7. De «chuches» y responsabilidades

Siguiendo con lo dicho en el capítulo anterior, en el caso concreto de los menores los primeros responsables de la ilegalidad que supone el botellón son sus padres; después también las instituciones y autoridades, de acuerdo siempre con la Ley de Protección de Menores, que, en España —y no es gratuito el recordarlo—, afecta a todos los menores de dieciocho años. En esencia, esta Ley recoge que cualquier persona o autoridad que detecte una situación de riesgo para un menor, como es la del consumo de alcohol, tiene la obligación de ponerlo en conocimiento de la autoridad competente. O sea, que autoridades, personas, instituciones, profesionales, etc., están obligados a proteger al menor. Pero, insisto, nos encontramos aquí ante un tema de hipocresía social; es hipócrita el Estado, que ingresa en sus arcas muchos millones a costa del alcohol, hipócritas las autoridades que deben velar por la Ley de Protección del Menor en interés del menor, hipócritas los comerciantes del alcohol, hipócritas los políticos que dan las licencias de apertura a supuestas tiendas de las llamadas «chuches» cuando es alcohol lo que venden… En definitiva, se trata de un negocio muy bien montado y muy beneficioso económicamente para el país, algo que, desgraciadamente, supone un escollo casi insalvable para cualquier ley que se haga al respecto.

Como vengo señalando, el alcohol, en efecto, es una droga, pero es que el problema surge porque España es el tercer productor. Hasta algún presidente de alguna Comunidad Autónoma se ha permitido el derecho de decir que el alcohol en general está mal, menos el vino que es un alimento. Así, cuando a uno le pare la Guardia Civil, lo único que tiene que decir es que se ha hartado de comer vino… ¿Hasta dónde llega la hipocresía? Aunque no se llegase acuerdo de que el alcohol es una droga, por lo menos sí sería fácil decir que es una sustancia peligrosa para un menor. Ya lo decía Platón «Sería necesario que se publicara una Ley que prohibiera beber vino a los menores de dieciocho años y se recomendara beberlo con mesura a los menores de treinta», luego llevamos muchos años hablando de lo mismo.

Además del problema del alcohol, está el del juego. Para hacerse una idea, en Granada, ahora mismo, el 4% de chavales menores de 18 años están declarados ludópatas. Hace veinte días se publicó el plan de drogas en el que ya se recoge el juego como tal, lo que significa que esos menores son considerados drogadictos como consecuencia del juego. Por ejemplo, yo tengo un menor internado por quince atracos que tiene el problema fundamental de la ludopatía. Este menor tenía debilidad por los repartidores de pizza, aunque de ellos fuera a obtener poco, pero les atracaba porque así tenía monedas para jugar a las máquinas tragaperras.

Tenemos una Ley del Juego que divide las máquinas en tres tipos; A, B y C. La A no te da sino partida gratis. La B se subdivide en B1 (que puede dar hasta 20 veces la partida) y B2 (que da otras tantas) y la C ya es de casino. La C puede estar sólo en casinos o salones donde se prohíba la entrada a menores de 18 años, pero la B1 puede estar en un bar siempre y cuando esté acompañada de una A y claro, en el bar entra todo el que quiera y el dueño que debería controlar quien juega no lo hace porque se beneficia de ello. Además, la máquina te da 20 veces lo jugado, lo que resulta atractivo.

Basta con poner la televisión: la primitiva, la bonoloto, el cuponazo, los sorteos de los productos que se compran… Todo eso va rodeando al menor de la idea del juego.

Aquí la Ley no es clara, porque dice que el menor tiene que dar su consentimiento, y un menor con un problema de este tipo no está en condiciones para ello. Según la Ley, si el menor no da su consentimiento el juez tendrá que buscar una medida más adecuada para él, y eso pasa por, junto a la ayuda del fiscal, condenarlo a que mientras sea menor de edad se «cure» obligatoriamente. Para ello se le priva de libertad, aunque los psicólogos no creen que eso dé resultados, porque sin voluntariedad no se cura la drogadicción; pero la voluntariedad en este caso esta viciada. Habrá que privarle de libertad y obtener poco a poco la voluntariedad mediante un chantaje judicial o, como dicen los compañeros, «reforzamiento coercitivo».

A estos chavales que cometen hechos delictivos graves hay que privarles de libertad para solucionarles el problema que tienen. Pero hay que tener siempre en cuenta que la medida privativa de libertad no es el fin sino el principio, porque se les interna con la finalidad de devolverlo a la sociedad cuanto antes. De ahí que la posibilidad que contempla la Ley es la de modificación de medida. El interés del menor privado de libertad es resolver el problema que tenga, y una vez curado eso hay que dejarlo actuar en sociedad para comprobar que no la altere. Por eso, la Ley contempla siempre un posterior periodo de libertad vigilada.