[1] En la comunicación «El Ministerio de Justicia en la España nacional», de Ignacio Berdugo, Josefina Cuesta, María Dolores de la Calle y Mónica Lanero, dentro de las actas de Justicia en Guerra, pág. 253, se cita la obra de Scampa Irueste, F.: El delito de rebelión, de 1945, en la que hay una alusión a la Memoria del fiscal jurídico-militar del Ejército de Ocupación de 1939. Se trata de la única referencia que he logrado localizar sobre la Memoria de Acedo Colunga. El documento en cuestión, sin catalogar, se encuentra en el Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla. <<

[2] Fue tal la obsesión por la legitimidad que el 21 de diciembre de 1938 el ministro del Interior, Serrano Suñer, creó una comisión que debía demostrar que «los órganos y las personas que en 18 de julio de 1936 detentaban el poder, adolecían de tales vicios de ilegitimidad en sus títulos y en el ejercicio del mismo, que, al alzarse contra ellos el Ejército y el pueblo, no realizaron ningún acto de rebelión contra la Autoridad ni contra la Ley». Véase Agúndez Fernández, Antonio: «El poder judicial y los jueces en la guerra civil de 1936-1939. Aproximación histórica», en Justicia en Guerra, pp. 407 y ss. <<

[3] Más tarde sería el autor de José Calvo Sotelo (La verdad de una muerte), AHR, Barcelona, 1957. <<