[1] F. Franco Salgado-Araujo, Mis conversaciones privadas con Franco, Planeta, Barcelona, 1976; Francisco Javier Conde, Escritos y fragmentos políticos, Instituto de Estudios Políticos, Madrid, 1974. <<

[2] Sobre esta cuestión, cf. José A. Ferrer Benimeli, El contubernio judeo-masónico-comunista, Istmo, Madrid, 1982. <<

[3] Vicente Verdú, «Psicoanálisis de Franco. Entrevista de Castilla del Pino», Cuadernos para el Diálogo, núm. 186 (20-26 noviembre 1976), Madrid, pp. 32-37; Amando de Miguel, Franco, Franco, Franco, Ed. 99, Madrid, 1976, pp. 47-48. <<

[4] Ricardo de la Cierva, Historia del Franquismo, Planeta, Barcelona, 1975, pp. 102-104. <<

[5] La reedición de 1981 es, a excepción de la portada, una fotocomposición del libro de 1952. Sobre la autoría de Franco, parece ser que los artículos de J. Boor eran guiones elaborados por Ernesto Jiménez Caballero a petición de Franco, quien, después, los desarrollaba a su gusto con la colaboración de Carrero Blanco. <<

[6] Sobre el asunto del duque de Wharton, cf. José A. Ferrer Benimeli, Masonería, Iglesia e Ilustración, Fundación Universitaria Española, Madrid, 1976, vol. I, pp. 81-98. <<

[7] Sobre esta cuestión, cf. R. Olaechea, y J. A. Ferrer Benimeli, El conde de Aranda. Mito y realidad de un político aragonés, Librería General-Colección Aragón, Zaragoza, 1978, 2 vols. <<

[8] J. Boor, Masonería, Gráficas Valera, Madrid, 1952, p. 10; Francisco Franco Bahamonde (J. Boor), Masonería, Fundación Nacional Francisco Franco, Madrid, 1981, p. 10. <<

[9] Manuel Vázquez Montalbán, Los demonios familiares de Franco, Dopesa, Barcelona, 1978, pp. 46-47; Rogelio Baón, La cara humana de un caudillo, Madrid, 1976. En el texto se utiliza la grafía de Jacking, cuando lo correcto es Jakin. <<

[10] Boletín Oficial del Estado, 2 de marzo de 1940, pp. 1527-1539: Ley de l.º de marzo de 1940 sobre represión de la masonería y comunismo. <<

[11] Boor, op. cit., pp. 219-220: «Acciones asesinas». Corresponde al artículo publicado en Arriba el 16 de julio de 1950. Algunos otros títulos pueden ser significativos: «Conspiraciones masónicas», «Enemigos eternos», «Crímenes de las logias», «Maquinaciones bélicas», «Conspiraciones antiespañolas», «Las grandes conjuras», «Maniobras masónicas», «Infiltración masónica», «La masonería contra el ejército»… <<

[12] Cf. Luis Ramírez, Franco: Historia de un mesianismo, Ruedo Ibérico, París. <<

[13] Arriba, 14 de diciembre de 1946; Boor, op. cit., p. 13. <<

[14] Boor, op. cit., p. 12. <<

[15] En realidad empezó bastante antes, como tendremos ocasión de constatar. <<

[16] Rafael Abella, Por el imperio hacia Dios. Crónica de una posguerra, Barcelona, 1978, pp. 220-221. <<

[17] Esto es falso, pues fue en 1728. <<

[18] Sobre Ramón Franco y la masonería, cf. J. A. Ferrer Benimeli, Prólogo a La Masonería en Córdoba, Córdoba, 1984. <<

[19] J. A. Ferrer Benimeli, «Lo que no se ha dicho del general Aranda. Un ejemplo de represión masónica», en Tiempo de Historia, V, núm. 53 (abril 1979), Madrid, pp. 33-49. <<

[20] J. A. Ferrer Benimeli, La Masonería en Aragón, Librería General-Colección Aragón, Zaragoza, 1979, 3 vols. <<

[21] J. A. Ferrer Benimeli, «La masonería y la Constitución de 1931», en Cuadernos de Investigación Histórica, núm. 5 (1981), Madrid, pp. 217-274. <<

[22] Franco Salgado-Araujo, op. cit., passim. <<

[23] Ibidem, p. 239. <<

[24] Ibidem, p. 152. Cf. también J. A. Ferrer Benimeli, «Militares Masones en Canarias», en Actas del VI Coloquio de Historia Canario-Americana, Las Palmas, 1-5 octubre 1984. <<

[25] Sobre esta cuestión, cf. J. A. Ferrer Benimeli, «Franco contra la Masonería», en Historia 16, núm. 15 (julio 1977), Madrid, pp. 37-51; José Catalán Deus, «Franco quiso ser masón», en Reporter, I (31 mayo-6 junio 1977), Madrid, p. 34; José María Huertas Clavería, «¿Quiso entrar Franco en la masonería?», en Opinión, núm. 30 (30 abril-6 mayo 1977), Madrid, pp. 65-72. <<

[26] Carrero Blanco, Discursos y escritos, 1943-1973, Instituto de Estudios Políticos, Madrid, 1974. <<

[27] Cf. el texto de la proposición en J. A. Ferrer Benimeli, Masonería contemporánea española, Siglo XXI, Madrid, 1980, vol. II, p. 231; V. M. Arbeloa, «La Masonería y la legislación de la II República», en Revista Española de Derecho Canónico, núm. 108 (septiembre-diciembre 1982), Madrid, p. 386. <<

[28] Gil Robles ya se había manifestado claramente sobre la cuestión cuando intervino en el Congreso a raíz de la propuesta de Cano López (15-11-1935) de que ningún miembro de las fuerzas armadas pudiera pertenecer a la masonería. J. M.ª Gil Robles, Discursos parlamentarios, Taurus, Madrid, 1971, p. 415. <<

[29] Guillermo Cabanellas, La guerra de los mil días, Heliasta, Buenos Aires, 1975, vol. I, p. 274. <<

[30] El decreto que lleva las firmas del presidente de la República, Niceto Alcalá Zamora, y del ministro de la Guerra, José M.ª Gil Robles, está fechado el 17 de mayo de 1933. Cf. Gaceta de Madrid, núm. 139 (19 mayo de 1935). <<

[31] Federico Bravo Morata, La República y el ejército, Fenicia, Madrid, 1978, pp. 102-103. <<

[32] El general Fanjul se sublevó en Madrid, en el cuartel de la Montaña, contra el gobierno republicano el 19 de julio de 1936. El general Mola lo hizo en Pamplona el 18 de julio como director del alzamiento en toda España. Moriría en accidente de aviación el 6 de junio de 1937. El general Goded se sublevó contra el gobierno republicano el 19 de julio en Baleares. Habiendo pasado a Barcelona para hacerse cargo del mando de la división, vencidos los rebeldes, fue juzgado y ejecutado. El general Espinosa de los Monteros, apenas iniciado el alzamiento, se pasó de las líneas gubernamentales a las sublevadas, poniéndose a disposición de Franco. <<

[33] Sobre esta cuestión, cf. Ferrer Benimeli, Masonería contemporánea española, op. cit., vol. II, pp. 137-138. <<

[34] En algunos casos, como en Zaragoza, el capitán general, Cabanellas, que era masón, se puso, sin embargo, al lado de Franco, y no dudó en ordenar la prisión del enviado especial del gobierno republicano, general Nuñez del Prado, también masón, quien poco después trasladado a Navarra era fusilado por orden de Mola. <<

[35] Sobre el general Dolla, cf. Ferrer Benimeli, Militares masones en Canarias, op. cit. <<

[36] En el artículo 2.º se decía: «El cobro y pago de cotizaciones en favor de dichas asociaciones serán considerados como crimen de rebelión, sin perjuicio de la multa de 5000 ptas. que puede ser además impuesta por la Junta de Defensa Nacional». <<

[37] La Chaîne d’Union, IV (abril 1939), París, pp. 354-355. <<

[38] Sobre este tema, cf. Ferrer Benimeli, El contubernio judeo-masónico-comunista, op. cit., pp. 213-272. <<

[39] Ferrer Benimeli, Masonería contemporánea española, op. cit., vol. II, p. 142. <<

[40] Ferrer Benimeli, El contubernio judeo-masónico-comunista, op. cit., pp. 147-150. <<

[41] Ibidem, pp. 282-287. <<

[42] Todos ellos «fallecieron» de «fractura de cráneo y hemorragia interna», según consta en los libros de registro de defunciones del archivo de los juzgados de Zaragoza. Sobre esta cuestión, cf. Ferrer Benimeli, La Masonería en Aragón, op. cit., vol. III, pp. 117-142. <<

[43] En total fueron un centenar los fusilados bajo la acusación de pertenecer a la masonería, cuando en realidad, en 1936, sólo había cinco masones en Huesca. Ibidem. <<

[44] Ibidem, vol. II, pp. 117-194. <<

[45] Sobre la vinculación masónica de Queipo y Cabanellas, cf. Ferrer Benimeli, Prólogo a La Masonería en Córdoba, Córdoba, 1984, y La Masonería en Aragón, op. cit., vol. II, pp. 48-50. <<

[46] Cf. el texto completo en Ferrer Benimeli, Masonería española contemporánea, op. cit., vol. II, p. 237. Un extracto de este manifiesto se publicó en el periódico Nueva España, de Oviedo, el 18 de febrero de 1937, acompañado del siguiente recuadro: «El cliché que publicamos hoy, lector, es la reproducción de un suelto publicado en El Diluvio, de Barcelona, con fecha 8 de enero del corriente año». Y concluía así: «Todos los masones de la tierra prestan su asistencia a las hordas rusas en España. Todos unidos con lazos indisolubles a la causa soviética. La masonería siempre en vanguardia de los movimientos divisionistas». <<

[47] «Como la pureza de nuestras intenciones nos impide el yugular aquellas conquistas que representan un avance en el mejoramiento político-social y el espíritu de odio y venganza no tiene albergue en nuestro pecho, del forzoso naufragio que sufrirán algunos ensayos legislativos sabremos salvar cuantos sean compatibles con la paz interior de España y su anhelada grandeza, haciendo realidad en nuestra patria, por primera vez y por este orden, la trilogía Fraternidad, Libertad e Igualdad». Proclamada desde Santa Cruz de Tenerife, 18 de julio de 1936, citada por Manuel Vázquez Montalbán, Los demonios familiares de Franco, Dopesa, Barcelona, 1978, pp. 80-81. <<

[48] Pedro Sainz Rodríguez, Testimonios y recuerdos, Planeta, Barcelona, 1978, p. 331; D. Sueiro, y B. Díaz Nosty, «La Conjura masónica», en Historia del Franquismo, t. 1, fase. 7, Sedmay, Madrid, 1980, p. 139. <<

[49] Boletín Oficial del Estado, 2 de mayo de 1940, pp. 1537-1539. <<

[50] Aquí, aunque no se explícita, había una sola excepción, la del propio Francisco Franco, quien por lo visto se había olvidado que su hermano Ramón había sido masón desde que ingresó en París, en 1931, en la logia Plus Ultra durante su breve exilio a raíz del fracasado levantamiento de Cuatro Vientos. <<

[51] A los efectos de esta ley se consideraban comunistas «los inductores, dirigentes y activos colaboradores de la tarea o propaganda soviética, trotskistas, anarquistas o similares». <<

[52] El 30 de marzo de 1940 se dio una orden dictando normas para la aplicación del artícuo 7.º de la ley de 1 de marzo sobre represión de la masonería. <<

[53] El decreto sobre supresión del Tribunal de Represión de la Masonería y Comunismo está fechado en Madrid el 8 de febrero de 1964. <<

[54] Franco Salgado-Araujo, op. cit., p. 380. <<

[55] Identificación que se planteó, en cierto sentido, incluso en el terreno jurídico, ya que los delitos atribuidos mano a mano a masones y comunistas por la legislación española desde la ley de 1 de marzo de 1940 hasta la creación del Tribunal de Orden Público (TOP) en 1963 quedaron singularizados «por la tendencia en mayor o menor gravedad a subvertir los principios básicos del Estado, perturbar el orden público o sembrar la zozobra en la conciencia nacional». Sobre la cuestión comunismo y masonería, cf. Ferrer Benimeli, El contubernio judeo-masónico-comunista, op. cit., pp. 212-222. <<

[56] Los masones españoles, en 1936, según las propias estadísticas masónicas, apenas llegaban a los 5000. Sin embargo, son unos 80 000 los expedientes personales sobre masones o presuntos masones existentes en el archivo de Salamanca, fruto de una época en la que la condición de masón era fácilmente atribuible a cualquier persona a quien se quisiera perjudicar o desprestigiar. <<