II
EXAMEN DE LAS CONSTITUCIONES
EXISTENTES. OBJECIONES
AL «IDEALISMO» DE PLATÓN
Puesto que nuestro propósito consiste en indagar cuál es, entre todas las asociaciones políticas, la que deberán preferir los hombres, dueños de escoger una a su gusto, habremos de estudiar a la vez la organización de las comunidades que pasan por ser las que tienen mejores leyes y las constituciones imaginadas por los filósofos, limitándonos a las más notables. Por este medio descubriremos lo que cada una de ellas puede encerrar de bueno y de aplicable, y al mismo tiempo demostraremos que, si intentamos formar una combinación política diferente de todas ellas, nos ha movido a ello no un vano deseo de lucir nuestro ingenio, sino la necesidad de poner en claro los defectos mismos de todas las constituciones existentes.
Que la comunidad política no se proponga algún objetivo es una cosa evidentemente imposible, puesto que la comunidad es una asociación, y por de pronto el suelo por lo menos ha de ser necesariamente común, pues la unidad del lugar lleva consigo la unidad de ciudad, y la ciudad pertenece en común a todos los ciudadanos.
La unidad solo puede resultar de elementos de diversa especie, y así la reciprocidad en la igualdad, como dije en la Ética, es la salvación de las comunidades, es la relación necesaria entre los individuos libres o iguales.
[En la República de Platón] al no estar igualmente repartidos el trabajo y el goce, necesariamente se suscitarán reclamaciones contra los que gozan y reciben mucho trabajando poco de parte de los que reciban poco y trabajen mucho. Entre los hombres, las relaciones permanentes de vida y de comunidad son, en general, muy difíciles, pero lo son más aún en la materia que nos ocupa. Basta ver lo que pasa en las reuniones ocasionadas por los viajes y peregrinaciones; en ellas, el más fortuito y fútil accidente es suficiente para provocar una disensión.
Es por tanto evidentemente preferible que la propiedad sea particular, y que solo mediante el uso se haga común. Guiar a los espíritus en el sentido de esta benevolencia compete especialmente al legislador.
Es poco cuanto se diga de lo gratos que son la
idea y el sentimiento de la propiedad. El amor propio, que todos
poseemos, no es un sentimiento reprensible, es un sentimiento
completamente natural, lo cual no impide que se combata con razón
el egoísmo, que no es ya este mismo sentimiento, sino un
exceso culpable, de la misma forma en que se censura la avaricia,
si bien es cosa natural, si puede decirse así, que todos los
hombres aprecien el dinero.
Es sumamente satisfactorio favorecer y socorrer a los amigos, a los huéspedes, a los compañeros, y esta satisfacción solo nos la puede proporcionar la propiedad privada. Esta satisfacción desaparece cuando se quiere establecer esa exagerada unidad de la comunidad, así como se arranca a otras dos virtudes la ocasión de desenvolverse; en primer lugar, a la continencia, puesto que es una virtud respetar por prudencia la mujer de otro; y en segundo, a la generosidad, que es imposible sin la propiedad, porque en semejante república el ciudadano no puede mostrarse nunca liberal, ni ejercer ningún acto de generosidad, puesto que esta virtud solo puede nacer con motivo del destino que se dé a lo que se posee.
Sin duda, la comunidad y la familia deben tener una especie de unidad, pero no una unidad absoluta. Con esta unidad, llevada a cierto punto, la comunidad ya no existe. O si existe, su situación es deplorable, porque está siempre en vísperas de no existir. Esto equivaldría a intentar hacer un acorde con un solo sonido, o un ritmo con una sola medida.
Por medio de la educación es como conviene atraer a la comunidad y a la unidad de la comunidad, que es múltiple, como ya he dicho.
Indudablemente, cada cual es dueño de crear hipótesis a su gusto, pero no deben sobrepasarse los límites de lo imposible.
Sócrates afirma que en materia de legislación no deben perderse nunca de vista dos cosas: el suelo y los hombres. Pudo añadir también las comunidades vecinas, a no ser que niegue a la comunidad toda existencia política exterior. En casos de guerra, es preciso que la fuerza militar esté organizada, no solo para defender al país, sino también para luchar en el exterior. Aun admitiendo que la vida de la comunidad y la de los individuos no sea habitualmente la guerrera, siempre es necesario hacerse temible a los enemigos, no solo cuando invaden el suelo, sino también cuando lo han evacuado.
La miseria es la que engendra las discordias civiles y los crímenes. Con la intención de prevenir estos males, uno de los legisladores más antiguos, Fidón de Corinto, quería que el número de familias y de ciudadanos fuese inmutable, aun cuando los lotes primitivos hubiesen sido desiguales.
La igualdad de fortuna entre los ciudadanos sirve perfectamente, lo confieso, para prevenir las disensiones civiles. A decir verdad, sin embargo, este medio no es infalible, porque los hombres superiores se irritarán al verse obligados a tener lo mismo que todos, y esto será con frecuencia causa de turbaciones y revueltas.
Además, la avidez de los hombres es insaciable. Al principio se contentarán con dos óbolos, pero apenas hayan formado un patrimonio, sus necesidades aumentarán sin cesar, hasta que sus aspiraciones no conozcan límites.
La naturaleza de la codicia consiste, precisamente, en no tener límites, y la mayoría de los hombres solo vive para intentar saciarla. Vale más, por tanto, remontarse al principio de estos desarreglos y, en lugar de nivelar las fortunas, hacer de modo que los hombres moderados por temperamento no quieran enriquecerse, y que los malos no puedan hacerlo. Y el mejor medio es hacer que estos últimos, estando en minoría, no puedan ser dañosos, pero no oprimirlos.
La innovación ha sido provechosa en todas las ciencias: en la medicina, que ha prescindido de sus viejas prácticas; en la gimnástica; y, en general, en todas las artes en que se ejercitan las facultades humanas. Y como la política debe ocupar también un lugar entre las ciencias, está claro que es necesariamente aplicable a ella el mismo principio. Podría añadirse que los hechos mismos vienen en apoyo de esta aserción. Nuestros antepasados vivían en medio de una barbarie y de un primitivismo extremos: durante mucho tiempo, los griegos no caminaban sino armados y vendían a sus mujeres. Las pocas leyes antiguas que nos han quedado son de una rudeza increíble. En Cumas, por ejemplo, la ley que castigaba el asesinato declaraba culpable al acusado en el caso de que el acusador presentase cierto número de testigos sacados de entre los propios parientes de la víctima. La humanidad en general debe ir en busca no de lo que es antiguo, sino de lo que es bueno.
La razón nos dice que las leyes escritas no deben conservarse siempre inmutables. La política, al igual que pasa con las demás ciencias, no puede precisar todos los pormenores. La ley debe disponer de un modo general, mientras que los actos humanos recaen todos sobre casos particulares. La consecuencia necesaria de esto es que, en ciertas épocas, es preciso modificar determinadas leyes.
Si la mejora deseada es poco importante, está claro que, para evitar el funesto hábito de cambiar con demasiada facilidad las leyes, conviene tolerar algunos extravíos de la legislación y del gobierno. El peligro del hábito de la desobediencia sería mayor que la utilidad de la innovación.
La innovación en las leyes es una cosa distinta de la innovación en las artes. La ley, para hacerse obedecer, no tiene otro poder que el del hábito, y el hábito solo se forma con el tiempo y los años, de tal manera que sustituir ligeramente las leyes existentes con otras nuevas es debilitar la fuerza misma de la ley. Pero más aún; admitiendo la utilidad de la innovación, se puede preguntar si en las comunidades debe dejarse la iniciativa en este punto a todos los ciudadanos sin distinción, o ha de quedar reservada a algunos.
Excitando la ambición de los ciudadanos es como se procede a hacer la elección de los senadores, porque nunca se solicita una magistratura sino por ambición. Y, sin embargo, la mayoría de los crímenes voluntarios que cometen los hombres no tienen otro origen que la ambición y la codicia.
La constitución de Cartago
Cartago goza todavía, al parecer, de una buena constitución, más completa que la de otras comunidades en muchos puntos, y semejante en ciertos conceptos a la de Lacedemonia […]. Los cartagineses, en particular, poseen instituciones excelentes, y lo que prueba el gran mérito de su constitución es que, a pesar de la parte de poder que concede al pueblo, nunca ha habido en Cartago cambios de gobierno, y, lo que es más extraño, jamás ha conocido ni las revueltas ni la tiranía.
Cartago […] no toma a sus reyes de una familia única, pero tampoco los toma de todas indistintamente. Los elige en el linaje que destaca y guiándose por el mérito más que por la edad.
Si el gobierno de Cartago degenera de aristocrático en oligárquico es por cierta idea, que allí comparte la mayoría: creen que hay que elegir a los gobernantes teniendo en cuenta no solo sus méritos, sino también su riqueza, pues piensan que es imposible que un ciudadano pobre pueda abandonar sus negocios para dedicarse exclusivamente a regir con probidad la comunidad. Por consiguiente, si escoger en vista de la riqueza es un principio oligárquico, y escoger según el mérito es un principio aristocrático, el gobierno de Cartago constituye una tercera combinación, puesto que tiene en cuenta a la vez estas dos condiciones, sobre todo en la elección de los magistrados supremos, de los reyes y de los generales. Esta alteración del principio aristocrático es una falta, cuyo origen se remonta hasta el mismo legislador.
Es preciso reconocer que si la fortuna personal merece que se la tome en cuenta a causa del tiempo libre que procura, no es menos peligroso hacer venales las funciones más elevadas, como las de rey y de general. Una ley de esta clase honra más al dinero que al mérito, e infiltra en el corazón de toda la república el amor al oro. La opinión de los primeros hombres de la comunidad constituye una regla para todos los demás ciudadanos, siempre dispuestos a seguirlos.
Allí donde no sea estimado el mérito sobre todo lo demás, no puede existir constitución aristocrática verdaderamente sólida.
También puede censurarse la acumulación de varios empleos en una misma persona —lo cual en Cartago se considera un gran honor—, porque un hombre no puede dar cumplimiento a la vez más que a un solo cometido. Es un deber del legislador establecer la división de empleos, y no exigir de un mismo individuo que sea músico y haga zapatos.
Cuando la comunidad es algo extenso, es más conforme al principio democrático hacer posible al mayor número de ciudadanos el acceso a las magistraturas; porque entonces se obtiene, como hemos dicho, la doble ventaja de que los negocios administrados en común se despachan mejor y con más rapidez. Puede verse la verdad de esto en las operaciones de la guerra y en las de la marina, donde cada hombre tiene, por decirlo así, un empleo especial, ya le toque desde él obedecer o mandar.
Cartago se salva de los peligros de su gobierno oligárquico enriqueciendo continuamente a una parte del pueblo, que envía a las colonias. Es un medio de depurar y mantener la comunidad; pero resulta entonces que solo debe su tranquilidad al azar, siendo así que al legislador es a quien toca afianzarla. Así que en caso de un revés, si la masa del pueblo llega a sublevarse contra la autoridad, las leyes no ofrecerán ni un solo recurso para dar a la comunidad paz interna.
Consideraciones acerca de varios legisladores
Solón es un gran legislador a los ojos de los que le atribuyen haber destruido la omnipotencia de la oligarquía, haber puesto fin a la esclavitud del pueblo, y haber constituido la democracia nacional mediante un debido equilibrio de instituciones, que son oligárquicas en lo relativo al senado del areópago, aristocráticas en punto a la elección de los magistrados, y democráticas en lo referente a la organización de los tribunales. Pero también es cierto que Solón conservó en la misma forma que los encontró el senado del areópago y el principio de elección para los magistrados, y lo único que hizo fue crear el poder del pueblo, abriendo el camino de las funciones judiciales a todos los ciudadanos.
En este sentido se le echa en cara el haber destruido el poder del senado y el de los magistrados elegidos, haciendo la judicatura, designada por la suerte, dueña y soberana de la comunidad. Una vez establecida esta ley, las adulaciones de que era objeto el pueblo, como si fuera un verdadero tirano, dieron origen a que se pusiera al frente de los negocios la democracia tal como reina en nuestros días. Efialto mermó las atribuciones del areópago, y lo mismo hizo también Pericles, que llegó hasta fijar un salario a los jueces; y siguiendo el ejemplo de ambos, cada demagogo ensalzó la democracia más y más, hasta el punto en que la vemos hoy. Pero no es de creer que haya sido esta la primera intención de Solón, pues estos caminos sucesivos han sido más bien accidentales. Y así, el pueblo, orgulloso por haber conseguido la victoria naval en las guerras médicas [las guerras contra los persas] descartó de las funciones públicas a los hombres virtuosos, para poner los negocios de la comunidad en manos de demagogos corruptos.
Solón solo había concedido al pueblo la parte indispensable del poder, es decir, la elección de los magistrados y el derecho de obligarles a que le dieran cuenta de su conducta, porque sin estas dos prerrogativas el pueblo es esclavo u hostil.