Capítulo 11: La alimentación

1. La complejidad del sistema y las dificultades del suministro

1. La complejidad del sistema y las dificultades del suministro

Una de las ideas preconcebidas que se han difundido sobre el Valle, ha sido la de la pésima alimentación que recibían los penados, llegándose a publicar que un número indeterminado de ellos murieron a consecuencia de ello. Ante todo, debemos establecer que no existía ninguna diferencia entre la alimentación de libres y penados como se desprende del hecho de que las empresas entregaran relación de sus obreros sin especificar su condición, para recibir un número exacto de «raciones». Veremos una parte de la documentación examinada, al respecto. Por otra parte, se comprueba que los víveres para los trabajadores de Cuelgamuros llegaban hasta allí a través de la colaboración entre distintos organismos oficiales y el Consejo de las Obras, que se compromete a colaborar con los empresarios, facilitándoles, en lo posible, la compra de víveres para sus trabajadores, ya que eran las contratas, en última instancia, quienes tenían la obligación de alimentarles.

El 20 de febrero de 1942, el Director Técnico de Consumo y Racionamiento (del Ministerio de Industria y Comercio), comunica al Consejero Gerente de las Obras del Monumento a los Caídos que se ponen a disposición de ese Consejo las cantidades y artículos que se relacionan:

Aceite: 459 Kg.

Alubias: 500 Kg.

Arroz: 500 Kg[873]

El 25 de febrero, el Comisario de Recursos de la Primera Zona se dirige al Consejo para comunicarle que ordenaba al Servicio Nacional del Trigo de Toledo pusiera a su disposición 500 Kg de alubias. Tres días más tarde le comunica la entrega de 2000 Kg de patatas.

El 10 de marzo, el Consejo de las Obras se dirige al Ilustrísimo Señor Comisario de Abastecimientos y Transportes, solicitando pan —o harina para hacerlo— y acusa, en el mismo escrito, recibo de los oficios en los que se cursaban órdenes para que se recibieran los siguientes víveres:

Patatas: 2000 Kg.

Alubias: 500 Kg.

Arroz: 500 Kg.

Aceite: 450 Kg[874]

La dificultad para el aprovisionamiento queda patente en la documentación relativa a los primeros años de las obras. Debe tenerse en cuenta que eran los tiempos de la posguerra y las cartillas de racionamiento.

El 22 de enero de aquel año (1942) la Comisaría General de Abastecimientos había participado al Consejero Gerente que se interesan las órdenes oportunas a fin de que facilitarle una cartilla colectiva para los 300 obreros que trabajan en el Valle ya que era requisito indispensable para poder asignar víveres, asegurándole que tan pronto como sea concedida se les asignará el cupo correspondiente[875].

El 12 de mayo, el mismo organismo, notifica a don Antonio de Mesa, del Consejo de las Obras, la asignación a dicho Consejo de 6000 Kg de alubias con destino a los obreros […]

El 26 de octubre de 1943, el Jefe de Destacamento Penal de Cuelgamuros participa al Director General de Prisiones el racionamiento para ese día para aquel Destacamento, por lo que sabemos, con precisión, en qué consistía la ración de cada trabajador, englobando, naturalmente, a libres y penados, que en aquel momento, por cierto, eran mayoría:

Pan: 400 gr.

Puré de legumbres: 150 gr.

Sardinas prensadas: 112 gr.

Aceite: 30 ml[876]

Se queja en este mismo telegrama, el Jefe de Destacamento, de que la alimentación es insuficiente por no existir economato de la empresa con víveres asequibles[877].

Las dificultades eran evidentes y el COMNC iba a buscar los víveres a donde fuera necesario. Resulta llamativo ver como celebran los responsables de las obras el descubrir existencias en cualquier parte, lo que demuestra que, en aquellos momentos, no podían contar con proveedores fijos.

En septiembre de 1944, el responsable del Destacamento Penal de Cuelgamuros, Segundo Garrido, se dirige al Consejero Gerente del COMNC, Antonio de Mesa, para comunicarle que tiene ya resuelto todo lo necesario para el transporte de víveres desde Valencia con destino al Valle, a expensas, solamente, de recibir autorización del Gobernador Civil, Jefe de Abastecimientos:

Don Antonio de Mesa

Consejero Gerente del Consejo de las Obras

del Monumento Nacional a los Caídos

22 de septiembre de 1944

Muy Sr. mío

Recibo su atta. carta de fecha de 19 del corriente a la que contesto para manifestarle que con relación al suministro especial de víveres que le interesaba en mi anterior del día 15 solamente se necesita autorización del Sr. Gobernador Civil de la Provincia [Valencia] de donde han de ser extraídos por tener la cosecha intervenida pues en cuanto a guía y medios de transporte para los mismos lo tengo solucionado en espera del referido permiso expedido por la citada autoridad.

Si esto le es posible a Vd tan pronto reciba sus gratas noticias le daré cuantos antecedentes me pida.

Sin otro particular queda de Vd affmo. y s. s.

Segundo Garrido Olmedo[878]

Destacamento Penal de Cuelgamuros

El Escorial, Madrid[879].

Dos meses más tarde, el 29 de noviembre de 1944, era el Comisario General de Abastecimientos y Transportes quien se dirigía, satisfecho, a don Antonio de Mesa para darle la excelente noticia de que se disponía a enviarle la increíble cifra de 10 000 kilos de garbanzos para los obreros del Valle:

Mi querido amigo:

Cúmpleme poner en su conocimiento que por el Comisario de Recursos de la Zona Sur, se ha extendido guía número 18 763 amparando la circulación de 10 000 kilos de garbanzos de cupos excedentes de agricultores, con destino a los obreros empleados en la construcción del Monumento Nacional a los Caídos.

Con el afecto y consideración de siempre, le envía un cordial saludo[880].

Los víveres, en aquella época, se conseguían con dificultad y se iban a buscar a su lugar de origen cuando resultaba posible, una vez obtenida la «guía» o autorización para el transporte. El invierno anterior, que había sido muy crudo, el funcionario de prisiones, Felipe Cereceda, destinado en el Destacamento de Molán, había viajado hasta Arévalo para recoger víveres acompañado de un grupo de reclusos, sin más vigilancia por cierto que la del propio Cereceda que viajó solo con ellos sin el menor incidente. Se trataba también, como en el caso del escrito anterior de un cargamento de garbanzos[881].

Efectivamente, como se ha publicado, más hidratos de carbono que proteínas pero era todavía la España del hambre. La alimentación de los presos, como la de todos los españoles, mejoraría en cuanto lo hiciera la economía española, pero son conocidas las deficiencias de la alimentación, en aquellos años, para el conjunto de la población, como los precios exorbitantes que podían adquirir, en el mercado negro, los artículos de primera necesidad, igual que sucedería en el resto de Europa durante la II Guerra Mundial, y en los años siguientes.

En noviembre de 1944, el suministro de víveres, por empresas, nos permite conocer los alimentos que recibían los obreros:

Molán:

Aceite: 165 kg.

Café: 82 kg.

Azúcar: 110 kg.

Patatas: 1656 kg.

Tocino: 165 kg.

Jabón: 46 Kg.

Algarrobas: 276 kg.

Judías: 92 kg.

Lentejas: 92 kg.

Arroz: 92 kg[882]

Las otras empresas (Banús, San Román y Rodríguez) recibían los mismos víveres en proporción, siempre, al número de obreros[883].

El mes siguiente (diciembre de 1944), el Ministerio de Industria y Comercio, ordenaba a la Delegación Provincial de Abastecimientos y Transportes de Madrid poner a disposición del Consejo de las Obras del Monumento Nacional a los Caídos, 2000 Kg de bacalao y comunica, en el mismo escrito, que pronto enviarán harina y arroz selecto[884].

El 26 de enero del siguiente año (1945) el Consejo de las Obras recibe 6000 Kg de arroz, procedentes del Servicio Nacional del Trigo (Delegación Especial del Arroz/Valencia[885]).

El Consejo de las Obras había acordado que:

El constructor al que se adjudicaran las obras se encargará del suministro, prestándole el Consejo el apoyo necesario para conseguir los víveres […][886]

El mismo documento informa de que el Sr. San Román, presidente de la empresa del mismo nombre, estaba organizando el economato, lo que lógicamente representó una gran mejora en la alimentación de los obreros, como ya vimos, preveía el Jefe de destacamento en su telegrama al Director General de Prisiones.

San Román realizaba en esa fecha, gestiones por su cuenta para recoger víveres sin haber solicitado ayuda del Consejo. Simplemente para recogerlos, no a mejor precio sino tan solo conseguirlos, lo que, en aquellos momentos, era ya un triunfo. Por ello el Consejo se ofrecía a prestar su apoyo a los contratistas en ese cometido difícil.

Pero las mayores dificultades no duraron mucho más tiempo. Uno de los penados entrevistados por Sueiro en 1976, Teodoro García Cañas, refiriéndose al Valle, reconoce:

En aquellos años de hambre […] pues se comía; si no más bien, más mal, pero se comía[887].

Fernando Taguas recordaba que los trabajadores libres traían su comida, pero solían comer la que sobraba de los presos:

[…] He visto a obreros libres que iban también por rancho cuando sobraba después de haber repartido a los presos. […] Los obreros libres traían su comida o si necesitaban, comían de lo que sobraba de los presos[888].

Taguas se refiere, obviamente, a trabajadores eventuales, venidos de pueblos de la zona, como Peguerinos y Hoyo de Manzanares, ya que, de haber estado en las nóminas de alguna de las contratas habrían tenido derecho a recibir el mismo rancho que los penados, pero lo significativo es que, al menos con cierta frecuencia sobrase lo bastante como para dárselo a otros.

Los años del hambre para todos. Pero es algo digno de mención que los libres pudieran llegar a comer de lo que sobraba a los penados, aunque no es este el único testimonio que informa en ese sentido: en noviembre de 2005, entrevistamos a Pedro Romero, cuyo padre, Pedro Romero Pacheco, que trabajó como penado en el Valle, recordaba el hambre terrible que había pasado en prisión donde llegó a comerse los trozos de sebo que dejaban en el tejado para los gatos. Este fue uno de los principales motivos que le movieron a acogerse a la redención de penas: huir del hambre que se sufría en las cárceles de la posguerra. Y en tantos hogares españoles, habría que añadir.

El Patronato para la Redención de Penas, en su memoria de 1942, hace constar la difícil situación que se atravesaba en cuanto a la alimentación considerándola uno de los mayores problemas que debía afrontarse en los destacamentos penales:

Dadas las circunstancias que tenemos que afrontar hoy día en España, se comprende que la alimentación de los reclusos constituya uno de los problemas más importantes de los Destacamentos Penales[889].

Refleja a continuación, la mayor dificultad que representa la alimentación de los reclusos en dichos destacamentos, ya que, en ellos, el personal realiza «trabajos intensos» que requieren un aporte mayor de calorías. Algo que se recoge en la documentación del APRM, junto con el agravante de que el duro clima de la sierra en invierno hacía necesario un incremento aún mayor.

Se habían realizado estudios tendentes a conocer la dieta que debería recibir un trabajador para no caer en estados carenciales, teniendo en cuenta las tareas que debían realizar:

Conocida la dificultad que ofrecen las circunstancias presentes para conseguir una alimentación metódicamente ordenada y con una base que atienda a todas las necesidades fundamentales de la nutrición, se han practicado estudios para determinar científicamente las dietas, estableciéndose una de tipo basal, y otra para los casos de enfermería y los de esfuerzo muscular a consecuencia del trabajo […] El objeto principal de estos trabajos ha sido la regulación que, adaptada a las circunstancias, proteja a los reclusos de las enfermedades por carencia[890].

Recalca la Memoria que el término aplicable era, realmente, el de carencia ya que la verdadera avitaminosis no se encontraba dentro de «nuestra enfermería penitenciaria», pero, en cualquier caso, se habían enviado circulares a los médicos de todas las prisiones para que pusieran en práctica las normas establecidas tras los estudios realizados, por ser ellos los llamados al «dictamen definitivo». La llamada dieta «basal» era la siguiente:

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Alimentos Gramos Proteínas Grasas H. Carbono Calorías
Pan 250 20 2,05 112,5 612,5
Patatas 700 14 0,00 140 630
Lentejas 140 35 2,8 70 476
Chorizo 10 2,5 4,5 52,5
Carne 45 9 1,57 1,35 54
Aceite 25 25 225
Huesos 10
Verdura 200
Zanahorias 50
Sal 10
Pimiento 1
Cebolla 20
Azúcar 10 9 36
Ajos (una unidad) [891]

No todos los alimentos de la dieta basal aparecen en las relaciones de víveres recibidos por los obreros en el Valle de los Caídos. Otros sí, como pan, patatas, lentejas, carne, aceite y azúcar. Nunca hemos encontrado, por el contrario, verdura, hortalizas o huesos, aunque se les suministraba arroz, bacalao, tocino, café y, además de las lentejas, otras legumbres como garbanzos y alubias.

El Patronato, además, había establecido, al menos desde 1941, dos dietas «de trabajo» en función del que realizasen los penados: «mínimo» y «máximo», diferenciados no por la clase de víveres sino por la cantidad de los mismos que se les suministraba.

La primera estaba formada por los siguientes artículos y cantidades:

«Dieta de trabajo mínimo»:

Pan: 250 gr.

Patatas: 1055 gr.

Lentejas: 210 gr.

Carne: 57,5 gr.

Aceite: 37,5 gr.

Verdura: 300 gr.

Zanahorias: 75 gr.

Sal: 15 gr.

Pimiento: 1,5 gr.

Cebolla: 30 gr.

Azúcar: 15 gr.

Café o malta: 15 gr.

Huesos: 15 gr.

Ajos (unidades): 1,5 gr[892]

En la de trabajo «máximo» las cantidades eran más elevadas excepto la de pan que permanecía idéntica. Existía, por último, una «dieta de enfermería» que incluía leche y fruta, siendo, por lo demás, igual a las anteriores. Ciertamente, en el Valle de los Caídos, nunca figura la fruta y la leche rara vez, entregándose en forma de botes de leche condensada. Ignoramos si en la dieta de enfermería se incluirían dichos artículos porque lo que hemos podido conocer de la dieta de los obreros es a través de las relaciones de víveres que se hacían llegar a las contratas según el número de raciones/obreros que debieran servirse en función de las declaraciones realizadas al efecto por dichas contratas.

El cálculo de calorías, hidratos de carbono, y proteínas que se debían servir a los reclusos en Cuelgamuros, era el cometido del penado Nicolás Sánchez-Albornoz durante su breve estancia en el Destacamento Penal. Algo, según él, perfectamente inútil, además de tedioso.

En la mayor parte de los destacamentos, las empresas eran las encargadas de la alimentación de los penados, según las Ordenanzas de 30 de enero de 1941 (BOE del día 31).

El Patronato señalaba que la situación, crítica en toda España, era especialmente difícil en el caso de los penados al no poder desplazarse en busca de alimentos:

Es cierto que las circunstancias actuales hacen difícil, en muchos casos, el problema de la alimentación de los trabajadores en general. Pero no es menos cierto que cuando se trata de penados concurre una circunstancia especial, y es que estos, si no se les facilita comida, no pueden obtenerla por otos medios, en tanto que el personal libre puede desplazarse en busca de alimentos[893]

Por esa razón se comprendió enseguida la necesidad de establecer un economato obrero, que pudieran utilizar tanto libres como penados, ya que el aislamiento de Cuelgamuros era también otra circunstancia a tener en cuenta.

De momento, el Patronato, no dudaba en calificar la situación de angustiosa, aunque reconocía en apoyo recibido de las Autoridades de Abastos:

Las Autoridades de Abastos, en general, se hacen cargo de esta fase angustiosa del problema y coadyuvan con vivo interés y con una eficacia, que en honor del Servicio de Abastecimientos nos complacemos en proclamar, a procurar víveres en cantidades bastante satisfactorias a los Destacamentos Penales[894].

La situación se veía agravada por la elevación constante de los precios de los artículos alimenticios que componían la asignación por ración alimenticia de los reclusos. Así, en junio de 1941 se aumentaba de 1,70 a 2 pesetas la cantidad asignada por plaza (persona) y día[895]. Los precios seguirían subiendo, de manera imparable, en los siguientes años, de modo que, como veremos en la documentación de Banús, en noviembre de 1944, el coste de la ración servida por plaza y día se elevaba ya hasta 4,41 pesetas. En tres años, por tanto, se había más que duplicado el precio de la ración alimenticia diaria, lo que provocaba constantes tensiones entre las contratas y las autoridades.

En el Valle, como veremos, no siempre se juzgaron «satisfactorias» las cantidades recibidas, como refleja, en ocasiones, la documentación. El propio COMNC instaba a las autoridades a mejorar el abastecimiento, llegando a amenazarlas con supuestas complicaciones que podrían ocasionar los reclusos, caso de resolverse, urgentemente, el problema. De todas formas, el Patronato Central había concedido, desde 1941, un plus de alimentación para los trabajadores de los destacamentos sobre las dos pesetas que tenían los reclusos que permanecían en las prisiones. Este es el origen del plus por «carestía de vida» que aparece constantemente en las nóminas de los trabajadores que hemos examinado anteriormente:

Este plus es generalmente de 0,85 pesetas; pero en algunos casos, por razones de la intensidad del trabajo realizado, de especial carestía de ciertas localidades, o por otros motivos muy justificados, aumentando el plus hasta 1 peseta, 1,50, o, en un solo caso, 2 pesetas[896].

En general, tanto de los relatos de los reclusos, como de la propia documentación, se desprende que los problemas de suministro de víveres fueron puntuales y, casi siempre, los trabajadores estuvieron alimentados como podrían estarlo la mayoría de los libres fuera del Valle, cuando no mejor.

Un testimonio valioso es el que dejó Miguel Rodríguez, autor, como vimos, de unas memorias de su paso por Cuelgamuros como trabajador penado. De su obra cita Juan Blanco, el pasaje en que relata su primera cena en el Valle de los Caídos, del que extractamos:

Comenzó el reparto de la cena. Estaba compuesta por patatas con carne. Tenía buen aspecto y su olor era agradable. El reparto se hacía por mesas, depositando con un cazo cuanto se solicitaba, en un plato que el penado presentaba. Observé como las botas de vino estaban a la orden del día. También me extrañó que muchos penados pidieran comida para sus familias, bien en un plato o en otro que exhibían. Es decir, servían hasta dos platos, colmados hasta arriba […][897]

Se trata del relato de un penado que, en sus memorias, emite un juicio negativo sobre las condiciones en que se realizaron las obras del Valle, pero aún así, como en el caso de los que fueron entrevistados por Sueiro, refleja una realidad muy distinta a la que se quiere presentar. Como se desprende del libro de Miguel Rodríguez, allí no se pasaba hambre y el rancho, además, se hacía llegar a las familias. Para sorpresa del propio penado, en su primera noche en Cuelgamuros, y, seguramente, para la de muchos de sus lectores.

Pero, para cuando este recluso llegó allí, seguramente lo peor había pasado ya. Entre otras cosas, porque se tomaron medidas tales como involucrar a la Administración en el problema de los víveres, a través de quien más podía hacer entonces al respecto.

En abril de 1943 se había ampliado el COMNC para incorporar al Comisario General de Abastecimientos y Transportes, según explica el mismo Juan Blanco, y sin duda la presencia del nuevo consejero agilizaría los suministros, todavía muy difíciles de conseguir, pero el cambio decisivo llegó, como veremos, con el establecimiento de los economatos.

Aquel año, el Consejo elaboraba una memoria, resumiendo la labor realizada hasta entonces en el Monumento. Concretamente, a lo largo de los últimos meses.

Se destacaba como principal dificultad, el problema de la alimentación, achacándolo, principalmente, a los efectos de la Guerra Mundial. A causa de la dificultad para conseguir alimentar a los obreros, había resultado imposible ampliar la plantilla, lo que figura como la primera de las causas de los retrasos en las obras. Dicho escrito, lo argumentaba de la siguiente manera:

Resumen de la labor realizada durante el año 1943 en la obra del MONUMENTO NACIONAL A LOS CAÍDOS.

Diciembre de 1943[898].

… aquellos puntos de mayor interés que conviene procurar mejorar en el año entrante de 1944; ya que no hemos de pretender solucionar por completo al tener en cuenta que en su mayor parte se debe a problemas planteados por la guerra mundial. Nos referimos principalmente al problema de la alimentación…

Durante todo el tiempo transcurrido, este ha sido el freno que nos imposibilitó a aumentar [sic] la plantilla de mano de obra.

Indudablemente, la guerra mundial no hizo sino empeorar la situación de una España arrasada por la guerra civil, sin mencionar, los problemas económicos anteriores a la misma, que nos llevarían a un análisis de nuestra historia contemporánea, con sus implicaciones económicas, que no viene al caso.

Pero, continuando con la memoria del Consejo, en el siguiente punto, se destaca, como un hito en la historia del Monumento, la incorporación al mismo del Comisario General de Abastecimientos, Rufino Beltrán. Y, en verdad, lo era, como se comprobará en la evolución de las partidas de víveres que iremos comentando, recibidas por las contratas, a partir de ese momento. Sin que por ello las dificultades hubieran terminado, ni mucho menos, como tendremos ocasión de comprobar. Pero, de todas formas, el relativo optimismo que demuestra el redactor del escrito estaba justificado:

En el año que termina fue incorporado al Consejo el Excmo. Señor Comisario General de Abastecimientos y Transportes, Don Rufino Beltrán, y justo es reconocer que su valiosa colaboración nos resolvió en gran parte el problema planteado. Durante los meses de Junio y Julio aumentó el racionamiento de manera considerable (con cupos extraordinarios), lo que se reflejó en la marcha de la obra[899].

Aprovechando la presencia del Comisario General, y, contando con la estructura del organismo que presidía, el COMNC proyectaba poner en marcha, inmediatamente, el economato que, realmente, como veremos, vendría a cambiar la situación de los obreros en cuanto a su alimentación y la de sus familias allí instaladas. La Dirección General había cursado una Circular, con fecha 2 de Junio de 1941, ordenando que en las prisiones con un contingente superior a cien reclusos se establecieran «a crédito estos servicios [de economato] no solo para cumplimentar el artículo 265 del Reglamento, sino para contar en toda ocasión con un stock de víveres y medios de facilitar la sobrealimentación de los internos, proporcionándoles comidas económicas[900]». Este fue el origen de otra de las contratas del Valle, la de Alfredo Buelta Rigueros, a la que habremos de referirnos frecuentemente. El comentado escrito del COMNC subrayaba la importancia de la creación de dicho economato, como una de las principales, y más urgentes medidas a tomar:

Este punto es tan esencial que nos atrevemos a proponer al Consejo el establecimiento de un economato de tipo minero dependiente del Consejo, con el personal de inspección y Delegados que determine la Comisaría de Abastecimientos y Transportes[901].

Efectivamente, se acordó la medida, y se puso en práctica ese mismo año. En cuanto al problema del abastecimiento, como el más grave de los que amenazaban el adelanto de las obras, el mismo escrito incluye un dato revelador. Y es que por más incentivos que se ofrecieran a los obreros, resultaba imposible darle a las obras un ritmo solamente aceptable, sin resolver, previamente, dicho problema:

Durante todo el tiempo transcurrido, y como consecuencia el apartado anterior, la mano de obra siempre fue escasa (hubo momentos en que contamos con 70 obreros) se recurrió a traer obreros de Linares, ofreciéndoles buenos jornales e incluso pluses y destajos; pero pronto se vieron anulados nuestros esfuerzos por no contar con el racionamiento necesario[902].

En 1946 la Empresa Banús presenta una reclamación al Consejo, alegando los gastos que ha tenido que afrontar para mejorar el rancho de sus trabajadores así como los originados por su economato al tener que vender el género a precio de tasa.

Le responde la Asesoría Jurídica del Ministerio de la Gobernación, en su dictamen n.o 527 de 31 de enero de 1946:

Solo el Consejo de las Obras […] podría revisar todo lo referente a gastos […] hechos para los servicios generales […] «de campamento» o sea los necesarios para atender al contingente de reclusos, pedido o recibido, para trabajar en las obras. El trabajo de estos en las mismas no puede negarse que ha sido de interés para el contratista al mismo tiempo que para las obras […]

No puede hablarse de quebrantos sufridos por la contrata en las ventas de género realizadas en su economato al personal trabajador porque haya tenido que hacer tales ventas a precio de tasa, puesto que estos precios son los únicos legalmente admisibles.

De todo lo relativo a gastos hechos en la mejora del rancho de los trabajadores, y toda vez que el reclamante empieza por reconocer que tales gastos de mejora no eran obligados, quiere decirse que ello queda a la entera apreciación del Consejo.

Los aumentos que deben ser tomados en consideración […] serían los siguientes:

Los resultantes de la implantación del seguro de enfermedad; los significativos de las cargas familiares impuestas por disposiciones oficiales dadas entre las dos fechas que interesan, la de la adjudicación del contrato y la del 1.o de Junio de 1945; los representativos del pago del jornal de los domingos […]

Son conceptos cuya estimación queda a la apreciación del Consejo […] los siguientes:

El premio dado por la contrata en concepto de estímulo al personal trabajador ya que se trata de concesiones voluntarias por parte de la empresa […] y lo gastado en completar las raciones alimenticias de los trabajadores[903].

Banús había desglosado los gastos que tenía que afrontar por este concepto, lo que nos permite conocer como se financiaba la alimentación de los obreros en Cuelgamuros. A su escrito, Juan Banús incorporaba varios anexos; uno de ellos relativo a dichos gastos:

Racionamiento:

Cantidades percibidas por conducto oficial hasta 1.o de Agosto de 1944.

La Prisión Provincial entrega por plaza [ración diaria] de rancho diaria: 2,00 ptas.

El Patronato [PCRP] en concepto de plus y por día trabajado: 0,85 ptas.

Asignación oficial por plaza: 2,85 ptas.

Promedio de una plaza de rancho diaria: 3,50 ptas.

Diferencia que debe subvenir la contrata: 0,65 ptas[904].

Luego, la mayor parte del gasto era asumida por el Estado, ya fuera directamente (2,85), ya a través de la Prisión Provincial (2), aparte de que el PCRP, —que no dejaba de ser un organismo oficial, aunque autónomo— también aportaba «en concepto de plus» otros 85 céntimos por plaza y día. La contrata solo asumía, en realidad, una diferencia de 65 céntimos para completar la cantidad de 3 pesetas, promedio diario de cada plaza.

Pero a partir de agosto de 1944, dicha cantidad promedio, aumenta de manera considerable, ya que pasa de 3,50 a 4,50 pesetas, lo que supone un aumento importante en cuanto al coste de las obras del Valle, que será asumido íntegramente por el Estado, ya que la contrata sigue aportando la misma cantidad que antes, quedando el desglose, a partir de entonces, en las siguientes proporciones:

Cantidades percibidas para alimentación por conducto oficial desde el 1.o de Agosto de 1944:

La Prisión Provincial entrega por el mismo concepto [plaza]: 3 ptas.

El Patronato [PCRP] por los conceptos antes mencionados [plus/día]: 0,85 ptas.

Asignación oficial por plaza: 3,85 ptas.

Promedio de coste de una plaza de rancho diaria: 4,50 ptas.

Diferencia que debe subvenir la contrata: 0,65 ptas[905].

Existía, pues, un porcentaje de aumento diferente según la fecha que se tomará como referencia: hasta el 1.o de agosto de 1944, y a partir de esta fecha:

Hasta 1.o de Agosto de 1944 - 0,65: 8,92 = 0,075

Desde 1.o de Agosto de 1944 - 0,65: 11,65 = 0,056

Desde 1.o de Mayo de 1943 a 1.o de Agosto de 1944 - 14 meses

Desde 1.o de Agosto de 1944 a 1.o de Diciembre de 1944 - 4 meses

El porcentaje medio será:

0,075 x 14 más 0,056 x 4, dividido por 18 = 0,0708

El aumento que representa este porcentaje se estima deberá ser de aplicación a partir de 1.o de Mayo de 1943[906]

En cuanto a las mejoras introducidas en la alimentación, según Juan Banús, por su empresa, podrían servir de referencia los «partes diarios de rancho» relativos a los meses de noviembre y diciembre de 1944, que se adjuntaron al escrito de reclamación y sus anexos. Por estos partes, podemos conocer lo que realmente se les servía a los obreros de Banús en aquella fecha. El 12 de noviembre, el parte detallaba, como cada día, los alimentos recibidos por los 195 obreros de la contrata, en cada una de las tres comidas del día:

Banús Hermanos, S. A.

Empresa constructora.

Destacamento de Guadarrama.

PARTE DIARIO DE RANCHO, VÍVERES EMPLEADOS

DESAYUNO

33 l de leche

0,375 kg de achicoria

1 kg de cebada

2,750 kg de azúcar

COMIDA

132 kg de patatas

5 kg tocino

2,750 l de aceite

3 kg de sal

0,900 de pimentón

11 kg de garbanzos

45 kg de repollo

5 kg de cebollas

4 kg de arroz

CENA

132 kg de patatas

11 kg de lentejas

2 l de aceite

0,250 de pimentón

2 kg de sal

12 kg de carne

Pan[907]

El coste por plaza de aquel día era de 4,41 pesetas, inferior en 39 céntimos al promedio de aquel año. Se hacía constar, por otra parte, las plazas servidas a los enfermos y accidentados, así como las servidas al médico, pero lo más significativo es que en diciembre siguen apareciendo los mismos víveres que el mes anterior, entre los que figuran algunos que nunca se mencionan en los listados generales que hemos estudiado, como son las verduras y hortalizas, así como la leche, que, en principio se reserva para las dietas de «enfermería» según refleja la Memoria del PCRP de 1942. Podría referirse a estos artículos Juan Banús, al hablar de las mejoras que su empresa había introducido y pretendía se tuvieran en cuenta por parte del COMNC, con el resultado que hemos visto.

2. Las reclamaciones de las empresas en materia de alimentación

2. Las reclamaciones de las empresas en materia de alimentación

Por otra parte, las empresas que tienen las contratas del Valle, en general, como vimos, se ven sorprendidas por una legislación social que les impone unas cargas económicas con las que no habían contado y pretenden que el Consejo de las Obras lo tenga en consideración a fin de revisar las condiciones establecidas, e incluyen los gastos que les originan las ventas «a precio de tasa» en sus economatos, lo que no podían hacer legalmente a otro precio y los de la mejora del rancho, que son voluntarios, como lo son también los premios dados por las contratas como estímulo a los trabajadores. La Asesoría Jurídica del Ministerio considera, por tanto, que deben tenerse en cuenta los gastos que generan a las contratas las ventajas sociales recién introducidas, pero no lo relativo a incentivos, rancho o economato.

En este, ciertamente, algunos productos se vendían a la cuarta parte de su precio «de mercado». En 1950, por ejemplo, un botellín de cerveza, como recuerda José Alburquerque, costaba, en el Valle, 40 céntimos, mientras que en los pueblos de la zona se vendía a 1,20 pesetas, aunque, como les recuerda el dictamen, no podían, legalmente, venderlos a precios superiores a los de tasa. La misma respuesta se hace llegar las empresas Molán y Rodríguez que se unían a la reclamación de Banús.

En relación con este asunto, Fernando Olmeda, recoge el testimonio de una joven republicana, Mariluz Alonso, que trabajó en el Valle como criada en casa de un antiguo oficial republicano, José Pérez Álvarez, que, al salir de prisión, había pasado a trabajar como ingeniero en el Valle de los Caídos. Mariluz, según Olmeda, recuerda que en el economato había un poco de todo y no era caro.

El encargado [del economato] es Juan Solomando, un preso que se quedará allí con su familia al alcanzar la libertad […] Mariluz considera que la alimentación era suficiente[908].

Juan Solomando, fue uno de los reclusos que participaron, voluntariamente, en la extinción del incendio en Cuelgamuros, de 1943, al que nos hemos referido. Volveremos a tratar a este recluso en el siguiente apartado de este capítulo, al estudiar algunas de las solicitudes de viviendas presentadas por los obreros y tramitadas a través de las empresas para las que trabajaban[909].

En 1947, se habían registrado, a pesar de todo, serias dificultades, en cuanto al aprovisionamiento de víveres, como refleja el escrito que Antonio de Mesa, Consejero Gerente del COMNC, dirigía al Jefe de Abastecimientos de Madrid:

Ilmo Sr.

Habiéndome comunicado las distintas Empresas Constructoras que trabajan en las Obras del Monumento Nacional a los Caídos, la escasez de medios de abastecimiento para atender a la alimentación del numeroso personal penado que trabaja en el Valle, me permito poner en conocimiento de V. I. estas dificultades con el fin de hallar el medio de remediarlas y evitar en los posible las graves complicaciones que pudieran presentarse, de las cuales y por las referidas Empresas tengo noticias que pudieran surgir por el malestar que produce en la numerosa colonia obrera estas circunstancias.

Encarezco por tanto a V. I. tenga a bien facilitarme los datos que respecto al particular juzgue oportunos con el fin de elevarlos a la Superioridad.

Madrid 22 de Mayo de 1947

El Consejero Gerente

Antonio de Mesa[910]

Es curioso que, al reclamar una solución para la escasez en el aprovisionamiento, Antonio de Mesa, se refiera solamente al «personal penado» cuando sabemos que eran, aproximadamente, la mitad del personal obrero. Parece estar amenazando veladamente al Comisario con un posible motín de presos en Cuelgamuros. Posibilidad que ni remotamente se contempla en ningún otro documento, ni resultaba, desde luego, nada probable. Parece, más bien, una medida de presión para conseguir lo que pide al responsable de Abastecimientos de Madrid.

Pero en 1948, el COMNC se dirige al entonces Comisario General de Abastecimientos, José Corral Saiz, con un expediente completamente distinto, también relacionado con los víveres de los obreros del Valle. Se trataba, esta vez, de transmitirle las quejas de las contratas por lo gravoso que les resultaba el sistema de aprovisionamiento a causa de las pérdidas y mermas sufridas en el transporte desde Madrid, así como en el almacenamiento en Cuelgamuros:

Mi distinguido amigo:

Todas las empresas que trabajan en el Valle… me comunican el gran quebranto que les originan los Transportes y mermas de los víveres concedidos para el abastecimiento de la población obrera.

Dichas Empresas me participan que pagan los víveres al precio que los venden las tiendas de Madrid y como supone un gasto grande para las Empresas, recoger los artículos en distintas localidades y trasladarlos luego al Valle, además de las mermas naturales por estropearse algunos de los productos me han indicado la necesidad de recargar dichos géneros en unos céntimos sobre el coste de Madrid para resarcirse en parte de estos quebrantos.

Como esto ha motivado alguna que otra protesta de los obreros y yo no puedo autorizar nada sin su consentimiento, mucho he de agradecerle me indique lo que en justicia deba hacerse…

Un saludo muy afectuoso de su buen amigo

Madrid 2 de Agosto de 1948[911].

Volvían a reclamar las contratas al COMNC, les diera una solución conducente a paliar la disminución del lucro en sus actividades como lo hicieran años atrás, ante el aumento de las cargas sociales. Y, nuevamente, el Consejo esgrime la protesta de los trabajadores como factor a tener en cuenta de cara a una rápida solución del conflicto. Al no proporcionar datos concretos en cuanto a los «céntimos» con que pretendían recargar algunos de aquellos artículos, no podemos evaluar la pérdida de capacidad adquisitiva de los trabajadores en los economatos, pero resulta evidente que se trataba de eso. No facilita el escrito datos en cuanto a la cuantía de las pérdidas sufridas por las empresas a causa de las circunstancias en que basaban su reclamación, sin que podamos determinar, por tanto, hasta que punto se trataba de verdadera rapacidad por su parte o podían justificar la oportunidad de los aumentos cara al sostenimiento de sus economatos. Tampoco hemos encontrado la respuesta del Jefe de Abastecimientos, por lo que no podemos saber como terminó el asunto, pero sí sabemos que dos años más tarde, los artículos del economato eran tan asequibles como vimos, por los testimonios de José Alburquerque y Mariluz, la mujer entrevistada por Olmeda.

De todos modos, en relación con este asunto, hemos examinado un documento que demuestra que la Comisaría General de Abastecimientos era consciente de dichos problemas —o quejas— de los empresarios en relación con el abastecimiento, y, a través del COMNC, les ofrece una solución meses más tarde de la fecha del escrito donde se le trasladaba el descontento de los empresarios: en febrero de 1949, la Delegación Provincial de dicha Comisaría comunica al Consejo que se dispone a establecer un nuevo sistema, mediante el cual se proporcionará mensualmente a cada empresa una lista de precios «por artículo y ración», debiendo advertir que dichos artículos se proporcionarán a las empresas a precio de almacén, mientras que los de las listas serán precios de venta al público, asunto que trataremos más adelante. Con ese margen podrán resarcirse ampliamente de los gastos del transporte. Pero, además, se entregará a cada contrata un «abonaré» para compensarles por los gastos reclamados:

Asimismo se hará entrega también a cada Empresa de un abonaré en compensación de los gastos de transporte devengados por los artículos alimenticios hasta las obras[912].

No podían esperar una respuesta más satisfactoria. Además, según hemos comprobado, el nuevo sistema, se aplicó puntualmente por parte de las empresas, al menos en cuanto a las comunicaciones mensuales que se les exigían.

No vuelven a registrase, por un tiempo, reclamaciones relacionadas con la alimentación de una u otra parte, volviendo a aparecer los mismos productos de años anteriores en las relaciones de víveres. La dieta de los trabajadores se mantenía sin alteraciones sustanciales durante el año 1948. En mayo de ese año, Banús, que empleaba a un total de 310 obreros, recibía, según declaración propia, los siguientes suministros:

Tocino: 87 Kg.

Patatas: 2100 Kg.

Alubias: 350 Kg.

Azúcar: 140 Kg.

Arroz: 350 Kg.

Bacalao: 350 Kg.

Garbanzos: 175 Kg.

Jabón: 140 Kg.

Lentejas: 175 Kg.

Aceite: 315 Kg[913]

En diciembre del mismo año, Molán recibía, a su vez, la siguiente relación de víveres:

Aceite: 312 Kg.

Azúcar: 94 Kg.

Arroz: 156 Kg.

Alubias: 312 Kg.

Café: 62 Kg.

Jabón: 62 Kg.

Lentejas: 312

Harina: 2808 Kg.

Harina de centeno: 579 Kg.

Manteca: 187 Kg.

Patatas: 2808 Kg.

Garbanzos: 156 Kg.

Tocino: 94 Kg[914]

Es decir, las mismas legumbres, patatas, aceite, tocino y arroz en las dos empresas, pero mientras que Banús recibe bacalao, a Molán se le entrega manteca y una gran partida de harina de trigo y otra, mucho menor, de centeno. No era frecuente ni recibir tal cantidad de la primera, ni cantidad alguna de la segunda, entre otras cosas porque el pan se les entregaba aparte. Pero aquel mes, Rodríguez, que a lo largo del año tuvo una media de 140 empleados, recibía partidas similares de los mismos víveres:

Aceite: 158 Kg.

Azúcar: 47 Kg.

Arroz: 79 Kg.

Alubias: 158 Kg.

Café: 31 Kg.

Jabón: 62 Kg.

Lentejas: 158 Kg.

Harina: 1422 Kg.

Harina de centeno: 213 Kg.

Manteca: 96 Kg.

Patatas: 1422 Kg.

Garbanzos: 79 Kg.

Tocino: 47 Kg[915]

La información más precisa, en cuanto a los alimentos recibidos por obrero, la proporciona, aquel mismo año, la empresa San Román, ya que, en su relación de 30 de noviembre de 1948, especifica las cantidades exactas para sus 429 trabajadores, sin distinguir, como siempre, entre libres y penados:

Azúcar: 0,020 gr.

Legumbres: 0,200 gr.

Harina: 0,300 gr.

Café: 0,015 gr.

Aceite: 0,030 gr.

Tocino: 0,360 gr.

Patatas: 0,300 gr.

Jabón: (pastillas)[916]

Con mayor detalle aún informaba Molán, de los «víveres servidos por plaza al personal libre y penado que prestó sus servicios» durante ese mismo mes y año (noviembre de 1948):

Por plaza Total
Patatas 200 gr 1872 kg
Harina 320 gr 3000 kg
Alubias 33 gr 312 kg
Tocino 8 gr 78 kg
Aceite 33 gr 312 kg
Azúcar 10 gr 94 kg
Café 6 gr 57 kg
Jabón 13 gr 134 kg
Lentejas 33 gr 312 kg
Garbanzos 33 gr 312 kg
Puré 10 gr 94 kg[917]

Junto con esta declaración, enviaba también la empresa el «cálculo de víveres que se necesitan para el suministro de los trabajadores libres y penados que durante el mes de enero de 1949 prestarán sus servicios en las Obras». Incluían, como siempre, una estimación de 6000 gramos de carne fresca por plaza.

Lo firmaba y certificaba, una vez más, Antonio Caro Eguilior, en nombre de E. y C. Molán S. A. Así lo venía haciendo, como mínimo, desde 1947.

En enero de 1948, Antonio Caro comunicaba al COMNC las relaciones nominales del personal que durante el pasado mes había empleado su empresa en las obras, enviando también, el pedido de suministro para el mes próximo. Lo hacía en cumplimiento del oficio que, con fecha del día 2, había recibido del Consejo:

3 de Enero de 1948

Muy señor nuestro:

De acuerdo con su oficio de 2 del corriente adjunto enviamos por duplicado, las relaciones nominales del personal que durante el pasado mes de Diciembre de 1947 trabajó en las Obras del Monumento y las declaraciones del reparto de los víveres recibidos. Acompañamos igualmente el pedido del suministro para el mes de la fecha.

Antonio Caro[918]

Este era ya el sistema antes de que el COMNC enviase las circulares que, en 1949, enviara a las contratas que comentaremos a continuación. Conviene recordarlo porque se demuestra que las normas básicas estaban ya establecidas.

Por otra parte, aquel complejo sistema de aprovisionamiento en el que concurrían diferentes instancias administrativas, no eliminó del todo la colaboración directa de las empresas en el cometido de conseguir víveres para los obreros allí donde pudieran obtenerlos. Todavía en 1949, Molán solicita autorización para traer a Cuelgamuros una considerable partida de patatas desde la provincia de Palencia, lo que no resultaba nada sencillo: tenía que dirigirse al COMNC para que este a su vez solicitase al Comisario General de Abastecimientos —incorporado oportunamente al Consejo, como sabemos— la «guía» correspondiente.

Molán había establecido contacto con la agrupación de Almacenistas de Patatas «Fernando Gallego» que le ofrecía la posibilidad de adquirir 5000 kg de patatas en la localidad palentina de Prádanos de Ojeda con destino al suministro de los obreros de su contrata en las obras del Monumento, por lo que se dirige al COMNC, que a su vez escribe a José de Corral, Comisario General de Abastecimientos y Transportes, informándole de la posibilidad que se le presenta al director de la empresa Molán de adquirir dichos víveres:

… para atender al suministro de la numerosa población obrera, tiene la posibilidad de adquirir 5000 kg de patatas en Prádanos de Ojeda (Palencia) del sobrante que poseé la agrupación de Almacenistas de Patatas «Fernando Gallego» y piden la autorización del Sr. Corral y «guía» correspondiente para el traslado[919].

La gestión no dio resultado por tratarse de una provincia en la que la Comisaría Provincial no tenía jurisdicción alguna, por lo que el Subdelegado —en lugar del Comisario General— respondía al Consejero Gerente (del COMNC), Antonio de Mesa, denegando la solicitud que este le hiciera en nombre de Molán:

Contesto a su carta, fecha 12 del actual, relacionada con la adquisición de 5000 kilos de patatas de la Empresa E. y C. Molán S. A…

Si se tratara de patatas adquiridas en esta Provincia, podría hacer una excepción otorgándoselas directamente desde el agricultor pero habiéndose hecho con ellas en Prádanos de Ojeda (Palencia) está fuera de nuestra jurisdicción[920]

Por lo tanto tuvo que ser el propio COMNC quien organizase aquel mes, como era habitual por otra parte, el suministro de víveres, incluyendo las patatas de las que Molán, por cierto, recibía 2808 kilos. Aparte de esto, recibía del mismo Consejo los víveres acostumbrados: aceite, azúcar, arroz, alubias, garbanzos, lentejas, café, jabón y harina.

Resulta evidente que uno de los alimentos básicos fundamentales de la alimentación de los reclusos fue durante años, precisamente la patata. De hecho, la Circular de 20 de diciembre de 1940 establecía el derecho preferente de las prisiones para el transporte de este artículo: el Ministerio de Industria y Comercio y la Dirección General de Ferrocarriles así lo habían acordado por lo que se instaba a los funcionarios a invocar ante las autoridades este derecho preferente de reservar a las prisiones vagones para el transporte de patatas. En cuanto al modo de proceder, la Dirección General de Prisiones, notificaba, el 25 de enero de 1941, que, cuando resultara necesario conseguir medios de transporte para los víveres de las prisiones, se formulara la petición con arreglo a la Circular de la Comisaría de Abastecimientos de fecha de 16 de Diciembre de 1940[921]. También en 1941, se estableció la obligación de los Gobernadores Civiles-Jefes de Abastos de suministrar a las prisiones los artículos alimenticios intervenidos, así como la exigencia de proceder a la entrega de patatas cuando no fuera posible facilitar legumbres, y en caso de apuro confeccionar las comidas con otros productos de la región, estableciendo qué parte de la ración de pan se destinara a elaborar sopas o purés. Además, quedaba previsto que como alimento sustitutivo de la patata podría emplearse la calabaza, aunque nunca podría pagarse, en caso de necesidad, a un precio superior al de dicho artículo. Así lo establecía la Dirección General de Prisiones el 28 de octubre de 1941.

Normalmente recibían las empresas los vales de suministro de víveres del COMNC, como reconocen todas ellas en los recibos de aquellos años. Como ejemplo, vemos el firmado por Marmolería Bilbaína en julio de 1950:

He recibido del Consejo de las Obras del Monumento Nacional a los Caídos, los vales con las cantidades de artículos que se relacionan para el abastecimiento del personal obrero de la Empresa Marmolería Bilbaína S. L. correspondiente al presente mes de Julio[922].

Aquel mes, Marmolería Bilbaína recibía los vales correspondientes a los siguientes víveres:

27 litros de aceite

10 kg de jabón

27 kg de arroz

27 kg de judías

27 frascos de leche condensada

27 kg de lentejas

10 kg de azúcar[923]

Molán, en enero de aquel año, reconocía en su recibo: «Recibí los vales con las cantidades indicadas», y adjuntaba, como siempre, una lista con los mismos artículos que veíamos en el recibo anterior, de Marmolería Bilbaína, además de garbanzos y pasta de sopa[924]. Aunque muy similares, los artículos no eran exactamente los mismos en cada empresa, lo que solo puede deberse a mejoras o circunstancias relativas a cada una de las contratas, como hubiera sucedido en el caso de autorizársele a Molán la compra de las patatas en Palencia, con destino solamente a sus obreros. En cuanto al sistema era el mismo para todas las empresas.

3. Las cartillas de racionamiento de los obreros. El sistema de aprovisionamiento y sus mecanismos

3. Las cartillas de racionamiento de los obreros. El sistema de aprovisionamiento y sus mecanismos

Al pie de la relación que comentamos arriba, firmada por San Román, en noviembre de 1948, se hacía constar que los obreros en cuestión manifestaban no tener cartilla de racionamiento. El hacerlo así ponía de manifiesto la disparidad de criterios existente en el Valle en cuanto a la entrega de víveres. Algo que convenía corregir cuanto antes y era la causa del escrito que Juan Banús dirige a la Delegación Provincial de Madrid de la Comisaría General de Abastecimientos, expresando su queja por las exigencias —improcedentes según él— de la Delegación de San Lorenzo de El Escorial, en cuanto a la justificación de la entrega de víveres. Manifestaba que, a causa de las mejoras voluntarias que su empresa realizaba en cuanto al rancho de los obreros, se había creado una confusión que le perjudicaba gravemente, al considerar dicha Delegación como obligación de la empresa lo que, realmente, no lo era.

La respuesta de la Comisaría General de Abastecimientos constituye un documento importante en orden a la clarificación de la manera en que se realizaba el suministro así como revela una de las principales ventajas de los obreros en este sentido: el poder beneficiarse del uso de más de una cartilla de racionamiento.

Pretendía este organismo concretar las normas que habían de regular la entrega y liquidación de víveres, en base a las cartillas individuales de los obreros que, por otra parte, comprobamos podían disfrutar de las raciones que se les proporcionaban por ese medio sin tener que causar baja en las cartillas familiares en las que estuvieran incluidos. Algo que constituía, a todas luces, un trato privilegiado por parte de la Administración. El escrito da cuenta pormenorizadamente del sistema y las ventajas que hemos mencionado, en los siguientes términos:

Ministerio de Industria y Comercio

Comisaría General de Abastecimientos y Transportes

Delegación Provincial de Madrid Negociado. SECRETARÍA

La Comisaría General de Abastecimientos y Transportes, con escrito de la dirección Técnica, Sección Estadística y Racionamiento, Negociado B, Departamento 5.o a esta Jefatura[925].

Don Juan Banús, de la Empresa que tiene a su cargo las obras de la carretera de acceso al Monumento Nacional a los Caídos, en Guadarrama, dirige escrito en 10 del mes actual, a esta Comisaría, manifestando que por la Delegación de Abastecimientos y Transportes de San Lorenzo de El Escorial se le exige justifique con los cupones de las cartillas individuales de los obreros que emplea, el consumo de los víveres que recibe por medio de un «Cuaderno colectivo de suministro» que dice poseer a título de suplemento; y que teniendo en cuenta tal carácter considera no debe llevar a cabo la justificación, pues además por esa causa cada obrero tiene en ejercicio su cartilla individual en la calidad de residencia.

Como decíamos, en este primer párrafo, el escrito se inicia haciéndose eco de la protesta de Banús: el llamado «cuaderno colectivo de suministro» que dice llevar a fin de completar la dieta de sus obreros, se habría convertido en algo obligatoria a juicio de las autoridades de El Escorial, siendo así que dicho suplemento era algo concedido por la empresa a título voluntario

En el siguiente párrafo, la Comisaría establece el sistema a seguir, refiriéndose en primer lugar a la cartilla colectiva que, como vimos, había otorgado para todos los trabajadores del Valle, como medio de facilitar el suministro hasta un total de 400 raciones, número previsible que se podía alcanzar de trabajadores, según las expectativas de abril de 1943, fecha de establecimiento de los destacamentos penales en Cuelgamuros. Pero en los seis años transcurridos desde entonces, la situación se había complicado como advertía el organismo, haciendo necesario el establecimiento de una normativa clara a la que pudieran atenerse tanto los obreros como las contratas:

… no cabe duda pueden producirse trastornos en el suministro [por la disparidad de criterios] de los citados obreros y para evitarlos es procedente concretar las normas a que ha de sujetarse la entrega y liquidación de víveres.

Efectivamente en 9 de Abril de 1943 se otorgó para todas las obras que se realizaran en la construcción del Monumento a los Caídos una CARTILLA COLECTIVA NUMÉRICA [en mayúsculas en el original] por un máximo de 400 raciones diarias pudiendo los obreros disfrutar de esas raciones sin causar baja de las cartillas familiares en que estuvieran incluidos[926].

Continúa explicando el escrito como el COMNC había solicitado el año anterior se le concediese a la empresa de Banús, una cartilla colectiva «en las mismas condiciones» que la de 1943, solamente para los trabajadores de dicha contrata, que ascendían a 250. La concesión de dicha cartilla colectiva, así como la ventaja adicional de hacerla compatible con las familiares, había tenido por objeto simplificar los trámites para quienes tuvieran «residencia más o menos accidental en el municipio», pero, según la nueva normativa, ya no sería posible acogerse a dicho sistema, y los artículos sometidos a racionamiento solo podrían obtenerse mediante el uso de cartillas individuales:

Y habiendo solicitado el Consejo de las expresadas obras en 31 de Mayo próximo pasado una cartilla colectiva en las mismas condiciones para el personal obrero de la empresa del Sr. Banús, que ascendía a 250 hombres, la Delegación de San Lorenzo de El Escorial se la otorgó, quedando con ello cubierto el cupo máximo de 400 raciones que por esta Comisaría se había autorizado.

Si entonces se concedió la citada cartilla colectiva numérica es porque tal clase de cartillas existía precisamente para atender las necesidades de personas con residencia más o menos accidental en el municipio en el que se consumían, y a fin de no obligarles a repetir con harta frecuencia los trámites de alta y baja en las cartillas familiares en que estuvieran inscritas.

Pero a partir de 28 de Junio último, y según lo previsto en las Instrucciones de 15 de Abril del año actual (B. O. del día 18) ha entrado en vigor la «Cartilla individual de racionamiento», ÚNICO DOCUMENTO OFICIAL POR MEDIO DEL CUAL PUEDEN OBTENERSE ARTÍCULOS SUJETOS A RACIONAMIENTO [en mayúsculas en el original] (norma 1.a) y con esa cartilla en el cambio accidental de residencia, no es preciso tramitar la baja en el punto de origen[927].

Las cartillas colectivas, por tanto, no habían sido una ventaja privativa del Valle de los Caídos, y, a partir de la entrada en vigor de la «cartilla individual de racionamiento», las personas con residencia accidental ya no tendrían que tramitar la baja de sus cartillas en sus puntos de origen. Los suministros de víveres que recibieran en lo sucesivo las contratas del

Valle deberían justificarse mediante los cupones cortados de las cartillas de los obreros. Precisamente se trataba del trámite que Banús consideraba improcedente y se le estaba exigiendo en El Escorial. Hasta aquí las explicaciones sobre lo que parecía ser un malentendido entre Banús y la Delegación local de la Comisaría. A partir de este punto, el escrito pasa a fijar el procedimiento a seguir por parte de las empresas, en adelante, independientemente del tipo de cartilla que posean los obreros, incluso los que no posean ninguna:

… Por todo ello, a partir del recibo de este escrito habrá de ordenarse el suministro a los obreros aludidos en la siguiente forma:

  • 1.— La Delegación Local de Abastecimientos y Transportes de San Lorenzo de El Escorial concederá, bien a nombre del Consejo, o a cada uno de los contratistas, según resulte mas práctico y viable, un «Cuaderno de suministro colectivo» (Modelo n.o 31bis de las citadas Instrucciones), en cuta parte interior […] registrará mensualmente el total de obreros que trabajan y se suministran por las obras, tengan cartilla individual expedida en San Lorenzo de El Escorial, en localidad diferente o no la posean.
  • 2.— Si existen obreros que se suministran por los contratistas con carácter permanente en esas obras y por largo período de tiempo, los contratistas formarán el «Censo colectivo» y «apéndices» correspondientes (Modelos números 28 y 28 bis) solo en cuanto se refiera a esos obreros permanentes[928].

Como hemos comprobado, un amplio porcentaje de los obreros, por no decir que la mayoría, pertenecieron, durante largos períodos de las obras, a ese grupo que la Comisaría llama «obreros permanentes», y las contratas estaban comunicando ya sus «censos», al menos desde el año anterior, como hemos visto en la documentación de Banús, Molán, San Román y Rodríguez, relativas a 1948.

Pero el escrito que venimos comentando no se refiere solamente al procedimiento. En el punto tercero establece, con toda precisión, los alimentos que deben suministrarse a los obreros y las cantidades establecidas para cada uno de ellos por día y mes:

  • 3.— Los obreros que trabajen en las obras (fijos y accidentales) disfrutarán un racionamiento a los siguientes tipos:
Ración diaria Ración mensual
Aceite 30 gr 900 gr
Azúcar 20 gr 600 gr
Legumbres y arroz 100 gr 3000 gr
Patatas 300 gr 9000 gr
Carne fresca 200 gr 6000 gr
Tocino 30 gr 900 gr
Harina 300 gr 9000 gr
Café 15 gr 450 gr[929]

Son, aproximadamente, los mismos víveres que se venían proporcionando desde hacía años a los obreros y exactamente los que se les van a proporcionar a partir de entonces, con la salvedad de que la carne fresca no figura entre los víveres servidos, y sin embargo, se encuentra, entre ellos, el bacalao que ya antes había empezado a aparecer, frecuentemente, aunque el escrito de la Comisaría, como vemos, no lo considere parte de los alimentos que se deberían incluir. La explicación la facilita este mismo escrito en su punto 9.o, y último: la carne y el pan eran suministrados mediante dos órdenes independientes, que también debían recogerse, de todos modos, en el «Cuaderno de suministro colectivo». Ciertamente, no solo la carne, el pan tampoco —aunque la harina sí— figura jamás en las relaciones de víveres suministrados, y sabemos que lo elaboraba y servía la empresa Buelta a cargo del Economato.

Por otra parte, se introdujo entonces, una nueva obligación para las empresas: formular, con antelación, un cálculo de los artículos que vayan a necesitar para el suministro de los meses próximos a las declaraciones. Lo que harían en función de las existencias que tuvieran en sus almacenes, ya que, como también hemos podido comprobar, no siempre se servían la totalidad de los víveres, como demuestran las declaraciones que las empresas debían hacer no solamente de los que recibían sino también de los «servidos»:

  • 4.— Mensualmente, la empresa que tenga el «cuaderno de suministros colectivo» extendido a su nombre, en vista del total de obreros que ha de atender durante el mes y los tipos de ración que quedan expresados, formulará en las correspondientes hojas del mismo la petición de los artículos que calcule necesite, petición que entregará, sin separar del cuaderno en la Delegación de San Lorenzo de El Escorial[930].

Una vez formulada la petición de las empresas, sería la Delegación de El Escorial quien determinase si procedía o no atenderlas, en orden al cálculo de trabajadores de cada contrata en ese mes:

  • 5.— La Delegación de San Lorenzo de El Escorial en vista de la petición del total de personas a atender que figuren registradas en el cuaderno y a base de los tipos de ración marcados, determinará si la cantidad solicitada es la procedente, y anotará en la columna de «concedida» la que en definitiva otorgue, que, salvo fuerza mayor en contrario ha de bastar a cubrir, en la medida establecida, las necesidades presupuestas[931].

La Comisaría establecía, asimismo, unos sistemas de control adicionales para el suministro, exigiendo a la Delegación el registro de lo concedido en la línea de «cuentas corrientes» que se llevaban para cada empresa. Cada una de ellas debía firmar y sellar las concesiones recibidas:

  • 6.— Hecha la concesión, la Delegación registrará lo concedido en la línea que corresponda de la «Cuenta corriente» y en la columna de «Firmas i [sic] sellos de control», consignará el precedente como garantía de la aceptación[932].

Además, deberían justificar ante la Delegación de El Escorial la inversión de las anteriores concesiones con los cupones cortados de las cartillas de racionamiento, y, en el caso de los obreros que carecieran de ellas, deberían presentar certificaciones con los nombres de los mismos, y expresión del número de días que habían recibido los suministros, como constaba en la declaración que transcribimos más arriba, avalada por el COMNC. Así lo establecía el punto séptimo del escrito:

Para toda concesión de artículos que no sea la primera, la Delegación de San Lorenzo de El Escorial exigirá se le justifique debidamente la inversión de la anterior.

Dicha justificación debe hacerse, siempre que sea posible, con los cupones cortados de las cartillas de racionamiento. En el caso de que algunos obreros, […] carezcan de cartilla de cartilla individual, la justificación se hará, […] mediante certificación en que figuren relacionados nominalmente los interesados, y en la que para cada uno, se señale el número de días que han sido abastecidos. Dicha certificación habrá de ser expedida por el contratista y a ella dará su conformidad el representante del Consejo de las obras del Monumento a los Caídos[933].

Establece también la Comisaría en qué manera habrán de presentarse los cupones, bien en hojas semanales completas o en fracción de hoja, según se hubiera practicado el suministro de cada obrero, «pero siempre comprendiendo todos los cupones»:

  • 8.— Los cupones se presentarán en fin de cada mes, bien en hojas semanales completas, cuando el suministro de un obrero haya sido sin interrupción de una semana, o en la fracción de hoja que haya correspondido a los días de suministro, pero siempre comprendiendo todos los cupones I, II, III y V y los VARIOS que hagan referencia a los artículos que por los de esa clase se suministren. Por cada tira diaria de cupones I, II, III, IV y V la Delegación reconocerá justificada una ración diaria, y, sumando el total de tiras diarias al de raciones también diarias justificadas con las certificaciones que procedan, hallará el total de las acreditaciones en el mes que, multiplicado por la ración diaria que se acredita, dará como resultado lo consumido que anotará en la línea de «Liquidado» de la cuenta corriente. Si hay sobrante lo tendrá en cuenta para restarlo de la cantidad a entregar para el mes siguiente[934].

Efectivamente, hemos comprobado que así se hizo en el caso de la empresa Molán que al cesar en sus trabajos, fue reemplazada por Hoyos S. A., a quien le fueron asignados los víveres sobrantes de la anterior para el suministro de sus obreros.

El punto 9.o y último del escrito viene a esclarecer un importante aspecto de la alimentación, al que nos hemos referido más arriba: el abastecimiento de pan y carne se establecían mediante dos órdenes de suministro colectivo independientes, que también tendrían que reflejarse en el «Cuaderno de suministro colectivo»:

  • 9.— Por cada «Cuaderno de suministro colectivo» (Modelo n.o 31 bis) que la Delegación facilite, extenderá dos órdenes de suministro colectivo (Modelo n.o 30) una para el pan y otra para la carne.

Lo que le traslado para su conocimiento y efectos oportunos.

Dios g a Vd muchos años

Madrid, 27 de Septiembre de 1943

El Gobernador Civil Jefe de los Servicios de Abastecimientos

P. D.

Firmado: Ignacio Gabasa Anoro[935].

Sin suprimir lo anteriormente establecido, la Comisaría General de Abastecimientos dirige al COMNC un escrito, con sello de entrada de 16 de febrero de 1949, en el que resume el sistema de funcionamiento a observar, en cuanto al «abastecimiento de su personal […] con el fin de evitar los inconvenientes e irregularidades observadas hasta la fecha», en los siguientes términos:

Por esta Delegación Provincial se proporcionará una lista a cada Empresa indicadora de los precios que por artículo y ración corresponden. Estas listas se entregarán al mismo tiempo que las órdenes de suministro […]

Mensualmente y del 15 al 20 de cada mes, las precitadas Empresas presentarán una liquidación de los gastos que les haya ocasionado el suministro correspondiente al mes, previos justificantes al efecto. Esta Delegación Provincial a la vista de estas liquidaciones, procederá a que por la Caja de Compensación se recaude o abone las diferencias que hayan existido […]

Dios g. a V. muchos años

Madrid 11 de Febrero de 1949

El Gobernador Civil Jefe de Abastecimientos y Transportes[936].

Hemos comprobado, y queda recogido en el apartado anterior, que el indicado era ya el sistema que se observaba en el Valle para el suministro, con anterioridad a 1949. De hecho, como vimos, el primer escrito —y más detallado— de la Comisaría de Abastecimientos, estaba fechado en septiembre de 1943, por lo que esta nueva comunicación no haría más que respaldarlo, concretando algunos aspectos. Antes y después de febrero de 1949, el procedimiento era muy similar. Simplemente se especifican más claramente las obligaciones de las empresas, en cuanto a las peticiones y justificaciones de víveres, sin modificar lo relativo a las cartillas.

El COMNC se dirige a las contratas el 17 de febrero de 1949, advirtiéndoles de los cambios introducidos:

Recibimos escrito de la Comisaría General de Abastecimientos y Transportes, Delegación Provincial de Madrid, en el que establece normas por las que han de regirse las Empresas que trabajan en la construcción del Monumento Nacional para el suministro de víveres a su personal y que a continuación tengo el gusto de transcribirle para su conocimiento y exacto cumplimiento.

Con referencia al suministro de artículos que se efectúa por esta Delegación a favor de las Empresas constructoras del Monumento Nacional a los Caídos y con destino al abastecimiento de su personal, a continuación tengo el gusto de indicarle las normas por las que habrán de regirse para este suministro, con el fin de evitar los inconvenientes e irregularidades observadas hasta la fecha[937].

Como primera reacción, las contratas se dirigen al COMNC, expresando su necesidad de recibir una mayor cantidad de víveres, a fin de poder cumplir con la nueva normativa lo que el Consejo comunica a la Comisaría General, con fecha de 19 de febrero de 1949:

[…] las citadas empresas comunican que para ajustarse a la ración fijada por esa Delegación precisan un aumento de artículos por las cantidades siguientes:

EMPRESA SAN ROMÁN S. A.:

1161 kilos de harina

35 kilos de aceite

EMPRESA JOSÉ BANÚS:

835 kilos de harina

ESTUDIOS Y CONSTRUCCIONES MOLÁN S. A:

1528,400 kilos de harina

58 100 kilos de aceite

EMPRESA MANUEL RODRÍGUEZ:

329 kilos de harina

Rogándole remitan con la posible urgencia los vales necesarios por las cantidades que se indican, precisos para dar cumplimiento a lo ordenado […] en las instrucciones recientemente recibidas.

Dios g a V. S. m. años

Madrid 19 de Febrero de 1949

POR EL CONSEJERO GERENTE[938]

Las empresas se veían obligadas a servir un número exacto de plazas a partir de ese momento y quedaban advertidas de que se llevaría un control exacto de los víveres servidos y los remanentes, caso de existir. De hecho, hemos comprobado que, de algunas partidas, se dieron. Se ha escrito que las contratas del Valle hicieron un gran negocio con el estraperlo de los víveres que recibían para los obreros, vendiendo buena parte de los suministros recibidos. A la vista del sistema, verdaderamente minucioso, de control establecido por el Gobierno, a través de la Comisaría General de Abastecimientos, resulta difícil de creer que pudieran burlar sistemáticamente las normas al respecto. Pero, en cualquier caso, del examen del extenso documento que acabamos de comentar, lo que no puede discutirse es que la Administración hubiera dejado el menor resquicio para que se practicara el fraude. Al menos, a la escala que se ha pretendido. Veremos más adelante, que, en relación con los precios del economato, a una de las contratas —la de Rodríguez Crisogno— se le llegó a imponer una importante sanción que dio origen a la reclamación del afectado. Se trata de una sola incidencia, castigada severamente, relativa a una de las contratas, lo que, de haberse comprobado, no significaría, que las autoridades competentes hubiesen hecho la vista gorda, sino, precisamente, lo contrario.

Por otra parte, Nicolás Sánchez-Albornoz sostiene que el estudio de las calorías que debían suministrarse a los trabajadores, —ese fue su cometido durante su breve estancia en Cuelgamuros— era solamente una pantomima para «guardar las apariencias». Cabe preguntarse ante quién, pero, también, a la vista de la documentación examinada, es más que dudoso que tal fuera la intención de quien le ordenase llevar a cabo ese trabajo sistemático

4. Alimentos: clases y cantidades

4. Alimentos: clases y cantidades

Además de las relaciones de víveres recibidos, las contratas, hacían llegar, por adelantado, cálculos de lo que se necesitaría para el suministro de sus obreros durante el próximo mes, tal como se había establecido, según hemos visto, como tarde, a partir de 1949. Pero, como también hemos visto, dicho sistema se seguía con anterioridad.

Así, el contratista Manuel Rodríguez Crisogno, hacía llegar al COMNC, el 1 de diciembre de 1948, la siguiente estimación:

Cálculo de víveres que se necesitan para suministro de los trabajadores que prestan sus servicios en las obras de cantería del Monumento Nacional a los Caídos del Contratista Manuel Rodríguez Crisogno:

Aceite 900 gr x 158 individuos = 142,200 Kg.

Azúcar 600 gr x 158 individuos = 94,800 Kg.

Café 450 gr x 158 individuos = 71,100 Kg.

Legumbres 3000 gr x 158 individuos = 474,000 Kg.

Patatas 9000 gr x 158 individuos = 1422,000 Kg.

Carne fresca 6000 gr x 158 individuos = 948,000 Kg.

Tocino 900 gr x 158 individuos = 142,200 Kg.

Harina 9000 gr x 158 individuos = 1422,000 Kg.

Jabón 300 gr x 158 individuos = 47,400 Kg[939]

Y reforzaba su petición añadiendo, a través de su encargado:

Armenio Rodríguez Serra:

Certifico: que los víveres arriba citados son los imprescindibles para el mantenimiento de los trabajadores…

Resulta interesante comparar esta estimación con los «víveres servidos al personal» de la misma empresa, el mes anterior (noviembre de 1948), teniendo en cuenta que habían declarado tener 155 trabajadores:

Aceite: 155 Kg.

Harina: 1500 Kg.

Azúcar: 47 Kg.

Legumbres: 512 Kg.

Café: 35 Kg.

Jabón: 62 Kg.

Patatas: 930 Kg.

Tocino: 40 Kg[940]

Los víveres son los mismos, y, en algunas partidas —aceite, harina y legumbres— en mayor cantidad, pero no habían recibido la carne fresca que entonces pedían, mientras que la cantidad de tocino recibida era menos de la tercera parte de la que solicitaban para el siguiente mes. Como queda dicho, la carne, al igual que el pan, nunca figuran en estas relaciones, porque el reparto de ambos artículos se realizaba mediante órdenes separadas del resto.

De hecho, se conserva documentación en la que se establece, claramente, la división. Como la «relación numérica del personal que trabaja en las distintas empresas para las que se solicita suministro de pan y víveres», petición realizada el 1 de octubre de 1950, en los siguientes términos: al pie de la relación —eran en total 772 trabajadores en total— dice textualmente:

Suma el total de personal SETECIENTOS SETENTA Y DOS que por 31 días hacen un total de 23 932 raciones de pan y 772 de víveres que le pueden ser librados a la Empresa Alfredo Buelta Rigueras que como contratista del Comedor y Economato Obrero ha de efectuar la elaboración total del pan y distribución de este y los víveres[941].

Por otra parte, queda confirmado por los testimonios recogidos, que el consumo de carne fresca en el Valle no era algo excepcional[942]. En meses anteriores, aparecen los mismos víveres, salvo el tocino, aunque se les había entregado manteca por el doble de peso[943]. En cuanto a las estimaciones, ya en abril la empresa había presentado un cálculo de los víveres imprescindibles muy similar a la que hemos detallado, figurando, igualmente, la carne fresca, en la misma cantidad que aparecía meses más tarde. Se comprueba, en este caso, lo mismo que en el anterior: se les había servido los víveres solicitados, con excepción de la carne fresca.

En diciembre de 1949, Banús reconocía haber recibido del COMNC, los vales de «suministro de víveres correspondientes al mes actual para el abastecimiento de los obreros», —declaraba emplear a 351— en la siguiente proporción:

Aceite: 364 kg.

Azúcar: 149 kg.

Arroz: 372 kg.

Alubias: 372 kg.

Jabón: 149 kg.

Patatas: 2976 kg.

Garbanzos: 372 kg.

Tocino: 93 kg[944]

El mes anterior, comunicaba las cantidades suministradas, indicando las casas suministradoras, algo inusual, e interesante a los efectos de esta investigación:

Víveres Kg. Caja suministradora
Patatas 3088 C. R. E. P. A.
Tocino 96 «Cárnicas»
Lentejas 386 V. López
Azúcar 155 Viuda e hijos de Juan de Lafuente
Jabón 155 Viuda e hijos de Juan de Lafuente
Judías 386 Viuda e hijos de Juan de Lafuente
Arroz 386 Viuda e hijos de Juan de Lafuente
Aceite 348 Viuda e hijos de Juan de Lafuente
Harina 3243 Almacenes Generales La Fama[945].

Es de suponer que la empresa había comprado directamente los víveres a estas casas, como declaraba hacer la empresa Rodríguez Crisogno en el escrito que motivó su queja. Basaba esta, entonces, en el hecho de tener que comprar a precio «de tienda», pero hemos visto, como, entre los cambios introducidos aquel año, se establecía que las empresas comprasen a precio de almacén, lo que podría resarcirles de las pérdidas sufridas a causa de gestionar el reparto, como veremos en el caso de Rodríguez Crisogno.

Esta era una carga de las empresas prevista por el sistema de Redención de Penas, que contemplaba que fueran las empresas quienes se ocuparan de la alimentación de los reclusos. Normalmente, la Comisaría General de Abastecimientos señalaba la cantidad de artículos intervenidos precisados para el suministro de las prisiones, a cuyo fin, debía comunicarse, a través del Gobernador Civil, dentro de los primeros quince días de cada mes, el número de plazas a suministrar a cada prisión. El mismo sistema seguido en el Valle por el COMNC, con la única diferencia de que debían costear la manutención las contratas. A pesar de ello, como hemos visto, era a través del Consejo como se cursaban las comunicaciones al Gobierno civil.

En 1950, la empresa Hoyos («Piedras y Mármoles Hoyos») justificaba los víveres servidos a sus empleados, durante el mes de mayo, de la siguiente manera:

Aceite: 162 (litros)

Azúcar: 64,80 kg.

Arroz: 162,00 kg.

Bacalao: 34,40 kg.

Garbanzos: 162,00 kg.

Lentejas: 162,00 kg.

Jabón: 64,80 kg.

Patatas: 1296, 00 kg.

Harina: 1531,00 kg.

Sopa: 16,20 kg[946]

Dado que aquel mes, la empresa declaraba tener 162 empleados, el cálculo de lo que recibía cada obrero, resulta bien sencillo: de garbanzos, lentejas y arroz, un kilo de cada cosa. Un litro de aceite, y ocho kilos de patatas, así como nueve y medio de harina. Aparecen, además, otros víveres, como el bacalao y la sopa, pero tampoco recibe la carne fresca, que, al igual de Rodríguez S. A., estimaba imprescindible.

En junio la misma empresa, Hoyos, recibía también «frascos de leche», que rara vez figura en estas relaciones.

Por otra parte, el Comisario General de Abastecimientos, anunciaba, en mayo de 1950, al COMNC, que recibiría una cantidad extraordinaria de harina para resarcirse de la deficiencia en el suministro del mes anterior:

… durante el mes de Abril no se les entregó el cupo [de harina] correspondiente por carecer de los datos necesarios en cuanto al número de personas a que alcanzaba tal suministro […] En el mes de Mayo actual ha tenido como las demás empresas […]

Para subsanar las deficiencias apuntadas […] se extiende la orden de entrega por 1076 kilos de harina para que puedan resarcirse de la falta anterior, devolviendo los anticipos que para las atenciones de ese mes hayan podido solicitar.

José de Corral Saiz

10 de Mayo de 1950[947].

[A mano]: Que no se queden sin harina; pues tienen tres y han de devolver una… Lo que debe devolver es la guía.

De ese mismo año, se conserva un documento revelador: se trata de un escrito del Regidor del Valle, Faustino de La Banda, rogando a las «autoridades con intervención en los mercados de abastecimientos de Madrid» dieran facilidades para que las compras de víveres se pudieran realizar a primera hora, dado que la primera comida de los obreros se sirve a las 12,30, y, dado que el Valle de los Caídos se encontraba a 60 kilómetros de Madrid, el comprador iba «escaso de tiempo»:

Ruego a las autoridades con intervención en los mercados de abastecimientos de Madrid, dar facilidades al portador para hacer las compras con destino al Comedor Obrero de estas obras.

La primera comida se sirve a las 12,30[948].

Si, como se desprende del documento, al menos ciertos víveres, se compraban en Madrid el mismo día en que iban a ser consumidos, los costes de las empresas en transportes y mermas podrían justificar las quejas que hemos recogido por parte de algunas de ellas. Lógicamente, en aquellos años —aunque ya era 1950— resultaría difícil aprovisionar a las contratas solamente con los recursos de la zona, aunque sabemos que, por supuesto, cada una de ellas guardaba provisiones en sus propios almacenes, como quedó de manifiesto cuando la empresa Hoyos sustituyó a Molán, beneficiándose de los productos almacenados por la última, que le fueron asignados.

En general, es necesario insistir en que la alimentación de la mayoría de los españoles no era mucho mejor en aquella época, sumamente difícil, cuando no «angustiosa» como la calificaba el Patronato de la Redención de Penas, en su memoria de 1942. En el campo, en amplias zonas de la geografía, la base de la alimentación seguía siendo el pan, durante la mayor parte del año.

Pero el contraste entre la comida de los obreros del Valle y la que tuvieron que padecer los prisioneros españoles del Gulag, resulta brutal.

En el libro de Secundino Serrano sobre la peripecia de los setenta pilotos y marinos republicanos, prisioneros en la Unión Soviética, se relatan sus condiciones de vida, en diferentes aspectos[949].

Explica, en cuanto a la alimentación, como el hambre era no solamente terrible en el Gulag, sino provocada, intencionadamente, por sus guardianes para conseguir la sumisión de los presos:

Cuando el hambre arreciaba, los internados recurrían a diferentes suplementos alimentarios: pájaros y sus huevos, insectos, ranas, lagartijas, alguna ardilla, ratas de agua, culebras, todo tipo de bayas, hierbas raíces… Elmar Ullrich, en su informe sobre los españoles de Karagandá, incorpora a la dieta sapos, caracoles y gusanos. Pero el hambre constituía un factor imprescindible para el control de los cautivos: la necesidad apremiante de comer obligaba a trabajar y comportarse dócilmente[950].

En las celdas de castigo solamente recibían una ración de pan negro y agua, según el relato del prisionero Monclús, recogido por el mismo autor[951].

A nadie se le hubiera ocurrido comparar el Valle de los Caídos con el Gulag hace unos años, pero, dado que dicha comparación ya se ha llegado a establecer y, a causa de la difusión de la leyenda de Cuelgamuros, empieza a ser ya un lugar común, pensamos que resulta necesario traer a colación la descripción del verdadero Gulag; el soviético —por duro que ello resulte—, a fin de demostrar lo absurdo de esta campaña demagógica. Las diferencias no fueron, precisamente, de matiz.

En cuanto al Valle, vemos que, al iniciarse la década de los cincuenta, la alimentación de los penados mejora sensiblemente, al contar ya con los economatos que reclamaba, años antes, el jefe de destacamento, en el telegrama donde informaba de las deficiencias en este sentido. De hecho, en los pueblos de la zona, los proveedores del Valle dieron prioridad a sus pedidos.

José Alburquerque recordaba como las contratas acaparaban toda la carne disponible en Peguerinos, donde los vecinos, frecuentemente, solo podían encontrar casquería. Su tío, Pedro Dueñas, que era el carnicero, subía al Valle toda la carne, sobre todo cordero, que podía conseguir[952]. Allí conoció al famoso «Matacuras», del que hablaremos al tratar del caso de algunos reclusos concretos

Las empresas incluían, en sus liquidaciones, los recibos de sus correspondientes economatos, y, en su caso, detallaban los importes de cada comida, y las personas a quienes se sirven, ya que, al menos el de San Román, funcionaba, también, como un restaurante. Por eso, incluye, en su declaración, de julio de 1950, las comidas servidas aquel mes.

Comidas Precio Importe
Sr. Picón Torralvo 21 18 378
Sr. La Banda 2 9 18
Sr. Capellán 6 8 48
Sr. Córdoba 6 3 18
D. Enrique Rodríguez 4 18 72
TOTAL 534[953]

Luego, el importe de una comida, oscilaba entre 3 y 18 pesetas, y acudían allí personas cuya presencia en el Valle tenía motivaciones muy diferentes; desde el Capellán hasta el Regidor (Sr. La Banda), pasando por el maestro (Córdoba) que era un antiguo penado, como sabemos. A ellos solía unirse Enrique Rodríguez, aparejador del COMNC, como vemos por las liquidaciones de enero a mayo de aquel año.

En la liquidación de los meses de junio y julio, aparecen los mismos, además del «celador teléfono», que bien podía ser alguno de los penados o sus hijos[954]. El mismo economato, como veremos, sirvió comidas para los niños de la escuela, como la que tuvo lugar, en junio de 1950, por la festividad de San Pedro. Incluimos en este trabajo, el recibo de aquella comida[955]. La empresa de Alfredo Buelta Rigueras, con domicilio en la calle Drumen, n.o 3, de Madrid, obtuvo la contrata del «comedor colectivo» del Valle, en la que trabajaron penados, antes o después de la redención íntegra de sus condenas, como veremos.

En cuanto a los suministros, también pasaban por Regiduría los de la contrata del Comedor, como los que recibían las empresas. Se llevaron expedientes mensuales de víveres por los que conocemos los artículos y cantidades que recibía.

En septiembre de 1950, el Regidor informaba al Consejero Gerente:

Recibidos en esta Regiduría los vales de suministro correspondiente al mes de la fecha para los artículos y cantidades que al respaldo se expresan y entregados al contratista del Comedor este ha librado el oportuno recibo[956].

Se detallaban así los vales recibidos:

Harina: 7469 Kg.

Tocino: 182 Kg.

Azúcar: 291 Kg.

Judías: 1452 Kg.

Leche condensada: 728 Kg.

Jabón: 291 Kg.

Arroz: 728 Kg.

Aceite fino: 728 Kg[957]

Aparecía la leche condensada y se mantenía, básicamente, las clases de víveres allí consumidos desde hacía años, aunque, como veremos en las relaciones anteriores aparecen más víveres, que en esta de 1950. En la misma solicitud, el COMNC facilitaba el total de personal trabajando en las obras aquel mes; 728, como queda reseñado al hablar del número de trabajadores en el Valle a lo largo del tiempo. Multiplicándolo por los días del mes, resultaba un total de 21 840 raciones que debían librarse a la empresa:

Suma el total de personal SETECIENTOS VEINTIOCHO que por 30 días hacen un total de VEINTIÚN MIL OCHOCIENTAS CUARENTA raciones que como encargado del Comedor y Economato Obrero, le pueden ser libradas a la EMPRESA ALFREDO BUELTA RIGUERAS que ha de efectuar la elaboración total del pan y la distribución de este y los víveres.

Valle de los Caídos, 1 de Septiembre de 1950[958].

Alfredo Buelta Rigueras (comedor y economato obrero) era, como vemos, quien debía realizar la distribución tanto del pan —elaborado por la misma empresa— como del resto de víveres, para lo que contaba, en aquel momento, con 16 empleados, que llegaron a 21 en octubre. Entre ellos, Jerónima Díaz Organista, la viuda, como veremos, del primer muerto del Valle, Alberto Pérez Alonso, que trabajaba como cocinera de dicho Economato, en el momento de solicitar una vivienda en Madrid, para cuando terminasen las obras. También allí, trabajaba uno de sus hermanos, Alejandro. Figuran en la nómina de septiembre junto al «Matacuras», Justo Roldán Sainero.

Ya totalmente concluidas las obras, en 1967, el COMNC, se dirige al Director General del Tesoro, Deuda Pública y Clases Pasivas, rogándole curse las órdenes oportunas para que le sea devuelta al titular de esta contrata, la fianza, de 15 000 pesetas, depositada en su día para responder a la adjudicación[959].

Pero el documento concluyente en cuanto a la alimentación de los trabajadores —libres o penados— en Cuelgamuros es el oficio que el Consejo de las Obras envía a las contratas del Valle, reiterando la orden de la Delegación Provincial de Abastecimientos, de 26 de Junio de 1945, de remitir al Consejo las relaciones de obreros de cada empresa a efectos de suministro de víveres.

Es la misma orden que dio lugar a los listados de obreros por los que conocemos el número, bastante aproximado, de trabajadores en el Valle durante aquellos años. En dicha orden se establece la cantidad exacta de alimentos que componían las raciones diarias de los obreros[960].

Ración por obrero:

Aceite ración día 30 grs./mes 900 grs.
Azúcar ración día 20 grs./mes 600 grs.
Legumbres y arroz ración día 100 grs./mes 3000 grs.
Patatas ración día 300 grs./mes 9000 grs.
Carne fresca ración día 200 grs./mes 6000 grs.
Tocino ración día 30 grs./mes 900 grs.
Harina ración día 300 grs./mes 9000 grs.
Café ración día 15 grs./mes 450 grs[961].

Conviene subrayarlo para establecer que las cantidades y clases de víveres que debían recibir los obreros estaban ya establecidas antes de la entrada en vigor de las normas de 1949. La Comisaría General de Abastecimientos no hacía, en esa fecha, más que confirmarlo, y, establecer, sobre todo, un sistema nuevo que garantizase el cumplimiento de lo establecido en 1945.

Los peores tiempos, en cuanto a alimentación se refiere, habían quedado atrás ya en esa fecha. Dos años después de la llegada de los penados la situación había cambiado radicalmente, y no solo por el establecimiento de los economatos. Esta relación de alimentos por obrero y día era lo estipulado allí. Queda confirmado por varios testimonios recogidos en este punto que los obreros, al menos a partir de 1945 no tuvieron queja en este sentido sino todo lo contrario. Con las excepciones vistas, que parecen dificultades puntuales.

Porque ya en los suministros de 1947, además de los alimentos reseñados constantemente a lo largo de los años, aparecían otros como bacalao, —que seguirá apareciendo— o maíz, pasta, y chocolate, ocasionalmente[962].

Aunque seguirán surgiendo, como veremos, complicaciones para el aprovisionamiento de víveres, cada vez las dificultades serán menores, y parece haberse logrado una estabilidad en este sentido,

En las liquidaciones de la empresa Molán, que vimos al hablar del número de penados, correspondientes al mes de marzo de 1948, se incluye la:

«Justificación por víveres servidos por plaza al personal libre y penado [sin diferencia alguna] que prestó sus servicios durante el pasado mes de Marzo de 1948, en las obras del Monasterio-cuartel para el Monumento Nacional a los Caídos»:

Aceite 29 grs. 146 lts.
Patatas 290 grs. 1458 grs.
Judías 24 grs. 121 grs.
Azúcar 9 grs. 48 grs.
Puré 24 grs. 121 grs.
Arroz 24 grs. 121 grs.
Lentejas 24 grs. 121 grs.
Jabón 8 grs. 40 grs.
Café 6 grs. 32 grs.
Manteca 14 grs. 73 grs.
Harina 223 grs. 1122 grs[963].

Como en las declaraciones de altas y bajas, el Presidente de Molán S. A., Antonio Caro Sánchez, certifica:

Que las plazas figuradas anteriormente son exactamente las que se han suministrado al personal libre y penado, que durante el pasado mes de Marzo de 1948 trabajó en las Obras del Monasterio-cuartel para el Monumento Nacional a los Caídos[964].

En las justificaciones de los siguientes meses, se añaden a estos víveres, garbanzos —en la misma proporción que judías y lentejas— y tocino (8 gramos), pero el peso de las legumbres aumenta hasta los 33 gramos por cada partida.

En la justificación de los víveres recibidos «para el suministro del personal libre y penado que prestó sus servicios durante noviembre», la misma empresa —Molán— detalla los mismos, así como las cantidades recibidas:

Patatas: 1872 Kg.

Harina: 3000 Kg.

Alubias: 312 Kg.

Tocino: 78 Kg.

Aceite: 312 Kg.

Azúcar: 94 Kg.

Café: 57 Kg.

Jabón: 124 Kg.

Lentejas: 312 Kg.

Garbanzos: 312 Kg.

Puré: 94 Kg[965]

Añade el número de «plazas» devengadas por el personal libre y penado durante ese mes, entendiendo por plazas el resultante de multiplicar el número de trabajadores por los días de cada mes, 30 en este caso:

Resumen:

Plazas de libres: 4710

Plazas de penados: 4650

Total: 9360[966]

Por otra parte, la alimentación de los trabajadores dependía, en cierta medida, de la contrata para la que trabajaban. Dentro del marco establecido por el COMNC, Banús parece haberse atenido, en esta materia, a los mínimos exigidos, si comparamos sus declaraciones con las de Molán en el mismo año; 1948.

En la de julio, por ejemplo, las raciones diarias servidas por esta contrata, fueron las siguientes:

Aceite: 30 gr.

Azúcar: 20 gr.

Legumbres secas y arroz: 100 gr.

Patatas: 300 gr.

Tocino: 30 gr.

Harina: 300 gr.

Café: 15 gr.

Jabón: 8 gr[967]

El cálculo de las liquidaciones, como en el resto de las contratas, se hacía por «plazas» servidas, consistente, como vimos en facilitar el resultado de multiplicar el número de trabajadores por el de los días de cada mes. Así redactaba sus declaraciones juradas, José Banús, de manera muy parecida a la empleada por el presidente de Molán en las suyas:

CERTIFICO: Que las plazas figuradas anteriormente son exactamente las que se han suministrado al personal libre y penado que presta sus servicios en la Carretera de Acceso al Monumento Nacional a los Caídos. Durante el mes de Junio de 1948.

Madrid 3 de Julio de 1948

José Banús[968].

Es otra de las pruebas documentales de que la alimentación era la misma para libres y penados, aparte de que también acredita que la alimentación en Cuelgamuros era más que aceptable en el contexto de la época.

El 1 de diciembre de 1948, Joaquín Fesser, en nombre de Molán S. A., reconocía haber recibido «para el suministro del personal libre y penado que prestó sus servicios en las obras del Monasterio-Cuartel para el Monumento Nacional a los Caídos durante el pasado mes de Noviembre»:

Patatas: 1568 Kg.

Harina: 1647 Kg.

Azúcar: 79 Kg.

Jabón: 79 Kg.

Arroz: 196 Kg.

Alubias: 196 Kg.

Lentejas: 196 Kg.

Tocino: 49 Kg[969]

Debe tenerse en cuenta, para hacer el cálculo de lo que correspondía a cada obrero, el número de los mismos: ese mes, esta contrata empleaba a 138 libres y 96 penados, es decir 234, incluyendo a los funcionarios de prisiones que figuran en la misma lista que los penados.

En el mismo impreso, como era habitual, se hacía constar, en diferentes apartados, las cantidades recibidas y las servidas, que aquel mes coincidieron, aunque, en ocasiones, superase la primera cantidad a la segunda.

Más interesante resulta otro documento de la misma empresa, relativa al mes de octubre de aquel año (1948), y enviada al COMNC el 1 de noviembre, ya que especifica el peso de cada uno de los víveres que se suministraba por «plaza»:

Aceite: 29 gr.

Alubias: 32 gr.

Lentejas: 32 gr.

Jabón: 12 gr.

Azúcar: 12 gr.

Garbanzos: 32 gr.

Bacalao: 32 gr.

Tocino: 8 gr.

Patatas: 257 gr.

Harina: 269 gr[970]

En cada uno de los documentos de cada empresa, relativos al suministro de víveres, se certificaba la veracidad de lo declarado por parte del director o representante de la misma. Así, en el caso de anterior, Joaquín Fesser firmaba el siguiente escrito:

Joaquín Fesser en nombre de Estudios y Construcciones Molán S. A. certifica que las plazas figuradas anteriormente son exactamente las que se han suministrado al personal libre y penado que durante el pasado mes de octubre trabajó en las obras del Monasterio-Cuartel del Monumento Nacional a los Caídos[971].

En septiembre de 1949, la situación era muy similar en lo que respecta a la misma empresa. Nuevamente Joaquín Fesser, en nombre de Molán, declaraba haber recibido para el suministro del personal penado, las siguientes cantidades de víveres:

Aceite: 224 Kg.

Jabón: 100 Kg.

Arroz: 248 Kg.

Alubias: 248 Kg.

Lentejas: 124 Kg.

Garbanzos: 124 Kg.

Tocino: 62 Kg.

Patatas: 1984 Kg.

Harina: 2084 Kg.

Azúcar. 100 Kg[972]

En esa lista figuraban 135 personas, incluidos los funcionarios de prisiones, lo que multiplicado por 30 [los días de septiembre] daba un resultado de 4050 plazas, servidas aquel mes.

Por otra parte, la Delegación Provincial de Abastecimientos y Transportes enviaba a la empresa Molán, en abril de 1949, una lista de precios por raciones de víveres, seguramente con el fin de establecer los de su economato:

Víveres Cantidad Precio de venta por ración
Aceite 1 litro 8,40 ptas.
Azúcar 0,400 kg 2,80 ptas.
Alubias 1, 000 kg 7,00 ptas.
Bacalao 1,000 kg 11,50 ptas.
Garbanzos 1,000 kg 7,50 ptas.
Lentejas 1,000 kg 5,50 ptas.
Tocino (nacional) 0,200 kg 4,25 ptas.
Jabón 0,400 kg 2,40 ptas.
Patatas 6,000 kg 9,30 ptas.
Pan 0,400 kg 1,50 ptas.
Tocino (import.) 0,250 kg 5,00 ptas[973].

Se conserva en este fondo, una serie de documentos interesantes a efectos de conocer el volumen total del suministro de víveres en el Valle de los Caídos, en plena actividad de las obras (1949). Los redacta el propio COMNC, desglosando, por artículos, el peso de los víveres entregados a cada una de las contratas. Algo que no hemos encontrado en relación con otros años, y que permite conocer datos exactos en este sentido:

Enero:

Víveres San Román Molán Rodríguez
Aceite 387 lt 230 lt 110 lt
Azúcar 129 kg 77 kg 37 kg
Arroz 430 kg 256 kg 125 kg
Café 86 kg 51 kg 24 kg
Jabón 107 kg 64 kg 30 kg
Lentejas 430 kg 256 kg 122 kg
Patatas 3870 kg 2304 kg 1098 kg
Garbanzos 430 kg 256 kg 122 kg[974]

Faltan los datos de la empresa Banús, que aparecerán durante el resto del año, excepto en el mes de mayo.

En febrero, los víveres eran los mismos, aunque, entre las legumbres, se incluyen las alubias, que no aparecen el mes anterior:

Víveres San Román Banús Molán Rodríguez
Aceite 387 lt 312 lt 281 lt 110 lt
Azúcar 129 kg 104 kg 94 kg 37 kg
Arroz 216 kg 173 kg 156 kg 61 kg
Alubias 439 kg 347 kg 312 kg 122 kg
Café 86 kg 70 kg 62 kg 24 kg
Jabón 107 kg 87 kg 78 kg 30 kg
Lentejas 215 kg 174 kg 156 kg 61 kg
Patatas 3870 kg 3123 kg 2808 kg 1098 kg
Garbanzos 430 kg 347 kg 312 kg 122 kg[975]

En marzo, la ventaja era sustancial, con el aumento importante de las proteínas en la dieta, gracias al tocino y al bacalao, ausentes en los dos primeros meses del año:

Víveres San Román Banús Molán Rodríguez
Aceite 386 lt 344 lt 256 lt 102 lt
Azúcar 141 kg 153 kg 114 kg 45 kg
Arroz 429 kg 382 kg 285 kg 113 kg
Bacalao 429kg. 382 kg 285 kg 113 kg
Jabón 171 kg 153 kg 114 kg 45 kg
Lentejas 429 kg 382 kg 285 kg 113 kg
Patatas 2574 kg 2892 kg 1710 kg 678 kg
Garbanzos 429 kg 382 kg 285 kg 113 kg
Tocino 107 kg 95 kg 71 kg 28 kg[976]

En abril se mantienen cantidades muy similares de los mismos víveres y en mayo solo se introduce una partida nueva: harina de trigo, de la que Molán recibe 12 kilos, al igual que Rodríguez, pero a San Román se le asignan 121. Este artículo no vuelve a aparecer en los meses siguientes, independientemente del pan que se sirviera. Vuelve a estar ausente Banús de esta relación.

Los demás meses se mantienen los mismos víveres, excepto el bacalao, en proporciones similares, hasta llegar al último de los meses documentados:

Septiembre:

Víveres San Román Banús Molán Rodríguez
Aceite 361 lt 411 lt 224 lt 63 lt
Azúcar 161 Kg 183 Kg 100 kg 28 kg
Arroz 401 kg 456 kg 248 kg 70 kg
Alubias 401 kg 456 kg 248 kg 70 kg
Jabón 161 kg 183 kg 100 kg 28 kg
Lentejas 201 kg 228 kg 124 kg 35 kg
Patatas 3208 kg 3648 kg 1984 kg 560 kg
Garbanzos 201 kg 228 kg 124 kg 35 kg
Tocino 101 kg 114 kg 62 kg 18 kg[977]

En 1950, todavía mostraba una de las empresas —Rodríguez— su descontento por lo que consideraba les perjudicaba injustamente: el coste del transporte de víveres, cuyo recargo costeaban las contratas. Luego, la petición realizada años atrás, no había sido atendida. Seguían siendo las empresas las que debían asumir el coste del transporte sin poder establecer un recargo sobre los artículos que pudiera resarcirles, aunque desde el año anterior se había establecido, como vimos, que podían tramitar el pago de dichos gastos ante la Comisaría General de Abastecimientos, aparte de que, como ya argumentaba entonces dicho organismo, con la venta de los víveres, que las empresas pagaban ahora «a precio de almacén», quedaban ampliamente resarcidas.

Además, el Comisario, señor del Corral, había establecido «hacía tiempo» que se fijaran mensualmente los precios de los víveres, con obligación de publicarlos. La disposición establecía exactamente, según reconocía el contratista señor Rodríguez:

… se diera mensualmente por la Delegación de Abastos una relación de los precios a los que debían venderse los artículos, precios que han sido expuestos y respetados en estas obras[978].

Se deduce de su escrito que, a pesar de sus protestas de haber cumplido la citada norma, al señor Rodríguez no se le devolverían las 7500 pesetas depositadas en su día, sino que se le reclamaban otras 5000, en concepto de multa, que, según él, no le correspondía pagar «por haber quedado el asunto terminado según le manifestamos». Cuantiosa sanción, desde luego, que indica que, a juicio de la Comisaría General de Abastecimientos, no se había atenido a la normativa establecida.

En otras palabras, dicha comisaría establecía un control riguroso sobre los precios de los víveres en los economatos. Tanto que se revisaban mensualmente, y debían publicarse, imponiendo importantes sanciones a quien no cumpliera estos requisitos.

En relación con este asunto, se conservan una serie de documentos interesantes, relativos, precisamente, a la empresa de Manuel Rodríguez. Se trata de la «liquidación de los gastos ocasionados por el suministro correspondientes al mes de junio de 1950 que presenta la Empresa Manuel Rodríguez Crisogno, para el consumo de los obreros que trabajan en las obras de cantería del Monumento Nacional a los Caídos[979]» En el primero de estos documentos, se relacionan los víveres con su precio por kilogramo:

63 kg de Aceite a 10,108 p/kg: 641,85 ptas.

28 kg de Azúcar a 6,60 p/kg: 184,80 ptas.

28 kg de Jabón a 6,05 p/kg: 169,40 ptas.

69 kg de Arroz a 4,295 p/kg: 296,35 ptas.

69 kg de Lentejas a 5,00 p/kg: 345,00 ptas.

69 kg de Judías a 6,40 p/kg: 441,60 ptas.

580 kg de Harina a 358,18/100 Kg: 2077,44 ptas.

69 frascos de leche condensada a 8,55 cada uno: 589,95 ptas.

TOTAL: 4746,39 ptas[980].

En los precios de algunos artículos, se aprecian subidas notables, respecto de la declaración presentada por la misma empresa en diciembre del año anterior:

61 kg de Aceite a 9,456 p/kg: 576,80 ptas.

28 kg de Azúcar a 6,60 p/kg: 184,80 ptas.

544 kg de Patatas a 1,38 p/kg: 750,72 ptas.

28 kg de Jabón a 5,50 p/kg: 155,40 ptas.

68 kg de Alubias a 6,40 p/kg: 435,20 ptas.

68 kg de Garbanzos a 6,90 p/kg: 469,20 ptas.

572 kg de Harina a 390,17/100 kg: 2231,00 ptas.

TOTAL: 5373,04 ptas[981].

Subían el aceite, el jabón y la harina, de manera considerable en tan solo unos meses, lo que refleja otro de los problemas de la época: la carestía de la vida y las rápidas subidas de los productos alimenticios, que motivó el «Plus de carestía de vida», que vimos al hablar de los jornales.

Pero, volviendo a la declaración de junio de 1950, a continuación, la empresa informaba de los beneficios obtenidos con la venta de los artículos recibidos, lo que nos permite conocer los recargos que establecía por artículo y kilogramo:

69 lt de Aceite a 9,60 p/kg: 662,40 ptas.

28 kg de Azúcar a 7,00 p/kg: 196,00 ptas.

28 kg de Jabón a 6,50 p/kg: 182,00 ptas.

69 kg de Arroz a 4,50 p/kg: 310,50 ptas.

69 kg de Lentejas a 5,50 p/kg: 379,50 ptas.

69 kg de Judías a 7,00 p/kg: 483,00 ptas.

1933 raciones de pan, equivalente a los 580 Kg de harina recibidos, a 1,464 ración: 2829,91 ptas.

69 frascos de leche condensada a 9 ptas/frasco: 621,00 ptas.

TOTAL: 5664,31 ptas[982].

Es decir, que ganaba, por tanto, 40 céntimos en cada kilo de azúcar; 45 en el de jabón; 50 en el de lentejas; 60 en el de judías, y 200 en el de arroz. Aunque el aceite lo vendía por debajo de su precio de coste. Aún así, parece bastante claro que ya con estos márgenes podía resarcirse, como establecía el escrito de la Comisaría General, de los gastos ocasionados por el reparto.

Veamos, qué gastos eran esos: en el documento relativo a la liquidación de Rodríguez Crisogno, aparecen relacionados con sus importes; porcentajes aplicables al peso de los artículos:

Gastos ocasionados por el reparto de los citados artículos.

Derechos de análisis de harina: 580 Kg a 0,20 ptas. los 100 Kg: 1,16 ptas.

Deterioro de envases, ídem, id: 6 sacos a 1,20 ptas. cada saco: 7,20 ptas.

30 jornales de panadero a 20 ptas.: 600,00 ptas.

60 gavillas de leña para cocer el pan, a 3 ptas. cada una: 180,00 ptas.

17,40 Kg de mermas en el peso total de la harina a 358,18/100 Kg: 62,32 ptas.

Transporte víveres (excepto harina) desde Madrid al Monumento: 520,00 ptas.

Azañedo a ídem, id.: 135,00 ptas.

TOTAL: 1505,68 ptas.

Importa la compra de los referidos artículos: 4746,39 ptas.

Importe de los gastos ocasionados por los mismos: 1.505.68 ptas.

Suma: 6.252.07 ptas.

Importa la venta de los citados artículos: 5664,31 ptas.

Déficit en contra de la Empresa: 587,00 ptas.

Madrid, 20 de Junio de 1950

Sello de «Rodríguez Crisogno[983]»

En diciembre del mismo año, presenta la liquidación del mismo mes del año anterior con el importe de la venta de los artículos recibidos: 6179, 38 pesetas y céntimos, y vuelve a desglosar los gastos ocasionados por su reparto, en los mismos conceptos; derechos de análisis de harina (1561,80 pesetas y céntimos); 31 jornales de panadero a 20 pesetas; 62 gavillas de leña para cocer el pan a 3 pesetas; mermas en el peso total de la harina y transporte de los referidos artículos, además del importe de la compra de dichos artículos (5373, 04 pesetas y céntimos).

El déficit en contra de la empresa era, esta vez, de 755,46 pesetas y céntimos, pero se conservan, además, todas las liquidaciones de los años 1949 y 1950, mes a mes.

Así argumentaba Rodríguez Crisogno el déficit de su empresa en el apartado de alimentación. A pesar de las medidas establecidas por la CGA, en 1949, seguía siendo, según él, una partida de cuyos gastos no llegaba a resarcirse. Dado que presenta esta liquidación ante la propia Comisaría, parece que no había llegado a cobrar los gastos del transporte como, en principio, había quedado previsto.

Al igual que Banús, consideraba que sus beneficios eran inferiores a lo previsto en el momento de optar a la contrata. Pero, como estableció en su día el COMNC —al responder, precisamente, a Banús— resultaba indudable que a los contratistas les benefició su participación en la construcción del monumento. Aunque no todo fueran ganancias, dicho esto, con la lógica reserva, al no haber estudiado la contabilidad de las mismas. Otra cosa es que sus titulares hubieran visto defraudadas sus expectativas.

En cualquier caso, en cuanto a la alimentación de los obreros, hemos encontrado carencias y dificultades, sobre todo en los inicios de las obras, —como reconocen el propio COMNC, y el PNSM— pero no mayores que las que se padecieron entonces en España con carácter general. Los artículos alimenticios estarían racionados, en las tiendas de comestibles, hasta 1952. Las cartillas de racionamiento eran necesarias para toda la población, y el suministro normal de víveres, en 1947, consistía en las siguientes raciones, por adulto semanalmente:

Aceite: 1/4 de litro

Lentejas: 200 gr.

Garbanzos: 100 gr.

Jabón: 200 gr.

Café: 100 gr.

Patatas: 1 Kg.

Para los niños era diferente:

Azúcar: 200 gr.

Arroz: 100 gr.

Garbanzos: 200 gr.

Jabón: 400 gr.

Patatas: 1 Kg[984].

Solamente las familias con mujeres gestantes o niños lactantes podían recibir dos o cuatro botes de leche condensada, o alimentos como harina de trigo o puré de guisantes.

Solo en 1950 se elevaron a 300 los gramos de pan por persona, pero el suministro semanal de aceite seguía siendo de un cuarto de litro, —como tres años antes— y lo mismo con el resto de alimentos, según la misma publicación.

Vemos que los alimentos eran los mismos que en el Valle de los Caídos en la misma época, sin entrar a comentar la carestía de los mismos que no afectaba a los trabajadores durante su permanencia allí, salvo para los productos que comprasen en el economato.

En cualquier caso, lo que queda probado es, como ya hemos dicho, que tanto los penados, como los libres, e incluso los funcionarios, que figuran en los mismos cálculos de «plazas», recibían la misma alimentación. No podemos calcular en qué manera influyó exactamente el establecimiento de los economatos, pero resulta indudable que completaron la alimentación de los trabajadores.

Y existe otro dato concluyente, que confirmaremos más adelante: no hubieran llevado allí a sus familias, ni hubiesen tenido familiares acogidos en sus casas —de manera permanente o en vacaciones— si, realmente, las privaciones en Cuelgamuros hubieran sido mayores que sus lugares de origen, incluyendo Madrid, de donde también recibían visitas en los meses de verano.

Por todo ello, revisada la documentación de este fondo, concluimos que no se puede seguir hablando de muertos por hambre en el Valle de los Caídos, sin faltar gravemente a la verdad.