Notas
PRÓLOGO
[1] Sirva de ejemplo la de Iupiter, explicada por pater iuris. <<
[2] La primera edición de la obra de Niebuhr es de 1826. <<
[3] Alexandre, M., París, 1863, tomo I, págs. VII y VIII. <<
[4] Los nombres latinos de los animales domésticos demuestran los progresos verificados de antiguo por la familia indogermánica en la vida pastoral. Por ejemplo la forma latina bos, por buey, que en griego, es βοῦς, y en sánscrito, gaus; o equus, por caballo, que en griego es ἵππος, y en sánscrito acuas; o anser, por ganso, que en griego es χήν, y en sánscrito, hansa. Los de los instrumentos agrícolas denotan la unión de las razas helena e italiana en un período más adelantado. Por ejemplo, la forma latina aratrum, para arado, que en griego es ἄροτρον; o ligo, semejante a λαχαίνω. Entre los frutos de la tierra, la forma hordeum para cebada, que en griego es κριθή, y milium, para mijo, que en griego es μελίνη. <<
[5] Mommsen, Historia de Roma, pág. 51. <<
[6] Nuestro autor interpreta, pág. 60, la palabra Latium por gran llanura, y a esta condición del terreno con poca cuesta o pendiente atribuye la insalubridad de la campiña romana. <<
[7] Mommsen, ob. cit., págs. 66 y 67. <<
PRÓLOGO DE LA SEGUNDA EDICIÓN ALEMANA
[8] Si hemos introducido en esta edición castellana alguna leve modificación ha sido obedeciendo al deseo de hacer más fácil y cómoda la consulta de la obra. <<
[9] Puede suplirse su falta consultando las cartas 20 y 21 del excelente Atlas de Grossellin, aumentado por Delamarche. <<
LIBRO PRIMERO.
DESDE LA FUNDACIÓN DE ROMA HASTA LA CAÍDA DE LOS REYES
I. INTRODUCCIÓN
[10] Sena-Gallica y Aríminum. <<
[11] Garganus mons. <<
II. PRIMERAS INMIGRACIONES EN ITALIA
[12] O perteneciente a la gran familia boreal llamada Ugriana, y procedente de las estepas europeoasiáticas del norte. Véase Maury, La tierra y el hombre, París, 1857, pág. 381. <<
[13] Citamos dos inscripciones puestas sobre dos tumbas, a fin de dar una idea de este idioma, al menos para el oído: «Theotoras artah iaihi bennarrihino» y «Dazihonas platorrihi bollihi». <<
[14] Se ha llegado hasta a admitir la existencia de cierta afinidad entre el idioma de los yapigas y el albanés moderno, pero los puntos de comparación en que se apoya esta doctrina son poquísimos y no muy significativos. Si esta afinidad de raza hubiera sido alguna vez reconocida; si, por otra parte, los albaneses, que como los helenos y los italiotas pertenecen a la raza indogermánica, no fueran más que un resto de esos antiguos pueblos helenobárbaros de los que tantas huellas se encuentran en toda la Grecia, y sobre todo en la región del Norte, sería necesario concluir de aquí que las razas antehelénicas debían ser también clasificadas entre las preitálicas, sin que por esto hubiera de afirmarse que los yapigas vinieron a Italia por el mar Adriático. <<
[15] Al noreste de Anah, en la orilla derecha del Éufrates, crecían el trigo, la cebada y la espelta silvestres (Alf. de Candolle, Geografía política razonada, tomo II, pág. 934). El trigo y la cebada indígenas de la Mesopotamia son también mencionados por el historiador Beroso (v. Jorge el Sinc., edición de Bonn, pág. 50). <<
[16] Se ha querido referir las palabras vico, vimen, del latín, a una raíz primitiva que sería también la de la palabra weven (en alemán tejer) y sus semejantes, pero las primeras tenían, como mucho, antes de la separación de los grupos helénico e itálico la significación general de trenzar; solo más tarde se le habrá dado por el movimiento separado de los idiomas en cada país el sentido especial referente al tejido. Por antiguo que sea no llega el cultivo del lino a los tiempos primitivos. Si los indios han conocido esta planta, no han hecho jamás otra cosa, ni hacen en la actualidad, más que extraer su aceite. En cuanto al cáñamo, lo han cultivado los latinos aún más tarde que el lino; por lo menos, su expresión canabis tiene todo el aspecto de una introducción muy reciente. <<
[17] Aro, aratrum se encuentran en el aram o erem según algunos dialectos (labrar, y en el erida, del idioma germánico primitivo; en las palabras eslavas orati, oradlo; en las lituanas, arti, arimnas, y en las célticas ar, aradar). Al lado de ligo, cf. rechen; al lado de hortus, cf. garten en alemán; mola, en latín, equivale a müke en alemán, malyn en eslavo, malunas en lituano, malin en céltico. Sea como fuere, no podemos admitir que haya habido un tiempo en que los helenos vivieran en todos los países de la Grecia únicamente como pastores. La riqueza en ganados así en Grecia como en Italia ha sido indudablemente, más que la propiedad territorial, el punto de partida y el intermediario de la riqueza privada, pero no se puede concluir de aquí que la agricultura no haya nacido sino más tarde. Lo que sí es verdad es que ha comenzado por la comunidad de la tierra. Añádase a esto que antes de la separación de las razas no había agricultura propiamente dicha; la cría del ganado entró siempre por una proporción variable según las localidades, pero, en todo caso, mucho mayor que en los tiempos posteriores. <<
[18] ¿Se quiere de esto una prueba aún más patente? Se la encuentra en las estrechas relaciones que, según las ideas antiguas, tenían con las costumbres agrícolas el matrimonio y la fundación de las ciudades. Las divinidades que presidían directamente el matrimonio eran: entre los italianos Ceres y la Tierra (Tellus), o una de ambas (Plut., Romul. 22; Servius, Ad Æneid., 4, 166; Ross Rem. Ehe (matrimonio romano, págs. 257 y 301); entre los griegos, Demeter (Plut., Conjug. prec. preámb).. En el antiguo formulario griego, la producción de los hijos se llama una siega (véase infra, pág. 33, nota); por último, la confarreatio, las formalidades del matrimonio romano primitivo, toma su nombre y sus ritos del cultivo de los cereales. Sabido es también el uso que hacían del arado al tiempo de fundar las ciudades. <<
[19] Las armas que usaban los dos pueblos en la época primitiva no parece que lleven esta semejanza hasta la afinidad del nombre; hay sin duda alguna relación entre la lancea y la λόγχε; pero la palabra latina es de fecha mucho más reciente y ha sido tomada quizá de los germanos o de los españoles, y parece por último tener su semejante en el griego σαύνιον. <<
[20] La semejanza de los principios continúa además hasta en los detalles, como por ejemplo en la definición de las justas nupcias, que tienen por objeto la procreación de hijos legítimos (γάμος ἐπί παίδων γνησίον ἄροτω - matrimonium liberorum quærendorum causa). Fíjense bien en la palabra ἄροτω, que significa labranza, sementera. <<
[21] Pero no olvidemos que la identidad de las condiciones primitivas conduce siempre a consecuencias idénticas. El plebeyo de Roma es realmente hijo de las instituciones políticas de la ciudad, y, por lo tanto, se encuentra su semejante en toda ciudad que admite una clase de domiciliado al lado de los ciudadanos propiamente dichos. Concedemos por lo tanto su influencia al acaso. No deja de intervenir en los hechos con sus caprichos y sus contradicciones; nos apresuramos a reconocerlo. <<
[22] Genius publicus, patrius, etc., arculus, etcétera. <<
[23] Sobre todos estos detalles véase Preller, Remische Mithologie, Berlín, 1858. Ch. X., Schicksal und Leben, principalmente los párrafos 3 y 4. Cita las divinidades agrícolas, las Dea Runcina, Messia, Tutulina, Terensis, etc., y el Tellumo o Saturnus vervactor, obarator, occator, messor, convector, promitor, etcétera. <<
III. ESTABLECIMIENTOS DE LOS LATINOS
[24] Historiador de la Sicilia y de la Italia, contemporáneo de la guerra del Peloponeso. Atribuía la fundación de Roma a Romus, hijo de Júpiter, anterior a la guerra de Troya. (Véase Müller, Fragmenta hist. græc., pág. 45.) <<
[25] Tucídides, libro VI, cap. II. <<
[26] Bahía de Policastro. <<
[27] Latium, con la a breve puede, sin duda, derivarse de la misma raíz que πλατύς, latus (lado); pero puede también derivarse de latus, largo (con la á larga). <<
[28] Un estadístico francés, Mr. Dureau de la Malle (Economie politique des Romanes, tomo II, pág. 226), compara la Limagia de Auvernia a la Campiña de Roma: allí también se encuentra una extensa llanura, pero desigual y surcada de barrancos, y cuyo suelo es una mezcla de cenizas y de lavas descompuestas, procedentes de antiguos volcanes extinguidos. La población (dos mil quinientos habitantes por legua cuadrada) es una de las más densas que se encuentran en un país puramente agrícola. La propiedad está muy dividida y el cultivo se hace solo por la mano del hombre con la azada, el tridente y el azadón; algunas, aunque muy raras veces, se reemplazan con un arado ligero tirado por una yunta de vacas, y aun a veces, al lado de la única bestia que poseen, tira la mujer del campesino. La yunta tiene allí dos fines: nutrir con su leche y cultivar el campo. Este da dos cosechas anuales: una de trigo y otra de forraje, sin descansar jamás por el barbecho. El arrendamiento medio anual es de 100 francos por arpenta. Si este mismo país perteneciese a seis u ocho grandes propietarios, los jornaleros reemplazarían muy pronto al pequeño labrador, y en menos de un siglo se vería a la rica Limagna convertida en un desierto triste y miserable como lo está hoy la Campiña de Roma. <<
[29] Nombre especial de la Venus latina. Tenía su bosque sagrado y su fuente santa. Lucus Ferentinæ (Tit. Liv., I, 50 y 52). Cap. Ferentinum (Tit. Liv., II, 28). También se halla entre los oscos y los hérnicos, bajo el nombre de Herentatis, derivado del sánscrito. Preller, véase Venus, pág. 383. <<
[30] Así se ha dado el nombre de tregua a la fiesta latina (Indutiæ; Macrob. Sat. 1 y 16; ἐκεχειρίαι Dionisio, 4 y 49). Estaba prohibido pelear durante su celebración. <<
[31] Se ha sostenido muchas veces, tanto por los antiguos como por los modernos, que la ciudad de Alba ejerció en el Lacio, bajo la forma de una simmaquia, una preponderancia de la que no dan la menor señal las más minuciosas investigaciones de la crítica histórica. En el comienzo de la historia jamás tiene unidad una nación, sino que está, por el contrario, fraccionada: y sería muy extraño que los albanos hubiesen resuelto desde un principio el problema de la unificación del Lacio, que ha costado después a Roma tantos siglos y tan encarnizados combates. Cuando Roma se apoderó de los derechos de la ciudad de Alba y reivindicó la herencia de esta, no exigió la supremacía directa sobre las ciudades sino una especie de prioridad honorífica, aunque sabiendo muy bien que esta prioridad, unida a la fuerza material, conduciría rápidamente a una hegemonía real. Sin embargo, no hay necesidad de decir que sobre todas estas cuestiones carecemos de testimonios directos, y se haría mal si nos apoyáramos en algunos textos (Festus, véase Prætor, pág. 241: Dionisio, 3, 10) para transformar la ciudad de Alba en una especie de Atenas latina. <<
IV. ORÍGENES DE ROMA
[32] Se encuentran en las palabras de antigua formación alteraciones y cambios análogos. Pars, portio; mars, mors; farreum, antigua forma de horreum, Fabii, Fovii, Valerius, Volesus, Vacuus, Vocibus. <<
[33] El hecho de establecerse juntos en el mismo lugar no entraña forzosamente el sinecismo y cada tribu puede continuar siendo dueña en su propio terreno, pero muy pronto no hubo más que una casa común para el Consejo y los magistrados (Tucíd., 2, 15. Heródot., 1, 170). <<
[34] Cuando se compara la palabra antigua trittús con la umbría trifo, se pregunta uno si la triple división de la ciudad no será una institución puramente grecoitálica. Si así fuese, no podría verse en la ciudad romana el conjunto de una porción de razas independientes fundidas en una sola sociedad política. Mas, para llegar a esto, sería necesario no hacer mérito alguno de la tradición. ¿Y cómo no se hallaría entonces la triple división en las demás ciudades grecoitálicas como institución fundamental? Solo a su contacto con Roma y a la influencia predominante de los romanos es quizá a lo que deben los umbrios el uso de la palabra tribu, que parece que no se encuentra entre los oscos. <<
[35] Sodales Titii, instituidas por Tacio, dice Tácito, retinendis Sabinorum sacris (Annal., 2, 54. Varr. I y V, 85). Véase Preller l. c., en la voz Sodales Titii. <<
[36] Hoy, que se ha abandonado completamente la antigua opinión de que el idioma latino no era más que una mezcla del griego con otros idiomas, se encuentran todavía sabios ilustres según los cuales la lengua de los romanos debió formarse de la mezcla de dos dialectos italianos, unidos en un principio por su afinidad mutua. Mas para creer en este fenómeno debería hallarse su razón en necesidades filológicas o históricas. Sin embargo, se busca en vano esta prueba. Además, cuando una lengua se hace mixta y expresa la fusión de otras dos, no hay filólogo que ignore que esto puede suceder tanto por cierto desarrollo orgánico como por una mezcla puramente exterior. <<
[37] Se daba este nombre a la prisión abierta debajo del Capitolio. (Véanse las notas del cap. VII.) <<
[38] Sobre la Dea Dia y sus ritos, así como sobre el bosque dedicado a ella, véase Preller, l. c., págs. 425 y sigs. <<
[39] Los ingenieros del puente ejercían un sacerdocio, de donde viene la palabra pontifex, pontífice. (Véanse más adelante, cap. XII.) <<
[40] Equus bellator. Preller, pág. 399. <<
[41] Se sabe muy poco acerca de los argeos y de sus capillas, y su culto es atribuido a Numa. Eran probablemente genios protectores de los cuarteles o barrios. Se los considera compañeros de Hércules, que vinieron con él desde Argos hasta Roma. (Véase Preller, págs. 514 y 515.) <<
[42] Sobre los lupercos o lupércalos, véase Preller, hoc verbo. Los lupercos Quincianos tenían un rango superior a los Fabianos, y lo prueba la leyenda que atribuye la creación de los primeros a Rómulo y la de los segundos a Remo. (Ovid., Fast. 2, págs. 373 y sig.) Los Fabianos pertenecían a los romanos de la colina, como se ve por el lugar de sus sacrificios, el Quirinal. (Lib. V, 46 y 52.) Poco importa que en el ejemplo citado se trate o no de las fiestas lupércales. Las inscripciones llaman al luperco palatino Quinctialis: Lupercus Quinctialis Vetus. (Orelli, 2253.) El prenombre Cæso, que se refiere probablemente a su culto, se encuentra solo entre los Fabianos y los Quincianos. Por lo demás, se comete una falta grave y frecuente escribiendo, como los autores antiguos, Lupercus Quinctilianus o Quinctilius. El Colegio de los Lupercos no pertenecía a los Quintilianos, gens relativamente moderna, sino a la de los Quincianos, infinitamente más antigua. En cuanto a si los Quincianos (Lib. I, 30) o Quintilianos debían colocarse entre las familias albanas (Dionisio 3, 29), convendría preferir la segunda opinión, y no ver en la palabra Quincti más que un modo de escribir paleorromano. <<
[43] Si después se ha llamado esta colina de Quirino, no debe concluirse de aquí que los ciudadanos establecidos en el Quirinal se hubiesen apropiado por una especie de privilegio el nombre de Quirites que se les dio en un principio. En efecto, el único nombre que tuvieron, según acreditan los más antiguos monumentos, es el de Collini; y no es menos cierto que la palabra quirites no ha querido decir nunca otra cosa que ciudadanos que están en pleno uso de los derechos de ciudad. Nada tienen en común con los Montani ni los Collini. (Véase más adelante, cap. V.) En un principio, el Mars Quirinus, el dios de la muerte, armado de lanza, fue adorado a la vez en el Quirinal y en el Palatino. Las inscripciones más antiguas halladas en las ruinas del templo, llamado templo de Quirinus en tiempos posteriores, dan al dios solamente el nombre de Marte. Solo para distinguirlos es por lo que en una época reciente se ha llamado especialmente Mars al dios de los romanos montañeses y Quirinus al de los romanos de la colina. Algunas veces se da al Quirinal el nombre de colina Agonal (collis agonalis, colina de los sacrificios) por alusión a la religión de los romanos de la colina, que tenían allí sus principales santuarios. (Véase Preller, Voz Agonia, Agonius, etc., pág. 159, nota segunda, y pág. 320.) <<
[44] La teoría contraria se funda en una hipótesis emitida primeramente por Varrón y adoptada enseguida por todos los historiadores. Esta hipótesis, a la vez etimológica e histórica, refiere las palabras latinas Quiris, Quirites a la denominación de la ciudad sabina de Cures. De aquí se ha deducido que los sabinos de Cures son los que han venido a poblar el Quirinal. Que haya entre estas palabras alguna afinidad filológica puede concederse, pero lo que no admito, en tanto no se den otras razones, es que se deduzca como consecuencia histórica de esto que la inmigración fuese sabina. Se ha sostenido, aunque sin probarlo, que los santuarios del Quirinal eran sabinos. Pero también se encontraba en este monte una colina llamada Latina (Latiaris). Mars Quirinus, el Sol, la diosa de la Salud (Salus), Flora (Flora), Seno sancus o el Deus Fidius (véase Preller, his verbis) son a la vez divinidades sabinas y latinas, inventadas por la piedad en la época en que los sabinos y los latinos no se habían aún separado. Después debieron quedar sin duda ciertos nombres de dioses unidos particularmente a los santuarios del Quirinal, y arrojados a la última fila (citemos por ejemplo al Semo sancus, del cual tomó su nombre la puerta Sanqualis), pero estos nombres se encuentran también en otros lugares (el Semo sancus en la isla Tiberina). Además, aun mostrando esta circunstancia, a los ojos de una crítica imparcial la antigüedad del culto no será en manera alguna una prueba de haberlo tomado del país vecino. No niego la posibilidad de ciertos antagonismos de raza, ni de sus efectos naturales, pero si se han producido, no ha llegado su eco hasta nosotros. Las consideraciones a que se entregan nuestros contemporáneos respecto del elemento sabino en la ciudad romana me parece que deben descartarse. Todo nos advierte que debemos temer aglomerar el vacío sobre el vacío. <<
V. INSTITUCIONES PRIMITIVAS DE ROMA
[45] Esto no sucede solo cuando el matrimonio se ha verificado según el rito antiguo (matrimonium confarreatione), sino también cuando lo ha sido puramente civil (matrimonium consensu). En el matrimonio consensual adquiría igualmente el marido un derecho sobre la mujer; así este matrimonio tomó desde muy antiguo los principios y las prácticas de los modos ordinarios de adquirir la compra y la tradición formal (cæmptio) o la prescripción (usus). Cuando en el matrimonio mediaba consentimiento simple sin la adquisición del poder conyugal, en el caso, por ejemplo, en que el tiempo requerido para prescribir no hubiese transcurrido, la mujer no era esposa (uxor), sino solo tenida por tal (pro uxore), enteramente como en el caso de la causa probatio, bajo una ley posterior (Ley Elia Sencia. Véase Gaius, I, 29 a 66). Uxor tantumodo habebatur, dice Cicerón (cap. 3,14). Esta regla se conservó hasta los tiempos más brillantes de la jurisprudencia. <<
[46] Citaremos una inscripción funeraria, perteneciente sin duda a una época más reciente, pero que merece figurar aquí. Dice de este modo:
Pasajero: breve es mi discurso. Espérate y lee:
Esta piedra cubre a una mujer bella;
A la que sus padres nombraban por Claudia.
Amó a su marido con todo su amor;
Engendró dos hijos; dejó uno vivo;
Huyó la otra al seno de la tierra;
Fue amable en su trato y noble en su andar;
Cuidó de su casa, e hiló. —He concluido. Adiós.
Otras muchas inscripciones enumeran de un modo curioso el talento de hilar la lana entre las virtudes morales de la mujer. (Orelli, 4639: optima et pulquerrima, lanifica pia pudica frugi casta domiseda, ibid. 4861: modestia provitate pudicitia obsequio lanificio diligencia pide per similisque ceteris probeis femina fuit). <<
[47] De Penus, aprovisionamiento; colocado por punto general en el Tablinum, en el interior de la casa: de donde procede la palabra penetralia, que tiene la misma etimología. (Véanse Rich., Dicc. de Ant. verbis penates, domus, tablinum, y Preller, Vesta y los Penates, pág. 536.) <<
[48] No se espere que citemos aquí testimonios directos relativos a las condiciones y formalidades constitucionales para la elección del rey. Pero como el dictador romano fue nombrado absolutamente del mismo modo; como la elección del cónsul solo se diferencia de la otra en que el pueblo tenía un derecho de designación previa y obligatoria, nacido indudablemente de alguna revolución posterior, mientras que el nombramiento propiamente dicho continuaba perteneciendo exclusivamente al cónsul saliente o al interrey, y como, por último, la dictadura y el consulado no son, en el fondo, más que la continuación de la monarquía, nos parece nuestra opinión perfectamente demostrada. La elección por curias sería la ordinaria, como nos lo acreditan testimonios por completo dignos de fe, pero no es enteramente necesaria desde el punto de vista de la ley; lo que la leyenda cuenta del nombramiento de Servio Tulio es una prueba de nuestro aserto. Por punto general, fue reservada al pueblo (contione advocata) y el designarlos por aclamación fue en adelante considerado como una verdadera elección. <<
[49] O Júpiter romano. Dii-Jovis (véase Preller, h. v.). <<
[50] Los cojos y los paralíticos estaban excluidos de las funciones supremas. (Dionisio, 5, 25). ¿Pero era necesario ser ciudadano romano para poder aspirar a ser nombrado rey o cónsul? ¿Hay necesidad siquiera de confirmar un hecho tan indudable y evidente? ¿A qué quedan reducidas, según esto, las fábulas que dicen que Roma fue en una ocasión a buscar un rey a Cures? ((Numa Pomplius). <<
[51] Véase Hults. Gr. und. Ræm. Metrología, Berlín, 1862. «Bina jugera, quæ a Romulo primum divisa hæredem secuebantur, hæredium apellarunt hæc postea a centum centuria dicta, etc.» (Varro, De re rustica, I, 10.) La jugera (yugada) equivalía a 0,252 hectáreas; el heredium, a dos jugeras, o 0,504; la centuria, a 100 heredia o 200 jugera, o 50,377. <<
[52] En Roma desaparecieron muy pronto las decurias o centurias, pero se encuentra un recuerdo notable de su existencia y hasta su influencia todavía persiste en uno de los actos solemnes de la vida, aquel que consideramos con razón como el más antiguo de todos, cuyas formalidades legales nos ha dado a conocer la tradición: el matrimonio por confarreación. Los diez testigos que a él asisten representan la decuria, así como después, en la constitución de las treinta curias, encontramos sus treinta líctores. <<
[53] El nombre de partes, tribus, indica bastante por sí mismo. La parte, como saben los juristas, ha sido un todo, o lo será en el porvenir, pero en el presente no tiene existencia propia, real. <<
[54] En Eslavonia, donde se ha conservado hasta nuestros días el régimen patriarcal, toda familia, contando algunas entre cincuenta y cien individuos, habitan bajo el mismo techo y bajo las órdenes de un jefe (goszpod’ar) que todos los miembros han elegido de por vida. Este padre de familia administra el patrimonio común, que consiste principalmente en ganado; el excedente de los productos se distribuye entre las diversas líneas. Los beneficios particulares debidos a la industria y al comercio son de aquellos que los obtienen. Puede además dejarse la casa: un hombre sale de ella, por ejemplo, para ir a casarse en otra comunidad (Czaplovis, Eslavónico, I, 106, 179). La organización de la Eslavonia parece tener muchas relaciones con las antiguas instituciones domésticas de Roma; la casa constituye una especie de municipio, y se comprende muy bien la asociación de un número determinado de casas. La antigua arrogación tiene también lugar en este sistema. <<
[55] La expresión más antigua para designar este voto es patronum cooptari. Siendo sinónimas las palabras patronus y patricius, y aplicándose al derecho completo de ciudadano (págs. 87 y 88), quiere decir lo mismo que las expresiones impatres, impatricios, cooptari (Tit. Liv. IV, 4. Suet. Tiber, 1.) o que la más reciente in paticios adlegi. <<
[56] Tal es el sentido primitivo de las palabras quiris, quiritis y quirinus; de cuiris o curis, lanza, e ire. Lo mismo sucede en las palabras samnis, samnitis y sabinus que los antiguos refieren al σαύνιον (lanza) de los griegos. Así, los romanos han formado las palabras arquites, milites, pedites, equites, velites, para designar a los arqueros, los mil soldados (de las diez curias), la infantería, la caballería y aquellos, por último, que peleaban sin armadura y vestidos con una sencilla túnica. Únicamente se notará que en los últimos ejemplos, la i primitivamente larga se ha convertido en i breve, lo mismo que en las palabras dederitis, hominis y otras muchas. Juno quiriti, Mars quirinus y Janus quirinus son divinidades armadas de lanza, y la palabra quiris aplicada a los hombres significa el guerrero, es decir, el ciudadano. El uso ha estado conforme con el sentido gramatical. Cuando ya estuvo designada la localidad, dejó de emplearse la palabra quirites (urbs Roma, populus, civis, ager romanus). En efecto, la palabra quiris no indica claramente la localidad de Roma, como tampoco cives o miles. Las dos palabras cives y quiris no se han empleado nunca juntas; aunque usadas en circunstancias diferentes, tienen absolutamente el mismo sentido legal. Había algunas excepciones. Cuando se anunciaban solemnemente los funerales de algún ciudadano romano, se decía: ese guerrero ha muerto (Ollus quiris leto datus). En los procedimientos judiciales, la parte lesionada presentaba su queja (quiritare) ante los ciudadanos; el rey llamaba con ese nombre al pueblo reunido y cuando se sentaba en el tribunal juzgaba según la ley quiritaria (ex jure quiritium; ex jure civile, se dirá después). Populus romanus y quirites vendrán a ser después sinónimos y servirán para designar al pueblo y a los ciudadanos separadamente o en masa. En una fórmula antigua se encuentra la expresión el pueblo romano (populus romanus) opuesta a latinos antiguos (prisci latini); y los quirites colocados enfrente de los homines prisci latini (Tit. Liv. I, pág. 32). En otra parte se dirá: populus Romanus quiritium, así como también colonia colonorum, municipium municipum. Ante todos estos documentos, ¿no es desconocer por completo la lengua y la historia el persistir aún en la creencia de que no ha habido nunca en presencia de la ciudad romana otra Roma quiritaria que en un día dado se incorporaría a aquella, ahogándola, en cierto modo, y no permitiendo que sobreviviese su nombre nada más que en los ritos sagrados y en las prácticas jurídicas? <<
[57] En la noticia que Dionisio de Halicarnaso (II, 64) nos da de las ocho instituciones sagradas de Numa, después de haber citado los curiones y los flamines, nombra en tercer lugar a los conductores de la caballería. El calendario prenestino señala en el 19 de marzo una festividad celebrada en el comicio (comitium) (adstantibus ponti-ficibus et trib-unisceler-um). Valerio Antias (Dionisio II, 13) pone a la cabeza de la antigua caballería romana un jefe, celer, y tres centuriones. Se refiere también que después de la expulsión de los tarquinos Bruto fue tribuno de los veloces (tribunus celerum: Tit. Liv. I, 59), y según Dionisio de Halicarnaso (IV, 71) sería en virtud de este cargo como provocaría la expulsión de los reyes. Por último, Ponponio (Dig. de origine juris, etc., lib. II, 15 y 19) y Lidus (de magist., I, 14 y 37), que lo sigue en parte, identifican el tribunus celerum con el Celer de Valerio, el magister equitum (jefe de la caballería) del dictador en tiempo de la República, y el prefecto del Pretorio en tiempo del Imperio. Estos son los únicos datos que poseemos acerca de los tribunos de los veloces. Pero esto último dicho no emana solo de hombres incompetentes que escriben en una época muy reciente, sino que está además en contradicción con el sentido gramatical de las palabras tribuni celerum. Estas significan solamente jefes de las secciones de la caballería. Además de esto, el jefe de la caballería del tiempo de la República, que solo fue nombrado en casos excepcionales, y que después dejó completamente de serlo, no puede ser el magistrado cuya asistencia a la fiesta anual del 19 de marzo era indispensable, y cuyo oficio, por consiguiente, debía ser permanente. No hagamos, por lo tanto, caso de la indicación errónea de Pomponio; se explica por la creciente ignorancia en que todo el mundo estaba en su tiempo respecto de Bruto y de su leyenda. Lo que conviene admitir es que los tribunos de los veloces corresponden a los tribunos militares por su número y sus funciones, que fueron los jefes de tres secciones de caballería de aquel tiempo; que se diferencian, por último, esencialmente del jefe de la caballería que, por otra parte, ha existido evidentemente con el mismo título al lado de los reyes, puesto que se lo ve siempre colocado al del dictador. Cuando después se duplicaron las centurias de la caballería, que ya hemos visto cómo sucedió, se elevó a seis el número de los tribunos y se los denominó los sexviri equitum romanorum. <<
[58] A estas tropas ligeras es a las que se refieren las palabras antiguas velites y arquites; también se aplicaron a la legión, en su estado de organización más reciente. <<
[59] Mænia o munia, muros. Mænia proter ædificia significavit etiam et munia, id est, oficium, dice Festus, pág. 151. <<
[60] La lex, la ley, tomada la palabra en su sentido literal (de λέγειν, decir, hablar) significa sin duda un contrato verbal, pero un contrato cuyas condiciones dictadas por el proponente son pura y simplemente admitidas o rechazadas por la otra parte, como sucede, por ejemplo, en una adjudicación de venta pública. En la lex publica populi romani, el rey es quien propone y el pueblo el que acepta; el concurso restringido que este último presta para su confección es aquí expresado de una manera enfática. <<
[61] El primero es el testamento in comitiis colatis; el segundo, el testamento hecho in-procinctu (véase Gaius, Instit. comentario II, § 101 y sigs.). <<
[62] Véase Gaius, I, § 98: describe su forma, y las rogaciones dirigidas al adoptante, al adoptado y al pueblo que sanciona el contrato. <<
[63] Véase la alzada de Oracio, Tit. Liv. I, 20. <<
VI. LOS NO CIUDADANOS. REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN
[64] Véase Preller, Vesta, pág. 540. <<
[65] Véase la pág. 78 de este libro. <<
[66] Trátase aquí de los Lares Viales o Compitales, colocados en el ángulo de intersección de dos calles:
… Geminosque… qui compita servant
Et vigilant nostra semper in urbe Lares.
(Ovid., Fast., II, 613.) <<
[67] A excepción de algunas conjeturas de muy poco valor, acerca de la época de su entrada en la ciudad (véanse Cicerón, De Rep. II, 30 y 35. Tit. Liv., I, 35. Tácito, Ann., 11 y 25. Victor, viri ill., 6) nada o muy poco nos dice la antigüedad sobre este asunto. Nos da a conocer solamente que ocupaban la última fila en las votaciones del Senado (Ciceroni, 1. c.) y que los Papirios eran una gens minor (Cicerón, Epíst. ad fam. IX, 21), hecho curioso, puesto que esta misma gens había dado su nombre a una tribu rústica (pág. 62). La misma consideración es aplicable a los Fabios, que parece que pertenecieron a la ciudad de la Colina (pág. 62). <<
[68] Habuit plebem in clientelas principum descriptam, dice Cic., De Rep., II, 2. <<
[69] Μέτοικος, extranjeros domiciliados en Atenas, de los cuales hace mención frecuentemente Tucídides. <<
[70] Las disposiciones de las Doce Tablas sobre la prescripción por el uso (usus) muestran claramente la preexistencia del matrimonio civil en la época de su redacción. También está demostrada su antigüedad por la circunstancia de que, trayendo consigo el poder marital exactamente lo mismo que el matrimonio religioso (pág. 84 n.), no se diferenciaba de este sino por el modo de adquisición de dicho poder. Por la confarreacción o matrimonio religioso, el marido adquiría a su mujer directamente por una vía legal completamente especial para el matrimonio. Por el matrimonio civil, la adquiría mediante una formalidad común a todos los actos de adquisición ordinaria. En este solo la tradición o entrega de la mujer dada en matrimonio, o la prescripción en su lugar, podían dar un fundamento jurídico al poder marital, asegurando de este modo a la unión el valor de las justas nupcias. (Véase Gaius, Coment. I, § 56, pág. 111 y sigs.) <<
[71] Acerca de la extensión superficial del dominio pleno de una labor, como diríamos ahora, véanse las págs. 113 y 114. <<
[72] Habiéndose aumentado ya y por este mismo motivo la infantería con la anexión de los romanos de la colina, se duplicó también la caballería; solo que, para la primera, en vez de reforzar la legión, se creó otra nueva. <<
[73] Se ve, pues, a los arqueólogos del tiempo de los emperadores sostener que los Octavianos de Velitres habían sido introducidos en el Senado por Tarquino el Mayor, pero que no habían sido admitidos a disfrutar el derecho de ciudad hasta el reinado de su sucesor. (Suetonio, Octav. 2.) <<
[74] Véase anteriormente la nota 15 del cap. V sobre la palabra mænia. <<
[75] Ya hacia el año 450 a.C. los lotes de siete yugadas (1 hectárea, 7 áreas y 64 centiáreas) parecían pequeños a los asignatarios. (Val. Max. 4, 3, 5. Colum. I, præfat. XIV, 1, 3 y 11. Plin., Nat. Hist., 18, 3 y 4). Sobre los lotes de 14 yugadas o 3 hectáreas, 5 áreas y 23 centiáreas, véase Víctor, 33. Plutarco, Ap. Reg. et Imp., pág. 325, ed. Dübner. Conf. también Plutarco Crass 2. La comparación de las medidas romanas con las nuestras da resultados análogos. La jugera y el día (el morgen de los alemanes) en un principio son evaluaciones de trabajo antes que medidas de superficie, y por consiguiente son primitivamente idénticas. Puesto que una labor (alemana) equivale a treinta días de trabajo de una yunta (obradas que llaman en algunos puntos de España) y varía frecuentemente de 20 a 40, puesto que la cuadra y el edificio de la alquería anglosajona equivalían a una décima parte del dominio, es necesario decidir, teniendo en cuenta la diferencia del clima y el contenido del heredium romano de dos yugadas (o 5 áreas, 4 centiáreas), que la labor romana o el dominio pleno debía equivaler a unas 20 yugadas (o 5 hectáreas, 40 centiáreas, valiendo cada yugada, como sabemos, 2 áreas y 52 centiáreas). Sentimos tener que apelar aquí solamente a las conjeturas, pero hasta la tradición es muda en este asunto. <<
[76] Conviene notar además otra analogía. La constitución serviana recuerda exactamente el régimen bajo el que vivían los metæcos del Ática. Atenas hizo en tiempos anteriores lo mismo que Roma. Abrió sus puertas a los simples domiciliados y después les hizo contribuir a las cargas públicas. Y, si no se quiere admitir la existencia de ciertas relaciones más o menos directas entre las dos ciudades, habrá por lo menos que reconocer cómo las mismas causas (la centralización y el progreso de la ciudadanía) producen en todo tiempo y lugar los mismos resultados políticos. <<
VII. SUPREMACÍA DE ROMA EN EL LACIO
[77] Tito Livio, V, 46; VIII, 9. <<
[78] Son también de notar las antiguas evocaciones y devociones contra los Gabios y Fidenates (Macrob. Sat. 3 y 9). A decir verdad, no se encuentra huella por ninguna parte, y nos parece muy improbable que se haya dirigido nunca contra estas ciudades una fórmula (carmen) semejante a las que se refieren a Veyes o a Cartago. Probablemente las dos ciudades tan aborrecidas han sido mencionadas después de su caída en alguna antigua fórmula en la cual los anticuarios romanos habrán creído descubrir un documento histórico. <<
[79] No veo el motivo de duda que pudiera tener un grave crítico moderno respecto del hecho de la destrucción de Alba. Seguramente que el relato de los historiadores no ofrece más que un tejido de inverosimilitudes e imposibilidades, pero siempre sucede lo mismo respecto de los hechos históricos envueltos en la leyenda. ¿Cuál fue la actitud del Lacio durante esta lucha? Cuestión ociosa y que carece de interés, puesto que ya la hemos tratado en otro lugar (págs. 66 y 67). La federación latina no prohibía, según parece, la guerra individual entre dos confederadas. Se sostendrá que el hecho de trasladar a Roma cierto número de familias de Alba está en contradicción con la destrucción de esta ciudad por parte de los romanos. Pero entonces, ¿por qué no pudo haber allí, como más tarde en Capua, un partido favorable a los romanos? A mi juicio la cuestión está resuelta por la circunstancia de haberse llamado siempre Roma la heredera de Alba en las cosas de religión y de política; tal pretensión no puede conciliarse con la sola introducción de cierto número de familias albanas en la ciudad. No ha podido fundarse, ni se ha fundado en efecto, sino en una verdadera conquista. <<
[80] Sobre esta base es sobre la que se fundó el sistema de colonias marítimas y civiles (colonia civium Romanorum). Separadas de hecho de la metrópoli, permanecían estas colonias en su dependencia legal y política. No tenían voluntad propia y se fundaban en la capital como el pecunio del hijo se funda en el patrimonio del padre. Estaban exentas del servicio militar, pero tenían guarniciones permanentes. <<
[81] Pomærium (pone murum): espacio consagrado en el interior y exterior del muro de circunvalación, y en el cual estaba prohibido edificar. Era una verdadera zona de servicio militar y religioso. (Véase Aull. Gell., 13 y 14.) <<
[82] De aquí procede sin duda la disposición de la ley de las Doce Tablas: Nex (mancipiique) forti senatique idem jus esto, según la cual, en las relaciones del derecho privado, la ley es la misma para el hombre fuerte y para el hombre curado (traducción literal). No podía tratarse en ella de los aliados latinos, cuyo estado legal se regía por tratados de alianza. Las Doce Tablas no regulan por otra parte más que el derecho romano propiamente dicho: los sanatas son evidentemente los Latini prisci cives romani, latinos antiguos (que habían llegado a ser ciudadanos romanos), a los que los romanos habían referido los pagi latinos, y de los que habían hecho plebeyos. <<
[83] Parece también que la ciudad de Bovilla se formó de una fracción del antiguo territorio albano y que entró en la liga de las ciudades latinas autónomas en lugar de Alba. Su origen está atestiguado por las ceremonias religiosas de la gens Julia y por las inscripciones donde se lee: «Albani Longani Bovillenses». (Orelli-Henzen, 119, 2.252.) La autonomía está atestiguada por Dionisio de Halicarnaso, 5 y 61, y por Cicerón, pro. Planc., 9, 23. <<
[84] Aull. Gell. noc. at. XX. <<
[85] Téngase en cuenta, para apreciar la exactitud de la comparación, la época en que el autor escribía esta obra (1861). (N. del T). <<
[86] Estos dos nombres que se dieron más tarde (Capitolium a la parte que mira al río, Arx a la que mira hacia el Quirinal) son lo mismo que el ἄκρα y la κορνφῆ de los griegos, denominaciones puramente generales; cada ciudad latina tenía su capitolio. El verdadero nombre local de la colina donde se construyó ahora la ciudadela es el de monte Tarpeyo (mons Tarpeius). <<
[87] Desocupado más tarde y convertido en calabozo: de donde proviene la expresión in Tulianum dimittere (Salustio, Cat., 55). Esta prisión existe todavía; es la de San Pietro in carcere. (Véase su descripción en la palabra Tulianum, en el Diccionario de antigüedades romanas de Rich., y la pág. 72 de este libro.) <<
[88] La ley «nequis patricius in arce aut capitolio habitaret» no prohibía más que las casas de piedra, verdaderas fortalezas en los primeros tiempos. No proscribía, en cambio, las construcciones usuales, ligeras y de fácil demolición (Becker, Capit., pág. 386). <<
[89] Por esto es, en efecto, por lo que la vía sacra subía por el Capitolio. Se encuentra la curva que describía antes de llegar a la puerta en el movimiento que hace a la izquierda al lado del arco de Severo. La misma puerta ha sido cubierta de vastas, supraconstrucciones, levantadas más tarde sobre el Clivus. En cuanto a la llamada Jannalis, Saturnia Aperta, colocada por el lado más escarpado y que debía permanecer abierta mientras Roma estuviese en guerra, no ha sido nunca más que una construcción simbólica y religiosa que no servía para la entrada ni la salida. <<
[90] Se conocen tres de estas especies de cofradías: primera, la de los capitolinos (Capitolini, Cic., Epíst., ad Quint. 2 y 5) con sus maestros (magistri, Henzen, 6.010 y 6.011) y sus juegos anuales (Tit. Liv., V, 50. Preller, Mit., pág. 202); segunda, la de los mercuriales (Mercuriales, Tit. Liv., II, 27. Cic., 1. c. Preller, pág. 597), también con sus maestros (esta era la cofradía del valle del Circo, donde se hallaba el templo de Mercurio); tercera, la del arrabal del Aventino (pagani Aventinenses), también con sus maestros (Henzen 6.010). No es por un efecto casual por lo que estas tres corporaciones, las únicas de este género que existían en Roma, hayan pertenecido precisamente a las dos colinas, el Capitolino y el Aventino, que estaban fuera de los cuatro cuarteles y encerradas después en el recinto de Servio Tulio. Lo mismo sucede con respecto a los nombres de montani y pagani, usados en esta época para designar a todos los habitantes de Roma (véase además el conocido pasaje de Cicerón, De domo sua, 28 y 74, la ley especial sobre los acueductos que menciona Festus, pág. 340; Montani pagani ve si fis aquam dividunto). Los montañeses, o los habitantes primitivos de los tres cuarteles palatinos, se designan aquí como formando toda la ciudad o los cuatro cuarteles, y los pagani (los hombres de aldea) son evidentemente los habitantes de los nuevos distritos del Capitolio y del Aventino, fuera de las antiguas tribus. <<
[91] Pero a la Roma de Servio Tulio no se la consideraba como la ciudad de las siete colinas. Esta designación se aplica en estos tiempos a la antigua y más pequeña ciudad palatina. (Véase págs. 75 y sig.) En la época de la decadencia, cuando la festividad del Septimontium (conservada hasta el tiempo de los emperadores y celebrada aún entonces con una afluencia notable de gente) comenzó a ser considerada, sin razón, como una fiesta general de la ciudad, la ignorancia de los literatos siguió el error común. Se buscó y se creyó encontrar las siete colinas en el recinto de la Roma imperial. Pero ya Cicerón, en una carta muy enigmática escrita en lengua griega y dirigida a Atico, y también Plutarco dan origen a este menosprecio. El monumento más antiguo que enumera extensamente las siete colinas de la Roma imperial (Montes) es la Descripción de Roma escrita en tiempo de Constantino. Nombra el Palatino, el Aventino, el Celio, el Esquilino, el Tarpeyo, el Vaticano y el Janículo, desprecia el Quirinal y el Viminal, que son pequeños collados (colles), y añade a los antiguos montes las dos alturas de la orilla derecha del río. Otra lista aún más embrollada nos ha sido transmitida posteriormente por Servius (Ad Æneid., 6, 783) y por Lydus (De mens, pág. 118, edic. Becker). En cuanto a las siete colinas de la ciudad moderna, que son el Palatino, el Aventino, el Celio, el Esquilino, el Viminal, el Quirinal y el Capitolio, no las ha enumerado jamás ningún autor antiguo. <<
[92] La situación de ambos templos, así como el testimonio formal de Dionisio de Halicarnaso (2, 65) según el cual el templo de Vesta estaba fuera de la Roma cuadrata, demuestran que estas construcciones nada tienen en común con la ciudad palatina, sino que se refieren más bien a la recomposición de Servio, a la segunda Roma. No nos detendremos en relatos posteriores que atribuyen a Numa la Casa Real y el templo de Vesta. El motivo de esta fábula está muy claro para que nos detengamos a exponerlo. <<
VIII. LAS RAZAS UMBRIOSABÉLICAS.
PRIMEROS TIEMPOS DE LOS SAMNITAS
[93] En este alfabeto se nota principalmente la r, que tomó la forma latina R, y no la etrusca D; y la Z, la de I. Ha sido pues tomada del latín primitivo y debe reproducirlo fielmente. La lengua se parece mucho al latín. Marci Arcacelini he cupa (Marcius Arcacelinius heic cubat); Menerva A. Cotena La. f… zenatuo sentent… dedit cuando… cuncaptum, es decir: Minerva A. (¿ulus?) Cotena La. (rtis) f (ilius)… de senatus sentencia dedit quando (en vez de olim) conceptum. Al lado de estas inscripciones y de otras muy semejantes se han hallado algunas diferentes, tanto por el idioma como por la escritura, que son evidentemente etruscos. <<
[94] Véanse las tabulæ Eugubinæ, halladas en un teatro en 1844. <<
[95] Lucería en la actual Capitanata. Arpi o Argyripa, en la Apulia alta. <<
[96] Abruzo citerior y Molisa. <<
[97] Teramo. Abruzo ulterior. <<
IX. LOS ETRUSCOS
[98] Ras-cnnæ, con la terminación patronímica que indicaremos más adelante. <<
[99] Citemos, por ejemplo, la siguiente inscripción que se lee en un vaso de barro encontrado en Cœrea: minice Thumamima Thumaram lisiasi thipurenaie theeraisieepanamine thunastavhelefu; o esta: miramuthas kaiusinaia. <<
[100] Para que pueda comprenderse la transformación verificada en los sonidos, citaremos las primeras palabras de la gran inscripción de Perusa: eulat tanna larezul amevachr lautn vel thinase stlaafunas slele thcaru. <<
[101] Sic: Mæcenas, Porsena, Vivenna, Cæcina, Spurinna. La vocal de la penúltima sílaba era larga en un principio, pero a consecuencia de la anteposición del acento, que se colocó sobre la primera, esta vocal se hizo breve y hasta fue elidida muchas veces. Así, en lugar de Porsena se encuentra frecuentemente escrito Pórsena; en vez de Cæcina, Ceicne. <<
[102] Esta opinión es también la de Utt. Muller, Manual de arqueología, § 168. <<
[103] I, 173. <<
[104] IV, 109. <<
[105] Hin. in Bacc. v., 7 y 59. <<
[106] Mujer de Tarquino el Mayor. <<
[107] Demarato, comerciante rico de la familia de los Baquiadas. <<
X. LOS HELENOS EN ITALIA. PODER MARÍTIMO
DE LOS CARTAGINESES EN ITALIA
[108] VI, 2. <<
[109] Hoy Cervetri (Cerevetere). <<
[110] Hippo o Hipponium, llamada por los romanos Vivo-Valentia en el Bruccino, hoy Vivona. <<
[111] También en la Calabria ulterior, no lejos de Nicotera. <<
[112] Castello a mare della Brucca, entre los golfos de Salerno y Policastro. <<
[113] Después Tauromenium, Taormina. <<
[114] Lentini, en el Val di Noto. <<
[115] Sobre el Fiume grande. <<
[116] Terra nuova, costa sur, prov. de Caltanisetta. <<
[117] Heraclea Lucaniæm, hoy, según se cree, Policoro. <<
[118] Antiguamente Enaria o Pitheusa. <<
[119] El nombre de griegos, lo mismo que el de helenos, se refiere al centro primitivo de la civilización griega, a la región interior del Epiro y al país inmediato de Dodona. En los Eeos de Hesiodo toda la nación se llama todavía la nación de los griegos, pero esta denominación, ya rechazada con afectación, está subordinada a la de helenos. Esta no aparece todavía en Homero. A excepción de Hesiodo no se la encuentra por primera vez hasta Arquíloco, hacia el año 50 de Roma, pero se remonta evidentemente a una época mucho más antigua (Duncker, Historia de la antigüedad). Así, desde antes de esta época los italianos conocían a los griegos lo bastante para darles, no el nombre de una de las familias griegas, sino el nombre genérico de la nación. Pero, ¿cómo conciliar este hecho con esta otra aserción de que un siglo antes de la fundación de Roma era la Italia absolutamente desconocida para los griegos del Asia Menor? Ya hablaremos más adelante del alfabeto; su historia nos conducirá al mismo resultado y a la misma contradicción. Se nos criticará de temerarios si rechazamos por los motivos que preceden las indicaciones de Herodoto en lo que toca al siglo de Homero; ¿pero no es más atrevido decidir la cuestión ateniéndose solo a la tradición? <<
[120] He aquí los nombres modernos de estas diversas localidades:
Torre di Senna (Calabria); Anglona (Calabria); Torre de Mare, costas de Calabria, cerca de la desembocadura del Bradano; Pestum; Laus, Laino, al sur del golfo de Policastro; Crotona; Castelvetere; Torre de Nocera; Santa Eufemia, sobre la bahía de su nombre; Policastro. <<
[121] El signo H (h) colocado después de la π, la κ y la τ, servía de aspiración en el griego arcaico. Ha sido reemplazado más tarde por la φ, la χ y la θ. <<
[122] Hablamos de aquel que reemplazó las antiguas formas orientales de la iota , de la gamma o , y de la lambda , por nuevas letras más claras y distinguió de la p, P, con la que podía confundirse fácilmente, la letra r, a la que se añadió un rasgo, en la forma que sigue: R. <<
[123] Citamos por ejemplo la siguiente inscripción, sacada de un vaso de barro de Cumas: Ταταίες ἐμὶ λέρνθος κός δ’ἄν με κλέφει θνφλὸ ἔ σται («Hoy soy vaso de perfumes: ciego quede quien me robe»). <<
[124] Los más antiguos escritores griegos que hacen mención de las aventuras de Ulises en los mares tirrenos son: el autor de la Teogonia hesiódica, en una de sus partes más antiguas, y después los que vienen un poco antes del siglo de Alejandro, tales como Eforo, de quien provienen el Scynnus y el Scylax. El primero de estos monumentos pertenece a un siglo en que los griegos no veían en la Italia nada más que un vasto archipiélago. Por lo demás es muy antiguo y permite que se remonte a los tiempos de los reyes romanos la formación de esta leyenda ulisiaca. <<
[125] Karthada, en fenicio; Καρχήδιον, en griego; Carthago, en latín. <<
[126] Las palabras Afer, Afri, usadas ya en tiempos de Catón y de Ennio (sic, Scipio Africanus) no tienen nada de griegas; son probablemente del mismo origen que el nombre Hebræi, hebreos. <<
[127] Los romanos dieron, en un principio, el nombre de sarraniana a la púrpura de Tiro y, por lo menos desde el tiempo de las guerras de Aníbal, el nombre Cognomen de sarranus es muy frecuente entre ellos. Se encuentra en Ennio y en Plauto el nombre de la ciudad de Sarra, derivado también de sarranus y no tomado directamente de la palabra indígena Sor. Las formas griegas Tirus, Tirius, no han sido usadas en Roma antes de Afranio (véanse Festus, pág. 355; Muller, y también a Movers, Los Fenicios, 2, 1, 74). <<
XI. DERECHO Y JUSTICIA
[128] La silla curul o silla de carro (no es posible otra explicación filológica; véase Servius, Ad Æneid., 1, 16) procede, sin duda, de que solo el rey tenía derecho a ir en carro por la ciudad (pág. 91). Por consecuencia le pertenecía el derecho de subir sobre su carro en todas las ocasiones solemnes. Así iba a los comicios y, como no se había levantado estrado para el juez, pronunciaba la sentencia desde lo alto de su silla curul. <<
[129] Aludimos al relato que hace Plutarco (Romul., 23, 24 de la muerte del rey Tacio). Según él, los parientes de este rey habían matado a los enviados de Laurentum, y, como Tacio se negó a hacer justicia a sus parientes, estos lo mataron a su vez. Rómulo absolvió entonces a los asesinos del rey, porque el segundo asesinato debió expiar el primero. Después, mediante un verdadero debate criminal, en el que intervinieron los dioses para sentar bases de derecho entre ambas ciudades, todos los culpables de los dos asesinatos, romanos y laurentinos, debieron ser condenados al suplicio. Nosotros no podemos ver en todo este relato más que una consagración histórica de la abolición del derecho de venganza privada, como se ve en la leyenda de Horacio la institución del derecho de apelación. Se han dado otras explicaciones al pasaje de Plutarco, pero nos parecen erróneas o inoportunas. <<
[130] La mancipación, en la forma en que nos es conocida, es necesariamente posterior a la reforma serviana. Prueban esto los cinco testigos sacados de las clases (testes clasici). Es la enumeración de las cosas vendibles o no (mancipi, nec mancipi), cuidadosamente calculada para la conservación de la propiedad rural, y lo es, por último, la misma tradición, que atribuye a Servio la invención de la balanza. En el fondo, la mancipación es mucho más antigua. Solo tenía lugar primitivamente respecto de los objetos que el comprador podía tomar con la mano, y se remonta de este modo hasta los tiempos en que la propiedad consistía solo en esclavos o en ganados (familia pecuniaque). El número de testigos y la enumeración de las cosas mancipias son formalidades a las que evidentemente ha tocado el reformador, aun admitiendo que el uso de la moneda y de la balanza sea más antiguo que aquel. La mancipación es sin duda alguna la forma primitiva y general de la venta: se aplicaba a todas las cosas mucho antes de Servio, y cuando la ley ha dicho después que tales o cuales cosas debían ser enajenadas por la mancipación, ha dado lugar a un verdadero error jurídico, como si solo ellas debieran ser consideradas en el porvenir como res mancipi. <<
[131] O sea para el año de diez meses, la duodécima parte del capital o la onza (uncia), que da un 8 1/2 por 100 para el año de diez meses y un 10 por 100 para el de doce. <<
XII. LA RELIGIÓN
[132] Sobre el Ve-jovis véase Preller, pág. 235. <<
[133] Laverna, diosa de los ladrones. Est auten dea furum, dice un antiguo comentador de Horacio (Epod., I, 16, 57 y sigs.), tenía su altar en la vía Salaria. <<
[134] Véanse en Preller estas mismas expresiones. <<
[135] Las puertas de las ciudades y de las casas y la mañana (Janus matutinus) eran protegidas por Jano, a quien se la debía adorar antes que a ningún otro dios. En las series monetarias iba hasta delante de Júpiter, prueba indudable de la noción abstracta de su divinidad. Preside todo lo que «se abre» o comienza. Su doble cara, vuelta a los dos lados opuestos, indica también la puerta que se abre hacia dentro y hacia fuera. Debe ser tanto menos un dios anual o solar, cuanto que el mes llamado por su nombre (Januarius, enero) es el undécimo del año romano, y no el primero. Me parece que este nombre del mes procede sin duda de que precisamente después del reposo forzado del centro del invierno, los trabajos de los campos vuelven a emprender de nuevo su curso. Por lo demás, nadie puede ni debe admirarse de que, si más tarde comenzó el año en el mes de enero, haya sido puesto su principio bajo los auspicios de Jano. <<
[136] Los lares se invocan en el canto de los arvales, el monumento más antiguo de la lengua romana. Se hallará reproducido en el cap. XV de este libro. <<
[137] Maurs es la forma más arcaica: da origen a diversos derivados, según que la u desaparezca o se transforme: Mars, Mavors, Mors. La conversión de la u en o (como Pola Paula, etc.) aparece también en la doble forma Mar-Mor (compárese Ma-Murius), al lado de Mar-Mar y Ma-Mers. <<
[138] En efecto, se encuentran los augures y los pontífices en toda ciudad latina constituida a la manera de Roma. (Cicerón, De lege agr., 2, 35, 96.) Se ven también en gran número de inscripciones. De los demás nunca se ha hecho mención. Los augures y los pontífices pertenecen, por lo tanto, al fondo común del Lacio primitivo y vienen con las diez curias, los flamines, los salios y los lupercos. Por el contrario, los duoviros, los feciales y demás colegios pertenecen a una época romana más reciente, como las treinta curias, las tribus y las centurias de Servio. Así es que han continuado siendo especiales de Roma. Quizás el nombre del segundo colegio, el de los pontífices, reemplazaría en las instituciones latinas, y por efecto de la influencia romana, a un nombre más antiguo y variable por su naturaleza. Quizá también en su origen la expresión pons significara simplemente camino (lo cual hacen creer serias indicaciones filológicas) y no puente; de donde pontífice (pontifex) debió significar constructor de caminos. En cuanto a los augures, varían las fuentes en lo tocante a su número primitivo. Se ha dicho que fue siempre impar, pero Cicerón, l. c., contradice formalmente esta aserción. Tito Livio está muy lejos de afirmarla (10, 6). Dice únicamente que su número era siempre divisible por tres, de donde se sigue que es reductible a una cifra impar. Según el mismo autor (eod. loc). debió haber seis augures hasta la Ley Ogulnia, lo cual coincide perfectamente con los detalles suministrados por Cicerón (De rep., 2, 9, 14), cuando dice que Rómulo creó cuatro augures, a los que Numa agregó dos más. <<
[139] Leges regiœ. No existe de ellas más que un corto fragmento, que se hallará al principio del Gran diccionario latino de Freund (París, Didot, 1855), tomo I, pág. 24 del apénd. <<
[140] Jurisprudentia est divinarum at que humanarum rerum notitia, dice más tarde el jurisconsulto romano. Instit. I, 1, y l. 10, § 2. de Justitia et jure. <<
[141] Una opinión muy ligera e irreflexiva no ha visto en este rito más que un resto de antiguos sacrificios humanos. Aquí se trata de los Argeos (Argei), arrojados por las vestales al Tíber desde lo alto del puente de madera (sublicius); véase la nota 10 del cap. IV. <<
[142] Los cuerpos reducidos a cenizas son entregados a la buena Madre, la Tierra, que los recobra y santifica. (Cicerón, De leg., II, 22 y 55. Tusculo, I, 12 y 13. Plinio, Hist. nat., 63, VII, 54 y 55.) <<
[143] Sors, de serere, enfilar. Las suertes no eran en un principio más que una serie de pequeñas chullas de madera, enristradas en un cordón y que, arrojadas a la tierra, caían describiendo diversas figuras, poco más o menos como las runas escandinavas. <<
[144] Véase Preller, pág. 355. <<
[145] Quod sata in lucem proserpant, cognominatam ese Proserpinam. (Arnob., III, 33.) <<
XIII. LA AGRICULTURA, LA INDUSTRIA Y EL COMERCIO
[146] No se vaya a buscar en las antigüedades itálicas una cosa parecida a la comunidad agraria de los germanos, la propiedad dividida entre los compañeros, al lado del cultivo del suelo hecho en común. Aun cuando cada miembro de la familia pudiera ser considerado, lo mismo que en Germania, como el propietario de tal campo, comprendido en tal cantón y previamente deslindado del territorio común, la separación de los cultivos no dejaría por eso de ser posterior y de haber salido de la división de las porciones laborables. Pero es precisamente lo contrario lo que ocurrió en Italia; aquí las partes asignadas a cada habitante llevan desde un principio su nombre (fundus Cornelianus), y la posesión territorial, como se ve por este testimonio, se individualiza en cuanto nace y aparece real y completamente exclusiva. <<
[147] Cicerón (De Rep. 2, 9, 14) se expresa de este modo: «Tum (en tiempo de Rómulo) erat res in pecore et locorum posessionibus, ex quo pecuniosi et locupletes vocabantur. (Numa) primum agros, quos bello Romulus ceperat, divisit viritin civibus». Dionisio de Halicarnaso atribuye también a Rómulo la división de las tierras en treinta distritos de curias y a Numa, el establecimiento de los límites y la introducción de la fiesta del dios Término (Terminalia) (Dionisio, I, 7, 2, 74; Plutarco, Numa 16). <<
[148] Como se impugna ordinariamente esta aserción, dejaremos hablar a las cifras. Los agrónomos romanos dicen que son necesarios unos 5 modios de simiente por cada yugada (a 8,75 litros por modio son 43,73 l), los cuales deben rendir cinco por uno. Según esta base, haciendo abstracción de la casa, de las cuadras y de la barbechera, y considerando todo el heredium como tierra laborable y constantemente productiva, dará 50 modios, o 40 solamente si se deduce la simiente. Ahora bien, Catón cuenta que cada esclavo adulto y dedicado a un trabajo fuerte consume 51 modios cada año. De esto se sigue que no es siquiera cuestionable si un heredium podía sostener una familia. En vano se harán esfuerzos para destruir estos resultados, añadiendo al producto del heredium todos los demás frutos accesorios de la tierra o de los pastos comunes, como higos, legumbres, leche, carnes, etcétera. Sabemos que los pastos eran cosa de poquísima importancia en el territorio romano, y que los cereales eran el principal alimento de la población. Se ensalzará quizá la intensidad del cultivo entre los antiguos. Es indudable que los labradores de aquella época sacaban de sus campos un producto mucho mayor que los poseedores de las vastas plantaciones de la época imperial, y añadiremos al total la cosecha de higos, las dobles cosechas y todo aquello, en fin, que ha podido acrecentar el producto neto. Todavía se necesitará permanecer en una cierta medida y no olvidar que, por tratarse de una evaluación media y de una agricultura poco adelantada y a la que no ayudaban grandes capitales, no se llegará nunca a cubrir el déficit enorme que hemos señalado anteriormente con un simple aumento en el rendimiento. Se sostendrá también que aun en los tiempos históricos se han fundado colonias en las cuales los lotes asignados no pasan de dos yugadas. Pero nótese bien que el único ejemplo que se cita, el de Lavicum (en el Lacio, entre Tusculum y Preneste, no lejos de un lugar llamado en la actualidad Colonna) en el año 336 (418 a.C.), está lejos de aproximarse a una tradición histórica digna de crédito hasta en sus detalles, según los sabios con quienes vale la pena discutir, y aún da origen a infinidad de dificultades (Tit. Liv., IV, 47. Véanse las notas del cap. V del lib. II de esta obra.). Lo que parece cierto es que cuando se habían hecho ya asignaciones de territorio a todos los ciudadanos (asignatio viritana) sin envío de colonia, estas asignaciones no comprendían generalmente más que un corto número de yugadas (Tit. VIII, 11, 21). Pero en este caso no era a cultivadores nuevos, sino a antiguos, a los que se daban nuevas parcelas tomadas del territorio conquistado (Conf. C.I.R.I., pág. 88). Cualquiera que sea la opinión que se adopte, siempre será mejor que guiarse por hipótesis absurdas por lo maravillosas. Los campesinos romanos eran mucho menos modestos que sus historiógrafos. Como hemos dicho en otro lugar (pág. 119), no creían poder vivir cuando su dominio era solo de 7 yugadas (1764 hl) o cuando no producía más de 140 modios (12 hl, 25 litros y 63 centílitros). <<
[149] El traductor francés emplea la palabra impropia tonel, pero todo el mundo sabe que los antiguos romanos encerraban su vino en vasijas de barro cerradas; calpar, cupa (N. del T.). <<
[150] Oleum, oliva, proceden de ἕλαιον, ἕλαια: amurca (el zumo que sale de la prensa) es el ἀμόργη de los griegos. <<
[151] Annum ita diviserunt, ut nonis modo diebus urbanas res usurparent, reliquis VII ut rura colerent, Varrón, R.R. 2, pref. 51. <<
[152] Ovidio las describe: fast. 1, 663 y siguientes. Estas festividades eran las de todo el pagus, de donde se llamaron paganalia. Se celebraban en enero. <<
[153] «Mamuri Veturi nomen frecuenter in cantibus romani frecuentabant hac de causa: Numa Pompilio regnante, é celo cecidisse fertur ancile… unaque edita vox, omnium potentisiman fore civitaten, quandiu id in ea mansisset. Ita que facta sunt ejusden generis plura quibus misceretur, ne inter nosci celeste posset. Probatur opus est Mamuri.» Fetc ed Muller par. 133. Ovid., Fats 3, 391. Propercio, 4, 2, 61. <<
[154] Esta relación legal del valor entre los carneros y los bueyes se fijó en la cifra proporcional de uno por diez, en razón de que, al hacer la conversión en dinero de la prestación en ganado de las multas expiatorias, el carnero fue tasado en diez ases y el buey en cien (Fest. Véase Peculatus, pág. 237. Aut. Gel. 11, 1. Plutarco, Poplícula 11). La misma apreciación se encuentra en la ley islandesa: la vaca vale doce carneros; solo que, como se ve, el derecho alemán sustituye el sistema duodecimal por el sistema decimal primitivo. No insistiremos en la denominación latina adoptada para designar el dinero (pecunia); el mismo hecho se produjo entre los germanos (feé en inglés, en aleman vieh). <<
[155] Velum es indudablemente de origen latino. Lo mismo sucede con malus, que no significa solamente el mástil, sino el árbol en general. Antenna parece formada de la preposición ana (como en anhelari, antestari), y de tendere, y equivale a supertensa. En cambio son griegos gubernare (κυβερνᾶν, gobernar), áncora (ἄνκνρα, ancla), prora (πρῷρα, la proa o delantera), aplustre (ἄφλαστον, la popa), anquina (ἀνκοίνη, el cabo o cuerda de la verga) y náusea (νανσέα, el mal de madre). De los cuatro vientos principales, el Aquilon o viento del águila; la Trasmontana o viento del norte; Volturnus (de origen incierto, sin duda el viento del buitre) o viento del sudeste; el Auster, viento seco del sudoeste (el siroco), y el Favonius, viento del noroeste, que sopla del mar Tirreno y favorece al navegante, ninguno tiene un nombre indígena aplicable a la navegación. Pero todos los demás vientos latinos tienen nombres griegos, como el Eurus y el Notus, o nombres traducidos del griego, como el Solanus (ἀπηλιώτης) y el Africas (λίψ), etcétera. <<
[156] A excepción de las palabras Sarranus, Afer y otros nombres análogos de lugares (pág. 171), no se encuentra en el latín antiguo ni una sola palabra tomada directamente de los dialectos fenicios. Indudablemente podrán citarse algunas de raíz fenicia, como arrabo, arra, y quizá murrha, nardus, etc., pero que han pasado primeramente por el griego. Este contiene, en efecto, un gran número de palabras orientales que acreditan antiguas y activas relaciones con los arameos. Otro tanto diremos de la palabra thesáurus, que ha sido un enigma para los filólogos, griego puro o vocablo tomado por los griegos de los fenicios o de los persas. De los griegos fue de quienes los latinos lo tomaron a su vez, lo cual atestigua la persistencia de la th aspirada. (Véase lo que hemos dicho anteriormente acerca de las influencias orientales.) <<
XIV. PESOS, MEDIDAS Y ESCRITURA
[157] Vorsum dicunt 100 pedes quoquoversum quadratum (Varrón, De re rust., 1, 10, 1). Quod greci plethron apelant, osci et Umbri vorsum (Prontin, De limit., pág. 30). <<
[158] En un principio el actus, como su doble, que se encuentra muchas veces, el jugerum (de jugum, yugo o yunta) y el morgen (mañana o día de los germanos) son más bien medidas de trabajo que de superficie. El jugerum designa el trabajo del día; el actos, el del mediodía. Se sabe que los italianos dividían exactamente el día de labor por el descanso del mediodía. <<
[159] El pie romano tiene 24/25 del pie griego. <<
[160] Vinagrera, y, más tarde, medida de capacidad, 1/4 de la hemina. <<
[161] Februarius mensis dictus, quod tum, id est, estremo mense anni, populus februaretur, id est, lustraretur et purgaretur (Fest., pág. 85. Muller, Februa Romani dixere piamina patres. Ovidio, Fast., 2, 19). <<
[162] Mercedonios (dies) dixerunt á mercede solvenda. Fest., pág. 124, ed. Muller. Véase Gruter, Vest. kalend. Roman., 133. <<
[163] Primi dies nominati calendæ, ab eo quod is diebus calantur ejus mensis nonæ a pontificibus, quentimanæ an septimanæ sint futuræ. Varr., L. L. 6, 4, 59. <<
[164] Caían, pues, nueve días antes de los idus (Varr., l.c., § 28). <<
[165] De aquí el axioma jurídico: Dies termini computatur in termino. <<
[166] El censo se hacía cada cinco años: iba acompañado de lustraciones y de sacrificios (lustrum), después de los cuales resignaban los censores sus funciones. Tit. Liv., lib. I, 44. Freund, Dict. lat., voc. lustrum, y sobre todo, Smit. Dict. of Greek and Roman antiquities (Londres, 1856), verb. census, lustratio, lustrum. <<
[167] Inventor, según se dice, de la Θ, Ξ, Φ, Χ y hasta de la Υ y Δ. <<
[168] Se encuentra a la vez C. (gaius) y G. N. (Gnaeus); pero la K permanece en Kæso. Esto no se aplica más que a las abreviaturas de fecha reciente: la gamma no está allí representada por la C, sino por la G (GAL, Galería), la x está regularmente indicada por una C (C. centum, COS., COL., Consul, colina), y delante de la A, frecuentemente por una K (KAR, Karmentalia, MERK, Merkatus). <<
[169] O período sótico, llamado así porque comenzaba y terminaba con la salida helíaca de Sotis, la estrella Sirio o del perro. Duraba 1460 años. <<
[170] Si este razonamiento es exacto, las poesías homéricas (entendiéndose que no hablo aquí de la redacción definitiva que ahora conocemos), las poesías homéricas, repito, se remontan a una época muy anterior a la que Herodoto asigna al florecimiento de Homero (100 años antes de Roma). Es verdad, en efecto, que si la introducción del alfabeto griego en Italia se coloca al comenzar las primeras relaciones comerciales entre los italianos y los griegos, ha sido también muy posterior a los tiempos homéricos. <<
[171] Así también el antiguo término sajón writan (reissen, despedazar, trozar, en alemán) ha significado más tarde escribir (aparece en la expresión inglesa to write). <<
[172] Véase el vocablo moneta, en el Diccionario de Freund, y en Preller, Mit., pág. 252. Atque etiam scriptum á multis est, qum terræ motus factus sset, ut sua plena procuratio fieret, vocem, ab æde Junonis ex arce extitisse, quo circa Junonem illam apellatam monetam. Cic. Divin., 1, 45, 101. <<
XV. EL ARTE
[173] Debemos traducir fielmente el pensamiento y la expresión del autor, fiel intérprete a su vez de las ideas demasiado exclusivas que predominan al otro lado del Rin. <<
[174] Tal es, por ejemplo, la fórmula preservadora de la torcedura del pie, citada por Catón el Mayor (De re rust; 160): hauat, hauat, hauat, ista pista sista damia bodanna ustra, la cual tendría probablemente el mismo sentido para su inventor que para nosotros, esto es, ninguno. Las fórmulas interpeladoras existían también en gran número. Se preservaban de la gota, por ejemplo, fijando en ayunas su pensamiento en un tercero y diciendo veintisiete veces, al mismo tiempo que se toca la tierra y se escupe: «¡Pienso en ti; ven en ayuda de mis pies; que la tierra reciba mi mal, y yo quede sano!»; terra pestem teneto, salus hic maneto. (Varrón, De re rust., 1, 2, 27.) <<
[175] «Nos lares, juvate! Ne luem ruem (o ruinam), Mamers, sinas incurrere in plures! Satur esto, fere Mars! In limen in sili! Sta! Ververa (limen) Semones alterni ad vocate conctos! Nos, Mamers, yubato! Tripudia!» Los cinco primeros versos se repetían tres veces y el último, cinco. Debemos confesar que nuestra traducción no será del todo exacta, principalmente en la tercera y la quinta líneas. Este canto ha sido conservado en las Actas de los hermanos arvales, grabadas sobre dos tablas de piedra, en el año 218 d.C., y encontradas en Roma en 1777. Puede verse un excelente comentario hecho sobre ellas en el Corpus inscriptionum, publicado por encargo de la Academia de Berlín, Inscripciones latinæ antiquisimæ, ed. T. Mommsen, Berlín, 1863, pág. 29. <<
[176] «In conviviis pueri modesti ut cantarent carmina anticua, in quibus laudes erant majorum, et, assa voce, et cum tibicine.» (Varrón, De vit. pop., R. lib. 2.) <<
[177] Fescennina per hunc inventa licencia morem.
Versibus alternis opprobria rustica fudit. (Hor., ep., 2, 1, 145.) <<
[178] El nombre de versos saturninos o saturnianos significa canto métrico, por lo tanto la satura no es entonces más que una canción de las fiestas del Carnaval. Tiene la misma raíz que Sæturnus o Saiturnus (dios de la sementera), del que se ha hecho después el saturnus. Pero cuando se ha referido el verso saturniano al dios Saturno (versus saturnius), cambiando a larga la primera sílaba breve de la palabra, ha sido mucho después. En cuanto al nombre de verso de Fauno, se explica por sí mismo: Cui (versui) prisca apud latinos etas tanquam Italo et indigenæ, Saturnio sive Faunio nomen dedit. (Mar. Vict., 3, págs. 25, 86.) <<
[179] Atellana fábula, Tit. Liv., 7, 2. Este es el pasaje clásico. <<
[180] Tito Livio (9, 36) no refiere más que un puro cuento cuando dice que «los niños romanos recibían en los antiguos tiempos una educación a la moda etrusca, como después la recibieron a la moda griega». Esta es una aserción desmentida por todo el sistema de educación de la juventud romana. Y además, ¿qué podían aprender estos jóvenes en Etruria? ¿Iban a estudiar la lengua etrusca como se estudia el francés cuando no se ha nacido en Francia? Esto es lo que no se atreverían a afirmar los más celosos defensores del culto de Tagos; y hasta los que consultaban los arúspices, miraban la ciencia de los adivinos etruscos como indigna de ellos o como inasequible. (Véase Muller, Etrusc., 2, 4.) La elevada opinión que tenían de la Etruria los arqueólogos de los últimos tiempos de la República tiene probablemente su origen en los relatos sistemáticos de los antiguos anales, que, para hacer posible, por ejemplo, la conversación legendaria de Muccio Escévola con Porsena, hicieron que aprendiese desde muy niño la lengua etrusca. (Dionisio de Halic., 5, 28. Plutarco, Poplicola, 17, y además Dionisio de Halic., 3, 70.) <<
[181] Atestiguan muchos escritores el empleo de la lira en las ceremonias religiosas. (Cic., De Orat., 3, 51, 197; Tusc., 4, 2, 4. Dionisio de Halic., 7, 72. Apiano, Pun., 66. Véase también Orelli, Inscrip., 2448 y 1803.) Se servían también de ella para acompañar las nenias. (Varr. en Nonius, palabras nenia y præficæ). Sin embargo, los romanos mostraron siempre poca habilidad para tocarla. (Escipión, en Macrov, Saturn., 2, 10, etcétera.) Cuando en el año 639 (115 a.C.) se prohibió la música en virtud de una ley, fueron únicamente exceptuados «los flautistas y los cantores latinos». Los convidados pudieron cantar en los banquetes acompañados solamente de la flauta. (Catón, en Cic., Tusc., 1, 2, 3, 4, 2 y 3. Varr., 1.c., palabra assa voce. Horac., cart., 4, 15, 30.) Es verdad que Quintiliano dice lo contrario (Inst., 1, 10, 20), pero ha aplicado por menosprecio a los banquetes privados lo que Cicerón decía solamente de los banquetes ofrecidos a los dioses (De Orat., 4, 51). <<
[182] Repetimos que la gran festividad no duraba en los primeros tiempos nada más que un día, porque en el siglo VI de Roma consagraban cuatro días completos a los juegos escénicos y uno a los del circo. (Rits. Parerga, L, 313.) Ahora bien, es notorio que los juegos de la escena fueron una innovación de los tiempos posteriores. Para cada clase de premio se luchaba solo una vez. Lo dice Tito Livio (XLIV, 9), y fue por último una innovación ver un hermoso día correr sucesivamente veinticinco pares de carros. (Varr., en Servius, Georg., III, 18.) Solo corrían a la vez dos carros o dos caballeros, así como tampoco había más que una pareja de luchadores. Nunca, en efecto, superó el número de carros al de facciones; ahora bien, en estos tiempos no se contaban más que dos facciones o campos, la de los blancos y la de los rojos. Se sabe que César restableció las carreras a caballo de los efebos patricios, o las carreras troyanas, como él las llamaba, y las colocó entre los juegos del circo. No hay duda de que se referían a la antigua procesión de los niños, montados y colocados en fila, como soldados ciudadanos del ejército. (Dionisio de Halicarnaso, VII, 72.) <<
[183] Feralia, a fines de febrero. (Véase Preller, pág. 483, VII parte 5.) <<
[184] Latinæ feriæ. (Véase Preller, hoc-verbo). <<
[185] Véase la nota primera de este capítulo. <<
[186] Ya mostraremos oportunamente que las atelanas y los versos fescenninos pertenecen solo al arte latino, y no al campanio o etrusco. <<
[187] En la desembocadura del Arno. <<
[188] Sobre la altura de Frascati. <<
[189] Página 72 y la nota primera. <<
[190] Arpino en la tierra de labor. <<
[191] Tales eran los muros del recinto serviano, cuyos restos se han encontrado hace poco tiempo sobre el Aventino, por el lado de San Pablo, en la Viña Macarana, y por el lado del Tíber, debajo de Santa Sabina. (Se los encuentra reproducidos y descritos en los Annalii dell. Instit. Roman., 1855, tab. XXI a XXV, págs. 87 y sig.) Los trozos de toba están tallados en largos pilares cuadrangulares. En algunas partes, a consecuencia de su mayor solidez, están colocados dando frente al exterior alternativamente el lado mayor y el menor. En otro lugar se encuentra en lo alto del muro un gran arco regular de estilo enteramente igual, pero que parece una adición de tiempos posteriores. Los fragmentos del recinto descubierto se componen de catorce pilares. Falta el coronamiento, y las partes bajas están en muchos puntos ocultas por otras construcciones de aparato reticulado. (Opus reticulatum). El muro corría evidentemente a lo largo del costado exterior de la colina. Continuando las excavaciones, se ha confirmado que los pozos y las galerías del Aventino atraviesan el suelo en todos sentidos, lo mismo que las de la colina del Capitolio. Estas últimas pertenecen al sistema abovedado cuya extensión e importancia en la antigua Roma ha demostrado Braun. (Annali, etc., 1852, pág. 331.) También se encontrará en Gell (Topography of Rome, pág. 494) la reproducción de otro fragmento del muro de Servio, desenterrado no lejos del sitio de la puerta Capena. Por último, existe en la pendiente del Palatino, por el lado del Capitolio, en la Viña Nussiner, un trozo de muro parecido al de Servio (Braun 1.c.), y que parece no ser más que un despojo del recinto primitivo de la Roma quadrata, pág. 75. <<
[192] El puerto de Cerea, hoy San Severo, cerca de Civitta-Vecchia. <<
[193] Hoy Ansedonia, sobre la costa. <<
[194] Al norte de Manoiano, sobre el Albegna. <<
[195] Ratio Tuscania, cavum ædium Tuscanicum. <<
[196] Pionvino. <<
[197] Varrón afirma (San Agust., De civit Dei, IV, 31, y Plutarco, Numa, 8) que los romanos adoraron a los dioses por espacio de ciento setenta años sin levantarles estatuas. Su aserción se refiere evidentemente a la imagen de madera de que hablamos en el texto. No fue efectivamente dedicada y consagrada sino por los años 176 a 219, según la cronología convencional de los romanos; y era también, sin contradicción, la estatua más antigua de que se hace mención en los documentos que el ilustre anticuario romano tenía a su disposición. <<
[198] En Lucania, hoy Castellamare della Bruca. <<
[199] Véase sobre este punto el cap. IX del libro segundo de esta obra. <<
LIBRO SEGUNDO.
DESDE LA CAÍDA DE LOS REYES HASTA LA REUNIÓN DE LOS ESTADOS
ITÁLICOS
I. CAMBIO DE CONSTITUCIÓN
[200] Tit. Liv. XXIV, 19, 2, y XXVI, 6, 13. Meddix apud Oscos nomen magistratus est. Festus, pág. 123, ed. Müll. Tuticus parece análogo a totus, summus. Véase Tit. Liv. XXVI, 13. <<
[201] Rex sacrificulus o rex sacrorum. Dic. de Smith hoc verlo. <<
[202] La tan conocida fábula de Bruto se hace justicia a sí misma: no es, en su mayor parte, más que el comentario imaginado después del suceso acerca de los sobrenombres de Bruto, Scévola, Poplícola, etcétera. Cuando la crítica se apodera de él, ni aun aquellos elementos que en un principio parecían basados sobre la historia pueden resistir al examen. Se cuenta, por ejemplo, que Bruto, en su cualidad de jefe de la caballería (tribunus celerum), reunió al pueblo que votó la expulsión de los Tarquinos. Pero esto es imposible: en la antigua constitución de Roma, un simple tribuno no tenía el derecho de convocar a las curias; ni siquiera lo tenía el alter ego del rey (el prefecto de la ciudad) en su ausencia. Es claro que ha querido colocarse la fundación de la República en un terreno legal, y que por una equivocación singular se ha confundido al tribuno de los celeres con el jefe de la caballería (magister equitum), que tuvo después una importancia mucho mayor (nota 13 del cap. V). A consecuencia de su rango pretoriano, tuvo este, en efecto, autoridad para convocar a las centurias: de aquí, por una nueva confusión, la convocación de las curias atribuida a Bruto. <<
[203] Consules significa literalmente los que saltan o bailan juntos; etimología que se encuentra además en Præsul, el que salta delante; exul, ἐκπέοων el que salta fuera; insula, el acto de entrar saltando. De aquí es que la parte de tierra que sobresale en el mar se denomina isla. <<
[204] El día de la entrada en sus funciones no coincidía con el primer día del año (1 de marzo) pues no estaba prefijado; pero determinaba el día de salida, salvo el caso en que el cónsul hubiese sido formalmente elegido en reemplazo de aquel que había muerto en el campo de batalla (consul suffectus). En ese caso no tenía el magistrado más que los derechos de su predecesor, y debía salir del cargo en la época asignada a él. Pero los cónsules suplementarios se encuentran solo en los tiempos primitivos, y solo cuando falta uno de los dos cónsules ordinarios. En los siglos posteriores, se vio por primera vez a dos cónsules suplementarios elegidos a un mismo tiempo. El año de cargo consular se compone regularmente de dos partes desiguales, correspondientes a dos años civiles distintos. <<
[205] Patres auctores fiunt, se decía (Tit. Liv. I, 17, 22 y 32). Si se examinan y comparan atentamente todas las fuentes, se ve que se trata de una confirmación de la decisión, no por las curias ni por los comicios propiamente dichos, sino por esa asamblea patricia, a la que pertenecía la institución del primer interrey. Por lo demás, no podía legislativamente decidir nada por sí sola. En cuanto al patriciado, parece que después del advenimiento de la República, no ha podido reglamentarse su colación, ya sea en derecho o en la forma, lo cual se explica solo por la consideración precedente. (Sobre la autoridad patricia después de la admisión de la plebe al derecho de ciudad, véase Smith, Dic., Auctor, plebes, patrici). <<
[206] No estará de más hacer notar que el Judicium legitimum y el derecho de justicia militar, quod imperio continetur, se fundan ambos en los poderes pertenecientes al magistrado juez de la causa. La diferencia entre ellos consiste en que el Imperium está en el primer caso limitado por la ley, mientras que en el segundo es libre y no tiene límites. <<
II. EL TRIBUNADO DEL PUEBLO Y LOS DECENVIROS
[207] Nombre dado en Irlanda a los empresarios de cultivo que arriendan en conjunto los grandes dominios y los subarriendan a los pequeños colonos a quienes desuellan. Para traducir con más exactitud la palabra alemana Mittelmenner, hemos creído poder copiar esta expresión de nuestros vecinos del otro lado del Canal de la Mancha. (N. d. t. f.) <<
[208] Crustumería (Crustumerium, hoy Monte Rotondo) estaba al noreste de Fidenes o Castel-Giubileo, en la Sabina. Se cree encontrar el lugar del monte Sagrado un poco al este de dicho punto, entre los dos ríos. <<
[209] Tito Livio, 3, 35. En el templo de Ceres. <<
[210] Es evidente que la institución de los ediles plebeyos responde a la de los cuestores patricios, así como los tribunos del pueblo responden a los cónsules salidos del patriciado. Este hecho nace, por un lado, de las atribuciones en lo criminal de los ediles y los cuestores, para quienes las tendencias son diferentes pero la competencia es la misma, y, por otro, de las atribuciones relativas a la conservación de los archivos. El templo de Ceres es para los ediles lo que el templo de Saturno para los cuestores. Hasta toman de él su nombre (ædes, edificio, santuario). Debe llamar la atención, por ser muy notable, la ley del año 305 (449 a.C.), que ordenaba que se archivasen en el templo de Ceres todos los senadoconsultos, bajo la vigilancia de los ediles, por más que siempre, y aun después de la reconciliación entre los órdenes, estas decisiones habían sido exclusivamente archivadas en el templo de Saturno y confiadas a los cuestores. Admitimos también que el pueblo (plebs) tuvo su caja o arca, administrada por los ediles. Debe suponerse, al ver el uso a que aplicaban las multas (multæ) que se les entregaban; pero esto no es más que una probabilidad y no un hecho evidente y cierto. <<
[211] Coriola o Corioli, al sudoeste de Alba la Longa, que pertenecía a los volscos. Nibby la coloca sobre el monte Giove. <<
[212] Hoy Acqua-Traversa, en Etruria, no lejos de la actual aldea de Baccano. <<
[213] Ne privilegia irrogante. Se ha intentado muchas veces reunir y clasificar los fragmentos de las Doce Tablas, que se encuentran esparcidos en diversos escritores de la antigüedad. La restitución debida a los esfuerzos de J. Godofredo ha sido reproducida con muchas restricciones por Dirksen, por Zell, por Bæcking. M. Carl. Giraud ha publicado los trabajos de los dos primeros en el apéndice de su erudita Historia del derecho romano (Aix y París, 1847), págs. 465 y sigs. Véase también el cap. II, págs. 319 y sigs., adonde remitimos a nuestros lectores. <<
III. IGUALDAD CIVIL. LA NUEVA ARISTOCRACIA
[214] Erróneamente se ha sostenido que los tribunos consulares procedentes del patriciado tenían el plenum imperium, y que los que procedían de la clase plebeya no tenían, por el contrario, más que el imperium militar. Semejante opinión hace surgir inmediatamente muchas cuestiones insolubles. Si hubiera sido real esta desigualdad de atribuciones, ¿qué habría sucedido, por ejemplo, en el caso legalmente posible en que la elección hubiera recaído solo sobre individuos plebeyos? Además, esto se halla en contradicción con uno de los principios fundamentales del derecho público en Roma, según el cual el imperium, es decir, el derecho de mandar a los ciudadanos en nombre del pueblo, era considerado como esencialmente indivisible, y no reconocía otros límites que los de las circunscripciones territoriales. Es verdad que el derecho civil y el militar tienen en Roma distintos resortes: en el ejército no están en uso la apelación ni las demás disposiciones de la ley civil. Finalmente hay magistrados, los procónsules, por ejemplo, cuya esfera de acción es completamente militar. Sin embargo, en el rigor de la ley, ningún magistrado limita su competencia a las materias civiles; tampoco los hay que posean solo el mando militar. El procónsul es en su provincia general en jefe y juez supremo a la vez: no tiene solo autoridad para conocer en los litigios entre soldados y no ciudadanos, sino también entre los mismos ciudadanos. Cuando, después de la institución de la pretura, surgió la idea de una competencia distinta para los altos magistrados (magistratus majores), existió primero de hecho más que de derecho. Si el pretor urbano fue al fin y al cabo exclusivamente gran juez, le fue también permitido convocar las centurias y mandar el ejército. El cónsul tenía en la ciudad la suprema administración y el mando supremo; pero obra también como juez en las emancipaciones y en las adopciones. Por ambas partes vemos que se conserva en todo su vigor la regla de la indivisibilidad sustancial de los poderes del alto funcionario. Tengamos, pues, por cosa cierta que los tribunos consulares plebeyos recibían virtual y completamente, al igual que los patricios, el poder judicial y el militar, o mejor dicho el pleno poder de la magistratura; y no establezcamos distinciones abstractas enteramente desconocidas a los romanos de aquellos tiempos. Admitiría gustoso como probable la opinión emitida por Becker (IIand., Manual, 2, 2, 137), según la cual, y por la misma razón que más tarde ha venido la pretura patricia a colocarse al lado del consulado, accesible a todos en adelante, en la práctica de la institución del tribunado consular se ha visto a los miembros plebeyos del colegio tribunicio permanecer extraños a las funciones judiciales, y preparar de esta forma una división de atribuciones que se realizaría en los tiempos ulteriores entre los pretores y los cónsules. <<
[215] Se ha intentado probar que al luchar por la exclusión de los plebeyos, la nobleza obedecía a prevenciones puramente religiosas. Pero transportar de este modo a la antigüedad la idea moderna de la separación de la Iglesia y del Estado es desconocer por completo la religión de Roma. Pudo suceder que a los ojos del romano ortodoxo fuese cosa condenable la admisión del no ciudadano en los actos de su religión civil. Sin embargo, este mismo romano no ha dudado jamás en conceder la más completa igualdad religiosa a todo individuo que hubiese entrado en la comunidad política del Estado, a quien solo correspondía la facultad de conferir los derechos cívicos. Todos estos escrúpulos de conciencia, por honrosos que pudieran ser, desaparecían necesariamente desde el momento en que se hacía para los plebeyos en conjunto lo que se había hecho en otro tiempo para Apio Claudio: desde que se los admitía a todos en el patriciado. Si bien en un principio la nobleza se oponía a la igualdad civil, no se preocupó en lo más mínimo por una cuestión de conciencia. Antes bien, se la vio frecuentemente, sin cuidarse de las opiniones y prejuicios de los que se burlaba, admitir a los no ciudadanos en los actos privilegiados de la vida civil, mientras que negaba la igualdad de derechos a los ciudadanos del orden inferior. <<
[216] Jus imaginum. <<
[217] Sella curulis, de currus, carro. (Véase Smith, Diccionario). <<
[218] De ambitu. <<
[219] Gabies, a doce millas de Roma, no lejos del lago de Castiglioni; Labico, no lejos de Tusculum, cerca de un lugar llamado hoy Colonna. <<
[220] Ut legum quæ comitiis centuriatis ferrerentur ante initum suffragium patres auctores fierent. La Ley Mænia decidió esto respecto de las elecciones: antc auctores fieri. <<
[221] Véase en los Rosmische Forschungen (Estudios sobre Roma), publicados recientemente por Mommsen, el capítulo relativo a la Gens Claudia, tomo I, págs. 285 y sigs. En el apéndice de este volumen hacemos un extracto de otro luminoso trabajo correspondiente a la misma obra y que versa sobre la división de los derechos políticos entre los dos órdenes, división cuyos resultados acabamos de exponer sumariamente. <<
[222] Pero poseer el salinum y la patera de plata, que se transmitían de padres a hijos, era la ambición aun de los más pobres. (Valerio Máximo, IV, 4, 3. Tit. Liv., XXVI. Rich., Diccionario de antigüedades, h. v). <<
[223] La pobreza de los consulares de entonces, pobreza tan decantada, como se sabe, en las recopilaciones de anécdotas morales de los tiempos posteriores, está muy lejos de haber sido lo que se dice. Desde esta perspectiva se interpretan mal los hábitos frugales de los antiguos tiempos, que se conciliaban perfectamente con la posesión de una fortuna considerable, y la antigua y noble costumbre de consagrar el producto de una colecta especial a los funerales de los hombres que habían merecido bien de la patria. ¡Como si hubiera en ello algo que se pareciese al entierro de un pobre! Agréguense a esto los fantásticos relatos imaginados por los cronistas, con motivo del origen de los apellidos, recargando con una multitud de cuentos inverosímiles los anales serios de la historia de Roma. (Véase, por ejemplo, Serranus.) El apellido Serranus se había dado, según la tradición, a C. Atilio Régulo, a quien se halló sembrando (sero) su campo cuando se le vino a anunciar su elección al consulado (quem sua manu spargentem semen, qui misi erant, convenerut). (Cicerón, Pro Rosc., 18. Véanse también Valerio Máximo, IV, 4 y 5. Plinio, 18, 3 y 4. Virgilio, Eneida, VI, 845.) <<
[224] Sobre el sentido exacto de la palabra provincia, véase la disertación de Mommsen en la obra citada, tomo I, pág. 11, en la nota: Die Rechtsfrage, etc. (Litigio entre César y el Senado), Breslau, 1857. <<
[225] Cuando se comparan las listas consulares anteriores y posteriores al año 412, no queda la menor duda sobre la realidad de la ley prohibitiva de las reelecciones para el consulado. Antes del año 412 se ve que son nombrados cónsules de nuevo a la vuelta de tres o cuatro años; después de esta fecha no se ven reelegidos sino pasado un intervalo de diez años por lo menos. Hay frecuentes excepciones a esta regla, sobre todo durante las sangrientas guerras que van del año 434 al 443 (320-311 a.C.). Pero la ley que proscribía la acumulación fue rigurosamente observada. No podrá citarse ni un solo ejemplo cierto de la acumulación de dos magistraturas curules (Tito Livio, XXXIX, 39, 4), consulado, pretura o edilidad curul: no sucede lo mismo con las demás funciones. La edilidad curul, por ejemplo, se ve reunida con el cargo de jefe de la caballería (Tito Livio, XXIII, 24, 30); la pretura, con la censura (Fast. Capit., an. 501); la pretura, con la dictadura (Tito Livio, VIII, 12); el consulado, en fin, con esta misma dignidad (Tito Livio, 1. c.) <<
[226] Los pliegos o despachos destinados al Senado eran dirigidos a los cónsules, a los pretores, a los tribunos y por último al Senado. (Cic., Epist. ad famil., XV, 2.) <<
IV. RUINA DEL PODER ETRUSCO. LOS GALOS
[227] Fίαρον ὁ Δεινομένεος καὶ τοὶ Σνρακόσιοι τοῖ Δὶ Τύραν΄ ἀπὸ Κύμας. <<
[228] Hecateo y Herodoto solo dan este nombre al delta del Po y al mar inmediato (Of. Müller, Etrusker, I, pág. 140; Geographi Græciæ minor., ed. C. Müller, I, pág. 23). En Scylax es donde lo encontramos por primera vez aplicado a todo el golfo, hacia el año 418 (336 a.C.). <<
[229] Thierry, Am., Historia de los galos, introducción, tomo I, pág. 12, de la tercera edición. <<
[230] Pleraque Gallia duas res industriosisime persequitur: rem militarem et argute loqui (Catón, Orig., lib. II). <<
[231] Filólogos eruditos han sostenido recientemente que los celtas y los italianos tienen un parentesco más inmediato que el de estos y los helenos. En otros términos, según ellos, la rama proyectada por el árbol indogermánico del que proceden todas las razas de la Europa meridional y occidental se dividió primero en helenos y en italoceltas, que separándose a su vez formó los italianos y los celtas. Esta opinión parece geográficamente admisible, y tal vez no la contradicen los hechos históricos. En este caso, sería quizá la civilización llamada grecoitálica una civilización grecoceltoitálica. Pero, ¿cómo afirmar este hecho? No poseemos dato alguno acerca de la condición primitiva de los celtas. Las indagaciones lingüísticas están ahora en sus primeros trabajos, y sería temerario referir a la historia de estos pueblos primitivos conclusiones que aún no son más que meras conjeturas. <<
[232] Véanse Tito Livio, 5, 34; Justino, 24, 4. César hace también alusión a ella. Bell. Gall., 6, 24. No debe creerse, por otra parte, que la fundación de Masalia sea contemporánea de la expedición de Belloveso. Esta debe colocarse a mediados del siglo II de la fundación de Roma (600 años a.C.). La leyenda primitiva e indígena no conoce las fechas; y la aproximación ha sido una pura invención de los cronologistas posteriores. Puede suceder que desde los primeros tiempos haya habido algunas incursiones y aun algunas emigraciones; pero las verdaderas conquistas de los celtas en Italia no han podido verificarse hasta que comenzó la decadencia del poder etrusco, o hasta la segunda mitad del siglo III (500 años a.C.). Belloveso no ha pasado a Italia como Aníbal, según demuestran ingeniosamente Vikhan y Cramer, por los Alpes cotianos y el territorio de los Taurini (Turin), si no más bien por los Alpes griegos (pequeño San Bernardo) y el país de los salasos (valle del Duria). Cuando Tito Livio fija el nombre de la montaña atravesada por ellos no obedece a una tradición; sigue su propia conjetura. En cuanto a los boyos de Italia, que debieron venir por el paso de los Alpes peninos (Gran San Bernardo), no podremos decidir si la tradición se funda en el recuerdo de un suceso real, o si obedece solo a una coincidencia de nombre entre estos mismos boyos y los que habitaban al norte del Danubio. <<
[233] Capena, hoy Civitella, entre el Tíber y Veyes. Faleria, hoy Civita-Castellana. Tarquinia, hoy Corneto, al norte de Civita-Vecchia. <<
[234] Fíjase aquí la fecha usual del año 390 a.C. En realidad, la toma de Roma corresponde al primer año de la 99 olimpíada, o sea en el año 388 a.C. Esta diferencia tiene su origen en la viciosa computación del calendario romano. <<
V. SUMISIÓN DEL LACIO Y DE LA CAMPANIA
[235] Hoy el Laghetto, en la Via Lavicana. Véase en Tito Livio el relato de esta batalla 2, 19 y 20. Véase también a Floro, I, 11, que hace mención de la intervención de los dioscuros, aspecto del que no habla Tito Livio. <<
[236] Ya se encuentra en Tito Livio (I, 52, 8, 8, 14) y en Dionisio de Halicarnaso (8, 15) la mención de esta igualdad de ambos ejércitos; pero el que ha precisado el hecho ha sido Polibio (IV, 26). <<
[237] Dionisio de Halicarnaso, 8, 15, refiere que en los tratados posteriores relativos a la alianza romanolatina estaba expresamente prohibido a las ciudades confederadas movilizar por sí mismas sus contingentes, y ponerlos solos en campaña. <<
[238] Los oficiales superiores del contingente latino eran los doce prefectos de los aliados (prefecti sociorum), que estaban encargados, seis de cada parte, del mando de las dos alas (alæ) de las milicias federales latinas. De igual forma los doce tribunos militares conducían, seis también por cada legión, el contingente romano. Polibio dice formalmente (6, 25, 5) que el cónsul tuvo, en otro tiempo, el derecho de nombrarlos a todos. Como según las antiguas reglas todo soldado podía llegar a oficial, se siguió que el general en jefe tenía el derecho de poner un romano al frente de una legión latina, lo mismo que un latino a la cabeza de una legión romana, pero, como los tribunos militares eran tomados siempre entre los romanos, los prefectos de los aliados lo fueron también la mayoría de las veces. <<
[239] Se trata aquí de los decuriones de las turmas y de los prefectos de las cohortes (decurionis turmaron… Præfecti cohortium). (Polib.; 6, 21, 5. Tit. Liv. 25, 14. Salust.; Jug. 69, etc.). Es lo más natural pensar que, como los cónsules romanos tenían el mando de sus respectivas milicias, los magistrados supremos de las ciudades aliadas estarían también, por norma general, a la cabeza del contingente de estas (Tit. Liv. 23, 19. Orelli, Inscript.; 7022). Y hasta el nombre ordinario de estos magistrados (prætores) revela que reunían las atribuciones militares con las funciones civiles (véase a este propósito Smith, Dic. of. antiq. v. exercitus). <<
[240] El habitante inmigrado en estas condiciones no era inscrito definitivamente en una tribu determinada, sino que, cuando se verificaba una votación en la que él tomaba parte, se decidía por azar la tribu en la que había de ejercer este derecho. Este hecho se explica por la razón de que en los comicios romanos por tribus solo se daba a los latinos un voto. Los incolæ no votaban en las centurias, pues la condición previa de todo derecho de votación en estas asambleas era tener un lugar fijo y seguro en una tribu. En las curias, por el contrario, votaba el incola como los demás plebeyos (véase Smith, v. colonia, civitas, fæderatæ civitates). <<
[241] Sabemos ya que las ciudades latinas tenían ordinariamente dos pretores (prætores) a su cabeza. Sin embargo, en algunas de ellas se encuentra un magistrado único, con el título de dictador. Citaremos entre estas a Alba (Orelli, inscrip. 2293); Lanuvium (Cic. pro Mil. 10, 27, 17, 45. Asconius, in Mil., pág. 32 Orel. Orelli, núms. 3786, 5157, 6086); Compitum (no lejos de Anagni, hoy probablemente Savignano); Nomentum (Orelli, 208, 6138, 7032. Hencen, Bullett. 1858, pág. 169), y Aricia (Orelli, 1455). Puede suceder, sin embargo, que este último documento no trate más que de la consagración del templo de Aricia por un dictador de la liga latina (Cato, Orig., libro II). Agreguemos a esto la dictadura ejercida también en Cerea (Orelli, 5772). Todos estos dignatarios son anuales, al igual que los sacerdotes que los instituyen (Orelli, 208), porque es necesario aplicar a los pretores y a los dictadores de las ciudades disueltas por la conquista romana, y también al dictador de Alba, lo que dice Tito Livio, 9, 43: «Anagninis magistratibus præeter quan sacrorum curatione interdictum». Cuando Macer, con los analistas que lo siguen, refiere que en la época de su caída Alba no tenía ya reyes sino solo dictadores anuales (Dionisio de Halic., 5, 74; Plutarco Romulus, 27; Tito Livio, 1, 23), es claro que no habla más que por inducción. Razona fundándose en la existencia de la institución bien conocida de la dictadura sacerdotal albana, anual sin duda alguna, como lo era la dictadura de Nomentum. Pero al hacer esta indicación, ¿no obedecía evidentemente el escritor citado a sus tendencias democráticas? ¿Es verdadera o no su conjetura? No podemos decirlo. ¿No es posible que Alba, al tiempo de su ruina, estuviese gobernada por jefes vitalicios, y que solo después de la supresión de la monarquía en Roma haya sufrido la dictadura albana esa transformación de convertirse en una función anual? Los dos dictadores de Fidenes son probablemente una excepción (Orelli, 112); su nombre no es más que una aplicación abusiva y posterior de la palabra dictator, que excluye siempre, aun en las ciudades no romanas, la división de la autoridad entre dos o más colegas. Se ve, pues, que estas magistraturas latinas, tanto en cuanto al nombre como al fondo de las cosas, ofrecen notables relaciones con las instituciones fundadas en Roma después de la revolución. Sin embargo, tales semejanzas políticas no son suficientes por sí solas para explicar todas estas analogías tan notables. <<
[242] Hoy el Biferno, que atraviesa la provincia de Molisa y desemboca en el Adriático, y el Vulturno, que riega el territorio de Capua. <<
[243] Cora, cuyas ruinas existen todavía, y Norma o Norb, que están en las inmediaciones de Velletri. Signia, hoy Segni. <<
[244] Hoy Torre-Petrara o Mesa, según Mannert y Abeken. Ardea y Circei (S. Felice) no han cambiado de nombre. <<
[245] Satricum, hoy Pratica; Setia, hoy Sezze. <<
[246] La única lista de las treinta ciudades federales latinas que ha llegado hasta nosotros nos la ha suministrado Dionisio de Halicarnaso. Incluye en ella a los ardeatas, los aricinos (Aricia), los bovilenses, los bubentanos (en región desconocida), los cornienses (Cora, Coranienses), los carventanienses (región desconocida), los circeyos, los coriolanos, los corbincianos (¿Corbio?), los cabanianos (región desconocida), los fortinios (ídem), los gabinios, los laurentinos, los lanubinios, los labinios, los labicanos, los nomentanos, los norbanios, los prenestinos, los l’edanios (Pedum), los cuerquetulanos (en región desconocida), los satricanos (Satricum), los escapcianos (Scaptia), los setinianos (Setia), los telenienses (en región desconocida), los tiburtinos, los tusculanos, los tolerinos (en región desconocida), los tricrinos (ídem) y los veliternios (Velitres). Las indicaciones aisladas que se encuentran en los diversos autores concuerdan con esta lista. Tito Livio hace mención de Ardea (32, 1), de Laurentum (37, 3) y de Lanuvium (41, 16), como formando parte de la liga. Cicerón nombra también a Bovilla, Gabies, Lavicum (Pro Planc., 9, 23). Dionisio da su lista con motivo de la declaración de guerra hecha por el Lacio a Roma en el año 256 (498 a.C.), y pareció muy natural a Niebuhr y a otros, después de él, creer que dicho autor la había copiado del pacto de alianza renovado en el año 261. Pero nótese bien que esta lista es alfabética, y que los nombres de pueblos que comienzan con g (gabinios, etc.) ocupan en ella un lugar que aún no tenía la g en el alfabeto latino en tiempo de las Doce Tablas, ni lo tuvo jamás hasta el siglo V, o sea hacia el año 250 a.C. (Véase mis Unterit. Dialek. Dialectos de la baja Italia, 1850, Leipzig.) De aquí infiero que Dionisio la ha debido tomar de una fuente mucho más reciente que el documento del año 261; y por esto me parece mejor referir simplemente su lista a la época de la organización actual y definitiva de la liga. Dados sus hábitos positivos y no históricos, ¿no habrá podido Dionisio referirla toda a los tiempos de los orígenes federales? Como quiera que fuese, no vemos figurar en ella ninguna ciudad no latina, ni aun la misma Cerea; no enumera más que localidades puramente latinas o pobladas por colonias (ni Corioles ni Corbio se considerarán como excepciones). Si se compara, sin embargo, la lista de Dionisio con las de las colonias latinas, aseguramos que sobre las nueve colonias fundadas hasta el año 369, Suesa Pomecia, CORA, Signia, VELITRES, NORBA, ANTIUM (si ha sido realmente colonizada alguna vez), Ardea, CIRCEYA y SATRICUM, hay seis (las escritas con letras versalitas) que figuran en la liga, y que, entre las colonias posteriores al año 372 (382 a.C.), Secia es la única que, según Dionisio de Halicarnaso, forma también parte. Asimismo, las colonias latinas fundadas antes del año 370 formaron parte de la asociación de las festividades albanas; mientras que las fundadas con posterioridad no entran en ellas. No es extraño que Dionisio no haya incluido a Antium y a Suesa-Pomecia en su lista. Estas dos ciudades, apenas colonizadas, fueron nuevamente perdidas por los latinos. Durante mucho tiempo los volscos tuvieron a Antium por su principal fortaleza, y Suesa había sido reducida a escombros. La única dificultad para resolver el problema sería la de haber excluido de la lista a Signia y la mención hecha de la ciudad de Setia. ¿Debe leerse en el texto ΣΙΓΝΙΝΩΝ en lugar de ΣΠΤΙΝΩΝ, o es necesario admitir que la fundación de Setia había terminado ya antes del año 370, y que Signia no se había contado nunca entre las ciudades que tenían voz y voto en la liga? En todo caso, la excepción es única y la ley de exclusión para todas las colonias posteriores al año 370 parece cierta. Tampoco encontramos en la lista, y por una razón manifiesta, los nombres de las ciudades incorporadas a Roma antes de esta fecha: Ostia, Antemnes, Alba, etcétera. Por el contrario, vemos figurar en ella las incorporadas después, Tusculum, Satricum, Velitres, todas las cuales perdieron su autonomía desde el año 370 hasta el 576 (384-218 a.C.). Plinio da otra lista de treinta y dos ciudades que ya no existían en su tiempo y que habían tomado parte en las festividades del monte Albano. Si se exceptúan ocho, cuyos nombres se encuentran también en la lista de Dionisio (los cusuetanos y los tuétanos de Plinio parece que son los mismos que los cabertanos y los tricrinos de Dionisio), quedan aún veinticuatro localidades cuya situación nos es casi completamente desconocida. Estas se componen de dieciséis ciudades sin voto, miembros antiquísimos de la asociación Albana y postergadas después, y otras siete u ocho pertenecientes a la liga que habían desaparecido o habían sido excluidas con cualquier pretexto. Entre ellas debemos contar a la antigua capital Alba, de la que Plinio hace mención con frecuencia. <<
[247] Tito Livio dice formalmente (4, 47) que Lavicum recibió una colonia en el año 336. Pero, sin que haya necesidad de objetar el silencio significativo de Diodoro (13, 7), parece cierto que esta ciudad no ha sido una colonia de ciudadanos (colonia civium romanorum). En primer lugar, porque no estaba situada cerca de la costa, y, en segundo término, porque mucho tiempo después gozaba todavía de su independencia política. No ha sido colonia latina (colonia latina) porque no existe, ni ha podido existir, según la ley de estas fundaciones, un segundo ejemplo de una colonia latina establecida en el primitivo país latino. Probablemente habrá sucedido en esto lo que sucedió con las asignaciones de tierra de dos yugadas cada lote: la tradición ha trasformado en asignaciones coloniales lo que no era realmente más que un simple señalamiento de terreno comunal. <<
[248] Según la tradición, a veces dada por cierta, a veces debatida entre los críticos, los nombres modernos de las ciudades que acabamos de citar son los siguientes: Nomentum, Mentana; Tíbur, Tivoli; Gabies, Lago di Castiglione; Scaptia (en lugar desconocido); Labici, La Colonna; Pedum, Gallicano; Præneste, Palestrina; Corbio, Carboniano; Tusculum, Frascati; Bovillæ (no hay vestigios, pero se hallaba a 10 millas de Roma, sobre la vía Apia); Aricia, Lariccia; Corioles (sobre el monte Giove); Lanuvium, Citta-Lavinia; Laurentum, Torre di Paterno; Lavinium (a la que quieren colocar en Pratica, y, mientras otros creen que es este el lugar de Satricum). En otra parte hemos hecho ya algunas indicaciones relativas a Cora, Norva (Norma), Setia y Circeya. Sutrium (Sutri) y Nepete (Nepi) estaban en Etruria; Cales (Calvi) estaba situada en la Campania. <<
[249] Estas restricciones impuestas a la comunicación del antiguo derecho latino pleno (jus latinitatis plenum) se encuentran por primera vez en el pacto de alianza renovado en el año 416 (Tito Livio, 8, 14). Las tendencias particularistas y de aislamiento a que van unidas, en el fondo, se manifiestan ya en la exclusión impuesta a las colonias latinas posteriores al año 370 (384 antes de J. C.). En el 416 se generalizaron y escribieron en el pacto federal. Conviene hacerlo notar aquí. <<
[250] Thurii o Thurium, cerca de Síbaris. Terina, en el golfo de Santa Eufemia, al norte de Reggio. <<
[251] Sobre el actual golfo de Policastro. <<
[252] El nombre de brucios o brecios es el primitivo, y es la más antigua denominación indígena de los actuales calabreses (Antioco, fr. 5, Müller). El origen pelásgico que ordinariamente se les atribuye no es más que una fábula. <<
[253] Hipponion o Vibo o Vibona Valentia, hoy Bivona, colonia locria situada en la costa occidental de la Calabria. <<
[254] Bruttates bilingues Ennius dixit, quod Bruttii et Osce en Græce loqui soliti sint. Fest., pág. 25. <<
[255] Nola, al sudeste de Capua. Nuceria, Nuceria Alfaterna, hoy Nocera, no lejos de Pompeya. Teanum de los Sidicinos, hoy Teano, al noroeste de Capua. <<
[256] Nada más embrollado en los anales romanos que el relato de la primera guerra samnita hecho por Tito Livio, por Dionisio de Halicarnaso y por Apiano, por lo menos si se aceptan los textos tales como han llegado hasta nosotros. He aquí lo que sucedió según dichos textos. En el año 411 (343 a.C.) los dos cónsules habían marchado a Campania; uno de ellos, Marco Valerio Corvo, consiguió sobre los samnitas una sangrienta victoria al pie del monte Gaurus (al sudoeste de Capua). Luego su colega Aulo Cornelio Coso los derrotó también, después de haber sucumbido en un desfiladero, donde tuvo que sacrificar una división entera mandada por el tribuno militar Publio Decio. Los dos cónsules libraron en seguida un tercer combate decisivo en la entrada de las Horcas Caudinas, no lejos de Suesule (Sesola o Maddaloni). Destrozados los samnitas (¡cuarenta mil escudos se recogieron en el campo de batalla!) sufrieron la paz que plugo al vencedor imponerles. Roma debió conservar la posesión de Capua, que se le había entregado, y dejó solo Teanum a sus adversarios (413). De todas partes recibió felicitaciones, hasta de la misma Cartago. Los latinos, que le habían negado el paso y que parecía que querían levantarse en armas contra Roma, las dirigieron ahora contra los pelignios. Por este mismo tiempo, los romanos tuvieron que sofocar una conspiración militar que había estallado en el seno de la guarnición que habían dejado en Campania. Necesitaron apoderarse de Privernum (Piperno, al este de Ancio), y hacer desde allí la guerra contra los antiotas. Pero he aquí que la escena cambia de repente, y los partidos se transforman. Descontentos los latinos de que se les negase el derecho de ciudadanía y la participación en el consulado, se unieron contra Roma con los sidicinos, que habían ofrecido en vano su sumisión y no podían rechazar solos a los samnitas, y también con los campanios, cansados ya de la dominación romana. A Roma solo le quedan los laurentinos en el Lacio y los caballeros de Campania. Pero, por otra parte, encuentra un apoyo y un auxilio entre los pelignios y los samnitas. El ejército latino se arrojó sobre el Samnium, y el romanosamnita marchó hacia el lago Fucino (lago de Celano). Pasando por detrás del Lacio se dirigió a Campania, y allí, al pie del Vesubio, se dio una batalla decisiva que perdieron los latinos y los campanios, y en la cual el ejército romanosamnita estuvo al mando del cónsul Tito Manlio. Él mismo, para restablecer la disciplina relajada en el seno de sus tropas, mandó decapitar a su hijo, que entró victorioso en el campo de donde había salido en contra de lo ordenado por el general. Fue también necesario que el otro cónsul, Publio Decio Mus, se sacrificase para reconciliar a los dioses. Un segundo combate dado cerca de Trifanum terminó la guerra: el Lacio y la Campania se sometieron y fueron castigados con la confiscación de una parte de su territorio. Este relato está lleno de imposibilidades de todo género que saltan a la vista del lector, por poca atención que en él ponga. ¿Qué significa la guerra hecha contra los antiotas, después de haberse sometido en el año 377, cuestión de la que habla Tito Livio (6, 33)? ¿Cómo admitir una expedición dirigida por los latinos solos contra los pelignios, con violación flagrante de los tratados federales entre Roma y el Lacio? ¿Cómo comprender esa marcha inaudita del ejército romano sobre Capua, atravesando los países marso y samnita, durante la sublevación de todo el Lacio? Agréguese a esto el embrollado y sentimental relato de la sublevación militar del año 412 (342 a.C.), y la historieta del jefe que se le impuso, el gotoso Tito Quincio, ¡el Gætz de Berlichingen romano! Y además, ¡cuánta repetición inexplicable! La aventura del tribuno militar Publio Decio está calcada de la acción heroica de un tal Marco Calpurnio Flamma, durante la segunda guerra púnica. Privernum es tomada de nuevo en el año 425 (329 a.C.) por Gayo Plaucio, cuya segunda toma es la única de la que hablan los fastos triunfales. Por último, la muerte expiatoria de Publio Decio está, como sabemos, repetida por el sacrificio de su hijo en el año 459 (295 a.C.). Toda esta historia indica otro tiempo y otra mano; no reproduce los documentos más antiguos y más dignos de fe de los anales primitivos. Se embellece la narración con una infinidad de cuadros y de batallas hechos a placer, y de anécdotas mal zurcidas, como, por ejemplo, la de aquel pretor de Setia arrojado desde lo alto de las gradas del Senado porque se atrevió a ambicionar el consulado, o las tan numerosas que sirven de comentario al sobrenombre de Tito Manlio (Imperiosus). Finalmente se halla una porción de digresiones llamadas arqueológicas, de un valor más que dudoso. Citemos una especie de historia de la legión, una segunda edición de la cual ha suministrado evidentemente a Tito Livio (52) indicaciones, probablemente apócrifas, sobre los manípulos mixtos de romanos y latinos, del segundo de los Tarquinos. Citemos además todas las mentiras ensartadas en ocasión del tratado entre Capua y Roma (véase mi Roem. Munzwesem, Sistema Monetario de los Romanos, pág. 334, nota 122), todo lo concerniente a las fórmulas del acto del sacrificio (devotio), al último Campanio, a la alianza con Larentum, a las dos yugadas (bina jugera) de asignación por cada lote (pág. 160, nota), etcétera. En medio de semejante confusión, ¿no es notable ver a Diodoro, que ordinariamente bebe en otras fuentes más antiguas, no decir nada de todos estos acontecimientos? No tiene conocimiento nada más que del último, de la batalla de Trifanum, la que concuerda mal con el relato que precede; según las leyes de toda composición poética debía terminar el drama con la muerte de Decio. <<
[257] Minturnos, hoy Tajetto. Suesa, hoy Sesa: Sinuesa, no lejos de Rocca di Mondragone. <<
VI. GUERRA DE LA INDEPENDENCIA ITALIANA
[258] En la desembocadura del Laüs. No nos parece superfluo recordar aquí que todo lo que sabemos de Archidamos y de Alejandro Moloso nos ha sido conservado y transmitido por los anales griegos, cuyo sincronismo con los anales romanos no es posible establecer, sino por aproximación respecto de la época actual. Si la proximidad de los acontecimientos ocurridos en la Italia del Oeste y en la del Sudeste es cierta en el conjunto, no debemos llevarla hasta sus detalles. <<
[259] Rufræ, hoy la costa rufaria, según Reich. Allifæ, sobre la orilla izquierda del Vulturno. <<
[260] El sitio donde estuvo Caudium es sin duda alguna las inmediaciones de Arpaja. Por consiguiente, la indicación hecha en el texto es aproximadamente exacta; ¿pero dónde se encuentra el desfiladero? ¿Es en el valle situado entre Arpaja y Montesarchio, o en el que va de Arienzo a Arpaja? Esto es lo que da materia para dudar. Una erupción volcánica parece haber levantado las colinas que forman este último valle, cien palmos por lo menos, y el estado actual de los lugares no puede tomarse en consideración. He seguido la opinión común, pero no garantizo su exactitud. <<
[261] Me parece improbable, en efecto, que en los años 436 y 437 haya habido una tregua formalmente convenida entre los dos pueblos beligerantes. <<
[262] El Mateso (de unos 2200 metros de elevación aproximadamente) separa la tierra de labor de la provincia de Samnio o Molisa. Boyano está en la parte oriental del monte, sobre el Biferno. <<
[263] Cerca de Caserta Vecchia, según Monnert; Savignano, según Reich. <<
[264] Tal vez el lago Basano, en los alrededores de Viterbo, así como la antigua selva ciminiana. <<
[265] Las operaciones de la campaña del año 537, y, mejor aún, la construcción de la calzada de Arretium a Bononia (Bolonia) en el 567 demuestran que antes de esta época existía ya aquella entre Roma y Arretium, pero no era todavía un gran camino militar a juzgar por el nombre que se le dio posteriormente (Via Casiana). En el 583 es cuando pudo convertirse en vía consular (Via Consularis); porque entre Espurio Casio, cónsul en los años 252, 261 y 268, a quien no puede atribuirse su construcción, y Gayo Casio Longino, cónsul en el 583, los fastos consulares de Roma no hacen mención de ningún otro Casio. <<
[266] Tifernum Samniticum, al noreste de Bovianum, sobre el Tifernus (Biferno) Maleventum (Benevento). <<
VII. GUERRA ENTRE ROMA Y EL REY PIRRO
[267] ¿Han enviado también los romanos embajadores a Alejandro? Clitarco lo ha asegurado (Plinio, Hist. nat., 3, 5, 57), y su único testimonio ha sido el que ha inspirado a todos los que de esto han hablado después de él (Aristos y Asclepiades, en Arriano, 7, 15, 5. Mem. c. 25). Clitarco era sin duda alguna contemporáneo; pero desgraciadamente su biografía de Alejandro parece un romance más que una historia. Los escritores serios guardan absoluto silencio sobre este asunto (Arriano, l.c. Tito Livio, 9, 18); y, cuando se ve al mismo Clitarco referir el detalle de que los romanos enviaron a Alejandro una corona de oro, y, después, el de una profecía en la que el rey anuncia la futura grandeza de Roma, no se puede menos que colocar todo esto entre los innumerables cuentos con que el autor ha ilustrado su texto. <<
[268] Diádocos o sucesores, nombre griego dado a los generales que se dividieron el imperio de Alejandro. <<
[269] Situada cerca de la actual Anglona, que no debe confundirse con otra ciudad más conocida, del mismo nombre, en la región de Cosenza. <<
[270] Estas cifras son bastante verosímiles. La relación romana dice que hubo, de cada parte, quince mil hombres fuera de combate, entre muertos y heridos. Una versión posterior cuenta cinco mil muertos entre los romanos y veinte mil entre los griegos. No está de más llamar aquí la atención sobre uno de los casos raros en que es posible comprobar y verificar cuán poco creíbles son ordinariamente las cifras que dan los historiadores romanos. Entre ellos, la mentira va creciendo como la bola de nieve (crescit eundo). <<
[271] Los romanos, y más tarde los autores modernos, han creído que por este tratado Roma había querido evitar que los cartagineses se mezclasen en los asuntos de Italia. Es verdad que Magón no desembarcó en Ostia; pero no debe buscarse la razón de ello en las previsiones de la alianza. Como el Lacio no fue amenazado por Pirro, no tuvo tampoco necesidad del auxilio de Cartago; esto es todo. Pero los cartagineses combatieron en favor de Roma en las aguas de Rhegium. <<
[272] Cosa, no lejos de la frontera de Lucania, sobre un arroyo del mismo nombre: Esernia, hoy Isernia, en la orilla izquierda del Vulturno, provincia de Molisa. Ariminum, Rímini, Firnum, Fermo: Castrum Novum, a diez millas de Firnum, cerca de la costa. <<
[273] Está demostrado en otro lugar que ese texto, conservado por Polibio (3, 22), no pertenece al año 245, sino al 406. Véase Ræm. Chronol. (Cronología Romana), pág. 320. <<
[274] Pulchrum o Apolinis Promontorium, al noroeste de Cartago, entre el Mercurii Promontorium (cabo Bon) y el Candidum Promontorium (cabo Blanco). <<
[275] Cabo Colonna o de Naa, en el extremo oriental de Calabria, al sur de Crotona. <<
[276] Pirgy, Ostia, Antium, Terracina, Minturnos, Sinuesa, Sena-Gállica y Castrum Novum proveían esta especie de matrícula de mar. <<
[277] Este hecho está perfectamente precisado por la historia (Liv., 8, 14: Interdictum mari Antiati populo est). Es creíble además que Antium no estaba poblada solamente por colonos; contaba también con una porción de ciudadanos indígenas, que odiaban al pueblo romano (pág. 175). Bien sé que, si hemos de creer los relatos griegos, el hecho de la prohibición está desmentido por esta otra circunstancia: que Alejandro Magno (431) y Demetrio Poliorquetes (471) se quejaron a Roma de la piratería de los antiotas. Pero la embajada de Alejandro me parece una ficción procedente de la misma fuente que la embajada de Roma a Babilonia. En cuanto a Demetrio, pudo suceder que quisiera suprimir la piratería de estos mares tirrenos que él jamás había visto; y los antiotas, convertidos en ciudadanos romanos, debieron continuar ejerciendo sus antiguas prácticas a pesar de la prohibición romana. Como quiera que fuese, yo tampoco doy gran crédito a la embajada de Demetrio. <<
[278] Según Servius (Ad Æneid., 4, 628), con arreglo a los términos de los tratados entre Roma y Cartago, los romanos se comprometían a no poner el pie (establecerse) en el territorio cartaginés sobre todo, y estos, a su vez, no podían desembarcar en el territorio de Roma. Córcega quedaba como país neutral entre ambos (ut neque Romam ad litora Carthaginiensium accederent, neque Carthaginienses ad lithora Romanorum: Corsica esset media inter Romanos et Carthaginienses). Servius parece que alude también al convenio del año 448, que debió tener por resultado inmediato impedir la colonización de Córcega. <<
[279] La fórmula muchas veces citada, mediante la cual los pueblos caían bajo la dependencia de Roma, era esta: se comprometían a «respetar la majestad del pueblo romano (majestatem populi romani comiter conservare)», lo cual no es más que la expresión técnica de la sumisión verdadera como súbditos de Roma. Es probable que fuese inventada mucho después. (Véase Cic. Pro Balbo, 16, 35.) La palabra clientela, tomada del derecho privado, traduce mejor y más exactamente esas relaciones tan mal definidas de la supremacía romana (Digest., 49, 15, 7, 1). Es cierto, además, que aun en tiempos posteriores no ha tenido esta denominación en el lenguaje oficial. (El texto de Próculus al que alude Mommsen es muy curioso y merece la pena citarlo por completo: Liber autem populus est is qui…, item sive œquo fœdere in amicitiam venit sive fædere comprehensum est, ut is populus alterius populi majestatem comiter conservaret, etc.). <<
[280] Según Cicerón (Pro Cœc., 35), Sila dio un día a los de Volaterra el derecho antiguo de Ariminum, es decir, añade el orador romano, el derecho de las doce colonias, que sin poseer la ciudadanía tenían, sin embargo, las libres franquicias del comercio con los romanos. No hay problema sobre el que se haya disertado tanto como sobre el del régimen de las doce ciudades. Sin embargo, nada hay más sencillo de determinar. Dejando aparte algunas otras localidades, que ya habían desaparecido, se contaban en Italia y en la Cisalpina treinta y cuatro colonias latinas. Ahora bien, cuando Cicerón habla de las doce colonias trata solo de las doce más recientes: Ariminum, Benevento, Firmum, Esernia, Brundusium, Spoletium, Cremona, Placencia, Copia, Valentia, Bononia y Aquileya. Y como Ariminum era la primera, y dentro de sus muros fue donde por primera vez instituyó Roma un orden de cosas menos liberal, quizá también por lo mismo que era la más antigua colonia romana fundada fuera de la Italia propia, las instituciones dadas a las ciudades de esta clase se denominaron con razón la Carta de Ariminum. Esta denominación es también la prueba de un hecho, altamente verosímil por sí mismo, a saber: que las colonias establecidas en Italia (lato sensu) posteriormente a la fundación de la de Aquiley pertenecían a la clase de las colonias de ciudadanos. Pero, ¿en qué consistían las restricciones que debió sufrir el derecho de las nuevas colonias latinas en relación con las antiguas franquicias? Difícil nos sería precisarlo. La facultad de residencia en Roma no fue naturalmente retirada a los miembros de estas ciudades, puesto que para ejercerla bastaba con no ser enemigo del pueblo romano o no estar excomulgado del fuego y del agua. En cuanto a la comunidad de matrimonios (connubium), que, por más que nada lo demuestra de una manera absoluta (pág. 128. Diodoro, págs. 500 y sigs.), fue probablemente uno de los caracteres esenciales de la igualdad civil entre los miembros de la confederación latina primitiva, no hay ni que decir que no existía para las nuevas colonias. <<
[281] Hasta el siglo VII perteneció a los pretores la elección de estos prefectos, y no a los ciudadanos mismos. Si Tito Livio, hablando de su nombramiento (Creari, 9, 20), ha oído decir que eran elegidos por el pueblo, ha hecho mal en atribuir a épocas anteriores a la República una formalidad que solo ha sido practicada en los últimos tiempos. (Véase sobre este punto el Corpus inscript. latin., 1, pág. 47.) <<
[282] Tito Livio, 27, 10, 2 y sigs. <<
[283] Es muy sensible que la ciencia no haya podido fijar las relaciones numéricas de una manera satisfactoria. En los últimos tiempos de la monarquía, puede calcularse en unos treinta mil el número de ciudadanos romanos capaces de llevar las armas (pág. 116). Desde la caída de Alba hasta la conquista de Veyes, el territorio romano inmediato no se extendió mucho, como justifica el siguiente testimonio. Cuando en el año 259 (495 a.C.) se establecieron las veintiuna tribus romanas, esta nueva organización no indica ningún engrandecimiento notable por lo menos de las fronteras. Además, hasta el año 367 (387 a.C.) esta permaneció sin agregación de nuevas tribus. Elévese cuanto se quiera el exceso de los nacimientos sobre las defunciones, las inmigraciones y el número de emancipados, no deja de ser imposible aceptar como serio el número de habitantes del que nos hablan los documentos de empadronamiento que nos han sido transmitidos. Si hemos de darles crédito, Roma, con su mezquino territorio de unas 30 millas (alemanas) cuadradas, pudo poner sobre las armas, desde la segunda mitad del siglo III, de ciento cuatro a ciento cincuenta mil ciudadanos (el número varía). También en el año 362, según una reseña muy especial, debía contar con 152 573. Es necesario colocar estas cifras en la misma línea que los ochenta y cuatro mil setecientos ciudadanos del censo de Servio. El censo antiguo y los cuatro lustros de Servio con sus cifras extraordinarias no son más que una de esas tradiciones legendarias que se apoyan al parecer en títulos antiguos, pero que patentizan su falsedad por la exageración de sus cifras, minuciosamente detalladas. Solo en la segunda mitad del siglo IV es cuando comienzan los verdaderos engrandecimientos del país romano y las incorporaciones totales de las ciudades conquistadas (pág. 156). En esta época fue también cuando debió extenderse de un modo extraordinario el número de ciudadanos. Refiere la tradición, y podemos darle crédito porque lo merece, que en el año 416 se contaban ciento sesenta y cinco mil ciudadanos romanos. Admito también que diez años antes, cuando Roma llamó a todas sus milicias contra el Lacio y los galos, pudo presentar en batalla cincuenta mil hombres. En el siglo V, después de las extensiones realizadas en Etruria, en el Lacio y en la Campania, los ciudadanos propios para la guerra ascendían al número de doscientos setenta mil; en tanto al comenzar la primera guerra púnica había de cuatrocientos ochenta a cuatrocientos noventa mil hombres. Estas evaluaciones parecen ciertas; pero, desde la perspectiva histórica, no tienen ninguna utilidad. En efecto, engloban tanto a los verdaderos ciudadanos romanos como a los ciudadanos sin voto (sine suffragio); a los ceritas y a los de Capua, por ejemplo. Estos últimos no son más que súbditos; y sería mucho más exacto incluir en este cálculo los contingentes latinos, que hacer entrar en ellos a las legiones campanias. Según Tito Livio (23, 5), solo Capua podía dar treinta mil infantes y cuatro mil caballos. Si esta indicación, por dudosa que parezca, ha sido realmente tomada de las listas del censo romano, puede admitirse que toda la clase de los ciudadanos simplemente pasivos podía suministrar cincuenta mil soldados, campanios en su mayor parte. En efecto, Polibio (2, 24, 14) dice exactamente que tal fue la condición civil impuesta a la Campania. Sin embargo, esta cifra no es segura, ni puede servir de punto de partida para otros cálculos. <<
[284] Decimos en todas partes y no solo en las ciudades latinas. En efecto, se tiene prueba de ello en que el censo quinquenal se hacía en ciertas ciudades que no tenían, en manera alguna, la latinidad ni las instituciones latinas. <<
[285] Esta antigua frontera pasaba probablemente por dos localidades pequeñas llamadas Ad Fines: la una estaba situada al norte de Arezzo, en el camino de Florencia, y la otra, en la costa cerca de Livurna. Un poco al sur de esta última ciudad, se encuentran el arroyuelo y el valle de Vada, comúnmente llamados Fiume della fine, Valle della fine (Targioni Tozzetti, Viaggi, 4, 470). <<
[286] En realidad, no sucede esto en la lengua oficial. Se halla la exacta enumeración de los itálicos en la ley agraria del año 643 (111 a.C.), línea 21: (Ceivis) Romanus sociumve nominis ve latini, quibus ex formula togatorum (milites in terra Italia imperare salent). Así también, en la línea 29 se distingue a los latinos de los extranjeros: Latinus… peregrinus. Por último, en el senadoconsulto del año 568 (186 a.C.) se lee lo siguiente sobre las bacanales: «Ne quis ceivis romanus neve nominis latini neve socium quisquam …». Pero, en el lenguaje usual, se suprimen muchas veces los segundos y terceros, incluyendo indiferentemente entre los ciudadanos romanos a los aliados nominis latini y a los aliados simplemente (Weissenborn, Sobre Tito Livio, 22, 50, 6). Se encuentra también en Salustio la enumeración de los homines nominis latini ac socii italici (Jugurtha, 40). Pero, por correcta y exacta que sea esta frase, no pertenece a la lengua oficial. Para esta hay una Italia; no hay itálicos. No carece de interés insistir aquí sobre las sabias distinciones en que ha entrado Mommsen, con motivo de la clasificación política de los habitantes de la Italia, al día siguiente de su reunión. Inútil es también consignar su gran importancia y exactitud. Ilustra completamente la historia posterior, así como la condición civil o jurídica de todos los súbditos provinciales en los tres continentes adonde Roma llevará un día sus armas y sus instituciones. En esta clasificación tienen su lugar todos los ciudadanos, tanto los que poseen el pleno derecho de ciudad como los ciudadanos sin voto o pasivos, para llamarlos como el autor. Por último, todos los aliados o súbditos, cualquiera que sea el nombre que se les dé: latinos, aliados o confederados (latini, socii, federati). Entre ellos existían diferencias y grados, como se ha visto, y también los hay notables entre los ciudadanos perfectos y los ciudadanos sin voto (cives sine suffragio, jure Cœritum, Ariminensium, etc.). En los autores se encuentra también la palabra dediticios (dediticii), pero que se aplica a una clase de la que tenemos que hablar más adelante. Por último, la palabra extranjero (peregrinus) designaba la mayoría de las veces a todos los que no eran ciudadanos. <<
VIII. EL DERECHO, LA RELIGIÓN, LA ORGANIZACIÓN
MILITAR,
LA ECONOMÍA POLÍTICA Y LA NACIONALIDAD
[287] Servilis unctura tollitur. Cic., De leg., II, 24, 60. <<
[288] Lectique plures sternerentur. Cic., ibid. <<
[289] «Extenuato igitur sunptu, tribus riciniis, et vinclis purpuræ …tolit». Cic., ibid. <<
[290] Festus v. murrata potione. Plin. Hist. nat., 21, 3; vino rogum ne aspergito. Cic., ibid. <<
[291] Cic., l.c. <<
[292] Véase Duodecin Tab. frag., en las institut. syntagma, de R. Gneist (Lipsiæ, 1858, y en otros muchos lugares). <<
[293] Tresviri nocturni (Plaut., Amph., 3): «¿Quid faciam nunc, si tresviri me in carcerem compegerim?» <<
[294] Puede inducirse esto del pasaje en que Tito Livio (9, 20) habla de la reorganización de la colonia de Antium, veinte años después de su fundación. Es claro que, si era fácil para el habitante de Ostia ir a Roma a continuar su litigio, no era posible la misma exigencia respecto de los habitantes de Antium o de Sena. <<
[295] Agrada mucho celebrar al pueblo romano como el pueblo privilegiado de la jurisprudencia, y sus excelentes leyes aparecen como un don místico del cielo a sus embobados admiradores. Sin duda, este es un medio cómodo para no tener que enrojecerse de vergüenza muchas veces por la pobreza de su derecho nacional. Échese una mirada sobre la vacilante y embrionaria legislación criminal de Roma, y nos convenceremos pronto de la falsedad de semejante creencia, al mismo tiempo que parecerá sencillo reconocer que una nación sana posee siempre una sana jurisprudencia, y que a un pueblo enfermo corresponde necesariamente un derecho defectuoso. Fuera de la organización política del Estado, y fuera de otras causas cuya influencia decisiva sufrió la jurisprudencia, tal vez más que las otras instituciones, puede referirse el notable organismo del derecho civil de los romanos a dos fuentes principales. En primer lugar, las partes litigantes estaban obligadas a formular y motivar la demanda y la defensa. En segundo lugar, el derecho tenía en el magistrado un órgano permanente y progresivo. Por este intermediario oficial descendían inmediatamente los axiomas jurídicos al terreno de la práctica. La precisión obligatoria de las conclusiones ataba muy estrechamente a todo abogado charlatán; pero la interpretación del magistrado hacía inútil la confección de leyes malsonantes, al menos hasta donde es posible obviar estos dos males. Por último, gracias a estas dos causas pudieron conciliarse en Roma, en la medida de las fuerzas humanas, las dos condiciones necesarias y opuestas de toda buena jurisprudencia: la fijeza y la flexibilidad, que sabe acomodarse a las exigencias de los tiempos. <<
[296] Nan ideo patrem argentini æsculanum posuerunt, quia prius œrea pecuniœ in usu esse cepit, postea argentea. August., Civ. Dei, IV, 21. Nótese que los romanos no tuvieron un dios del oro; de donde se deduce que, cuando el oro entró en la circulación común en los tiempos de las guerras púnicas, ya había terminado la manía de la divinización. <<
[297] En ocasión de la dedicatoria de su templo, en el año 459, es cuando se ve por primera vez aparecer a la diosa con su nueva identificación de Venus Afrodita. (Tit. Liv., 10, 31. Becker, Topografía, pág. 472.) <<
[298] Según ellas, los romanos, que llevaban primeramente escudos cuadrados, los cambiaron por el escudo redondo de los hoplites (clupeus ὁ ἀσπίς), tomado de los etruscos. Después debieron tomar de los samnitas el escudo cuadrado de que se sirvieron más tarde (scutum ὁ θυρέος), lo mismo que la lanza arrojadiza (veru). (Véanse Diodoro, Vatic., fragm. 54. Salustio, Catil., 51, 38. Virgilio, En., 7, 665. Festus, v. Samnitas, pág. 327, Müll., y los autores citados por Marquardt, Hand, 3, 2, 241.) Pero no puede ponerse en duda el escudo redondo de los hoplites o de la falange doria. Esta es una importación griega y no etrusca. En cuanto al scutum, gran escudo de cuero de forma cilíndrica y curva, puede admitirse que reemplazó al clupeus, hecho de cobre y plano, cuando la falange se dividió en manípulos. Su nombre procede indudablemente del griego, por lo que no creemos que haya sido este escudo tomado de los samnitas. También tomaron de los griegos la honda (funda viene de σφενδόνη, como fides de σφίδη, pág. 246). El pilum, en fin, se consideraba entre los antiguos como una invención enteramente romana. <<
[299] También Varrón (De re rust., 1, 2, 9) declara que el autor de las leyes agrarias Licinias había sido el primero en organizar el cultivo en grande de sus vastos dominios. Sin embargo, puede suceder que la anécdota sea una fábula inventada para explicar un sobrenombre determinado. <<
[300] Se ha conjeturado que el artista que fabricó en Roma esta cista para Dindia Macolnia fue un cierto Novio Plaucio, natural de Campania. Pero esta conjetura está en contradicción con las antiguas inscripciones sepulcrales recientemente descubiertas en el suelo mismo de Preneste (Palestrina). Allí se encuentran entre los nombres de otros muchos Macolnios y Plaucios, el de un tal Lucio Magulnio, hijo de Plaucio (L. Magolnio Pla, f.). La cista en cuestión se halla en Roma, en el Museo Kirchner. Fue hallada en 1745 en un campo, entre Palestrina y Lugnano, y comprada inmediatamente por Ficoroni, que es el primero que la describió, y cuyo nombre ha conservado. (Véanse Mommsen, Corpus Inscript. latin., núm. 54, pág. 24, y también Rich., Dic. de ant. Rom. v. cista). Rich atribuye equivocadamente la inscripción de la cista de Preneste a otra cista mítica hallada en Labicum. <<
[301] Ya he indicado el castigo impuesto por los censores a Publio Cornelio Rufino a consecuencia de su vajilla de plata (pág. 474). Estrabón (5, pág. 228) refiere la extraña aserción de Fabio según la cual los romanos debieron entregarse al lujo a consecuencia de la conquista de la Sabina. Pero esto no es más que una traducción histórica de la anécdota referida; tanto más, cuanto que esta conquista acabó bajo el primer consulado de Rufino. <<
[302] Véase en Mommsen, Corpus insc. lat., págs. 11 y 59, los Scipionum elogia tomados de los monumentos funerarios colocados más allá de la antigua puerta Capena, entre las vías Apiana y Latina. <<
[303] Canciones griegas de mesa, de metro irregular. <<
IX. EL ARTE Y LA CIENCIA
[304] Los detalles que sobre las festividades latinas se leen en Dionisio de Halicarnaso (6, 95), y sobre todo en Plutarco, aunque este se funda en un pasaje de aquel (Camil, 32), deben aplicarse más bien a los juegos romanos. Entre otros motivos que hay para creerlo así, véase Tito Livio, 6, 42, que en esto es autoridad. Dionisio persiste, como le sucede frecuentemente, en uno de esos errores a los que acostumbra; interpreta al revés la denominación de Ludi Maximi. Otra tradición refiere además el origen de la gran fiesta, no como cree la opinión común a la derrota de los latinos mandados por el primer Tarquino, sino a la del lago Régilo (Cic. de Div., 1, 26, 55. Dionisio, 7, 71). Las indicaciones referidas por el mismo autor en el lugar que acabamos de citar, por otra parte muy importantes, no pueden en realidad aplicarse más que a las grandes festividades anuales, y no a una fiesta votiva accidental. Lo prueba la cuestión suscitada acerca de su periodicidad y de una cifra de gastos que corresponde exactamente a la indicada en el Pseudo-Asconio. (N. 142, edic. de Orell.) <<
[305] Poeticœ artis honos non erat …si qui in ea re estudebat… rassator vocabatur. (Cat. en A. Gol. Noct., attic., 11, 2, 7.) <<
[306] Qui malum carmen incantasset malum venenum (tabla VIII). Mulieres genas ne radunto. Neve lessum funeris ergo habento (tabla X). <<
[307] De este queda un corto fragmento: «Después de otoño seco y primavera mojada, Camilo, buena cosecha de trigo» (Hiverno pulvere, verno luto, grandia farra, Camille, metes). No sabemos en qué se fundarían los que consideraban este poema como el más antiguo monumento de la literatura romana. (Macr., Satur., 5, 20. Fest., ep. V, Flaminius, pág. 23. M. Serv. sobre las Georg. de Virg., 1, 101. Plinio, 17, 2, 14.) <<
[308] Solo los primeros años de la lista pueden ser sospechosos, y han podido agregarse en los tiempos ulteriores para hacer una cifra redonda de ciento veinte años, desde la expulsión de los reyes hasta el incendio de los galos. (Véase Mommsen en el Corp. Inscr. lat., los fastos consulares, págs. 415 a 456, y los comentari ad fastos anni Juliani, págs. 351 y 39.) <<
[309] Según los anales, Escipión dominó en Etruria, y su colega, en el Samnium. En este mismo año, la Lucania era aliada de Roma. Según la inscripción, por el contrario, Escipión tomó dos ciudades en el Samnium y conquistó toda la Lucania (Samnio cepit, subigit omne Lucanam…). <<
[310] Mommsen ha expuesto y comentado los fragmentos que nos quedan de esos anales y fastos de las ciudades del interior en el Corp. Inscrip. Lat. <<
[311] Véase Plinio, el Mayor (Historia natural, 36, 15, 100), quien pone completamente de relieve el sentido exacto de la tradición. <<
[312] Historia y descripción legendaria de Roma impresa muchas veces, a contar desde el siglo XV, y muy conocida por todos los anticuarios. Se la denomina Graphia aureæ urbis Romæ. Véase Ozanam, Docum. inéd., pág. 160. <<
[313] Parece que se contaba tres generaciones en cada siglo, lo cual daba doscientos treinta y tres años de duración —en números redondos, eran doscientos cuarenta— para la monarquía. Se había fijado también en ciento veinte años el intervalo comprendido entre la expulsión de los reyes y el incendio de la ciudad. Estas cifras se explican fácilmente: hemos dicho en otra parte que, por ejemplo, para las medidas de superficie hubo que aceptar otras análogas. <<
[314] Debe atribuirse también a Estesícore y a la identificación imaginada por él entre los indígenas de Italia y de Sicilia y los troyanos, las colonias de estos, mencionadas por Tucídides, el pseudo-Escilax y otros, y el relato de la fundación de Capua por parte de emigrados troyanos. (Sobre la leyenda de Misena, véase la Eneida, libro VI, V, 149 y 59.) <<
[315] Según el relato de Calias, una mujer troyana llegada a Roma se casó con Latino, rey de los aborígenes, del que tuvo tres hijos: Romos, Romilos y Telegonos. El último, que figura en esta fábula como el fundador de Tusculum y de Preneste, pertenece evidentemente a la Odisea. <<
[316] El sacrificio del caballo (equus bellator) tenía lugar el 15 de octubre. (Véase Preller, Mit., pág. 219.) <<
[317] En las dos inscripciones sepulcrales de Lucio Escipión, cónsul hacia el año 456 (298 a.C.), y otra de un cónsul del mismo nombre, del año 495, la m y la d faltan regularmente en las terminaciones de las flexiones. Por tanto, se lee en ellas unas veces Luciom y Gnaivod. Se ve uno al lado del otro, ambos en nominativo, Cornelio y Filios; cósol, cesor, al lado de consol, Censor; ædiles, dedet, ploirume (por plurimi) hec (nomin. sing)., al lado de ædilis, cepit que hic. La letra r (el Rotha) predomina ya: se lee duonoro (por bonorum), ploirume, a diferencia de los cantos de los salios, que dicen fædesum plusima. Los restos epigráficos que nos quedan no se remontan en general más allá de la época de la r (rotacismo). Apenas se pueden citar huellas de inscripciones más antiguas. En los tiempos posteriores se encuentran todavía honos, labos al lado de honor, labor; y, asimismo, entre los apellidos femeninos se encuentran Maio (maios, maior) y Mino, en las inscripciones prenestinas recientemente descubiertas. <<
[318] Entre litterator y grammaticus hay la misma diferencia que, entre nosotros, entre el maestro de escuela y el profesor propiamente dicho. En el antiguo modo de hablar, el grammaticus era el profesor de griego, nunca el de la lengua natal. Litteratus es mucho más moderno; no se dice jamás del maestro de escuela, y significa un hombre de letras. <<
[319] Plauto nos muestra un aspecto de la vida romana cuando dice la manera que tenían los antiguos de educar a los niños:
«Ubi revenisses domum
Cincticulo præcinetus in sella apud magistrum adsideres;
Quum librum legeres, unam si peccavisses sullabam,
Piuret corium tam maculosum, quam et nutricis pallium.»
(Bacchid, III, 3, 27 y sigs.)
«Cuando vuelvas a casa te colocarás en tu silla al lado del maestro, y, con túnica corta, te pondrás a leer; y si te equivocas en una sola sílaba sacarás la piel con más listas y manchas que la capa de una nodriza.»<<
[320] Eudoxo, astrólogo griego discípulo de Platón, floreció por los años 368 a.C. <<
[321] El templo circular no es una imitación de la casa primitiva, como se ha creído por mucho tiempo: esta, por el contrario, fue cuadrada en un principio. La teología romana refería la rotonda a la representación simbólica del globo terrestre, o a la de la esfera del mundo, envolviendo el Sol colocado en su centro (Fest., V., Rutundam, pág. 282. Plutarco, Numa, 11. Ovidio, Fast., 6, 267). En el fondo, la rotonda procede sencillamente de este principio: que la forma redonda ha parecido siempre la más segura y cómoda, cuando se trata de construir un local cerrado, un granero, etcétera. De este modo estaban construidos los tesoros de los griegos, y el cuarto de las provisiones o el templo de los penates entre los romanos. Era natural edificar de esta manera el hogar sagrado o el altar de Vesta, y el santuario del fuego o el templo de la misma diosa, lo mismo que las cisternas y los pozos. Para terminar, la rotonda es grecoitálica, así como el sistema cuadrangular conviene lo mismo a la cámara, o cuarto abovedado, que a la habitación propiamente dicha. Solamente a los latinos es debida la aplicación arquitectónica y religiosa del principio de la casa sencilla (ὅλος θολύς), o templo de rotonda con pilares y columnas. <<
[322] Al pie de esta higuera es donde dice la tradición que habían sido arrojados Rómulo y Remo por las aguas del Tíber, y recogidos y lactados por una loba. Rumes o Rumæ, vocablo antiguo, que quería decir mamas, de donde procede el nombre de Ruminal. (Varr., De re rust., II, 4, 15. Plinio, Historia natural, 15, 18, 20.) <<
[323] Novius Plotius (pág. 305) quizá fundiera solamente los pies y el grupo de la tapadera; la cista misma procederá quizá de un artista anterior, pero prenestino también, porque esta clase de objetos solo se usaban en Preneste. <<
[324] Uno de los más antiguos analistas de Roma, que fue también un buen pintor (pág. 356). <<
APÉNDICE
[325] Annal. 11, 25. Dion. de Halic., 5, 13. Véase Tit. Liv., 2, 1, el cual refuta a Tácito. <<
[326] Sobre esta familia véase el estudio titulado Diæ patricischen Claudier (Los Claudianos patricios) en los Rom. Fors, I, págs. 288 y siguientes. <<
[327] Suetonio, Tiberius, 1. <<
[328] A. Gell, 5, 19. <<
[329] Cic., De legib., 8, 3, 6. <<
[330] Cic., De fin., 1, 7, 24. <<
[331] Cic., De Domo, 13, 34, 14, 36. <<
[332] Cic., De Domo, 14, 38. <<
[333] Ídem, íd. <<
[334] Veleius 2, 43. <<
[335] Suet. Tier, 44. <<
[336] Cic., De Domo, 14, 37. <<
[337] En los tiempos de Sila fueron elevados a quince (quindecimviri). <<
[338] Tit. Liv., 6, 37. - 42-10, 9. <<
[339] Ídem íd., 27, 8. <<
[340] Elog, XXIII. <<
[341] Liv. ep. 83. <<
[342] Niebuhr, Hist. de Roma, 3, 49, nota 72. <<
[343] Esto sucedió respecto de los Octavianos (Suetonio Aug. 2): «Ea gens a Tarquino Prisco rege inter minores gentes adieta in senatum, mox a Servio Tulio in patricios traducta; procedente tempore, ad plebem se contulit». <<
[344] Dion Casio 37, 51. 38, 12. <<
[345] Aulo Gelio 15, 27. Serv. ad Eneid, 2, 156. <<
[346] La fiesta de los hornos, según se dice, fundada por Numa en honor de la diosa Fornax. Se celebraba en febrero en todas las curias, en un día variable indicado por el curión mayor y bajo su dirección (véanse Preller, Mitol., pág. 403, y Smiht. Dic., hoc v., etc.). <<
[347] Así lo afirman San Agustín, Coment. 121, Psalm., párrafo 7. Paulo diácono v. Centumviralia, pág. 54, v. Curia, pág. 49. <<
Stuttaque pars populi quos sit sua curia nescit, sed facit extrema sacra relata die. <<
[349] Basta citar aquí las autoridades de Cicerón, Tito Livio y Dionisio de Halicarnaso. Según los dos primeros (Cic., De Rep., 2, 8, 14; 12, 23. Tito Livio, 1, 8), cien hombres notables elegidos en la masa del pueblo formaron el Senado y constituyeron el patriciado por su descendencia. ¿No es esta una especie de nobleza hereditaria? <<
[350] Véase Cicerón, Pro. Planc, 3, 8, comparado con el pasaje De Domo, 14, 38. Los comitia populi del primero son exactamente los mismos que los comitia centuriata et curiata del segundo; y el pueblo que vota en las curias es sin duda el mismo que vota en las centurias. Los sacra pro curiis son los mismos que los sacra publica (Fest. págs. 245 y 49). La adrogación ante las curias se denomina siempre adoptio per populum (véanse Tácito, Ann., 12, 44 y Aut., Gel., 15, 27). <<
[351] Véanse Orelli. Henzen, 3685. Habiendo sido un soldado perteneciente a la tribu voltinia, fue trasladado por Vespasiano desde Filipos, en Macedonia, a Reate (Rieti), y entró aquí en la tribu quirina. Grotefend, Imp. Rom. trib. descriptio, pág. 15. <<
[352] Varrón, De re rus., 3, 2, 2. Cic., Ad famil., 7, 30, 1. <<
[353] Gayo, 1, 3, patricii dicebant se plebiscitis non teneri, quia sine autori, tate eorum facta esent. <<
[354] Tit. Liv., 6, 42. <<
[355] Ídem íd., 7, 16. <<
[356] Ídem íd., 27, 8. <<
[357] Aulo Gelio, 7, 9, eum que pro tribu edilen curulem renunciaverunt. <<
[358] Tit. Liv., 8, 17. <<
[359] Ídem íd., 37, 51 y 40-42, cita ejemplos de este género. <<
[360] Pro Planc., 3, 7. <<
[361] Aul. Gel., 13, 15. <<
[362] Tit. Liv., 8, 12. <<
[363] Mommsen establece aquí que nunca en el lenguaje del derecho público se ha dicho en Roma ex tributa, como se decía lex curiata o centuriata; que la expresión técnica era quod tribulim populus jussit, y que ni Tito Livio ni Dionisio, que eran grandes jurisconsultos, han podido propiamente sustituir la palabra plebs por la expresión populus. La confusión carecía de importancia para la práctica desde el día en que los plebiscitos fueron ley obligatoria para todos. <<
[364] En el lugar aquí citado Mommsen defendió la opinión que ahora combate. Y así como entonces no éramos de su opinión, por más que la respetásemos, así también hoy nos ponemos a su lado y somos de los que creen que los patricios nunca tuvieron asambleas exclusivas en el gobierno de la República. La sección segunda, cuyo resumen presentamos aquí, es sumamente importante, y una especie de rectificación. <<
[365] Gayo, I, 3. <<
[366] Las expresiones: hombre del pueblo, ser del pueblo, por ejemplo, tienen esta significación. <<
[367] Dion Casio, 43, 47, 45, 2. Suet. César, 41. Tácito, Anales, 11, 25. <<
[368] Festus, pág. 213. Aulo Gelio, 15, 29, etc. <<
[369] Aulo Gelio, 15, 29. <<
[370] Aulo Gelio, 15, 23. <<
[371] Digesto, 47, 22, 4. Gelio, lib. IV, Ad legem, XII Tabul. <<
[372] Véase Zonaras, 7, 17, pág. 63 ed. de Bom. Cic. Pro Cornel., en Ausonio, pág. 76. <<
[373] Tito Livio, 2, 56. <<
[374] Mommsen cita algunas reuniones verificadas en el Aventino, en el prado Faminio, en el campo de Marte, y hasta cerca de Sutrium. En todos estos lugares votaron una vez las tribus (en 397). T. Liv., 7, 16. <<
[375] Véase Lelio Filix, citado por Aulo Gelio, 15, 27. <<
[376] Cic. ep. Ad famil., 8, 8, 5. <<
[377] Cic., De leg., 2, 12, 31. Ídem, Filip., 5, 3, 7. Tit. Liv., 1, 36. <<
[378] Ídem cum sen. gr. eg., 5, 11. Filip., 5, 3, 7. Tit. Liv., 1, 36. <<
[379] Aul. Gel., 15, 27. Plin., Hist. nat., 16, 10, 37. Cayo, 1, 3. <<
[380] Apiano, I. c. I, 50. <<
[381] Corp. inscr. lat., I, pág. 114. <<
[382] El autor combate o explica ciertas indicaciones de Dion. de Halic. (10, 4-9, 49-6, 90). Véase su disertación, pág. 209, núm. 63. <<
[383] Por lo que el acusado interpuso una excepción de incompetencia; plebis, non patrum tribunos esse (Tit. Liv., 2, 35). <<
[384] Tit. Liv., 4, 6. 3, 31. 6, 42. <<
[385] Ídem, íd., 3, 55. <<
[386] Tito Livio, 1, 17. Dionisio de Halicarnaso, 1, 57. Plutarco, Numa, 2, 77. Cic., De Rep., 2, 12. Apiano, 1, 98. <<
[387] Dionisio de Halicarnaso, 8, 90. Ídem, 9, 14; 11, 20. Apiano, 98. <<
[388] Tito Livio, 1, 32 y 22, 34. Cic., De leg., 3, 3, 9. <<
[389] Ídem, íd., íd. <<
[390] Servius, Ad Æneid., 1, 426. <<
[391] Cic., De leg., 3, 3, 9. <<
[392] Tito Livio, 1, 17. <<
[393] Cic., De Domo, 14, 38. Tit. Liv., 6, 41. <<
[394] Tito Livio, 3, 39, 5, 3, 59, 5. 6, 42, 10. Cic. Brut., 14, 55. <<
[395] Tito Livio, 8, 12. 1, 17. La Ley Menia es posterior al 462. Cic. Brut., 14, 55. <<
[396] Cic., De Rep., 2, 32, 56. De leg., 2, 12, 31. <<
[397] Tit. Liv., 1, 17 y 32. <<
[398] 1, 373. <<
[399] Servio Tulio, págs. 403 y sig. <<
[400] Pág. 381. <<
[401] Cic., De Rep., 2, 8, 14. <<
[402] Tit. Liv., 23, 33. <<
[403] Festus, pág. 254. Tito Livio, 2, 1. <<
[404] Rich., Dic. de Antig. Rom. v. Calceus y Lunula. <<
[405] Rich., l. c. v. Túnica. <<
[406] Orelli, 37, 21. <<
[407] Fest., pág. 246. Dion. de Halic., 2, 12. Lydus, 1, 16. <<
[408] Livio, 2, 1. Festus V. adlecti y conscripti. <<
[409] Tit. Liv., 27, 8. <<
[410] Ídem, 5, 20, 4. <<
[411] Gel., 15, 17. <<
[412] Cic., Ad famil., 1, 9, 25. <<
[413] Tito Liv., 1, 8. Cic., De Rep., 2, 8, 14; 12, 23. <<
[414] Tito Liv., 2, 16. 1, 30. <<