocios[10]. Su paso por la cárcel no lo ha estigmatizado, sino que a los ochenta y tres años está relanzando su bufete Piqué y Abogados, del que nunca ha dejado de ser accionista.
El caso Ballena Blanca
EL CASO BALLENA BLANCA
Si alguna vez ve saltar por la ventana a un banquero suizo, salte detrás. Seguro que hay algo que ganar.
VOLTAIRE
La operación que dio inicio al caso se llevó a cabo en 2005, contra una extensa red de blanqueo de capitales con ramales en Estados Unidos, Canadá, Rusia, Turquía, Argelia, Irán y Marruecos. El despacho profesional de abogados de Fernando del Valle de Marbella actuaba como el centro neurálgico de la red. En él se canalizaban inversiones millonarias al parecer procedentes de grupos relacionados con el crimen organizado, dedicados al narcotráfico, tráfico de armas, prostitución, secuestros, ajustes de cuentas, homicidios y estafas. La red, con la que presuntamente colaboraban tres notarías, estaba compuesta por más de mil sociedades con sede en Gibraltar, Isla de Man, Panamá e Islas Vírgenes Británicas, que invertían preferentemente en el sector inmobiliario de la Costa del Sol. El valor de los bienes incautados en España fue de unos 250 millones de euros. Fueron detenidas unas cincuenta personas de distintas nacionalidades.
La investigación judicial se saldó con diecinueve procesados, y finalmente la Audiencia de Málaga condenó a solo cinco de los imputados. El Tribunal Supremo, sin embargo, dejó reducida a la mínima expresión la sentencia de la Audiencia de Málaga, alegando que la suma que el abogado defraudó a Hacienda es inferior a la cantidad que le atribuyó la Audiencia, dejando un solo condenado con una pena que pueda llevarle efectivamente a la cárcel, el letrado Fernando del Valle, finalmente condenado a cinco años y seis meses de prisión. Los otros cuatro condenados tienen penas inferiores a los dos años, por lo que no irán a la cárcel si carecen de antecedentes penales[11]. A raíz de la condena, el abogado Fernando del Valle ingresó en la prisión de Alhaurín de la Torre y presentó un recurso de amparo al Tribunal Constitucional[12].
El caso Murcia
EL CASO MURCIA
Desafortunadamente los casos de corrupción no cesan, como tampoco deben hacerlo su denuncia y persecución. La presunción de inocencia ampara a todos, pero cuando la agresión afecta a menores se vuelve especialmente despreciable. ¿Qué se puede decir cuando el profesional que debe garantizar la defensa y protección de las personas atropella sin miramientos los derechos de una menor, utilizándola para su disfrute personal como si de un objeto se tratara? El 22 de enero de 2015, los periódicos daban la noticia del arresto por parte de la policía de 29 personas en la región de Murcia acusadas de formar parte de una red que prostituía a niñas, una «mercancía» con la que ganaban más que con mujeres de más edad.
A las niñas les prometían 50 euros a cambio de dar masajes a hombres mayores. Nada más. La realidad era otra. Eran niñas, sobre todo latinoamericanas, captadas en discotecas de la capital. Los proxenetas cobraban 200 euros por el «uso» de las criaturas, doce adolescentes, ocho de ellas de nacionalidad boliviana, paraguaya y ecuatoriana y cuatro españolas, que fueron liberadas de la red.
La acusación para los catorce detenidos presuntos miembros de la trama mafiosa que captaba a las niñas fue de corrupción de menores y delito relacionado con prostitución; delitos que también se imputaron a quince clientes que habían pedido menores de edad o que se acostaron con ellas sabiendo que lo eran. En sus teléfonos incautados por la policía guardaban fotos de las menores y pruebas de sus tratos con los proxenetas.
Entre los clientes figuraban cuatro abogados. Es decir, profesionales dotados de un código ético por el que se comprometen a hacer valer la ley. ¿Recordaron la ley cuando cerraron ese «contrato» abominable? ¿Pasó por sus mentes que las niñas a las que estaban atropellando tenían derechos? Indudablemente borraron el concepto de víctimas de su ideario. Con esa falta de vergüenza y esa ausencia de moral, perpetraron el delito.
¿Qué dirá el Ilustre Colegio de Abogados de Murcia? ¿Analizará este asunto el Consejo General de la Abogacía? Deberían hacerlo, porque si no exigimos respeto por la legalidad, la ética y los valores en las personas que desempeñan estas funciones, vitales para la sociedad, de velar por la justicia, la corrupción tiene una vez más vía libre. Esperemos que esta vez el corporativismo no tape la vergüenza del sufrimiento infligido a unas inocentes.
Notarios
NOTARIOS
Un hombre de Estado es el que pasa la mitad de su vida haciendo leyes, y la otra mitad ayudando a sus amigos a no cumplirlas[13].
NOEL CLARASÓ
Si hay un sector que en nuestro país ha albergado la corrupción, como ya se ha visto, ha sido el urbanístico, y para entender este fenómeno resultan esclarecedores los datos publicados por el diario El Mundo en el año 2006[14]. De acuerdo con esta información, sólo en 2005 se construyeron en España ochocientas mil viviendas; en diez años (1995-2005) la superficie edificada en nuestro país aumentó en un 40 por ciento; los planes aprobados para 2006 preveían la construcción de un millón y medio de viviendas y más de trescientos campos de golf; entre el 35 y el 40 por ciento del presupuesto de los ayuntamientos procedía del sector urbanístico, y un tercio de los billetes de 500 euros de la Unión Europea circulaban por territorio español.
Esta situación se tradujo en lo que todos hemos conocido: cifras récord de compra y venta de inmuebles, hipotecas a bajo interés que financiaban no sólo la compra de la vivienda, sino también su reforma, los muebles y el coche, y la búsqueda y captura de suelos rústicos para lograr su recalificación. Sin duda, esa burbuja que se materializó en un urbanismo salvaje ha alentado las tramas de corrupción.
En este caldo de cultivo actuaron los notarios. Estos profesionales, en su calidad de fedatarios públicos, dan testimonio de los hechos, actos o negocios en los que intervienen y de las personas que los hacen, y velan también por la legalidad del acto o negocio jurídico.
Lo cierto es que aunque existen casos de notarios implicados en tramas de corrupción urbanística, como ha ocurrido en las localidades de Lorca (Murcia[15]) y Ciempozuelos (Madrid[16]), podemos decir que se trata de casos excepcionales.
Lo que nos ha enseñado la situación vivida es que podemos exigir y reclamar un papel más activo de estos profesionales en la vigilancia de la legalidad, a efectos no sólo de controlar las tramas de corrupción urbanística, sino también de evitar las pequeñas corruptelas que actúan en perjuicio de los ciudadanos (pensemos, por ejemplo, en la imposición del notario por la entidad bancaria). De ahí que, como propone el Consejo General del Notariado, debamos exigir que los notarios se aseguren de que los intervinientes no firman ningún documento que no entiendan, que no permitan fijar un precio inferior al real ni abonar cantidades no documentadas, la posibilidad de analizar las escrituras públicas con carácter previo a su firma, la posibilidad de elegir notario y reclamar un mayor control de la legalidad, por ejemplo, prestando más atención a los tipos de interés «suelo» y «techo»[17].
La información que se publica sobre los abogados, los notarios y demás actores de la Justicia, los conflictos y las denuncias deontológicas y sanciones que se presentan contra ellos, es casi nula. Siendo cierto que el abogado tiene libertad en su actividad profesional, no debe entrar en el «todo vale». Es una actividad corporativa y cada letrado debe ejercer una cierta lealtad hacia su profesión. Según establece el Código Deontológico de la Abogacía Española en su preámbulo, son principios fundamentales de la profesión la independencia, la dignidad, la integridad, el servicio, el secreto profesional y la libertad de defensa. Junto con ellos, la honradez, probidad, rectitud, lealtad, diligencia y veracidad son virtudes que deberían apreciarse en el actuar de los letrados.