V
PREGÓN DE ROMPIMIENTO DE LA PAZ CON FRANCIA. FECHA EN ZARAGOZA, 1.º DE ENERO DE 1553
(Archivo general de Simancas, Estado, leg. 1553)
El Príncipe:
A todos se hace saber de parte de la Cesárea y Católica Majestad y del príncipe Nuestro Señor, como el año pasado de mil quinientos cincuenta y uno, estando S. M. en Alemania entendiendo en las cosas de la fe, y procurando el asiento de ellas, y que se llevase adelante la celebración del Concilio que con tanto cuidado S. M. ha instado y solicitado, poniendo para venir á conseguirlo á su imperial persona en diversos viajes y trabajos, el rey de Francia, Enrique, sin haberle dado S. M. ocasion ninguna para ello, estando en paz y amistad con él, como quedó asentada de vida de su padre, sin hacerle dar aviso de quejas que de S. M. tuviese como fuera razon, y entre príncipes y reyes se acostumbra, comenzó á traer pláticas con algunos príncipes de Alemania para que se confederasen con él é hiciesen guerra contra S. M., y así se concertó y confederó con ellos y con el turco, enemigo de nuestra Santa Fe católica, contra ella, á que enviase su armada en daño de la cristiandad, y principalmente en daño de los reinos, estados y señoríos de S. M., como mas cercano al peligro; y no contento con tratar y tramar esto por medio de sus criados y embajadores, procuró de hurtar algunas tierras de las que posee S. M. en el Piamonte, yendo diversos navíos de estos reinos á Flandes, y volviendo de allá otros, hizo salir muchos navíos de su reino armados de guerra con orden que los combatiesen y tomasen, como lo hicieron en efecto, en que se perdieron muy grandes cantidades de dinero y mercaderías, y lo mismo mandó hacer al prior de Capua, su capitan general en el mar Mediterráneo de ciertos navíos y una galera que estaban surtas en la costa de Barcelona, como ya lo debeis tener entendido, viniendo con engaño y disimulacion á ejecutallo, y pasando adelante con su dañada intencion, hizo juntar muy poderoso ejército, yendo en persona dentro en el ducado de Lorena, que es un hijo de la duquesa, sobrina de S. M., y le ocupó y usurpó todo y la mitad de Metz, que es del imperio, y juntamente tres ó cuatro plazas del dominio de las tierras bajas de Flandes, é hizo otros muchos daños é incursiones, y á un mismo tiempo tomó algunas otras tierras en el Piamonte por engaño ó por dineros que recibió á los que las tenian en guardas; y asimismo hizo venir el armada del turco tan poderosa como habreis entendido, la cual estuvo en la costa del reino de Nápoles, esperando que él enviase sus galeras con algunos rebeldes de S. M., que iban en ellas para alterar y conmover aquel reino; y demas de esto dió favor y calor á los de la ciudad de Sena, que es sujeta al imperio, para que se rebelase contra él y le entregase y pusiese su gente dentro de ella, usando en todo esto de tales términos y malos modos cuales nunca se han usado; y asimismo procediendo contratos naturales de este reino de Aragon, que estaban estudiando en la Universidad de Tolosa, haciéndolos buscar y echar en prisiones, como á todos es notorio, y haciendo otras vejaciones y malos tratamientos á los vasallos y súbditos de S. M. y de estos reinos, así por mar como por tierra; de manera, que aunque la inclinación é intencion de Su Majestad Cesárea ha sido siempre de poner paz en la cristiandad y convertir sus armas contra los enemigos de la fé, viendo que por tantas partes y tan poderosamente el dicho rey de Francia se ha movido contra él y sus tierras, y ayudádose de tantos enemigos tan conjurados y concertados, y movido con tan justa ocasion como son los daños que ha hecho en sus estados y tierras y lo que tan justamente le ha ocupado de ellos, no ha podido dejar de armarse contra ellos, como lo ha hecho con juntar un poderoso ejército y procurar de dañar al dicho rey de Francia y á sus amigos y aliados, como perturbadores de la paz de la cristiandad y dañadores de sus reinos, señoríos y vasallos. Y para que venga á noticia de todos, S. M. por la presente declara y da por sus enemigos al dicho rey de Francia, Enrique, y á sus amigos, aliados y confederados, de cualquier estado, grado ó condicion que sean, y á todas sus tierras y vasallos, y á las de sus amigos y aliados, para que se le pueda hacer guerra por mar y por tierra, por todas aquellas vías, formas y modos que entre enemigos capitales declarados se suele, puede y debe hacer, y la manda pregonar y publicar en este reino para que llegando á noticia de todos procuren de hacer al dicho rey de Francia, y á todos sus amigos y vasallos de él y de ellos, todos los daños, incursiones y males que se pudieren hacer sin entrar en sus reinos, sin licencia nuestra ó de nuestro capitan general, y que donde quiera que los hubieren y hallaren los traten como á tales; y da facultad, licencia y permision para ello, sin que por ello hayan de incurrir ni incurran en pena ninguna, y manda á su capitan general en este reino y á todos los oficiales y ministros dél de cualquier estado, grado ó condicion que sean que lo hagan publicar, para que esté notorio á todos, como la guerra entre S. M. y el rey de Francia esta rompida, y que ninguno pueda pretender ignorancia de ello agora ni un ningun tiempo.
Y porque aprovecharia poco pregonar la guerra si no se ejecutasen las cosas que resultan de ella, entendiendo que el reino de Francia y los naturales dél, y por consiguiente el rey y sus aliados y sus vasallos y súbditos reciben muy gran provecho y utilidad del comercio que tienen con los naturales de este reino, y que quitándoselo y prohibiéndoseles aquél vendrán á recibir notables daños para hacerles la guerra en todas las maneras que se puede, es la voluntad de S. M. y de S. A., y así lo manda expresamente, que de aquí en adelante estén cerrados y se cierren todos los puertos y pasos que hay entre el presente reino de Aragon y los reinos de Francia, y las tierras de sus aliados y confederados de cualquiera estado, grado ó condicion que sean, y que ningun natural ni habitador de este reino sea osado de pasar ni llevar ningunas mercaderías ni otra cosa alguna al dicho reino de Francia ni á las dichas tierras de sus aliados, ni menos traellas al dicho reino de Francia, á este por sí ni por tercera persona, so pena que los que lo contrario hicieren estén á merced de S. M. y de S. A. y sean perdidas todas las mercaderías y otras cosas que así sacaren de estos reinos ó de allá trajeren, y lo mismo se vieda y prohibe á los vasallos del dicho reino de Francia y de sus aliados, con los cuales no quiere S. M. que se haga comercio ni contratacion alguna, avisandoos á todos que se ejecutarán todas las dichas penas muy rigurosamente contra los que hicieren lo contrario, sin remision alguna. Asimismo manda S. M. que no puedan entrar ni entren en este reino de Aragon ningun francés, bearnés ni gascon, y que si alguno entrase sea preso y detenido, y la persona esté á merced de S. M. segun lo ordenare su capitan general en este reino; y para la ejecucion de esto manda que dentro de diez dias que se cuenten desde hoy que se publica, salgan fuera de este reino de Aragon todos los franceses, bearneses y gascones que se hallaren en él si no fuesen casados ó mostraren que ha diez años que viven en el reino, exceptuados tambien los molineros y pastores, los cuales quiere S. M. que en esto no sean comprendidos, y que el que se hallare en este presente reino pasados los diez dias pueda y deba ser preso, y su persona esté á merced de S M., y porque haya orden en esto, manda S. M. que todos los gascones, bearneses ó franceses que entraren en este reino pasados los dichos diez dias, donde quiera que fueren hallados, hayan de ser presos y entregados á la justicia de la villa ó lugar mas cercano de donde le prendieren, y que aquél avise al capitan general de como los tiene para que él cumpla la orden que de S. M. ó de S. A. tuvieren sobre ello. Demas de esto, porque del comercio ó contratacion que hay de cambios de este reino para los de Francia se sigue mucha utilidad á aquel reino, y el rey tiene mas forma y manera de haber dineros para hacer guerra á S. M., queriendo tambien por esta via estorbarle el provecho que recibe, pues no es justo que de reino á quien él tiene tanta enemiga, se le siga ningun fructo ni comodidad, manda S. M. y expresamente vieda y prohibe que del dia de la publicacion de ésta en adelante ningun mercader ni tratante, ni otra persona alguna de este reino, haga cambio ninguno de ninguna calidad para la dicha ciudad de Leon de Francia por si ni por tercera persona, ni menos reciba, acepte ni cumpla las letras de cambio que de ellas se les remitieren ó vinieren, y que de aquí adelante los cambios que se remitian á la ciudad de Leon, se remitan á la ciudad de Besanzon, donde S. M. ha mandado y ordenado á todos sus vasallos que pasen el trato y correspondencia que tenian en Leon, y que ninguno sea osado de hacer lo contrario, so pena de la desgracia de S. M. y de dos mil ducados y la persona á merced de S. M.,por cada vez que lo contrario hiciere, todo lo cual ha mandado pregonar S. M. por los lugares públicos de esta ciudad, y por otros lugares que se acostumbra en este reino, para que llegue á noticia de todos y ninguno se pueda escusar ni pretender ignorancia. Dado en la ciudad de Zaragoza el l.º de enero de 1553.